Donde dice: DIMENSIONES: 2.8.4 Entre ejes 2.570 mm como mínimo
Solicitamos acepten: 2.8.4 Entre ejes 2.530 mm como mínimo
Ya que la diferencia es imperceptible y no afectara al uso que daran al los vehículos y permitirán la participación de mas oferentes
Donde dice: DIMENSIONES: 2.8.4 Entre ejes 2.570 mm como mínimo
Solicitamos acepten: 2.8.4 Entre ejes 2.530 mm como mínimo
Ya que la diferencia es imperceptible y no afectara al uso que daran al los vehículos y permitirán la participación de mas oferentes
Ajustarse al PBC conforme los siguiente lineamientos - Dictamen N° 15236/2020 - PAGINA 6 y 7 ID N° 375742 - Además, expresa que, si bien en cierto que las Especificaciones Técnicas deben ser lo más amplias posibles, no se puede negar que es la Convocante quien conoce sus necesidades y en base a ello, es la única indicada para establecer los mecanismos mínimos para la satisfacción y cumplimiento de dichas necesidades, a fin de garantizar que los bienes y/o servicios que precisa, sean los acordes para el logro de los objetivos institucionales.-
Esta convocante expone varios puntos para ser tratados, cosa y considerando que es ÉL, quien conoce sus necesidades INVOCADO POR LA DNCP - DICTAMEN 1489/2011 de fecha 18/07/2011
RESOLUCION N° 997/2024 de fecha 10/04/2024 ID N° 420810 - CASO N° 168/2023 - PROYECTO DE UNIFICACION DE VEREDA - TRAMO 2 - relacionado a que la necesidad que responde y que las Municipalidades tienen autonomía de decisión según el Art° 166 de la Autonomía - por ende se le confiere a la entidad convocante la facultad de llevar a cabo procedimientos licitatorios en atención a sus necesidades y realidades institucionales, en ese sentido cuando se realiza un proceso de licitación se hace uso de las disposiciones legales aplicables dentro de los límites que le permite su discrecionalidad (libertad) de hacerlas, ya que es una atribución discrecional determinar el tipo de bien o servicios a contratar, basándose en la necesidad que deben satisfacerse, de los cuales son necesidades públicas. Esta discrecionalidad de acentúa aún más en los procesos de contrataciones similares al que nos ocupa, el cual posee un alto interés público.- en ese sentido queda demostrado que se tiene discrecionalidad para solicitar procesos que satisfagan necesidades locales
2
Lote 2 Item1 Autos Patrulleras
Donde dice: 2.7 SUSPENSIÓN. 2.7.1 Suspensión Frontal: Tipo Mc Pherson
2.7.2 Suspensión Trasera : Tipo Mc Pherson
Solicitamos acepten: 2.7 SUSPENSIÓN. 2.7.1 Suspensión Frontal: Tipo Mc Pherson
2.7.2 Suspensión Trasera : Tipo Mc Pherson o Multilink, ya que la McPherson suele ser utilizada en el eje delantero. Su mayor sencillez da más espacio y facilita colocar los componentes de la dirección en la parte delantera del vehículo. Por otro lado, en la parte trasera, suele utilizarse la suspensión Multilink
Donde dice: 2.7 SUSPENSIÓN. 2.7.1 Suspensión Frontal: Tipo Mc Pherson
2.7.2 Suspensión Trasera : Tipo Mc Pherson
Solicitamos acepten: 2.7 SUSPENSIÓN. 2.7.1 Suspensión Frontal: Tipo Mc Pherson
2.7.2 Suspensión Trasera : Tipo Mc Pherson o Multilink, ya que la McPherson suele ser utilizada en el eje delantero. Su mayor sencillez da más espacio y facilita colocar los componentes de la dirección en la parte delantera del vehículo. Por otro lado, en la parte trasera, suele utilizarse la suspensión Multilink
Ajustarse al PBC conforme los siguiente lineamientos - Dictamen N° 15236/2020 - PAGINA 6 y 7 ID N° 375742 - Además, expresa que, si bien en cierto que las Especificaciones Técnicas deben ser lo más amplias posibles, no se puede negar que es la Convocante quien conoce sus necesidades y en base a ello, es la única indicada para establecer los mecanismos mínimos para la satisfacción y cumplimiento de dichas necesidades, a fin de garantizar que los bienes y/o servicios que precisa, sean los acordes para el logro de los objetivos institucionales.-
Esta convocante expone varios puntos para ser tratados, cosa y considerando que es ÉL, quien conoce sus necesidades INVOCADO POR LA DNCP - DICTAMEN 1489/2011 de fecha 18/07/2011
RESOLUCION N° 997/2024 de fecha 10/04/2024 ID N° 420810 - CASO N° 168/2023 - PROYECTO DE UNIFICACION DE VEREDA - TRAMO 2 - relacionado a que la necesidad que responde y que las Municipalidades tienen autonomía de decisión según el Art° 166 de la Autonomía - por ende se le confiere a la entidad convocante la facultad de llevar a cabo procedimientos licitatorios en atención a sus necesidades y realidades institucionales, en ese sentido cuando se realiza un proceso de licitación se hace uso de las disposiciones legales aplicables dentro de los límites que le permite su discrecionalidad (libertad) de hacerlas, ya que es una atribución discrecional determinar el tipo de bien o servicios a contratar, basándose en la necesidad que deben satisfacerse, de los cuales son necesidades públicas. Esta discrecionalidad de acentúa aún más en los procesos de contrataciones similares al que nos ocupa, el cual posee un alto interés público.- en ese sentido queda demostrado que se tiene discrecionalidad para solicitar procesos que satisfagan necesidades locales
Donde Dice:
Motor:
Potencia máxima en Hp (Rev./Min): 240 HP a 2300 RPM
Solicitamos, favor este punto pueda modificarse y acepten propuestas con:
Potencia máxima en Hp (Rev./Min): 260 HP a 2300 RPM
Esto permitirá que más oferentes puedan participar con mejores ofertas a la municipalidad.
Donde Dice:
Motor:
Potencia máxima en Hp (Rev./Min): 240 HP a 2300 RPM
Solicitamos, favor este punto pueda modificarse y acepten propuestas con:
Potencia máxima en Hp (Rev./Min): 260 HP a 2300 RPM
Esto permitirá que más oferentes puedan participar con mejores ofertas a la municipalidad.
Ajustarse al PBC conforme los siguiente lineamientos - Dictamen N° 15236/2020 - PAGINA 6 y 7 ID N° 375742 - Además, expresa que, si bien en cierto que las Especificaciones Técnicas deben ser lo más amplias posibles, no se puede negar que es la Convocante quien conoce sus necesidades y en base a ello, es la única indicada para establecer los mecanismos mínimos para la satisfacción y cumplimiento de dichas necesidades, a fin de garantizar que los bienes y/o servicios que precisa, sean los acordes para el logro de los objetivos institucionales.-
Esta convocante expone varios puntos para ser tratados, cosa y considerando que es ÉL, quien conoce sus necesidades INVOCADO POR LA DNCP - DICTAMEN 1489/2011 de fecha 18/07/2011
RESOLUCION N° 997/2024 de fecha 10/04/2024 ID N° 420810 - CASO N° 168/2023 - PROYECTO DE UNIFICACION DE VEREDA - TRAMO 2 - relacionado a que la necesidad que responde y que las Municipalidades tienen autonomía de decisión según el Art° 166 de la Autonomía - por ende se le confiere a la entidad convocante la facultad de llevar a cabo procedimientos licitatorios en atención a sus necesidades y realidades institucionales, en ese sentido cuando se realiza un proceso de licitación se hace uso de las disposiciones legales aplicables dentro de los límites que le permite su discrecionalidad (libertad) de hacerlas, ya que es una atribución discrecional determinar el tipo de bien o servicios a contratar, basándose en la necesidad que deben satisfacerse, de los cuales son necesidades públicas. Esta discrecionalidad de acentúa aún más en los procesos de contrataciones similares al que nos ocupa, el cual posee un alto interés público.- en ese sentido queda demostrado que se tiene discrecionalidad para solicitar procesos que satisfagan necesidades locales
Donde Dice:
Motor:
Potencia: 235 HP a 240 HP como mínimo.
Podrían aceptar propuestas con:
Potencia: 235 HP a 260 HP como mínimo. Esto permitirá permitirá que más oferentes puedan participar con mejores ofertas a la municipalidad.
Donde Dice:
Motor:
Potencia: 235 HP a 240 HP como mínimo.
Podrían aceptar propuestas con:
Potencia: 235 HP a 260 HP como mínimo. Esto permitirá permitirá que más oferentes puedan participar con mejores ofertas a la municipalidad.
Ajustarse al PBC conforme los siguiente lineamientos - Dictamen N° 15236/2020 - PAGINA 6 y 7 ID N° 375742 - Además, expresa que, si bien en cierto que las Especificaciones Técnicas deben ser lo más amplias posibles, no se puede negar que es la Convocante quien conoce sus necesidades y en base a ello, es la única indicada para establecer los mecanismos mínimos para la satisfacción y cumplimiento de dichas necesidades, a fin de garantizar que los bienes y/o servicios que precisa, sean los acordes para el logro de los objetivos institucionales.-
Esta convocante expone varios puntos para ser tratados, cosa y considerando que es ÉL, quien conoce sus necesidades INVOCADO POR LA DNCP - DICTAMEN 1489/2011 de fecha 18/07/2011
RESOLUCION N° 997/2024 de fecha 10/04/2024 ID N° 420810 - CASO N° 168/2023 - PROYECTO DE UNIFICACION DE VEREDA - TRAMO 2 - relacionado a que la necesidad que responde y que las Municipalidades tienen autonomía de decisión según el Art° 166 de la Autonomía - por ende se le confiere a la entidad convocante la facultad de llevar a cabo procedimientos licitatorios en atención a sus necesidades y realidades institucionales, en ese sentido cuando se realiza un proceso de licitación se hace uso de las disposiciones legales aplicables dentro de los límites que le permite su discrecionalidad (libertad) de hacerlas, ya que es una atribución discrecional determinar el tipo de bien o servicios a contratar, basándose en la necesidad que deben satisfacerse, de los cuales son necesidades públicas. Esta discrecionalidad de acentúa aún más en los procesos de contrataciones similares al que nos ocupa, el cual posee un alto interés público.- en ese sentido queda demostrado que se tiene discrecionalidad para solicitar procesos que satisfagan necesidades locales
Donde Dice:
Motor:
Potencia: 265 HP a 270 HP a 2200 RPM como máximo.
Solicitamos favor este punto sea modificado y acepten propuestas con:
Potencia: 260 HP a 270 HP a 2350 RPM como máximo. Esto permitirá que más oferentes puedan participar con mejores ofertas a la municipalidad
Donde Dice:
Motor:
Potencia: 265 HP a 270 HP a 2200 RPM como máximo.
Solicitamos favor este punto sea modificado y acepten propuestas con:
Potencia: 260 HP a 270 HP a 2350 RPM como máximo. Esto permitirá que más oferentes puedan participar con mejores ofertas a la municipalidad
Ajustarse al PBC conforme los siguiente lineamientos - Dictamen N° 15236/2020 - PAGINA 6 y 7 ID N° 375742 - Además, expresa que, si bien en cierto que las Especificaciones Técnicas deben ser lo más amplias posibles, no se puede negar que es la Convocante quien conoce sus necesidades y en base a ello, es la única indicada para establecer los mecanismos mínimos para la satisfacción y cumplimiento de dichas necesidades, a fin de garantizar que los bienes y/o servicios que precisa, sean los acordes para el logro de los objetivos institucionales.-
Esta convocante expone varios puntos para ser tratados, cosa y considerando que es ÉL, quien conoce sus necesidades INVOCADO POR LA DNCP - DICTAMEN 1489/2011 de fecha 18/07/2011
RESOLUCION N° 997/2024 de fecha 10/04/2024 ID N° 420810 - CASO N° 168/2023 - PROYECTO DE UNIFICACION DE VEREDA - TRAMO 2 - relacionado a que la necesidad que responde y que las Municipalidades tienen autonomía de decisión según el Art° 166 de la Autonomía - por ende se le confiere a la entidad convocante la facultad de llevar a cabo procedimientos licitatorios en atención a sus necesidades y realidades institucionales, en ese sentido cuando se realiza un proceso de licitación se hace uso de las disposiciones legales aplicables dentro de los límites que le permite su discrecionalidad (libertad) de hacerlas, ya que es una atribución discrecional determinar el tipo de bien o servicios a contratar, basándose en la necesidad que deben satisfacerse, de los cuales son necesidades públicas. Esta discrecionalidad de acentúa aún más en los procesos de contrataciones similares al que nos ocupa, el cual posee un alto interés público.- en ese sentido queda demostrado que se tiene discrecionalidad para solicitar procesos que satisfagan necesidades locales
Donde Dice:
Motor:
Torque máximo Nm (Rev/Min) 1100 Nm a 1100 - 1600 rpm
Solicitamos favor este punto se modifique y acepten propuestas con:
Torque máximo Nm (Rev/Min) 900 Nm a 1100 - 1600 rpm. Esto permitirá que más oferentes puedan participar con mejores ofertas a la municipalidad
Donde Dice:
Motor:
Torque máximo Nm (Rev/Min) 1100 Nm a 1100 - 1600 rpm
Solicitamos favor este punto se modifique y acepten propuestas con:
Torque máximo Nm (Rev/Min) 900 Nm a 1100 - 1600 rpm. Esto permitirá que más oferentes puedan participar con mejores ofertas a la municipalidad
Ajustarse al PBC conforme los siguiente lineamientos - Dictamen N° 15236/2020 - PAGINA 6 y 7 ID N° 375742 - Además, expresa que, si bien en cierto que las Especificaciones Técnicas deben ser lo más amplias posibles, no se puede negar que es la Convocante quien conoce sus necesidades y en base a ello, es la única indicada para establecer los mecanismos mínimos para la satisfacción y cumplimiento de dichas necesidades, a fin de garantizar que los bienes y/o servicios que precisa, sean los acordes para el logro de los objetivos institucionales.-
Esta convocante expone varios puntos para ser tratados, cosa y considerando que es ÉL, quien conoce sus necesidades INVOCADO POR LA DNCP - DICTAMEN 1489/2011 de fecha 18/07/2011
RESOLUCION N° 997/2024 de fecha 10/04/2024 ID N° 420810 - CASO N° 168/2023 - PROYECTO DE UNIFICACION DE VEREDA - TRAMO 2 - relacionado a que la necesidad que responde y que las Municipalidades tienen autonomía de decisión según el Art° 166 de la Autonomía - por ende se le confiere a la entidad convocante la facultad de llevar a cabo procedimientos licitatorios en atención a sus necesidades y realidades institucionales, en ese sentido cuando se realiza un proceso de licitación se hace uso de las disposiciones legales aplicables dentro de los límites que le permite su discrecionalidad (libertad) de hacerlas, ya que es una atribución discrecional determinar el tipo de bien o servicios a contratar, basándose en la necesidad que deben satisfacerse, de los cuales son necesidades públicas. Esta discrecionalidad de acentúa aún más en los procesos de contrataciones similares al que nos ocupa, el cual posee un alto interés público.- en ese sentido queda demostrado que se tiene discrecionalidad para solicitar procesos que satisfagan necesidades locales
Donde Dice:
EJE FRONTAL EJE TRASERO:
Capacidad del eje Delantero: 7000 Kg. a 7.500 Kg. como mínimo.
Solicitamos favor este punto pueda modificarse y acepten propuestas con:
Capacidad del eje Delantero: 5.500 Kg. a 7.500 Kg. como mínimo.
Esto no influye en el trabajo que deba realizar la máquina, ya que son características propias de cada fabricante y permitirá que más oferentes puedan participar con mejores ofertas a la municipalidad.
Donde Dice:
EJE FRONTAL EJE TRASERO:
Capacidad del eje Delantero: 7000 Kg. a 7.500 Kg. como mínimo.
Solicitamos favor este punto pueda modificarse y acepten propuestas con:
Capacidad del eje Delantero: 5.500 Kg. a 7.500 Kg. como mínimo.
Esto no influye en el trabajo que deba realizar la máquina, ya que son características propias de cada fabricante y permitirá que más oferentes puedan participar con mejores ofertas a la municipalidad.
Ajustarse al PBC conforme los siguiente lineamientos - Dictamen N° 15236/2020 - PAGINA 6 y 7 ID N° 375742 - Además, expresa que, si bien en cierto que las Especificaciones Técnicas deben ser lo más amplias posibles, no se puede negar que es la Convocante quien conoce sus necesidades y en base a ello, es la única indicada para establecer los mecanismos mínimos para la satisfacción y cumplimiento de dichas necesidades, a fin de garantizar que los bienes y/o servicios que precisa, sean los acordes para el logro de los objetivos institucionales.-
Esta convocante expone varios puntos para ser tratados, cosa y considerando que es ÉL, quien conoce sus necesidades INVOCADO POR LA DNCP - DICTAMEN 1489/2011 de fecha 18/07/2011
RESOLUCION N° 997/2024 de fecha 10/04/2024 ID N° 420810 - CASO N° 168/2023 - PROYECTO DE UNIFICACION DE VEREDA - TRAMO 2 - relacionado a que la necesidad que responde y que las Municipalidades tienen autonomía de decisión según el Art° 166 de la Autonomía - por ende se le confiere a la entidad convocante la facultad de llevar a cabo procedimientos licitatorios en atención a sus necesidades y realidades institucionales, en ese sentido cuando se realiza un proceso de licitación se hace uso de las disposiciones legales aplicables dentro de los límites que le permite su discrecionalidad (libertad) de hacerlas, ya que es una atribución discrecional determinar el tipo de bien o servicios a contratar, basándose en la necesidad que deben satisfacerse, de los cuales son necesidades públicas. Esta discrecionalidad de acentúa aún más en los procesos de contrataciones similares al que nos ocupa, el cual posee un alto interés público.- en ese sentido queda demostrado que se tiene discrecionalidad para solicitar procesos que satisfagan necesidades locales
Donde Dice:
PESOS (KG)
Cap. Carga Técnica / Legal: 10410 / 6.910
PBT Técnico / Legal : 20.000 / 16.500
Podrían modificar las especificaciones a:
Cap. Carga Técnica / Legal: 16.500/ 12.500
PBT Técnico / Legal : 28.000 / 24.000
El pedido obedece ya que si desean un camión con compactador de 21m3 y este debe montarse en un camión 6X2, la modificación solicitada es la que corresponde a un camión 6X2 y cumple con la reglamentación de circulación de camiones en Paraguay.
El pedido obedece ya que si desean un camión con compactador de 21m3 y este debe montarse en un camión 6X2, la modificación solicitada es la que corresponde a un camión 6X2 y cumple con la reglamentación de circulación de camiones en Paraguay.
Ajustarse al PBC conforme los siguiente lineamientos - Dictamen N° 15236/2020 - PAGINA 6 y 7 ID N° 375742 - Además, expresa que, si bien en cierto que las Especificaciones Técnicas deben ser lo más amplias posibles, no se puede negar que es la Convocante quien conoce sus necesidades y en base a ello, es la única indicada para establecer los mecanismos mínimos para la satisfacción y cumplimiento de dichas necesidades, a fin de garantizar que los bienes y/o servicios que precisa, sean los acordes para el logro de los objetivos institucionales.-
Esta convocante expone varios puntos para ser tratados, cosa y considerando que es ÉL, quien conoce sus necesidades INVOCADO POR LA DNCP - DICTAMEN 1489/2011 de fecha 18/07/2011
RESOLUCION N° 997/2024 de fecha 10/04/2024 ID N° 420810 - CASO N° 168/2023 - PROYECTO DE UNIFICACION DE VEREDA - TRAMO 2 - relacionado a que la necesidad que responde y que las Municipalidades tienen autonomía de decisión según el Art° 166 de la Autonomía - por ende se le confiere a la entidad convocante la facultad de llevar a cabo procedimientos licitatorios en atención a sus necesidades y realidades institucionales, en ese sentido cuando se realiza un proceso de licitación se hace uso de las disposiciones legales aplicables dentro de los límites que le permite su discrecionalidad (libertad) de hacerlas, ya que es una atribución discrecional determinar el tipo de bien o servicios a contratar, basándose en la necesidad que deben satisfacerse, de los cuales son necesidades públicas. Esta discrecionalidad de acentúa aún más en los procesos de contrataciones similares al que nos ocupa, el cual posee un alto interés público.- en ese sentido queda demostrado que se tiene discrecionalidad para solicitar procesos que satisfagan necesidades locales
DONDE DICE:
DIMENSIONES:
Largo Total: 8400 mm a 8500 mm como máximo
Ancho: 2450 a 2550 mm como máximo
Altura: 3000 a 3100 mm como máximo
Entre ejes: 4.600 mm a 4700 mm como máximo
Solicitamos favor estos puntos puedan modificarse y acepten propuestas con:
Largo Total: 8300 mm a 8500 mm como máximo
Ancho: 2450 a 2550 mm como máximo
Altura: 2800 a 3100 mm como máximo
Entre ejes: 4.600 mm a 4700 mm como máximo
Esto no influye en el trabajo que deba realizar la máquina, ya que son características propias de cada fabricante y permitirá que más oferentes puedan participar con mejores ofertas a la municipalidad.
DONDE DICE:
DIMENSIONES:
Largo Total: 8400 mm a 8500 mm como máximo
Ancho: 2450 a 2550 mm como máximo
Altura: 3000 a 3100 mm como máximo
Entre ejes: 4.600 mm a 4700 mm como máximo
Solicitamos favor estos puntos puedan modificarse y acepten propuestas con:
Largo Total: 8300 mm a 8500 mm como máximo
Ancho: 2450 a 2550 mm como máximo
Altura: 2800 a 3100 mm como máximo
Entre ejes: 4.600 mm a 4700 mm como máximo
Esto no influye en el trabajo que deba realizar la máquina, ya que son características propias de cada fabricante y permitirá que más oferentes puedan participar con mejores ofertas a la municipalidad.
Ajustarse al PBC conforme los siguiente lineamientos - Dictamen N° 15236/2020 - PAGINA 6 y 7 ID N° 375742 - Además, expresa que, si bien en cierto que las Especificaciones Técnicas deben ser lo más amplias posibles, no se puede negar que es la Convocante quien conoce sus necesidades y en base a ello, es la única indicada para establecer los mecanismos mínimos para la satisfacción y cumplimiento de dichas necesidades, a fin de garantizar que los bienes y/o servicios que precisa, sean los acordes para el logro de los objetivos institucionales.-
Esta convocante expone varios puntos para ser tratados, cosa y considerando que es ÉL, quien conoce sus necesidades INVOCADO POR LA DNCP - DICTAMEN 1489/2011 de fecha 18/07/2011
RESOLUCION N° 997/2024 de fecha 10/04/2024 ID N° 420810 - CASO N° 168/2023 - PROYECTO DE UNIFICACION DE VEREDA - TRAMO 2 - relacionado a que la necesidad que responde y que las Municipalidades tienen autonomía de decisión según el Art° 166 de la Autonomía - por ende se le confiere a la entidad convocante la facultad de llevar a cabo procedimientos licitatorios en atención a sus necesidades y realidades institucionales, en ese sentido cuando se realiza un proceso de licitación se hace uso de las disposiciones legales aplicables dentro de los límites que le permite su discrecionalidad (libertad) de hacerlas, ya que es una atribución discrecional determinar el tipo de bien o servicios a contratar, basándose en la necesidad que deben satisfacerse, de los cuales son necesidades públicas. Esta discrecionalidad de acentúa aún más en los procesos de contrataciones similares al que nos ocupa, el cual posee un alto interés público.- en ese sentido queda demostrado que se tiene discrecionalidad para solicitar procesos que satisfagan necesidades locales
Donde dice:
CHASIS:
Tipo: 4x2
PBT: 16,0 T
Podrían modificar y aceptar propuestas con:
CHASIS:
Tipo: 6x2
PBT: 24,0 T
El pedido obedece a que, si desean un camión con compactador de 21m3, este debe montarse en un camión 6X2 y la modificación solicitada es la que corresponde a un vehículo que cumpla con la reglamentación de circulación de camiones en Paraguay.
Podrían modificar y aceptar propuestas con:
CHASIS:
Tipo: 6x2
PBT: 24,0 T
El pedido obedece a que, si desean un camión con compactador de 21m3, este debe montarse en un camión 6X2 y la modificación solicitada es la que corresponde a un vehículo que cumpla con la reglamentación de circulación de camiones en Paraguay.
Ajustarse al PBC conforme los siguiente lineamientos - Dictamen N° 15236/2020 - PAGINA 6 y 7 ID N° 375742 - Además, expresa que, si bien en cierto que las Especificaciones Técnicas deben ser lo más amplias posibles, no se puede negar que es la Convocante quien conoce sus necesidades y en base a ello, es la única indicada para establecer los mecanismos mínimos para la satisfacción y cumplimiento de dichas necesidades, a fin de garantizar que los bienes y/o servicios que precisa, sean los acordes para el logro de los objetivos institucionales.-
Esta convocante expone varios puntos para ser tratados, cosa y considerando que es ÉL, quien conoce sus necesidades INVOCADO POR LA DNCP - DICTAMEN 1489/2011 de fecha 18/07/2011
RESOLUCION N° 997/2024 de fecha 10/04/2024 ID N° 420810 - CASO N° 168/2023 - PROYECTO DE UNIFICACION DE VEREDA - TRAMO 2 - relacionado a que la necesidad que responde y que las Municipalidades tienen autonomía de decisión según el Art° 166 de la Autonomía - por ende se le confiere a la entidad convocante la facultad de llevar a cabo procedimientos licitatorios en atención a sus necesidades y realidades institucionales, en ese sentido cuando se realiza un proceso de licitación se hace uso de las disposiciones legales aplicables dentro de los límites que le permite su discrecionalidad (libertad) de hacerlas, ya que es una atribución discrecional determinar el tipo de bien o servicios a contratar, basándose en la necesidad que deben satisfacerse, de los cuales son necesidades públicas. Esta discrecionalidad de acentúa aún más en los procesos de contrataciones similares al que nos ocupa, el cual posee un alto interés público.- en ese sentido queda demostrado que se tiene discrecionalidad para solicitar procesos que satisfagan necesidades locales