Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Nombre: Adrian Gonzalez, Cargo: Director, Dependencia: Director de Obras Publicas Municipales.-
La Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada a razón de la gran necesidad de hacer funcionar la planta asfáltica para empezar a realizar las obras que necesita la comuna luqueña, para los siguientes años 2025 - 2026 por ello se debe estar realizando este tipo de procedimientos, para paliar esa necesidad de antemano.-
Justificar la planificación. (el llamado es un proceso cíclico DE INDOLE TEMPORAL que se viene realizando a raíz de que la necesidad de hacer funcionar la planta asfaltica es una necesidad básica de la convocante año tras año) - Adelantar los procesos de licitaciones, incluso teniendo en cuenta las necesidades cíclicas, puede ser beneficioso por varias razones:
1 . Mayor tiempo de planificación: Adelantar los procesos de licitaciones permite contar con un mayor tiempo de planificación. Esto significa que se puede realizar un análisis más exhaustivo de las necesidades, definir los requisitos
específicos y establecer los criterios de evaluación de manera más detallada. Esto aumenta las posibilidades de obtener mejores propuestas y seleccionar al proveedor más adecuado.
2. Mayor competencia: Al adelantar los procesos de licitaciones, se tiene la ventaja de poder atraer a un mayor número de proveedores interesados. Esto se debe a que los proveedores tienen más tiempo para preparar sus propuestas y pueden participar en la licitación sin tener que competir con otras oportunidades simultáneas. Una mayor competencia entre los proveedores puede llevar a mejores ofertas y condiciones más favorables para la organización.
3 . Evitar contratiempos: Las necesidades cíclicas suelen ser previsibles, por lo que adelantar los procesos de licitaciones permite evitar contratiempos y posibles retrasos. Al tener suficiente tiempo para llevar a cabo el proceso de licitación yadjudicación, se minimizan las posibilidades de que surjan obstáculos imprevistos que puedan afectar la continuidad de los servicios o la adquisición de los bienes necesarios.
En resumen, adelantar los procesos de licitaciones, incluso considerando las necesidades cíclicas, puede proporcionar una serie de beneficios, como una mejor planificación, mayor competencia. Esto contribuye a asegurar una adquisición eficiente y efectiva de bienes y servicios para satisfacer las necesidades de la organización.
La Justificación de las especificaciones técnicas establecidas son lo básico que se podría estar solicitando, para que se pueda generar un cumplimiento efectivo del compromiso que se está requiriendo en este proceso de licitación, ya que quien conoce su necesidades es la propia convocante.-
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
LOTE 1 |
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Descripción del bien |
Especificadores técnicas |
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Emulsión RR1C |
Especificaciones Técnicas Mínimas para la Emulsión Asfáltica El material asfáltico a ser empleado será emulsión asfáltica tipo RR1C. La emulsión asfáltica es una mezcla de cemento asfáltico emulsionado con agua y un agente emulgente (aceite orgánico o producto aminico), que deberán satisfacer las especificaciones técnicas IRAM 6602 o AASHTO T 59 70.
ENSAYOS SOBRE EL RESIDUO
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Cemento asfaltico CAP/70 |
Serán homogéneos libres de agua y no formarán espuma al ser calentados a 175ºC Cumplirán con las siguientes exigencias cuando se ensayen de acuerdo a los métodos siguientes:
Podrán ser presentados, remitos de origen del cemento asfáltico, como aval del cumplimiento de las exigencias indicadas en el cuadro anterior, pero el mismo no exime a la Municipalidad de Luque a exigir la realización de los ensayos, a cuenta y coste del proveedor, en un laboratorio reconocido por la Municipalidad.
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LOTE 2 |
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Descripción del bien |
Especificaciones técnicas |
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ARENA LAVADA |
La arena será proveniente del lecho del río Paraguay. No se permitirá el acopio ni el mezclado de agregados fino provenientes de yacimientos de distintas naturaleza. La arena será limpia no se contendrá más de 1,8 % de material pasante en el tamiz Nº 200, estará compuesta de granos limpios, duros, resistentes, durables, con partículas no adhesivas y estará exenta de cantidades perjudiciales de polvo, terrones, partículas blandas o laminadas, arcillas, álcalis, sales y todas las sustancias reconocida como perjudicial. No se admitirá arena que tenga más de tres por ciento (2%) en peso de las materias extrañas indicadas en el párrafo anterior. Si para reunir estas condiciones se requiere el lavado del material, el Proveedor estará obligado a hacerlo a su cargo, sin derecho a reclamar. El proveedor deberá acompañar con resultado de ensayo de INTN, FIUNA u otro Laboratorio reconocido por la Municipalidad de Luque. Además se tomaran muestra de material cuando estos presentan alguna diferencia con respecto a su origen o calidad original, los costos de los ensayos de verificación correrán por cuenta del proveedor. El suministro del material será suspendido hasta obtenerse los resultados solicitado por la Municipalidad de Luque. El Proveedor está obligado a presentar los resultados de ensayos más abajo indicados que será solicitado por la Dirección de Obras Públicas Municipales al inicio de la provisión que será tomada de la partida provista por el oferente y que será cada 500 m3. Si el Proveedor no cumple con las especificaciones más abajo indicada, la Dirección de Obras Públicas Municipales está en derecho de rechazar los materiales. El Proveedor debe ser productor elaborador de la materia prima ofertada a los efectos de la toma de muestra por personal de la Dirección de Obras Públicas Municipales y personal del oferente para verificar y certificar el material ofertado. Los resultados de loso ensayos de laboratorio que el proveedor deberá acompañar a la provisión de materiales, son los siguientes: a) La arena será sometida a un ensayo de clorimetría según el método AASHTO T21-27, no dará un color más oscuro que el estándar. b) Peso Específico. c) Análisis granulométrico método AASHTO T 27 -70 d) La arena sometida a un ensayo de durabilidad con una solución de sulfato de sodio o magnesio por el método AASHTO T104 70 después de cinco ciclos no sufrirá pérdidas de peso superior al diez por ciento (10%). e) Plasticidad sobre la fracción que pasa el tamiz Nº 40, el índice de plasticidad deberá ser nulo. f) Equivalente de arena, el material librado por el tamiz Nº 10, previo mortereado del retenido en dicho tamiz empleando un mango de goma y ensayado luego de acuerdo con la norma AASHTO T-76-70 deberá tener un resultado mayor o igual a setenta por ciento (70%).
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PIEDRA TRITURADA 4TA |
Los agregados gruesos provendrán exclusivamente de la trituración de roca basáltica y estarán constituidos de fragmentos sanos, durables, resistentes, duros, limpios, presentar moderada angulosidad, libres de polvo y terrones de arcillas, substancias nocivas, partículas extrañas que no excederá del 1 % en peso, ofrecer buena adhesividad y con porcentaje de humedad no mayor de 3 %. El porcentaje de partículas en forma defectuosas y fragmentos suave será menor al 10 %. El o los proveedores deberán acompañar con resultados de ensayos del INTN u otro laboratorio reconocido por la Municipalidad de Luque por cada partida de 1000 Tn. de los distintos tipos de agregados, y enviaran datos y muestras con anticipación para que sean verificados por la Institución. En caso de que algunos resultados no cumplan con las especificaciones, la Institución estará en su derecho de rechazar todo el material. La toma de muestras, traslados y costos correrán por cuenta del oferente, de los siguientes ensayos de laboratorio. a) Desgaste de Los ángeles (AASHTO T-96) no debe acusar desgaste mayor de 20 %. b) Durabilidad con sulfato de sodio o magnesio (AASHTO T-104) y en 5 ciclos o pérdida por intemperismo acelerado en material seco, no debe acusar pérdida superior a 10 %. c) Índice de forma factor Cubicidad, debe ser mayor a 0,5 con el método (V.N.E.16-67). d) Equivalente de arena AASHTO T-176 será igual o superior a 70 %. e) Granulometría (AASHTO T-27-70) para la triturada tipo 4ta., pasante el tamiz 3/4 y retenido en el tamiz de ½, para la triturada tipo 5ta., pasante el tamiz ½ y retenido en el tamiz ¼ y para la triturada tipo 6ta., pasante el tamiz de ¼ y retenido en el tamiz Nº 200 con un pasante máximo de 9%. f) Resistencia y recubrimiento al agua (Adhesividad RRL modificado y AASHTO T 182-74). g) El índice de plasticidad será nulo (0).
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PIEDRA TRITURADA 5TA |
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PIEDRA TRITURADA 6TA |
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
No. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
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1.1 |
Emulsión RR1C |
Especificaciones Técnicas Mínimas para la Emulsión Asfáltica El material asfáltico a ser empleado será emulsión asfáltica tipo RR1C. La emulsión asfáltica es una mezcla de cemento asfáltico emulsionado con agua y un agente emulgente (aceite orgánico o producto aminico), que deberán satisfacer las especificaciones técnicas IRAM 6602 o AASHTO T 59 70.
ENSAYOS SOBRE EL RESIDUO
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1.2 |
Cemento asfaltico CAP/70 |
Serán homogéneos libres de agua y no formarán espuma al ser calentados a 175ºC Cumplirán con las siguientes exigencias cuando se ensayen de acuerdo a los métodos siguientes:
Podrán ser presentados, remitos de origen del cemento asfáltico, como aval del cumplimiento de las exigencias indicadas en el cuadro anterior, pero el mismo no exime a la Municipalidad de Luque a exigir la realización de los ensayos, a cuenta y coste del proveedor, en un laboratorio reconocido por la Municipalidad.
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No. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
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2.1 |
ARENA LAVADA |
La arena será proveniente del lecho del río Paraguay. No se permitirá el acopio ni el mezclado de agregados fino provenientes de yacimientos de distintas naturaleza. La arena será limpia no se contendrá más de 1,8 % de material pasante en el tamiz Nº 200, estará compuesta de granos limpios, duros, resistentes, durables, con partículas no adhesivas y estará exenta de cantidades perjudiciales de polvo, terrones, partículas blandas o laminadas, arcillas, álcalis, sales y todas las sustancias reconocida como perjudicial. No se admitirá arena que tenga más de tres por ciento (2%) en peso de las materias extrañas indicadas en el párrafo anterior. Si para reunir estas condiciones se requiere el lavado del material, el Proveedor estará obligado a hacerlo a su cargo, sin derecho a reclamar. El proveedor deberá acompañar con resultado de ensayo de INTN, FIUNA u otro Laboratorio reconocido por la Municipalidad de Luque. Además se tomaran muestra de material cuando estos presentan alguna diferencia con respecto a su origen o calidad original, los costos de los ensayos de verificación correrán por cuenta del proveedor. El suministro del material será suspendido hasta obtenerse los resultados solicitado por la Municipalidad de Luque. El Proveedor está obligado a presentar los resultados de ensayos más abajo indicados que será solicitado por la Dirección de Obras Públicas Municipales al inicio de la provisión que será tomada de la partida provista por el oferente y que será cada 500 m3. Si el Proveedor no cumple con las especificaciones más abajo indicada, la Dirección de Obras Públicas Municipales está en derecho de rechazar los materiales. El Proveedor debe ser productor elaborador de la materia prima ofertada a los efectos de la toma de muestra por personal de la Dirección de Obras Públicas Municipales y personal del oferente para verificar y certificar el material ofertado. Los resultados de loso ensayos de laboratorio que el proveedor deberá acompañar a la provisión de materiales, son los siguientes: a) La arena será sometida a un ensayo de clorimetría según el método AASHTO T21-27, no dará un color más oscuro que el estándar. b) Peso Específico. c) Análisis granulométrico método AASHTO T 27 -70 d) La arena sometida a un ensayo de durabilidad con una solución de sulfato de sodio o magnesio por el método AASHTO T104 70 después de cinco ciclos no sufrirá pérdidas de peso superior al diez por ciento (10%). e) Plasticidad sobre la fracción que pasa el tamiz Nº 40, el índice de plasticidad deberá ser nulo. f) Equivalente de arena, el material librado por el tamiz Nº 10, previo mortereado del retenido en dicho tamiz empleando un mango de goma y ensayado luego de acuerdo con la norma AASHTO T-76-70 deberá tener un resultado mayor o igual a setenta por ciento (70%).
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2.2 |
PIEDRA TRITURADA 4TA |
Los agregados gruesos provendrán exclusivamente de la trituración de roca basáltica y estarán constituidos de fragmentos sanos, durables, resistentes, duros, limpios, presentar moderada angulosidad, libres de polvo y terrones de arcillas, substancias nocivas, partículas extrañas que no excederá del 1 % en peso, ofrecer buena adhesividad y con porcentaje de humedad no mayor de 3 %. El porcentaje de partículas en forma defectuosas y fragmentos suave será menor al 10 %. El o los proveedores deberán acompañar con resultados de ensayos del INTN u otro laboratorio reconocido por la Municipalidad de Luque por cada partida de 1000 Tn. de los distintos tipos de agregados, y enviaran datos y muestras con anticipación para que sean verificados por la Institución. En caso de que algunos resultados no cumplan con las especificaciones, la Institución estará en su derecho de rechazar todo el material. La toma de muestras, traslados y costos correrán por cuenta del oferente, de los siguientes ensayos de laboratorio. a) Desgaste de Los ángeles (AASHTO T-96) no debe acusar desgaste mayor de 20 %. b) Durabilidad con sulfato de sodio o magnesio (AASHTO T-104) y en 5 ciclos o pérdida por intemperismo acelerado en material seco, no debe acusar pérdida superior a 10 %. c) Índice de forma factor Cubicidad, debe ser mayor a 0,5 con el método (V.N.E.16-67). d) Equivalente de arena AASHTO T-176 será igual o superior a 70 %. e) Granulometría (AASHTO T-27-70) para la triturada tipo 4ta., pasante el tamiz 3/4 y retenido en el tamiz de ½, para la triturada tipo 5ta., pasante el tamiz ½ y retenido en el tamiz ¼ y para la triturada tipo 6ta., pasante el tamiz de ¼ y retenido en el tamiz Nº 200 con un pasante máximo de 9%. f) Resistencia y recubrimiento al agua (Adhesividad RRL modificado y AASHTO T 182-74). g) El índice de plasticidad será nulo (0).
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2.3 |
PIEDRA TRITURADA 5TA |
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2.4 |
PIEDRA TRITURADA 6TA |
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad mínima |
Cantidad máxima |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
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LPN N° 02/2024 CON ID N° 439975 - ADQUISICION DE INSUMOS Y AGREGADOS PARA LA ELABORACION DE MEZCLA ASFALTICA PARA USO DE LA PLANTA ASFALTICA PLURIANUAL - 2025 - 2026 - CONTRATO ABIERTO |
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LOTE 1 |
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1 |
Emulsión RR1C |
72.685 |
145.370 |
litros |
(CALLE PROFESOR GUILLERMO LEOZ N° 411 CASI CALLEJON SIN SALIDA ARIA AUXILIADORA MUNICIPALIDAD DE LUQUE) |
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|||
2 |
Cemento asfaltico CAP/70 |
426 |
853 |
toneladas |
|||||
LOTE 2 |
|||||||||
1 |
ARENA LAVADA |
428 |
856 |
Metro cubico |
(CALLE PROFESOR GUILLERMO LEOZ N° 411 CASI CALLEJON SIN SALIDA ARIA AUXILIADORA MUNICIPALIDAD DE LUQUE) |
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2 |
PIEDRA TRITURADA 4TA |
1354 |
2709 |
toneladas |
(CALLE PROFESOR GUILLERMO LEOZ N° 411 CASI CALLEJON SIN SALIDA ARIA AUXILIADORA MUNICIPALIDAD DE LUQUE) |
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3 |
PIEDRA TRITURADA 5TA |
3055 |
6110 |
toneladas |
(CALLE PROFESOR GUILLERMO LEOZ N° 411 CASI CALLEJON SIN SALIDA ARIA AUXILIADORA MUNICIPALIDAD DE LUQUE) |
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4 |
PIEDRA TRITURADA 6TA |
4425 |
8850 |
toneladas |
(CALLE PROFESOR GUILLERMO LEOZ N° 411 CASI CALLEJON SIN SALIDA ARIA AUXILIADORA MUNICIPALIDAD DE LUQUE) |
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Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Frecuencia: CADA VEZ QUE ES NECESARIO.
Considerando el acto de apertura, evaluación y los plazos pertinentes de la adjudicación y considerando que es un proceso
plurianual y que depende de la pertinente aprobación presupuestaria de los años 2025 - 2026.-
LAS FECHAS SON ESTIMATIVAS RELACIONADO AL TRAMITE INTERNO DE LOS PROCESOS DE LICITACION
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión |
Nota de Remisión |
DESDE JULIO 2024 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2026 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.