Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
Elementos que determinan el precio del bien/servicio ofertado. |
Costo expresado en la moneda de la oferta. |
Elementos de Valor Fijo |
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Mano de obra |
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Inmuebles |
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Maquinarias |
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Herramientas |
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Vehículos |
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Equipos informáticos |
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Muebles |
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Seguros |
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Servicios básicos |
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Elementos de Valor Variable |
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Insumos |
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Mantenimiento |
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Gastos administrativos |
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Gastos de venta |
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Total de costos |
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Utilidad esperada |
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Precio del bien/servicio antes de impuestos |
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Impuestos |
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Precio final del bien/servicio impuestos incluidos |
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El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Deberán cumplir con el siguiente parámetro. Balance de los tres (3) últimos años (2020, 2021 y 2022). Los índices a utilizar para el cálculo son:
A) Contribuyente de IRACIS/IRE Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los tres (3) últimos años (2020, 2021 y 2022).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los tres (3) últimos años (2020, 2021 y 2022).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital. El promedio de los tres (3) últimos años (2020, 2021 y 2022), no deberá ser negativo.
B) Contribuyentes de IRPC Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso). -Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos. (años 2020, 2021 y 2022)
C) Contribuyentes de IRP Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos. (años 2020, 2021 y 2022)
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a) Balance General y cuadro de Estado de Resultados de los años (2020, 2021 y 2022) para contribuyente de IRACIS/IRE. |
b) Formulario 106 de los últimos [2020, 2021 y 2022] años para contribuyentes del IRPC |
c)Formulario 104 de los últimos [2020, 2021 y 2022] años para contribuyentes de Renta Personal |
d) Para contribuyentes de IVA general: IVA General de los últimos dos años (años 2020, 2021 y 2022) |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1-Demostrar la experiencia en Servicios de Mantenimiento y/o Reparación de Vehículos livianos y pesados, con provisión de repuestos a instituciones del Estado o Empresas Privadas, para lo solicitado, presentar los contratos y/o facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total de lo ofertado en la presente licitación, del promedio de los últimos 3 años (2021, 2022 y 2023).
2-Se exigirá una antigüedad mínima de 5 años de experiencia legal, para el caso, se tomará en cuenta la fecha de inscripción en la SET, con el fin de verificar que su actividad comercial o industrial se encuentre vinculada con el tipo de servicio a contratar. En caso de no cumplir con la antigüedad mínima requerida o de no dedicarse a la actividad comercial relativa al servicio cotizado, la oferta será desestimada por la convocante. (Excluyente).
1-Copia de contratos y/o facturaciones, y/o recepciones finales de los últimos 3 años (2021, 2022 y 2023).
2-Constancia de Inscripción del RUC.
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1. Listado de clientes, un mínimo de 3 (tres), instituciones públicas y/o 5 (cinco) instituciones privadas, en los últimos 5 (cinco) años. Describir la/s actividad/es contratadas, la persona encargada de la contratación y el teléfono de la misma, para ser contratada en caso de ser necesario.
2. Licencia Ambiental, expedida por la MADES de conformidad a las disposiciones legales vigentes, para el taller mecánico con el depósito del mismo.
3. Licencia Comercial, expedida por la Municipalidad para oferentes domiciliados en la ciudad de Asunción. Los oferentes domiciliados en otras ciudades deberán presentar la Patente Municipal vigente, donde se indica la actividad o rubro correspondiente al presente llamado. En caso de contar con oficinas administrativas en un lugar diferente al taller, igual deberá adjuntar una copia de dicho documento.
4. Plano de la infraestructura aprobado por el municipio.
5. Plano de prevención contra incendio (PCI), aprobado por el municipio correspondiente.
6. Copia de póliza de seguro contra todo riesgo para los vehículos que se encuentren a cargo del taller. La misma deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta hasta el 31 de diciembre del 2024.
7. Acreditar la propiedad del inmueble, asiento del local/ taller o en su defecto acreditar la locación del citado inmueble con vigencia mínima anterior a la fecha de presentación de la oferta hasta el 31 de diciembre del 2024.
8. Presentar Declaración Jurada, donde manifieste que asume entera responsabilidad por todos los daños causados a los vehículos de la convocante, provenientes de hechos u omisiones voluntarias, negligentes o por inexperiencia de sus empleados, mientras que el bien se halle a su cargo para su mantenimiento y/o reparación, sin ningún cargo para la Convocante.
9. Declaración Jurada, donde garantice que los trabajos serán realizados como se detallan en la Orden del Servicio, que los mismos cuentan con garantía contra defectos de mano de obra, repuestos y materiales utilizados por un plazo de 6 (seis) meses, a partir de la fecha de reparación y/o mantenimiento de los vehículos. Asimismo, garantizar que los repuestos utilizados son originales, de la marca del vehículo entregado para el servicio, y que en caso de no existir el mismo en el representante de la marca, seguirán el procedimiento indicado en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - REQUERIMIENTOS GENERALES - Punto 3. Declaración Jurada donde acredite que cuenta con el personal técnico mínimo requerido en las Especificaciones Técnicas, para la prestación de los servicios objeto de este llamado.
10. Certificación de Capacitación Profesional: Dotación Mínima de Recursos Humanos: el personal mínimo requerido, deberá estar inscripto en el Seguro Social del IPS con una antigüedad mínima de 6 (seis) meses, para lo que deberá presentar la planilla de empleados inscriptos correspondiente a dicho periodo, a fin de acreditar que los mismos al menos han superado el periodo legal de prueba conforme a lo establecido en el Art. 60 de la Ley 729/61, y que se encuentran activos dentro de la empresa.
• 1 jefe de taller con al menos 3 años de experiencia como tal, demostrable con la presentación de su currículum vitae y certificaciones técnicas relativas a mecánica automotriz y afines.
• 6 mecánicos de automotriz general.
• 2 técnicos en aire acondicionado
• 1 técnico en Inyección electrónica naftera.
• 2 técnicos en inyección electrónica diésel.
• 2 técnicos en Electricidad del automóvil.
• 2 mecánicos exclusivo de motores diésel.
• 1 mecánico exclusivo motores nafteros.
• 2 auxiliares mecánicos,
• 1 técnico en autotrónica
• 2 personales administrativos
Observación: No se aceptará a un mismo personal en más de una especialidad, cada personal propuesto deberá contar con el certificado correspondiente, a excepción de los auxiliares mecánicos y personal administrativo, para quienes no se exigirá la presentación de certificados técnicos. Todo el personal requerido deberá estar inscripto en el Seguro Social del IPS, con una antigüedad mínima de 6 (seis) meses anteriores a la fecha de apertura de la oferta, para lo cual se deberá adjuntar copia simple de la planilla de aporte obrero patronal correspondiente a dicho periodo.
11. Infraestructura mínima del Taller:
Herramientas Requeridas: El Taller oferente deberá contar con herramientas propias (no de terceros), que deberán estar operativas durante la verificación in-situ, mínimamente deberá contar:
• 8 elevadores hidráulicos y/o eléctricos con una capacidad de 4.000 Kg.
• 2 compresor de aire de 5 hp de potencia.
• 1 torno para realizar trabajos de tornería en general (ej: reparación de cardanes, palieres, en funcionamiento) para la agilidad de los trabajos.
• 3 gatos hidráulicos.
• 1 equipo para control de carga de alternador.
• 1 banco soporte para armado de diferencial con relojes de ajuste.
• 1 compresímetro para realizar mediciones de compresión de motores diésel.
• 1 compresímetro para realizar mediciones de compresión de motores nafteros/flex.
• 2 scanner para diagnóstico electrónico computarizado de multimarcas de vehículos.
•1 scanner exclusivo para camiones.
• 1 banco de prueba para limpieza, reparación y testeo de picos inyectores cammon rail (DIESEL).
1 calibre de pie de rey con certificado de calibración correspondiente.
• 1 banco de testeo de picos inyectores electrónicos nafteros.
• 3 fosas bien equipadas y azulejadas.
• 1 succionador de aceite al vacío.
• 1 calibrador de picos inyectores diésel convencional.
• 1 comprimidor hidráulico de espirales tipo mac-person.
• 2 manómetros para carga de gas R134 ecológico.
• 1 máquina de vacío para gas R134 ecológico.
• 2 banco para montaje y desmontaje de caja de cambios hidráulicos.
• 2 banco para armado de motores.
• 6 mesas de trabajo.
• 1 reloj comparador de medidas internas y externas de cilindro.
• 1 manómetro para medir presión de bombas eléctricas de combustibles nafteros y diésel.
• 1 analizador de gases de escape portátil.
• 1 detector de fuga de agua de radiador.
• 2 pistolas neumáticas.
• 1 soldador eléctrico para soldaduras mic.
• 1 baroscopio.
• 1 equipo de ultrasonido para limpieza de inyectores.
• Micrómetro de exteriores.
• Multímetros para realizar mediciones en reparación de sistemas eléctricos concernientes a inyección electrónica.
• Prensa hidráulica de 60 Ton.
• Multitester digital de uso automotriz.
• Gato para desmontaje de caja de cambio.
• Hidrolavadora.
•1 extractor de bujes.
•1 reciclador de gas.
• Cargador de baterías, acoples de baterías, actuadores hidráulicos para elevamientos de vehículos.
• Herramientas necesarias en muy buen estado y suficiente para la realización de los servicios.
• Un equipo completo de alineadora electrónica para auto y/o camioneta.
• Un equipo completo de balanceadora automática para llantas.
• Un equipo completo de alineación de luces.
• 1 generador de 50 Kva como mínimo, para abastecer en caso de cortes de energía eléctrica.
12. Contar con servicio de al menos una unidad de vehículo grúa para transporte de vehículos dentro del territorio nacional, propio o alquilado, deberá presentar copia simple de Cédula Verde y habilitación al día, en caso de vehículo propio, y contrato de prestación de servicios en caso de ser tercerizado.
13. Declaración Jurada de conocer y aceptar todas las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, y de contar con la información necesaria para la preparación de la oferta, así como la de aceptación y cumplimiento con las Especificaciones Técnicas solicitadas en la licitación.
14. Superficie Requerida Para El Taller:
Declaración Jurada Infraestructura Física/Dimensiones del Área de Taller: deberá contar con una superficie mínima de 1.500 m2 (mil quinientos metros cuadrados), y deberá encontrarse dentro de los límites de la ciudad de Asunción o Gran Asunción, dentro de un área de hasta a 8 (ocho) km. de distancia de la sede central de la ESSAP, presentando plano y croquis de ubicación, título o contrato de alquiler y sus plazos. En el caso de los representantes oficiales o de los consorcios, los requisitos de dimensiones y límites, será exigido a la casa central representante o a la empresa líder del Consorcio.
La superficie del Inmueble debe estar distribuidos en las siguientes áreas y características:
Superficie de Terreno: 1.500 m2 mínimo
Superficie de Área de Trabajo: 300 m2 mínimo
15. Seguridad del Local:
El área perimetral debe poseer infraestructura adecuada para el resguardo de los vehículos: Contar con muralla perimetral, sistema de alarmas, presentar contrato con empresa prestadora de servicios, equipos de seguridad contra incendios, extintores, boca hidrante, tanque de agua, sensores de humo, Iluminación en los horarios nocturnos, salida de emergencia.
Debe tener un sistema de protección contra incendios en todas sus instalaciones: Sensores de humo-calor, salidas de emergencia en todas sus instalaciones; para el efecto deberá presentar plano de prevención contra incendio, con su respectivo informe técnico de verificación final de los bomberos, aprobado por el municipio. (Autenticado).
Debe contar con salas cerradas para las reparaciones de motor, caja de velocidades y diferencial; de manera a evitar la contaminación de piezas y/o partículas de polvo del ambiente, así también deberá presentar certificado de disposición final de aceite negro, en desuso, el cual la empresa encargada de recolectar debe estar habilitado por el MADES.
Deberá contar con guardia de seguridad permanente para garantizar la protección de los vehículos, además de poseer circuito cerrado de TV que garantice a la Convocante la seguridad desde el ingreso del vehículo hasta la salida.
Todos los requerimientos serán verificados en la inspección técnica in situ que realizará los funcionarios designados por el Administrador de Contrato de la Convocante.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Listado de Clientes.
2. Copia autenticada de la Licencia Ambiental, para taller mecánico y su depósito.
3. Copia autenticada de la Licencia o Patente Comercial.
4. Copia autenticada de Plano de Infraestructura.
5. Copia autentica de Plano de Prevención de Incendios.
6. Copia de Póliza de Seguros contra todo riesgo.
7. Copia de Título de Propiedad o Copia de Contrato de Alquiler.
8. Declaración Jurada manifestando que asume entera responsabilidad por todos los daños causados a los vehículos de la Convocante, provenientes de hecho u omisiones voluntarias, negligencia o inexperiencia de sus empleados, mientras que el bien entregado se halle a su cargo para su mantenimiento y/o reparación, sin cargo para la Convocante.
9. Declaración Jurada de garantía de trabajo de 6 (seis) meses y Provisión de repuestos originales.
10. Listado, Curriculum, Certificaciones del personal propuesto para los trabajos, Planilla de IPS.
11. Declaración Jurada de infraestructura física / dimensiones del área de taller.
12. Declaración Jurada de contar con servicio de vehículo Grúa para el transporte de vehículos dentro del Territorio Nacional, propio o tercerizado, con la documentación que avale lo declarado.
13. Declaración Jurada de conocer y aceptar el Pliego de Bases y Condiciones.
14. Declaración Jurada Infraestructura Física/Dimensiones del Área de Taller principal y de las sucursales propias o tercerizadas. En caso de talleres tercerizados, deberá presentar Copia de Contrato de prestación de servicios.
15. Declaración Jurada por la cual se manifiesta poseer infraestructura adecuada para el resguardo y seguridad de los vehículos.
En caso de Consorcio: deberán indicarse en la oferta, la empresa líder. El líder y los demás miembros del consorcio deberán cumplir los requisitos de capacidad legal y capacidad financiera en un 100% (cien por ciento). Y en cuanto a experiencia en capacidad técnica el líder de la empresa deberá acreditar el cumplimiento de al menos el 70% (setenta por ciento) y en conjunto los demás integrantes con el 30% (treinta por ciento) restante.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
* Presentar junto a la oferta copia de Cédula MIPYMES vigente del Registro Nacional del MIPYMES en caso de que el potencial oferente acredite. Al solo efecto de identificar la calidad de MIPYMES en caso de requerirse anticipo. NO CONSTITUYE un documento de calificación y adjudicación.
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.