Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
1.1. EL OBJETO. Las siguientes especificaciones comprenden las condiciones básicas a ser contempladas por el potencial oferente, para la prestación de los servicios de custodia integral para los hijos/as de funcionarios/as del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. Desde el ingreso del niño/a al termino del permiso de maternidad, según los casos previstos en la Ley 5508/15, hasta los 3 años de edad, con vigencia desde el inicio de las prestaciones del servicio hasta la finalización del Contrato.
La Cotización del precio unitario se debe establecer por niño/a, considerando educación, alimentación, albergue, etc.; de acuerdo a lo establecido en las especificaciones.
1.2. EL OFERENTE. Es la persona física o jurídica, quien suscribirá contrato con el JEM, a los efectos de montar y prestar los servicios profesionales de la Guardería para el JEM. Los niños y niñas serán agrupados por edades con una atención diferenciada. La organización de la Guardería será como sigue:
a. GRUPO MATERNAL I: NIÑOS Y NIÑAS DESDE LOS 4 (CUATRO) MESES HASTA CUMPLIR 1 (UN) AÑO. (Dependiendo de la madurez motriz y socio afectiva de el/la niño/a).
b. GRUPO MATERNAL II: NIÑOS Y NIÑAS DESDE 1(UN) AÑO HASTA CUMPLIR 2 (DOS) AÑOS. (Dependiendo de la madurez motriz y socio afectiva de el/la niño/a).
c. GRUPO MATERNAL III: NIÑOS Y NIÑAS DESDE LOS 2 (DOS) AÑOS HASTA CUMPLIR 3 (TRES) AÑOS. (Dependiendo de la madurez motriz y socio afectivo de el/la niño/a).
d. GRUPO MATERNAL IV: NIÑOS Y NIÑAS DESDE LOS 3 (TRES) AÑOS HASTA CUMPLIR 4 (CUATRO) AÑOS. (Dependiendo de la madurez motriz y socio afectivo de el/la niño/a). Que los beneficiarios que hayan cumplido cuatro años de edad durante la prestación del servicio, podrán seguir usufrutuando el servicio hasta completar el año lectivo.
Plan Pedagógico: Mínimo un (1) parvulario/a para para cada grupo maternal.
GRUPOS |
|
Grupo 1 |
Maternal 1: Desde el ingreso del niño/a al termino del permiso de maternidad, según los casos previstos en la Ley 5508/15 hasta los 12 meses. |
Grupo 2 |
Maternal 2: Desde los 1 año hasta cumplir los 2 años. |
Grupo 3 |
Maternal 3: Desde los 2 años hasta cumplir los 3 años. |
Grupo 4 |
Maternal 4: Desde los 3 años hasta cumplir los 4 años. Observación: Que los beneficiarios que hayan cumplido cuatro años de edad durante la prestación del servicio, podrán seguir usufrutuando el servicio hasta completar el año lectivo. |
Observaciones:
La agrupación de los niños se hará teniendo en cuenta las edades, como así también conforme a las personalidades y características de cada uno, que será obtenida de las entrevistas hechas a los padres.
Para los casos de niños con discapacidad (capacidades diferentes), en caso de requerir la asistencia de otro personal o maestro/a sombra, este deberá ser contratado por los padres del niño afectado.
Horario: Lunes a viernes, desde las 06:30 horas hasta las 14:00 horas inclusive si existiese algún asueto escolar en esos días establecidos, sin incluir sábado, domingos y feriados.
Asistencia: El proveedor adjudicado deberá remitir un informe detallado de asistencia de los hijos de funcionarios que utilizan el servicio de guardería de manera semanal al siguiente correo electrónico talentohumano@jem.gov.py
1.3. OBJETIVOS Y METAS DEL SERVICIO EDUCACIÓN:
a. El adjudicado, se encargará de la atención integral a hijos/as de funcionarios (permanentes, comisionados, contratados) del JEM, desde el término del permiso de maternidad; según los casos previstos en la Ley 5508/15, hasta la edad de 4 años (los beneficiarios que hayan cumplido cuatro años de edad durante la prestación del servicio, podrán seguir usufrutuando el servicio hasta completar el año lectivo.), en el horario contratado. Quedan excluidos los feriados oficiales.
El prestador del servicio se obliga a dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentaciones vigentes o futuras del Ministerio de Educación y Ciencias, la Municipalidad de Asunción, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y cualquier otro organismo relacionado con la actividad.
Todas las dependencias deberán estar ambientadas acorde a crear un espacio placentero y estimulante para los niños, así como deberán estar debidamente equipados para el correcto desempeño de las actividades.
Durante la permanencia de los/as niños/as, estos/as recibirán un trato afectuoso, equitativo e integrador con el fin de fomentar las condiciones de respeto, convivencia y sociabilidad de los mismos.
La agrupación de los/as niños/as se hará teniendo en cuenta las edades.
Se fomentará una comunicación constante, abierta y respetuosa con el núcleo familiar para lograr un servicio coordinado y continuo en la educación de los/as niños/as.
El/la niño/a debe ir aprendiendo reglas de sociabilidad, higiene y otras pautas de comportamiento que ayuden a su desarrollo integral.
Se promoverá la educación cívica e identidad nacional, respetando las costumbres, símbolos patrios y festividades nacionales.
Bajo ningún concepto, el prestador del servicio podrá inculcar ideologías religiosas o políticas a los/as niños/as.
Se debe fomentar en los/as niños/as el autoconocimiento y la autovaloración potenciando el desarrollo de la autonomía e identidad.
La política de aprendizaje debe ser de calidad en forma activa, creativa, placentera y participativa, utilizando el juego como metodología para el buen pasar del niño/a.
Alimentación: El oferente adjudicado debe suministrar el almuerzo (incluyendo jugo natural), siendo el correcto almacenamiento, conservación y suministro a los niños/as en cuanto a frecuencia, modo y cantidad suficiente de todos los alimentos. La prestadora de servicios será la responsable de contar con los utensilios, electrodomésticos para la correcta distribución y conservación de los alimentos.
Los padres se harán cargo de proveer el desayuno y la media mañana.
La empresa adjudicada deberá contar con todos los utensilios y menajes necesarios para la correcta distribución.
En el caso que el niño tenga una alimentación diferenciada, por indicación del pediatra; la dieta alimenticia será elaborada por la nutricionista de cabecera a cargo de los padres, en base al historial médico de cada niño.
En el caso de los Lactantes, se extremarán cuidados para la preparación de alimentos y/o mamaderas, precaviendo la limpieza y la conservación adecuada para la leche materna en todo momento.
Así mismo el OFERENTE se compromete a llevar un REGISTRO DIARIO PARA LOS GRUPOS ETAREOS Nº 1, Nº 2, N° 3 y Nº 4, sobre detalles que tengan que ver con el desenvolvimiento del niño/a su cargo: hora en que tomó biberones y/o leche, comida cantidad ingerida, descanso, deposiciones, observaciones importantes, avisos, que deberán ser entregados a los padres diariamente.
A los efectos del Control del Plan Alimenticio, la Institución establecerá y se presentará antes de la finalización del mes, desde el 25 al 30 de cada mes, el calendario alimenticio del mes siguiente, a la Dirección General de Talento Humano, para que el mismo sea puesto a consideración de los padres.
El objetivo principal de la alimentación de los niños, a más de su desarrollo físico, es que los mismos al terminar el año lectivo, puedan consumir cualquier tipo de alimento sano, es decir que vaya adquiriendo una pauta de alimentación adecuada.
Plan nutricional y horarios referenciales:
Desayuno: 07:00 a 07:30 Aprox.
Media mañana: 09:00 a 09:30 Aprox.
Almuerzo: 11:00 a 11:30 Aprox.
Observación: Horarios establecidos a manera referencial que marcan el inicio aproximado de la ingesta diaria, la misma podrá ser modificada de acuerdo a las necesidades de cada niño/a.
Materiales: La empresa contratada elaborará antes del inicio de las actividades el listado de los materiales y elementos personales que los/as niños/as necesitarán durante la estadía de los mismos en la guardería, es responsabilidad de los padres la provisión de elementos de uso y aseo personal, ropa de cambio, pañales, toallitas húmedas, dentífrico, sabanitas, almohaditas, toallitas de mano y otros elementos personales, el cual deberá ser utilizado en forma personal por cada niño/a.
Procedimientos e implementación pedagógica: Enseñanza acorde a la edad además incluye; estimulación, custodia permanente, juegos recreativos, lectura de Cuentos, y otras actividades que le ayuden a convivir y desarrollarse en forma armónica dentro de la sociedad. Las Actividades para el desarrollo o estímulo físico pueden ser realizadas y planificadas hábitos, a ser ordenados y responsables.
Salud: Durante la estadía de los niños en el recinto de prestación de los servicios se deberá vigilar permanentemente su estado de salud y deberá contar indefectiblemente con algún seguro que cubra servicio de ambulancia y respuesta rápida de emergencias para el traslado inmediato de los niños/as en caso de accidentes al centro Asistencial que será determinado previa consulta a los padres o encargados.
Además el Prestador de Servicios deberá contar un Botiquín para Primeros Auxilios, el cual, estará a disposición de la Enfermería para los casos de emergencia, el mismo deberá contar con los insumos básicos para atender emergencias tales como: Manual de primeros auxilios, gasa estéril, leucoplast, curitas de varios tamaños, venda elástica, toallas antisépticas, IOP, cabestrillo, algodón estéril, una pera de goma, tijera, termómetro, pinza, alcohol al 70%, guantes quirúrgicos, tapa boca, agua oxigenada, cuchara de medida, rifocina, anti diarreico, antiespasmódico, antihistamínico, analgésico antifebril, descongestionante nasal, crema para picadura de insectos y quemaduras como mínimo.
Se deberá comunicar a los padres cualquier signo o síntoma de enfermedad y/o accidente, en la brevedad posible para que los mismos puedan retirar al niño o niña.
Se deberá tener la indicación médica y la autorización de los padres antes de brindar al niño/a cualquier tipo de medicación.
Se tendrá en cuenta el protocolo actualizado emitido por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, para lugares de guarda y recreación para niños ante la pandemia COVID-19, a fin de prevenir y accionar ante casos de COVID-19. En caso de que se reporte un caso sospechoso y/o positivo se activará el protocolo de alarma sanitaria, y se entregarán los datos de trazabilidad a la Dirección General de Vigilancia de la Salud del MSPyBS, siguiendo las directivas pertinentes.
El informe y el seguimiento realizado serán comunicados al Administrador del Contrato.
Servicio de emergencias: La Contratista deberá contar con algún seguro de servicio de emergencias para el traslado inmediato de los niños/as en caso de accidentes al centro Asistencial que será determinado previa consulta a los padres o encargados.
Otros servicios: El oferente está obligado además realizar los siguientes servicios: Cambio de pañales, y ropas de las niñas y niños. El OFERENTE es responsable de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño/a a su cargo, quedando totalmente prohibida la utilización de elementos de uso personal de un/a niño/a en la atención de otro/a.
1.4. LISTADO DEL PERSONAL A PRESTAR SERVICIOS:
ÍTEM |
DESCRIPCION |
CANTIDAD Mínima |
a. |
Coordinador/a General |
1 |
b. |
Maestros/as Parvularios/as |
4 |
c. |
Asistentes Parvularios/as |
4 |
d. |
Secretario/a Administrativo/a. |
1 |
e. |
Personal de Servicio |
1 |
f. |
Licenciado/a en Enfermería |
1 |
g. |
Psicólogo/a o Psicopedagogo/a |
1 |
h. |
Nutricionista |
1 |
i. |
Cocinero/a |
1 |
En función a los requerimientos, en caso que aumente la cantidad de niños/as de acuerdo al grupo, se podrá dar la necesidad de una redistribución por nivel del personal afectado al servicio.
REQUISITOS PARA EL PERSONAL A PRESTAR SERVICIOS
a. Coordinador/a General: Título Profesional en Educación Inicial o Educación Parvularia, trabajo social o alguna carrera afín al concepto de este llamado, con experiencia mínima de 3 años de haber trabajado con niños/as en la atención de educación inicial. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la cultura institucional y de la comunidad.
b. Maestros/as Parvularios/as: Título Profesional en Educación inicial o Educación Parvularia. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la cultura institucional y de la comunidad. Experiencia específica de 2 años (Excluyente).
Deberá cumplir el horario de lunes a viernes de 06:30 a 14:00 horas
c. Asistentes Parvularios/as: Estudiantes de Ciencias de la Educación, cursando el segundo año como mínimo, además también califica una persona que haya hecho cursos de capacitación en educación inicial que le habilite en el trato y cuidado de los niños. Certificado de Trabajo que avale su conocimiento en el manejo de niños/as, con una experiencia mínima de 1 (un) año como tal, en los últimos 5 (cinco) años (Excluyente).
d. Secretaria/o Administrativa/o: Certificado laboral, y experiencia mínima de 1 (un) año en trabajos similares, contar como mínimo con título de bachiller.
e. Personal de Servicio: Certificado laboral, y experiencia mínima de 1 (un) año en trabajos similares.
f. Licenciado/a en Enfermería: Deberá poseer Licenciada con Título Profesional, (exclusiva para la atención de niños y niñas de 3 meses a 1 año, además de estar a cargo del puesto de enfermería de la Guardería) experiencia mínima de 2 años, contado desde la obtención del título (de preferencia en trabajo con pediatras). Deberá cumplir el horario de lunes a viernes en el horario establecido por la convocante.
g. Psicólogo/a psicopedagogo/a: Con título profesional habilitado, otorgado por una Universidad acreditada, con experiencia mínima de 1 (un) año de haber trabajado con niños/as en educación inicial. Deberá cumplir el horario de lunes a viernes de 06:30 a 14:00 horas, 2 veces a la semana, salvo casos excluyentes a este horario que requieran su presencia
h. Nutricionista: Debe contar con un título profesional otorgado por una universidad o institución de educación superior acreditada, con experiencia mínima de 1 (un) año de haber trabajado con niños/as en la atención de educación inicial, con capacidades, conocimientos, habilidades, con sólidos principios éticos, bases científicas y actitud que le permiten actuar con responsabilidad social, en el que la alimentación y la nutrición sean necesarios para la promoción y protección de la salud, prevención de enfermedades contribuyendo a la mejoría y mantenimiento de la calidad de vida.
i. Cocinera/o: Certificado laboral, y experiencia mínima de 1 (un) año en trabajos similares, contar como mínimo con título de bachiller, certificado de salud compatible para el ejercicio del cargo y experiencia pertinente a la función.
OBSERVACIÓN: Con la oferta se deberán presentar los currículos de cada uno de los profesionales, además de la carta de aceptación del mismo, donde acepte trabajar con el Oferente en caso que el mismo sea adjudicado, dichos documentos serán evaluados por el Comité de Evaluación.
SUSTITUCIÓN: En caso de que el OFERENTE quiera sustituir a sus empleados/funcionarios durante la vigencia del contrato, en primer lugar, deberá tener la aprobación del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, a quien expondrá la justificación debida. Una vez aprobada la justificación, se podrá sustituir el personal, no obstante el currículo propuesto deberá cumplir con las exigencias originales del PBC.
El cambio de maestra o ayudante solo podrá darse durante el año lectivo por razones justificadas y excepcionales.
En caso de que los empleados o funcionarios del OFERENTE, renuncien o se ausenten por largo tiempo se deberá comunicar al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO el hecho, justificando y presentando la propuesta para sustitución del personal.
RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
Prestador: El personal deberá estar vestido acorde al tipo de servicio que prestará, con la identificación correspondiente a cada uno. Es responsabilidad del adjudicado velar por la seguridad de los niños, previendo y evitando que los mismos se expongan a situaciones de peligro, durante el periodo en que los niños se encuentren bajo su custodia. El prestador será civilmente responsable por cualquier daño, físico o psicológico, que pudieren sufrir los niños/as durante el tiempo que se encuentren bajo su custodia y /o guarda, eximiendo a la contratante de la obligación de indemnizar por el mismo.
Recepción: El recibimiento de los niños, a la hora de entrada de los mismos deberá ser realizado por sus respectivas profesoras y/o asistentes de cada área, al igual que la salida de los mismos encargándose de que estos sean retirados por sus padres y/o responsables.
Recreación: Los responsables de cada área deberán custodiar permanentemente las zonas de juegos, parque, durante este periodo, así mismo durante la hora de descanso.
Salas: El Oferente será responsable del arreglo (mantenimiento) de las salas, estimulación, limpieza de los juguetes, y decoración de las mismas.
Higiene: La asistencia a los niños, por niveles, como el de cambio de ropas, pañales y aseo del/la niño/a, según necesidad, corre por cuenta del Oferente, además de ser responsables de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño provistos por los padres.
Limpieza: El Oferente será responsable de las fumigaciones y desinfecciones periódicas, especialmente luego de los problemas de salud y enfermedades contagiosas, asimismo del mantenimiento del patio/jardín. Los insumos de limpieza para la correcta higiene y desinfección diaria de todas las Áreas del lugar, correrán por cuenta del oferente del servicio adjudicado. Teniendo en vigencia la aplicación de los Protocolos de limpieza y prevención actualizados emitidos por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o los organismos competentes.
La Convocante tiene la potestad de enviar a una persona encargada a cualquier horario a la guardería sin previo aviso, para el control de que se esté cumpliendo las normas establecidas en el presente proceso.
REQUISITOS GENERALES PARA EL PERSONAL OFRECIDO POR LA EMPRESA OFERENTE:
El oferente contratado deberá cumplir con los siguientes requisitos y obligaciones en cuanto al personal asignado al servicio:
a. Los profesionales y personal contratados deberán prestar servicios de lunes a viernes en el horario establecido por la Convocante.
b. Las expresiones y vocabularios deberán ser siempre las correctas.
c. Deberán demostrar equilibrio emocional.
d. Tendrán trato amable y deferente con los niños/as. Los padres y comunidad en general las expresiones y vocabularios deberán ser siempre apropiados.
e. Capacidad de diálogo y personalidad creativa.
f. La empresa contratada deberá abonar los salarios a sus funcionarios dentro de los primeros cinco días hábiles siguientes al mes vencido, independientemente al pago que realice la Institución por la prestación del servicio.
g. El plantel deberá estar inscripto por el oferente en el Instituto de Previsión Social (IPS).
INFRAESTRUCTURA EDILICIA
a. En caso de que el oferente no cuente con local propio, deberá presentar con su oferta, una carta compromiso, donde el propietario acepte estar de acuerdo en dar en alquiler al oferente el inmueble para que la misma sea utilizada para las instalaciones del Centro Educativo Infantil.
b. Contar con un MINIMO de 5 dependencias EXCLUSIVAS para las salitas o grupos, cubiertas (Mínimo de 20 m2 c/u) destinadas exclusivamente a los niños/as, con espacios acordes a la cantidad y edad de niños/as por grupo, según recomendaciones del Manual Espacios de Desarrollo Infantil Temprano, EDI- Cebinfa, dependiente del MSPyBS.
c. Deberá contar con un patio al aire libre el cual deberá tener como mínimo un parque de juegos integrado de madera o plástico resistente, así mismo deberá poseer juegos de calesita, tobogán, hamaca, balancín.
d. Una dependencia para ser utilizada como comedor y además para salón multiuso como área de video.
e. Una dependencia exclusiva para la cocina que deberá contar con un sistema preventivo contra incendios.
f. El local deberá contar con oficinas debidamente equipadas, las cuales serán utilizadas para: la Dirección, para la Secretaría, para el Archivo.
g. Deberá contar con dos baños sexados totalmente equipados teniendo en cuenta la ergonomía de los niños.
h. Deberá contar con un baño para uso del personal y visitas ocasionales.
i. El local debe contar con línea telefónica fija (permanente), para la comunicación con los padres y muralla o rejas seguras que garanticen la seguridad de los niños en guarda.
j. Todas las instalaciones deberán estar acondicionadas y pintadas, acorde a la edad de los niños/as que utilizarán el servicio, sin presencia de humedad en las paredes a fin de cuidar la salud de los niños. Los pisos de todas las aulas deberán contar alfombra tipo goma gruesa anti golpe.
OBSERVACION: Se tendrá en cuenta el PROTOCOLO SANITARIO ACTUALIZADO PARA LUGARES DE GUARDA Y RECREACION PARA NIÑOS, emitido por el MSPyBS. El cual contempla aspectos que tienen que ver con la organización del mobiliario, de los grupos burbuja de niños, de la utilización de los espacios comunes, limpieza, utilización de materiales didácticos, espacios para aislamiento de niños que presenten síntomas, entre otros.
EQUIPAMIENTO DEL LOCAL
a. Todas las dependencias (a excepción de los baños) deberán contar con equipos acondicionadores de aire en perfecto estado de funcionamiento, y acordes al espacio en el cual está ubicado cada equipo.
b. Las instalaciones deben contar con circuito cerrado de televisión para el acceso principal y en todas las dependencias del local. En casos de controversia, el oferente adjudicado para el servicio deberá permitir el acceso a la grabación realizada. Las instalaciones deben contar con circuito cerrado de cámaras de vigilancia en el acceso principal y en lugares de mayor concurrencia del local, que permitan monitorear las actividades de las personas que visitan la guardería y/o oficina, así como los eventos. En casos de controversia o a petición de la Contratante y/o Padre/Madre o Tutor del niño/a el oferente adjudicado deberá permitir el acceso a la grabación realizada de dichos circuitos a fin de verificar o comprobar hechos que guardan relación al usufructo del servicio contratado.
c. La cocina debe estar equipada lo necesario para dar cobertura suficiente a las necesidades de elaboración y conservación de alimentos y otras necesidades para 30 niños como mínimo (refrigeradores, una cocina a gas, cocina eléctrica, licuadora, etc).
d. Toda la vajillería necesaria para cubrir las necesidades de alimentación de como mínimo 30 niños (Todos los utensilios deben ser de plástico resistente o metal, en ninguna circunstancia deben ser de vidrio u otro material frágil y con posibilidades de quebrarse y causar daño), y debe contar con los enseres necesarios para el desarrollo de las tareas de cocina, tales como ollas, jarras, compoteras, pirex, entre otros.
e. El comedor deberá estar debidamente equipado (Mesas, sillas, manteles, servilletas, además de las sillas para bebés).
f. Botiquín de primeros auxilios.
g. El sistema eléctrico del local debe indefectiblemente contar con un corta corriente automático, y todas las tomas eléctricas que no serán utilizadas deben estar debidamente bloqueadas, protegidas o anuladas.
h. Todos los marcos de puertas, ventanas, paredes y todo lo que pueda convertirse en un potencial riesgo de accidente deben llevar protectores de goma.
i. Bebederos eléctricos de agua embotellada o con filtro frío/caliente. (2 como mínimo)
j. Esterilizador de biberones.
k. Nebulizador ultrasónico.
l. Cambiador de bebé (2 como mínimo).
m. Casilleros para cada niño.
n. Juegos didácticos y juguetes para la totalidad de los niños.
MATERIALES
La empresa contratada se compromete a elaborar antes del inicio de las actividades, los elementos personales que los niños/as necesitarán durante el año lectivo el cual deberá ser entregado a los padres junto con una ficha médica a ser llenada por los mismos conjuntamente con el pediatra de cada niño/a, la cual tendrá carácter de declaración jurada y deberá ser entregada a la Directora de la Guardería al inicio del año lectivo.
Los materiales necesarios para los trabajos serán provistos por el oferente adjudicado y algunos por los padres, así como los elementos personales de cada niño serán provistos por los padres.
VERIFICACIONES Y PROCEDIMIENTOS.
El oferente deberá tener la puesta a punto del local donde funcionará la guardería, registro de los niño y presentación del personal a prestar los servicios, el esquema y metodología de prestación del servicio, calendario de eventos a ser desarrollado durante el año, entrevistas, evaluación y consultas a los padres.
Durante la evaluación de las ofertas, el comité podrá visitar las instalaciones edilicias propuesta por el oferente, la cual será evaluada conforme a los requerimientos del PBC.
En caso de resultar adjudicado se realizarán visitas aleatorias de monitoreo, a fin de verificar el cumplimiento de los requerimientos del presente PBC, las cuales serán realizadas por el Administrador del contrato.
Si por alguna razón el Administrador del Contrato constata alguna anomalía, las expondrá al oferente para que pueda realizar las correcciones pertinentes para lo cual se deberán realizar las correcciones correspondientes en el plazo máximo de 3 días.
En caso que la corrección y/o la justificación no sean suficientes a criterio del JEM, el Administrador del Contrato pondrá a conocimiento de la Dirección de la UOC del incumplimiento, a fin de aplicación multa conforme a las normativas.
PLAN DE ENTREGA (SERVICIOS).
El oferente adjudicado deberá prestar el servicio desde la entrada de vigencia del presente contrato hasta la fecha de vencimiento del mismo.
OTRAS ESPECIFICACIONES:
a) Salas para Maternal I, II y III.
b) Maestras Parvularias (Mínimo 2 años de experiencia en el ramo)
c) Apoyo Escolar.
d) Psicóloga Infantil
e) Servicios de almuerzos y postres para los niños de acuerdo a su edad.
f) Materiales y/o útiles
g) El oferente debe contar con un espacio físico como para albergar una cantidad mínima de 30 niños, a partir de los 4 meses de edad.
h) Horario que abarque desde 06:30 a 14:00hs.
i) El local debe estar debidamente climatizado y separado según la edad de los niños.
j) El local de la Guardería no debe superar los 3.000 mts. a la redonda de la sede del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, ubicado en 14 de mayo n° 519 esq. Oliva, Asunción.
CANTIDAD MÍNIMA Y MÁXIMA PARA EL PRESENTE LLAMADO:
LA CANTIDAD MÍNIMA SERÁ DE 6 NIÑOS Y LA CANTIDAD MÁXIMA SERÁ DE 20 NIÑOS.-
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
N° Ítem |
Código de Catálogo |
Descripción del Servicio |
1 |
91111901-001 |
|
- El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, suscribirá un contrato abierto por cantidad, el cual está programado para un plazo de 12 meses de servicio.
- Las EETT se encuentran detalladas en Especificaciones técnicas - CPS.
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Item |
Descripción del servicio |
Cantidad mínima de niños/as. |
|
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
|
1 |
Servicio de Guardería - Plurianual. |
6 |
20 |
Unidad |
Sede de la Guardería Adjudicada. |
A partir de la fecha de la firma del Contrato. |
Instructivo de cotización en el Sistema de Contrataciones Públicas.
Precio Ofertado por cada Beneficiario |
Gs. xxxxxx |
Vigencia del Contrato |
12 |
Precio ofertado por cada Beneficiario multiplicar por la vigencia del servicio (12 meses), cuyo resultado será el precio que se deba cargar como precio unitario |
Gs. xxxxxx |
Cantidad Máxima |
20 |
El monto total será el que resulte de la multiplicación del precio unitario por la Cantidad Máxima de beneficiarios (20) |
Gs. xxxxxx |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe 1 |
Informe |
Junio 2024 |
Informe 2 |
Informe |
Julio 2024 |
Informe 3 |
Informe |
Agosto 2024 |
Informe 4 |
Informe |
Septiembre 2024 |
Informe 5 |
Informe |
Octubre 2024 |
Informe 6 | Informe | Noviembre 2024 |
Informe 7 | Informe | Diciembre 2024 |
Informe 8 | Informe | Enero 2025 |
Informe 9 | Informe | Febrero 2025 |
Informe 10 | Informe | Marzo 2025 |
Informe 11 | Informe | Abril 2025 |
Informe 12 | Informe | Mayo 2025 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.