Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
La presente contratación es a los efectos de contar con un taller mecánico que se encargará de los SERVICIOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS del Ministerio de Educación y Ciencias, durante toda la vigencia del contrato o hasta alcanzar el monto mínimo contratado.
A tal efecto deberá cumplir las siguientes especificaciones:
CHEQUEOS: La empresa adjudicada deberá realizar una verificación completa del vehículo, sin costo adicional, cuando lo requiere la Convocante.
DIAGNOSTICO: La empresa adjudicada deberá entregar un informe dónde conste el resultado del chequeo realizado en los vehículos indicados por la Convocante, las veces que ésta lo requiere y sin costo adicional.
AUXILIO EN LA VÍA PÚBLICA: La empresa adjudicada deberá prestar servicio de auxilio mecánico y/o servicio de grúa cuando sea requerido por la Convocante y sin costo adicional.
OBSERVACIÓN: Los servicios adicionales se harán en base al listado de vehículos del Ministerio de Educación y Ciencias.
El oferente deberá contar con una cantidad mínima de 13 (trece) personales, los cuales deberán estar inscriptas en el seguro social del IPS, con una antigüedad mínima de 6 (SEIS) meses. Debido al tamaño de la necesidad requerida por esta convocante, no se considerará a una persona técnica en más de una especialidad. Se requiere presentar certificados y títulos certificados por el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), Ministerio de Justicia y/o Ministerio del Trabajo y/o SNPP (Servicio Nacional de Promoción profesional) u otro instituto privado reconocido por el MEC.
Las especializaciones requeridas son las siguientes:
1 (un) técnico en Electricidad del automóvil;
3 (tres) especialistas en mecánica automotriz general;
1 (un) mecánico exclusivo de motores diésel;
1 (un) técnico en refrigeración del automóvil;
1 (un) mecánico especializado en motores nafteros;
1 técnico en Metalmecánica.*
3 (tres) auxiliares mecánicos**
2 (dos) funcionarios administrativos como mínimo.
* En el caso de 1 técnico en Metalmecánica, podrá ser tercerizado, para lo cual, deberá acreditar que cuenta con contrato vigente y/o carta compromiso de contratación con el especialista requerido, al momento de la verificación in situ del taller durante la etapa de evaluación, demostrando así que el servicio se encuentra garantizado si la convocante lo requiera.
**Los auxiliares mecánicos y administrativos no requieren presentación de certificados o constancias de estudios.
La cantidad de personal solicitado obedece a que las necesidades de esta convocante de contar con respuesta inmediata y eficaz para la gran y variada flota de vehículos que posee; ya que, debido a la demanda constante de vehículos, los mismos deben, necesariamente estar operativos en el menor tiempo posible.
El oferente deberá contar mínimamente con:
* En el caso de Torno para rectificación de tambores y freno, podrá ser tercerizado, para lo cual, deberá acreditar que cuenta con contrato vigente y/o carta compromiso de contratación con el taller especialista del ramo requerido, al momento de la verificación in situ del taller durante la evaluación, demostrando así que el servicio se encuentra garantizado si la convocante lo requiera.
** En el caso de Torno para reparación de ejes y cardanes, podrá ser tercerizado, para lo cual, deberá acreditar que cuenta con contrato vigente y/o carta compromiso de contratación con el taller especialista del ramo requerido, al momento de la verificación in situ del taller durante la evaluación, demostrando así que el servicio se encuentra garantizado si la convocante lo requiera.
*** En el caso de Banco de limpieza de picos electro inyectores diésel (Common Rail), podrá ser tercerizado, para lo cual, deberá acreditar que cuenta con contrato vigente y/o carta compromiso de contratación con el taller especialista del ramo requerido, al momento de la verificación in situ del taller durante la evaluación, demostrando así que el servicio se encuentra garantizado si la convocante lo requiera.
- Todos los integrantes del del Consorcio deberán cumplir con los requisitos legales en su totalidad; tales como ser: obligaciones tributarias, laborales y de seguridad social.
LISTADO DE VEHÍCULOS EN USO - PROPIEDAD DEL MEC. | |||||||
N° | Marca y Modelo | Color | Chassis N° | Chapa N° | Logo | MOTOR | AÑO |
1 | TOYOTA LAND CRUISER PRADO | GRIS ORCURO | JTEBY25J300060915 | BBP 907 | ** | *** | 2008 |
2 | TOYOTA FORTUNER | BLANCO | 8AJYZ59G703066063 | EAH 899 | ** | 1KD-A282541 | 2013 |
3 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH527777 | EAG 066 | 01./46 | HW 8820 | 2011 |
4 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH527831 | BGZ 907 | 02./46 | HW 8879 | 2011 |
5 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH528070 | BGZ 984 | 03./46 | HX 1102 | 2011 |
6 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH528306 | BHD 062 | 05./46 | HX 1818 | 2011 |
7 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH527918 | BHD 203 | 06./46 | HW 8858 | 2011 |
8 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH528338 | BHD 121 | 07./46 | HX 1857 | 2011 |
9 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH527989 | BGZ 931 | 08./46 | HX 1104 | 2011 |
10 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH527885 | BHD 043 | 09./46 | HW 8862 | 2011 |
11 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBT102693 | EAG 325 | 10./46 | HX 5355 | 2011 |
12 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH527768 | BJP 979 | 11./46 | HW 8838 | 2011 |
13 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH527910 | BGZ 903 | 12./46 | HW 8851 | 2011 |
14 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH528460 | BHD 068 | 13/46 | HX 1855 | 2011 |
15 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH528445 | BHD 179 | 14/46 | HX 1854 | 2011 |
16 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH528469 | BHD 045 | 15/46 | HX 1850 | 2011 |
17 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH527720 | BGZ 902 | 16/46 | HW 8825 | 2011 |
18 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH527780 | BGZ 932 | 17/46 | HW 8829 | 2011 |
19 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH528358 | EAG 076 | 18/46 | HX 1833 | 2011 |
20 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH527871 | BHG 538 | 19/46 | HW 8865 | 2011 |
21 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH527912 | EAG 069 | 21/46 | HX 1081 | 2011 |
22 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBT102692 | EAG 711 | 22/46 | HX 5351 | 2011 |
23 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBT102694 | BHD 175 | 23/46 | HX 5347 | 2011 |
24 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBT102696 | BHF 796 | 24/46 | HX 5389 | 2011 |
25 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | PLATA | MPATFS85HBT102706 | BGZ 960 | 25/46 | HX 5401 | 2011 |
26 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | PLATA | MPATFS85HBT102704 | BHD 113 | 26/46 | HX 5397 | 2011 |
27 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | PLATA | MPATFS85HBT102710 | BGZ 983 | 27/46 | HX 5396 | 2011 |
28 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | PLATA | MPATFS85HBT102705 | BHD 046 | 28/46 | HX 5402 | 2011 |
29 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBT102697 | BHD 097 | 29/46 | HX 5390 | 2011 |
30 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | PLATA | MPATFS85HBT102707 | BHD 193 | 30/46 | HX 5400 | 2011 |
31 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | PLATA | MPATFS85HBT102709 | EAG 077 | 31/46 | HX 5391 | 2011 |
32 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | PLATA | MPATFS85HBT102708 | BHD 177 | 32/46 | HX 5394 | 2011 |
33 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBT102695 | EAG 075 | 33/46 | HX 5326 | 2011 |
34 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | NEGRO | MPATFS85HBT102682 | EAG 070 | 34/46 | HX 5344 | 2011 |
35 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | NEGRO | MPATFS85HBT102685 | BHD 200 | 35/46 | HX 5358 | 2011 |
36 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | NEGRO | MPATFS85HBT102684 | BGZ 986 | 36/46 | HX 5357 | 2011 |
37 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | NEGRO | MPATFS85HBT102683 | EAG 068 | 37/46 | HX 5352 | 2011 |
38 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH532843 | BHF 149 | 38/46 | HZ 3344 | 2011 |
39 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH531864 | EAG 712 | 39/46 | HY 3010 | 2011 |
40 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | PLATA | MPATFS85HBH531843 | EAG 298 | 40/46 | HY 9016 | 2011 |
41 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | PLATA | MPATFS85HBH532207 | EAG 078 | 41/46 | HX 0737 | 2011 |
42 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | PLATA | MPATFS85HBH532470 | EAG 063 | 42/46 | HZ 3338 | 2011 |
43 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | PLATA | MPATFS85HBH532610 | BGZ 979 | 43/46 | HZ 1687 | 2011 |
44 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH531837 | EAG 064 | 44/46 | HY 3002 | 2011 |
45 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | BLANCO | MPATFS85HBH531868 | BJP 723 | 45/46 | HY 9008 | 2011 |
46 | ISUZÚ D-MAX 4X4 | NEGRO | MPATFS85HBH532739 | EAG 710 | 46/46 | HZ 3334 | 2011 |
47 | MINIBUS HYUNDAI H-1 | PLATA | KMJWA37HABU334974 | EAG 724 | 01./10 | D4BHB003604 | 2011 |
48 | MINIBUS HYUNDAI H-1 | GRIS | KMJWA37HABU335739 | EAG 065 | 02./10 | D4BHB001748 | 2011 |
49 | MINIBUS HYUNDAI H-1 | PLATA | KMJWA37HABU336476 | BHD 047 | 03./10 | D4BHB003947 | 2011 |
50 | MINIBUS HYUNDAI H-1 | PLATA | KMJWA37HABU323436 | BGZ 732 | 04./10 | D4BHA069098 | 2011 |
51 | MINIBUS HYUNDAI H-1 | PLATA | KMJWA37HABU335506 | BHD198 | 05./10 | D4BHB005823 | 2011 |
52 | MINIBUS HYUNDAI H-1 | PLATA | KMJWA37HABU334509 | EAG 061 | 06./10 | D4BHB002396 | 2011 |
53 | MINIBUS HYUNDAI H-1 | PLATA | KMJWA37HABU323070 | BHD 287 | 07./10 | D4BHA068394 | 2011 |
54 | MINIBUS HYUNDAI H-1 | PLATA | KMJWA37HABU335821 | BGZ 933 | 08./10 | D4BHB003857 | 2011 |
55 | MINIBUS HYUNDAI H-1 | PLATA | KMJWA37HABU322617 | EAG 073 | 09./10 | D4BHA068240 | 2011 |
56 | MINIBUS HYUNDAI H-1 | PLATA | KMJWA37HABU297235 | BJO 554 | 10./10 | D4BHA067331 | 2011 |
57 | A.CHEVROLET CORSA | BLANCO | 8AGSA1910AR159776 | EAF 226 | 13/20 | S85025841 | 2010 |
58 | A.CHEVROLET CORSA | BLANCO | 8AGSA1910AR157219 | EAF 250 | 16/20 | S85025834 | 2010 |
59 | C. FORD CARGO 1717 | BLANCO D. | 9BFYCE6U7BBB76609 | EAF 966 | 01./02 | 36244630 | 2011 |
60 | C. FORD CARGO 1717 | BLANCO D. | 9BFYCE6U7BBB76608 | BGN 488 | 02./02 | 36253350 | 2011 |
61 | VOLKSWAGEN GOL SEDAN | PLATA | 9BWDB45U7HT036007 | BZN 547 | 01/,02 | V24150 | 2017 |
62 | VOLKSWAGEN GOL SEDAN | PLATA | 9BWDB45U5HT030769 | BZN 549 | 02/,02 | V16245 | 2017 |
63 | TOYOTA HILUX 4X4 | PLATA | JTFDE626400142530 | EAD 298 | 251 | 3L-5568926 | 2005 |
64 | C. NISSAN PATROL | BORDO | JN1TCSY61Z0544233 | EAD 694 | 248 | TD42-177186 | 2005 |
65 | FORD RANGER | BLANCO | 8AFER13P7BJ411850 | EAF 801 | 02./07 | 2011 | |
66 | FORD RANGER | BLANCO | 8AFER13P9BJ411851 | EAF 805 | 03,/07 | *** | 2011 |
67 | FORD RANGER | BLANCO | 8AFER13POBJ411849 | BGE 855 | 01./07 | *** | 2011 |
68 | FORD RANGER DC 4X4 | BLANCO | 8AFER13P0AJ289265 | BFL 816 | 05/,07 | *** | 2010 |
69 | FORD RANGER DC 4X4 | BLANCO | 8AFAR23L1EJ226425 | BOE 881 | 07/,07 | *** | 2014 |
70 | FORD RANGER | BLANCO | 8AFER13PIAJ279926 | EAF 731 | 06/,07 | D56284062 | 2010 |
71 | MARCOPOLO VOLARE V8 | BLANCO | 93PB27B1MACO32686 | BGH 660 | 04/,05 | *** | 2010 |
72 | HYUNDAI SANTA FE | PLATA | KMHSH81XCBU759463 | BJA 578 | 02/,04 | *** | 2011 |
73 | HYUNDAI SANTA FE | PLATA | KMHSH81XCBU760080 | BHY 178 | 03/,04 | *** | 2011 |
74 | HYUNDAI SANTA FE | BLANCO | KMHSH81XCBU760135 | BJA 558 | 04/,04 | *** | 2011 |
75 | MAHINDRA PICK UP | BLANCO | MA1TZ2BKLC2043079 | BLR 494 | 01/,02 | BKB4K20105 | 2011 |
76 | MAHINDRA PICK UP | MARRON | MA1TZ4BKLC6080258 | BHZ 187 | 02/,02 | 2011 | |
77 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33BXZK404622 | AABO 408 | 01/,23 | YD25-696680P | 2019 |
78 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B2ZK404873 | AABO 400 | 02,/23 | YD25-697232P | 2019 |
79 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B0ZK404838 | AABO 439 | 03/,23 | YD25-697063P | 2019 |
80 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B6ZK404570 | AABO 437 | 04/,23 | YD25-697098P | 2019 |
81 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B6ZK403662 | AABO 403 | 05/,23 | YD25-695789P | 2019 |
82 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B1ZK404752 | AABO 405 | 06/,23 | YD25-696793P | 2019 |
83 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B1ZK403567 | AABO 393 | 07/,23 | YD25-695634P | 2019 |
84 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B2ZK404789 | AABO 451 | 08/,23 | YD25-696681P | 2019 |
85 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B0ZK404337 | AABO 390 | 09/,23 | YD25-696853P | 2019 |
86 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B7ZK404349 | AABO 434 | 10/,23 | YD25-696849P | 2019 |
87 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B0ZK404872 | AABO 438 | 11/,23 | YD25-696781P | 2019 |
88 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B5ZK404737 | AABO 435 | 12/,23 | YD25-696811P | 2019 |
89 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33BXZK404796 | AABO 567 | 13/23 | YD25-696789P | 2019 |
90 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33BXZK404717 | AABO 409 | 14/23 | YD25-696673P | 2019 |
91 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B8ZK404781 | AABO 447 | 15/23 | YD25-696761P | 2019 |
92 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B9ZK404272 | AABO 565 | 16/23 | YD25-696862P | 2019 |
93 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B2ZK404727 | AABO 443 | 17/23 | YD25-696671P | 2019 |
94 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B1ZK404279 | AABO 444 | 18/23 | YD25-696568P | 2019 |
95 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B0ZK404645 | AABO 568 | 19/23 | YD25-697106P | 2019 |
96 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B0ZK404693 | AABO 441 | 20/23 | YD25-696882P | 2019 |
97 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B3ZK404252 | AABO 571 | 21/23 | YD25-696840P | 2019 |
98 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B4ZK404499 | AABO 449 | 22/23 | YD25-696888P | 2019 |
99 | NISSAN FRONTIER | BLANCO | 3N6CD33B9ZK404806 | AABO 446 | 23/23 | YD25-697259P | 2019 |
100 | CHEVROLET S10 LS 2.8 4X4 | BLANCO SUMMIT | 9BG148DK0LC411181 | AADI 128 | 01/,05 | LWNF191771133 | 2019 |
101 | CHEVROLET S10 LS 2.8 4X4 | BLANCO SUMMIT | 9BG148DK0LC411243 | AADI 130 | 02/,05 | LWNF191761117 | 2019 |
102 | CHEVROLET S10 LS 2.8 4X4 | BLANCO SUMMIT | 9BG148DK0LC414833 | AADI 129 | 03/,05 | LWNF192031085 | 2019 |
103 | CHEVROLET S10 LS 2.8 4X4 | BLANCO SUMMIT | 9BG148DK0LC415828 | AADI 126 | 04/,05 | LWNF192131025 | 2019 |
104 | CHEVROLET S10 LS 2.8 4X4 | BLANCO SUMMIT | 9BG148DK0LC420455 | AADI 127 | 05/,05 | LWNF192381029 | 2019 |
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SE LLEVARÁ A CABO DE LA SIGUIENTE MANERA:
A) MANTENIMIENTO DE BAJA COMPLEJIDAD: El Ministerio de Educación y Ciencias derivará a través del Departamento de Transporte al Proveedor los vehículos que registren cinco mil (5.000) km de recorrido para el mantenimiento preventivo correspondiente, conforme al detalle de los vehículos que forman parte del parque automotor de la Institución. El servicio de mantenimiento de vehículos que reviste baja complejidad comprende los siguientes trabajos:
a) Verificación de la ficha del vehículo y definición de los trabajos de mantenimiento necesarios (cambio de filtro de aire, de aceite y combustible), de acuerdo con el kilometraje.
b) Verificación y ejecución de ajustes y regulaciones necesarias en los sistemas de freno, de dirección, de enfriamiento, eléctrico, etc.
c) Verificación y recarga de fluidos hidráulicos, agua de radiador (refrigerante), depósitos de agua, batería, etc.
d) Verificación y cambio de piezas por desgaste como correas, pastillas y fibras de freno, rulemanes, etc., cuando sean necesarios.
e) Verificación y engrase de ejes y mazas, etc., cuando sean necesarios.
f) Verificación de sistema de climatización y recarga de gas, cuando sea necesario.
B) REPARACIÓN DE ALTA COMPLEJIDAD: El servicio de reparaciones comprende la reparación y/o cambio de piezas de cualquier desperfecto del vehículo, en su planta motriz, caja, diferencial, sistemas de dirección, freno, suspensión, hidráulico, eléctrico, de enfriamiento y climatización, así como cualquier otro desperfecto, incluye la parte de chapería y pintura.
Los repuestos utilizados serán originales de los representantes de las marcas en Paraguay. En caso de no existencia en plaza de repuestos originales de los representantes de las marcas, el Proveedor deberá comunicar por escrito a la Contratante y someter a su aprobación los repuestos paralelos y homologados a ser utilizados.
C) SERVICIO DE GRÚA: Cobertura de Grúas para auxilio a TODOS LOS VEHÍCULOS, las 24 horas EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA, con asistencia de mecánica ligera, incluido domingos y feriados. Este servicio debe ser inmediato sin costo, a la solicitud de Jefe del Departamento de Transporte y/o las personas debidamente autorizadas. El Servicio de Grúa deberá ser suministrado dentro del territorio nacional, por medio de vehículo propio de la empresa adjudicada o a través de convenios de servicios con empresas del ramo. El Servicio de Grúa deberá contar con seguro para cubrir daños que eventualmente puedan sufrir los vehículos durante el traslado. (La póliza deberá estar vigente durante toda la etapa de jecución contractual y será verificada al momento de la ejecución contractual)
E) SERVICIOS NO DESCRIPTOS EN LA ORDEN DE SERVICIO: El Proveedor adjudicado tendrá la obligación de realizar una revisión y diagnostico general del vehículo remitido para su revisión a través de la orden provisional y, en caso de detectar situaciones no consideradas en dicha orden y que requiera de mantenimiento o reparación, comunicará tal circunstancia y elaborando a tal efecto un presupuesto adicional para su estudio y aprobación por la Dirección Administrativa.
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
PLAN DE ENTREGA
PERSONAL AUTORIZADO: Dentro de los 3 (tres) días hábiles, posteriores a la firma del contrato, el Proveedor deberá designar por nota dirigida a la Dirección Administrativa, el encargado de recepcionar las ordenes de servicios (provisorias y definitivas), así como de dar seguimiento y cumplimiento al contrato. Igualmente deberá señalar los números telefónicos correspondientes, incluyendo móvil, correo electrónico oficial, siendo éstos los canales de comunicación oficiales entre ambas partes.
SOLICITUD DE DIAGNÓSTICO Y PRESUPUESTO: El Departamento de Transporte remitirá cada vehículo al Proveedor con una Orden de Servicio Provisoria, para la verificación técnica con la indicación de los servicios requeridos y solicitando el diagnóstico y presupuesto al Proveedor. El plazo para la emisión del diagnóstico y presupuesto por parte del Proveedor será:
a) Para mantenimiento y reparaciones de baja complejidad: dentro de las 24 horas de recepcionada la orden de servicio provisoria correspondiente.
b) Para mantenimiento y reparaciones de alta complejidad: dentro de las 72 horas de recepcionada la orden de servicio provisoria correspondiente.
Asimismo, en dicho diagnóstico el Proveedor deberá indicar la duración del mantenimiento y/o reparación (días) de acuerdo a la complejidad del servicio (baja o alta) y el presupuesto detallado de los trabajos (servicios y/o reparaciones) a ser realizados para cada caso. Se aclara que el proveedor remite el presupuesto de los servicios al solo efecto de que los mismos sean cotejados con los precios ofertados antes de la emisión de las Órdenes de Servicios correspondientes, a través de las cuales se autorizará el inicio del servicio objeto del Contrato y para una correcta gestión administrativa.
ORDEN DE SERVICIO DEFINITIVA: Dicho presupuesto será puesto a consideración de la Dirección Administrativa para su posterior aprobación y emisión de la correspondiente Orden de Servicio Definitiva, la cual será notificada al Proveedor antes de iniciar el trabajo, debiendo el proveedor recepcionar la Orden de Servicio Definitiva haciendo constar la firma, aclaración de firma y fecha de recepción de la misma, por parte del personal autorizado para recibir las ordenes de servicios.
PLAZOS DE ENTREGA DE LOS SERVICIOS Y/O REPARACIONES:
a) MANTENIMIENTO DE BAJA COMPLEJIDAD: el plazo de ejecución de los trabajos no podrá ser superior a 3 (tres) días hábiles, contados a partir de la recepción efectiva de la Orden de Servicio Definitiva. Los trabajos que puedan efectuarse en menor plazo, deberán hacerse en ese tiempo.
b) REPARACIÓN DE ALTA COMPLEJIDAD: el plazo no podrá exceder de 25 (veinticinco) días corridos, a partir de la recepción efectiva de la Orden de Servicio Definitiva. Los trabajos que puedan efectuarse en menor plazo, deberán hacerse en ese tiempo.
c) PRÓRROGA DE PLAZOS PARA MANTENIMIENTOS Y REPARACIONES: En caso de fuerza mayor o caso fortuito no imputable al prestador de servicio, se podrá prorrogar el plazo para la entrega de los vehículos, previa solicitud justificada por escrito dentro del plazo que corresponda a la entrega de los servicios según la Orden de Servicio Definitiva, debiendo el Departamento de Transporte notificar al Proveedor la decisión de prorrogar o no el plazo de entrega, justificando en ambos casos la decisión.
ENTREGA DEL SERVICIO: Concluido el plazo establecido en la Orden de Servicio Definitiva y, a los efectos de realizar la entrega del vehículo, el Proveedor coordinará la entrega del mismo en el predio o taller del Contratista y/o predio del Departamento de Transporte. El procedimiento para la entrega del vehículo será el siguiente: el Departamento de Transporte realizará las pruebas mecánicas y verificaciones necesarias para comprobar que el servicio coincida fehacientemente con la descripción realizada en la Orden de Servicio Definitiva. Al momento de la recepción y verificación del servicio realizado por el proveedor se comprobará el bien/repuesto sustituido, dejando constancia de ello en el Acta de Recepción del Vehículo.
Como se trata de una licitación sostenible, el proveedor deberá hacerse cargo de los residuos generados.
RECEPCIÓN DEFINITIVA: Una vez aprobado el servicio de mantenimiento y/o reparación se procederá a la recepción definitiva del vehículo, expidiendo la Dirección Administrativa el acta correspondiente. En caso de que se detecten deficiencias y/o alteraciones de calidad y/o cualquier circunstancia que indiquen que el servicio no haya sido ejecutado en todo o en parte conforme a la Orden de Servicio, el Departamento de Transporte notificará detalladamente el hallazgo por escrito al Proveedor, requiriendo la realización del servicio de mantenimiento y/o reparación deficiente o faltante, remitiendo a tal efecto el vehículo en cuestión. El Proveedor tendrá 2 (dos) días hábiles para reparar o reemplazar los servicios defectuosos reclamados, sin costo para la Convocante.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Departamento de Transporte realizará las pruebas mecánicas y verificaciones necesarias para comprobar que el servicio coincida fehacientemente con la descripción realizada en la Orden de Servicio Definitiva. Al momento de la recepción y verificación del servicio realizado por el proveedor se comprobará el bien/repuesto sustituido, dejando constancia de ello en el Acta de Recepción del Vehículo
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
NOTA DE REMISIÓN/ ACTA DE RECEPCIÓN | NOTA DE REMISIÓN/ ACTA DE RECEPCIÓN | Conforme al Plan de Entrega |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.