Experiencia requerida
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1- El oferente deberá demostrar la capacidad de haber prestado los servicios objeto del presente llamado, como proveedor y en forma satisfactoria, para lo cual deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento.
2- El oferente deberá demostrar tener una antigüedad mínima en el mercado de por lo menos 5 (cinco) años en el rubro objeto de esta licitación.
En este apartado solicito considerar minimo de 4 años o 3 años de experiencia requerida con el proposito de brindar mayor participacion de empresas.
Experiencia requerida
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1- El oferente deberá demostrar la capacidad de haber prestado los servicios objeto del presente llamado, como proveedor y en forma satisfactoria, para lo cual deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento.
2- El oferente deberá demostrar tener una antigüedad mínima en el mercado de por lo menos 5 (cinco) años en el rubro objeto de esta licitación.
En este apartado solicito considerar minimo de 4 años o 3 años de experiencia requerida con el proposito de brindar mayor participacion de empresas.
Con el propósito de brindar mayor participación a las empresas se reducirá los años de Experiencia requerida de 5(cinco)años a 3(tres) años.-
3
Experiencia
Consideramos que la Convocante debe permitir la participación de las empresas que cuentan con la experiencia técnica en brindar las soluciones que sí se están requiriendo ya que la citada experiencia en años solicitado lo extendemos de modo a limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Consideramos que la Convocante debe permitir la participación de las empresas que cuentan con la experiencia técnica en brindar las soluciones que sí se están requiriendo ya que la citada experiencia en años solicitado lo extendemos de modo a limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
No se plantea ninguna pregunta, solo se transcribió la condición establecida en el Art.20. -
4
Experiencia específica en obras
Consideramos que la Convocante debe permitir la participación de las empresas que cuentan con la experiencia técnica en brindar las soluciones que sí se están requiriendo ya que la citada experiencia en años solicitado lo extendemos de modo a limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Consideramos que la Convocante debe permitir la participación de las empresas que cuentan con la experiencia técnica en brindar las soluciones que sí se están requiriendo ya que la citada experiencia en años solicitado lo extendemos de modo a limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
No se plantea ninguna pregunta, solo se transcribió la condición establecida en el Art.20. -
5
pbc
MANTENIMIENTO CORRECTIVO-Módulo de final de carrera de portón corredizo (con sus componentes corta corriente, sistemas de frenos,soportes y demás accesorios menores)
En catálogo: Servicio de mantenimiento y reparacionde porton metalico. al referir soportes de que espesificamente habla ? se entiende reparar o es todo a nuevo?
MANTENIMIENTO CORRECTIVO-Módulo de final de carrera de portón corredizo (con sus componentes corta corriente, sistemas de frenos,soportes y demás accesorios menores)
En catálogo: Servicio de mantenimiento y reparacionde porton metalico. al referir soportes de que espesificamente habla ? se entiende reparar o es todo a nuevo?
MANTENIMIENTO CORRECTIVO-Módulo de final de carrera de portón corredizo (con sus componentes corta corriente, sistemas de frenos, soportes y demás accesorios menores) En catálogo: Servicio de mantenimiento y reparación de portón metálico. al referir soportes de que específicamente habla? Se entiende reparar o es todo a nuevo
MANTENIMIENTO CORRECTIVO-Módulo de final de carrera de portón corredizo (con sus componentes corta corriente, sistemas de frenos, soportes y demás accesorios menores) En catálogo: Servicio de mantenimiento y reparación de portón metálico. al referir soportes de que específicamente habla? Se entiende reparar o es todo a nuevo
Consideramos que la Convocante debe permitir la participación de las empresas que cuentan con la experiencia técnica en brindar las soluciones que sí se están requiriendo ya que la citada experiencia en años solicitado lo extendemos de modo a limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante
Consideramos que la Convocante debe permitir la participación de las empresas que cuentan con la experiencia técnica en brindar las soluciones que sí se están requiriendo ya que la citada experiencia en años solicitado lo extendemos de modo a limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante
No se plantea ninguna pregunta, solo se transcribió la condición establecida en el Art.20. -
8
ACTIVIDAD PRINCIPAL DE LA EMPRESA: CONSTRUCCION DE EDIFICIOS.
Consideramos que este requisito solo es restrictivo. Ya que bien la empresa puede tener como actividad secundaria declarada la misma actividad. Incluso se podría tener como actividad economica principal o secundaria el MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS, que si tiene que ver con el llamado, ya que no es una construcción de edificio, si no que el mantenimiento del mismo.
13-06-2024
17-06-2024
ACTIVIDAD PRINCIPAL DE LA EMPRESA: CONSTRUCCION DE EDIFICIOS.
Consideramos que este requisito solo es restrictivo. Ya que bien la empresa puede tener como actividad secundaria declarada la misma actividad. Incluso se podría tener como actividad economica principal o secundaria el MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS, que si tiene que ver con el llamado, ya que no es una construcción de edificio, si no que el mantenimiento del mismo.
REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVLUACIÓN D ELA EXPERIENCIA.
Con el propósito de brindar mayor participación a las empresas en el apartado EXPERIENCIA REQUERIDA solo se solicitará : 2-Constancia del Registro Único del Contribuyente (RUC) emitida por la SET.