Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Metodo de Evaluación

Basado únicamente en precio

Análisis de precios ofertados

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

    1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

 

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

Elementos que determinan el precio del bien/servicio ofertado.

Costo expresado en la moneda de la oferta.

Costo Directo

 

Costo Indirecto

 

Carga Impositiva (Impuestos)

 

Contingencias

 

Utilidad o Margen de Beneficio

 

PRECIO UNITARIO OFERTADO  

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.

En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) 

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”,   de conformidad con el formulario estándar  - Sección Formularios (**)
        2.  Documentos legales .Oferentes.

8.1. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (*)
  3. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  1.  

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

Capacidad Financiera

Cumple/No Cumple
Contribuyentes de IRE GENERALDeberán cumplir con el siguiente parámetro:

Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente.  Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres (3) ejercicios fiscales requeridos. (2021, 2022, 2023)

 

Endeudamiento: pasivo total / activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los tres (3) ejercicios fiscales requeridos. (2021, 2022, 2023)

 

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital. El Promedio en los últimos tres (3) ejercicios fiscales requeridos, no deberá ser negativo(2021, 2022, 2023)

 
Contribuyentes de IRE SIMPLE, IRP/IRP-RSP y para contribuyentes de exclusivamente IVA General: Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los tres (3) ejercicios fiscales requeridos. (2021, 2022, 2023)

 

En caso de tratarse de un Consorcio, todos los integrantes del Consorcio deberán cumplir con los requisitos de capacidad financiera.

 

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Cumple/No Cumple
Certificado de Cumplimiento tributario, vigente a la hora y fecha tope de presentación de ofertas.  
Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2021, 2022 y 2023 para contribuyente de IRE GENERAL.  
 IVA General de los últimos 36 meses, para contribuyentes sólo del IVA General.  
Formulario 515 de los años 2021, 2022 y 2023 para contribuyentes del IMPUESTO A LA RENTA PERSONAL  
Formulario 501 de los años 2021, 2022, 2023 para contribuyentes del IRE SIMPLE.  

 

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Demostrar la experiencia en la prestación de  servicios de mantenimiento y/o reparación de vehículos, en Instituciones Públicas y/o Privadas,  por un monto equivalente al 50 % (cincuenta por ciento) - como mínimo - del monto máximo establecido en la presente licitación. Sumatoria de los 3 últimos años (2021, 2022 y 2023).

No será necesaria la presentación de un contrato/factura por cada año señalado

En el caso de los consorcios, el cumplimiento en conjunto deberá corresponder al 50 % (cincuenta por ciento) - como mínimo - del monto máximo establecido en la presente licitación, el cual será analizado de la siguiente manera:

  • Uno de los integrantes del consorcio deberá acreditar cumplir con el 70% del requerimiento.

El 30% restante del requerimiento, lo cumplirá/n el o los demás integrantes del consorcio

 

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

Copia de facturas contado; y/o,

Copia de contratos con sus respectivas recepciones finales o constancias de prestación satisfactoria expedida por la Contratante/Cliente receptor de los bienes/servicios proveídos; y/o,

Copia de facturas crédito, con sus correspondientes recibos de cancelación de pago o documento que acredite haber percibido el pago respectivo o sus respectivas recepciones finales o constancias de prestación satisfactoria expedida por la Contratante/Cliente receptor de los bienes/servicios proveídos.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

Orden Capacidad Técnica. Requerimientos. Cumple/No Cumple
a) El oferente deberá garantizar que cumplirá con los requerimientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, conforme a lo solicitado en el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS -ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - CPS.  
b) Presentar como parte de su oferta, una PÓLIZA DE SEGUROS contra todo riesgo para los vehículos que se encuentren a cargo del taller, por un monto mínimo en conjunto de GS. 2.000.000.000, a fin de asegurar el cabal, eficiente y oportuno resarcimiento en caso de daño a los vehículos de la Contratante, mientras se hallen a cargo del taller, comprendiendo los servicios tercerizados permitidos en el presente PBC. La misma deberá estar vigente al momento de la presentación de ofertas y con vigencia hasta la culminación de la ejecución del Contrato.  
c)

El Oferente deberá contar con Cobertura de Grúas para auxilio a TODOS LOS VEHÍCULOS, las 24 horas EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA, con asistencia de mecánica ligera, incluida domingos y feriados. Este servicio debe ser inmediato sin costo para la Convocante, a solicitud del Jefe del Departamento de Transporte y/o las personas debidamente autorizadas. El Servicio de Grúa deberá ser suministrado dentro del territorio nacional, por medio del vehículo propio de la empresa adjudicada o a través de convenios de servicios con empresas del ramo. El Servicio de Grúa deberá contar con seguro para cubrir daños que eventualmente puedan sufrir los vehículos durante el traslado. (La póliza deberá estar vigente durante toda la etapa de ejecución contractual y será verificada al momento de la ejecución contractual)

 
d) Debe contar con la Licencia Ambiental expedida por el MADES (Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible) de conformidad a las disposiciones legales vigentes.   
e) Debe contar con el Certificado de Licencia Comercial definitiva, y copia de Resolución de aprobación del plan de adecuación a los aspectos ambientales otorgado por la municipalidad para los talleres que se encuentran dentro del municipio de asunción para los Talleres ubicados en Asunción, para talleres ubicados en otro municipio patente comercial, donde el rubro y/o actividad debe ser Taller Mecánico.   
f)

El Taller deberá estar ubicado a una distancia no mayor a 8 (ocho) Km de la sede del Departamento de Transporte del MEC sito en Pettirossi N° 277 y Capitán Figari, de la ciudad de Asunción.

 
g) Infraestructura MÍNIMA propia de 1.300 m2 en 1 (uno) o 2 (dos) bloques contiguos totalmente cubiertos con techo de tinglado, a efectos de ofrecer las condiciones mínimas de seguridad de los vehículos de la Institución. Se deberá presentar copia autenticada del Título de propiedad.  
h) Acreditar que cuenta con el plano aprobado de infraestructura, con su resolución de aprobación donde figuren todos los terrenos y con su respectivo certificado de inspección final in situ que concuerden con la construcción existente y en el cual conste que todos los terrenos estén debidamente habilitados para operar   
i) Acreditar que cuenta con un sistema de protección contra incendios en todas sus instalaciones (extintores, baldes de arena, sistemas de detección de humo, cartelería, de indicadores de salidas de emergencia, entre otros) que será verificada en la Inspección Técnica en la oportunidad de la visita de la Comisión Evaluadora, a las instalaciones de los oferentes.   
j)

El oferente deberá contar con una cantidad mínima de 13 (trece) personales. Debido al tamaño de la necesidad requerida por esta convocante, no se considerará a una persona técnica en más de una especialidad.

Las especializaciones requeridas son las siguientes: 1 (un) técnico en Electricidad del automóvil; 3 (tres) especialistas en mecánica automotriz general; 1 (un) mecánico exclusivo de motores diésel; 1 (un) técnico en refrigeración del automóvil;    1 (un) mecánico especializado en motores nafteros; 1 técnico en Metalmecánica; 3 (tres) auxiliares mecánicos; 2 (dos) funcionarios administrativos como mínimo.

En caso de 1 técnico en Metalmecánica, podrá ser tercerizado, para lo cual, deberá acreditar que cuenta con contrato vigente y/o carta compromiso de contratación con el especialista requerido, al momento de la verificación in situ del taller durante la etapa de evaluación, demostrando así que el servicio se encuentra garantizado si la convocante lo requiera.

 

 

*En el caso de consorcio:

Infraestructura: Uno de los integrantes del Consorcio deberá cumplir con los requerimientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones en lo que respecta a distancia (estar ubicado a una distancia no mayor a 8 (ocho) Km. de la sede del Departamento de Transporte del MEC sito en Pettirossi N° 277 y Capitán Figari, de la ciudad de Asunción), y dimensiones del local propuesto (infraestructura mínima propia de 1.300 m2 en 1 (uno) o 2 (dos) bloques contiguos totalmente cubiertos con techo tinglado).

Equipamientos: Los integrantes del Consorcio deberán cumplir de manera conjunta con el requerimiento.

Herramientas: Los integrantes del Consorcio deberán cumplir de manera conjunta con el requerimiento..

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

Orden Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica. Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:             Cumple/No Cumple 
1) Para el punto - "a" - el oferente deberá presentar una Declaración Jurada.   
2) Para el punto - "b" -, el oferente deberá presentar copia autenticada de la póliza de seguro contra todo riesgo.   
3) Para el punto - "c" -, el oferente deberá presentar copia autenticada del título de propiedad del vehículo a ser utilizado para el servicio de grúa o copia autenticada del convenio con empresas del ramo.   
4) Para el punto - "d" -, el oferente deberá presentar copia de la Licencia Ambiental expedida por el MADES (Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible) de conformidad a las disposiciones legales vigentes. Asimismo, la exhibición de este requisito será constatado en la verificación in situ realizada por el Comité de Evaluación.   
5) Para el punto - "e" -, el oferente deberá presentar copia del Certificado de Licencia Comercial definitiva. Asimismo, la exhibición de este requisito será constatado en la verificación in situ realizada por el Comité de Evaluación.   
6) Para el punto - "f" -, el oferente deberá indicar la ubicación exacta del taller, con su respectivo croquis.   
7) Para el punto - "g" - deberá presentar copia autenticada del Título de propiedad.   
8) Para el punto - "h" -, el oferente deberá presentar copia autenticada del plano aprobado de infraestructura, con su resolución de aprobación donde figuren todos los terrenos y con su respectivo certificado de inspección final "in situ" que concuerden con la construcción existente y en el cual conste que todos los terrenos estén debidamente habilitados para operar.  
9) Para el punto - "i" -, el oferente deberá presentar copia autenticada de planos de sistema de prevención contra incendios en todas sus instalaciones (extintores, baldes de arena, sistemas de detección de humo, cartelería, de indicadores de salidas de emergencia, entre otros) que será verificada en la Inspección Técnica en la oportunidad de la visita de la Comisión Evaluadora, a las instalaciones de los oferentes.  
10) Para el punto - "j" -, el oferente deberá presentar un listado con el detalle de la especialización de cada personal (C.I.N°, Nombre y Apellido, especialización). Asimismo, deberá presentar la Inscripción en el seguro social del IPS, con una antigüedad mínima de 6 (seis) meses de los personales detallados en la lista. Se requiere igualmente la presentación de la copia de los certificados y títulos certificados por el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) y/o Ministerio de Justicia y/o Ministerio del Trabajo y/o SNPP (Servicio Nacional de Promoción profesional) u otro instituto privado reconocido por el MEC por cada técnico. Los auxiliares mecánicos y administrativos no requieren presentación de certificados o constancias de estudios.  

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

GRILLA PARA VERIFICACIÓN IN SITU DEL TALLER

El Comité de Evaluación realizará la inspección in situ del taller declarado por la firma oferente, a fin de constatar el cumplimiento de los requerimientos, los cuales no podrán ser subsanados con posterioridad a la verificación "in situ" realizada..

En el caso de que la firma oferente no cumpla con el/los requerimiento/s, el Comité de Evaluación deberá consignar en la casilla de observaciones el/los motivos.

SERVICIO DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS DEL MEC - PLURIANUAL
2024/2025/2026

GRILLA PARA VERIFICACIÓN "IN SITU" DE LAS CONDICIONES MÍNIMAS DEL TALLER.

Orden Descripción Cumple/No Cumple  Observación
1 El Taller deberá estar ubicado a una distancia no mayor a 8 (ocho) Km de la sede del Departamento de Transporte del MEC sito en Pettirossi N° 277 y Capitán Figari, de la ciudad de Asunción.    
2 Infraestructura MINIMA propia de 1.300 m2 en 1 (uno) o 2 (dos) bloques contiguos totalmente cubiertos con techo de tinglado, a efectos de ofrecer las condiciones mínimas de seguridad de los vehículos de la Institución. Se deberá presentar copia autenticada del Título de propiedad.    
3 El Oferente deberá contar, además, con infraestructura adecuada para el resguardo y estacionamiento de los vehículos de 200 m2 como mínimo, cerrado, para el estacionamiento y resguardo de los vehículos del MEC.    
4 Debe contar con un sistema de protección contra incendios en todas sus instalaciones (extintores, baldes de arena, sistemas de detección de humo, cartelería, de indicadores de salidas de emergencia, entre otros) que será verificada en la Inspección Técnica en la oportunidad de la visita de la Comisión Evaluadora, a las instalaciones de los oferentes.    
5 El Taller oferente debe contar con una (1) sala cerrada y refrigerada para las reparaciones de motor, caja y diferencial, a fin de evitar la contaminación del ambiente, equipada con todas las herramientas necesarias.    
6 Debe contar con sistema de seguridad permanente. A tal efecto deberá contar con guardias de seguridad y/o sistemas de seguridad, circuito cerrado en todo el taller (cámaras), sensores de movimiento y alarmas.    
7 Debe contar con Licencia Ambiental expedida por la MADES (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible) de conformidad a las Disposiciones Legales vigentes.    
8 Debe contar con Certificado de Licencia Comercial definitiva, y copia de Resolución de aprobación del plan de adecuación a los aspectos ambientales otorgado por la municipalidad para los talleres que se encuentran dentro del municipio de asunción para los Talleres ubicados en Asunción, para talleres ubicados en otro municipio patente comercial, donde el rubro y/o actividad debe ser Taller Mecánico.    

*En el caso de consorcio:

Infraestructura: Uno de los integrantes del Consorcio deberá cumplir con los requerimientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones en lo que respecta a distancia (estar ubicado a una distancia no mayor a 8 (ocho) Km. de la sede del Departamento de Transporte del MEC sito en Pettirossi N° 277 y Capitán Figari, de la ciudad de Asunción), y dimensiones del local propuesto (infraestructura mínima propia de 1.300 m2 en 1 (uno) o 2 (dos) bloques contiguos totalmente cubiertos con techo tinglado).

Equipamientos: Los integrantes del Consorcio deberán cumplir de manera conjunta con el requerimiento.

Herramientas: Los integrantes del Consorcio deberán cumplir de manera conjunta con el requerimiento..

 

SERVICIO DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS DEL MEC - PLURIANUAL - 2024/2025/2026

GRILLA PARA VERIFICACIÓN "IN SITU" DE INFRAESTRUCTURA DEL TALLER, EQUIPAMIENTO, Y HERRAMIENTAS. 

(Lo detallado a continuación debe encontrarse en el taller del oferente en el momento de la verificación "in situ" y durante todo el periodo de vigencia del contrato)

Orden Descripción Cumple/No Cumple  Observación
1 Dos (2) fosas de trabajo, azulejadas y /o pintadas con buena iluminación    
2 Dos (2) Gatos hidráulicos tipo yacaré con capacidad mínima de 2000 kg.    
3 Dos (2) Gatos hidráulico tipo yacaré con capacidad mínima de 4000 kg.    
4 Caballetes de seguridad, como mínimo 30 unidades.    
5 Scanner automotriz multimarcas.    
6 Taladro eléctrico estándar    
7 Compresor de aire, como mínimo de 250 litros    
8 Multitester digital de uso automotriz.    
9 Multitester analógico.    
* 10 * Torno para rectificación de tambores y frenos.    
** 11 ** Torno para reparación de ejes y cardanes.    
12 Prensa hidráulica de banco: con capacidad mínima de 30 (treinta) toneladas.    
13 Cuatro (4) prensas morsa de banco    
14 Dos (2) pistolas neumáticas.    
15 Gato para desmontaje de caja de cambios.    
16 Cuatro (4) banco de trabajo.    
17 Cajas de herramientas manuales, las mismas deben incluir como mínimo herramientas manuales, destornilladores,llaves combinadas, llaves de tubo, pinza universal, pinzas de seguro. Mínimo 10 (diez) cajas    
***18 Banco de limpieza de picos electro inyectores diésel (Common Rail)    
19 Banco de limpieza de picos inyectores naftero.    
20 Banco y Power para estirar chasis. En caso de ser tercerizado, es necesario presentar una copia del contrato de prestación de servicios de este equipo, el cual debe estar vigente en la fecha de apertura de la oferta. El equipo en cuestión debe encontrarse en el taller del oferente en el momento de la verificación y durante todo el período de vigencia del contrato.    
21 Probador de picos inyectores diésel convencional.    
22 Dos (2) Banco para armado de motores.    
23 Banco soporte armado diferencial con reloj comparador de medidas.    
24 Analizador de gases de escape con el fin de controlar la contaminación del ambiente    
25 Soldador eléctrico de arco de como mínimo 250 amperes.    
26 Succionador de aceite al vacío.    
27 Soldador eléctrico MIC.    
28 Cinco (5) elevadores hidráulicos y/o eléctricos.    
29 Alineadora y balanceadora operativa en el taller.    
30 Alineador de luces.    
31 Soldadura autógena.    
32 Kit probador de fugas de presión de radiador de agua.    
33 Cargador de batería.    
34 Hidrolavadora    
35 Una (1) máquina de vacío para gas RI 134 ecológico.    
36 Dos (2) manómetros para carga de gas RI 134 ecológico.    
37 Un (1) baroscopio para realizar inspecciones de motor    
38 Sala de ajustes equipada con micrómetro de exteriores, calibre, reloj comparador de interior, compresímetros analógicos  y/o digitales para motores diésel y compresímetros analógicos  y/o digitales para motores a nafta.    
39 Multímetro para realizar mediciones en reparaciones de sistemas electrónicos concernientes a inyección
electrónica.
   
40 Generador de 50 kv como mínimo a modo de garantizar energía eléctrica durante el horario laboral, de tal manera a cumplir cabal, eficientemente y sin interrupciones por cortes temporales de luz los trabajos encomendados    
41 Prensa hidráulica con capacidad de 30 (treinta) toneladas, actuadores hidráulicos para elevamiento de vehículos, llaves de mano, medidor de compresión de motor.    
42 Multitester digital de uso automotriz.    
43 Gato para desmontaje de caja de cambios.    
44 Una (1) sala cerrada y refrigerada para reparación de motores y cajas    

* En el caso de Torno para rectificación de tambores y freno, podrá ser tercerizado, para lo cual, deberá acreditar que cuenta con contrato vigente y/o carta compromiso de contratación con el taller especialista del ramo requerido,  al momento de la verificación in situ del taller durante la evaluación, demostrando así que el servicio se encuentra garantizado si la convocante lo requiera.

** En el caso de Torno para reparación de ejes y cardanes, podrá ser tercerizado, para lo cual, deberá acreditar que cuenta con contrato vigente y/o carta compromiso de contratación con el taller especialista del ramo requerido,  al momento de la verificación in situ del taller durante la evaluación, demostrando así que el servicio se encuentra garantizado si la convocante lo requiera.

***  En el caso de Banco de limpieza de picos electro inyectores diésel (Common Rail), podrá ser tercerizado, para lo cual, deberá acreditar que cuenta con contrato vigente y/o carta compromiso de contratación con el taller especialista del ramo requerido,  al momento de la verificación in situ del taller durante la evaluación, demostrando así que el servicio se encuentra garantizado si la convocante lo requiera.

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)            Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)           Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c)            En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.