Se solicita a la convocante del presente llamado la modificación del sistema de adjudicación a la modalidad de ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO, de manera a dar participación a mas oferentes y con ello cumplir con los principio de igualdad y libre competencia establecidos en la Ley de Contrataciones Publicas.
Se solicita a la convocante del presente llamado la modificación del sistema de adjudicación a la modalidad de ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO, de manera a dar participación a mas oferentes y con ello cumplir con los principio de igualdad y libre competencia establecidos en la Ley de Contrataciones Publicas.
Ajustarse a la última versión del Pliego de Bases y Condiciones.
12
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
El PBC cita cuanto sigue: “Para productos importados sintéticos, copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente o Certificado de Registro Sanitario o, CLV o, CPP Vigente, otorgado por alguna de las Agencias regulatorias previstas en el artículo 11 de la Ley N° 3283/07, Agencias reguladoras de la EMA (European Medicines Agency), FDA, Agencias Reguladoras de Referencia (Nivel 4) reconocidas por la OPS. En caso de presentar documentación emitida por el fabricante con el link web oficial de algunas de las documentaciones citadas anteriormente el mismo debe de estar autenticado por escribano público”.
Por lo que recomendamos a la convocante reformular de la siguiente manera: Para productos importados sintéticos, copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente o Certificado de Registro Sanitario o, CLV o, CPP Vigente, otorgado por alguna de las Agencias clasificado como alta vigilancia/ Agencia Reguladora de Referencia según Resolución Nº 148/24 “por el cual se emite el listado anual oficial de los países en cumplimiento al Art 3. De la Ley Nº 7256/24. En caso de presentar documentación emitida por el fabricante con el link web oficial de algunas de las documentaciones citadas anteriormente el mismo debe de estar autenticado por escribano público.
Dicha petición se justifica en consideración que recientemente (29/05/2024) fue promulgada la Ley 7256/24 “QUE MODIFICA EL ARTICULO 11º Y AMPLIA LA LEY Nº 3283/2007 “DE PROTECCION DE LA INFORMACION DE LA INFORMACION NO DIVULGADA Y DATOS DE PRUEBA PARA LOS REGISTROS FARMACEUTICOS”, que modificó el artículo 11º de la ley Nº 3283/2007, el cual ya no identifica taxativamente a los países de alta vigilancia, sino que trasladó a la DINAVISA (art. 3º de la ley 7256) la responsabilidad de identificar a los citados países en un listado anual oficial siguiendo los criterios y parámetros establecidos en el artículo 2º de la citada normativa.
16-07-2024
27-08-2024
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
El PBC cita cuanto sigue: “Para productos importados sintéticos, copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente o Certificado de Registro Sanitario o, CLV o, CPP Vigente, otorgado por alguna de las Agencias regulatorias previstas en el artículo 11 de la Ley N° 3283/07, Agencias reguladoras de la EMA (European Medicines Agency), FDA, Agencias Reguladoras de Referencia (Nivel 4) reconocidas por la OPS. En caso de presentar documentación emitida por el fabricante con el link web oficial de algunas de las documentaciones citadas anteriormente el mismo debe de estar autenticado por escribano público”.
Por lo que recomendamos a la convocante reformular de la siguiente manera: Para productos importados sintéticos, copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente o Certificado de Registro Sanitario o, CLV o, CPP Vigente, otorgado por alguna de las Agencias clasificado como alta vigilancia/ Agencia Reguladora de Referencia según Resolución Nº 148/24 “por el cual se emite el listado anual oficial de los países en cumplimiento al Art 3. De la Ley Nº 7256/24. En caso de presentar documentación emitida por el fabricante con el link web oficial de algunas de las documentaciones citadas anteriormente el mismo debe de estar autenticado por escribano público.
Dicha petición se justifica en consideración que recientemente (29/05/2024) fue promulgada la Ley 7256/24 “QUE MODIFICA EL ARTICULO 11º Y AMPLIA LA LEY Nº 3283/2007 “DE PROTECCION DE LA INFORMACION DE LA INFORMACION NO DIVULGADA Y DATOS DE PRUEBA PARA LOS REGISTROS FARMACEUTICOS”, que modificó el artículo 11º de la ley Nº 3283/2007, el cual ya no identifica taxativamente a los países de alta vigilancia, sino que trasladó a la DINAVISA (art. 3º de la ley 7256) la responsabilidad de identificar a los citados países en un listado anual oficial siguiendo los criterios y parámetros establecidos en el artículo 2º de la citada normativa.
AJUSTARSE A LA ULTIMA VERSION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.
13
Capacidad Técnica
La Convocante requiere para para productos importados la presentación del GMP, CLV, Registro o CPP vigente otorgado por alguna agencia reguladora prevista en el Art. 11 de la Ley 3283/07. Solicitamos considerar que dicho artículo fue modificado por Ley 7256/24 y al respecto la DINAVISA ha emitido la Res. 148/2024. Por dicha razón, solicitamos considerar dicha normativa para el requerimiento.
La Convocante requiere para para productos importados la presentación del GMP, CLV, Registro o CPP vigente otorgado por alguna agencia reguladora prevista en el Art. 11 de la Ley 3283/07. Solicitamos considerar que dicho artículo fue modificado por Ley 7256/24 y al respecto la DINAVISA ha emitido la Res. 148/2024. Por dicha razón, solicitamos considerar dicha normativa para el requerimiento.
AJUSTARSE A LA ULTIMA VERSION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.
14
Vencimiento de los productos
Solicitamos a la Convocante considerar que para productos con vencimiento menor a 15 meses sea con Póliza y para productos con vencimiento de 15 a 17 meses sean aceptados solo con Carta de autorización de la DGGIES y una Carta de Compromiso por parte de la empresa adjudicada. Considerando que requerir una póliza de seguros para productos con vencimiento inferior a 18 meses encarece los costos financieros, los cuales son trasladados a la oferta presentada, encareciendo de esta manera los precios ofertados. Además, el proceso de adquisición de la Convocante corresponde a un procedimiento de contratación periódica con un plazo de vigencia de hasta el 31/12/2026, por lo que entendemos que el MSP ha realizado un calculo para el uso total de los medicamentos en ese periodo de tiempo.
Solicitamos a la Convocante considerar que para productos con vencimiento menor a 15 meses sea con Póliza y para productos con vencimiento de 15 a 17 meses sean aceptados solo con Carta de autorización de la DGGIES y una Carta de Compromiso por parte de la empresa adjudicada. Considerando que requerir una póliza de seguros para productos con vencimiento inferior a 18 meses encarece los costos financieros, los cuales son trasladados a la oferta presentada, encareciendo de esta manera los precios ofertados. Además, el proceso de adquisición de la Convocante corresponde a un procedimiento de contratación periódica con un plazo de vigencia de hasta el 31/12/2026, por lo que entendemos que el MSP ha realizado un calculo para el uso total de los medicamentos en ese periodo de tiempo.
Ajustare al Pliego de Bases y Condiciones ya que el vencimiento fue elaborado de acuerdo a la necesidad de los servicios del MSPBS.
15
Capacidad Financiera
Solicitamos a la Convocante tenga a bien requerir los balances correspondientes a los años 2021, 2022 y 2023. Considerando que los plazos de presentación de balance para el ejercicio 2023 ya se encuentran cerrados.
Solicitamos a la Convocante tenga a bien requerir los balances correspondientes a los años 2021, 2022 y 2023. Considerando que los plazos de presentación de balance para el ejercicio 2023 ya se encuentran cerrados.
AJUSTARSE A LA ULTIMA VERSION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Para productos importados sintéticos, copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente o Certificado de Registro Sanitario o, CLV o, CPP Vigente, otorgado por alguna de las Agencias regulatorias previstas en el artículo 11 de la Ley N° 3283/07---- Se solicita actualizar a la normativa vigente Ley 7256/2024
18-07-2024
27-08-2024
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Para productos importados sintéticos, copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente o Certificado de Registro Sanitario o, CLV o, CPP Vigente, otorgado por alguna de las Agencias regulatorias previstas en el artículo 11 de la Ley N° 3283/07---- Se solicita actualizar a la normativa vigente Ley 7256/2024
La convocante aclara, que conforme se muestra en el Instructivo para la presentación de Formularios de Oferta; luego de leer las bases y condiciones del llamado, se descarga el formulario de oferta y la lista de precios preestablecidas. Se debe de completar el formulario con los datos requeridos y firmar el documento en ambas páginas. A continuación, se completa la planilla de precios con los datos solicitados por la Convocante y firmar el documento. Presentar los mismos con las demás documentaciones requeridas y especificadas por los Convocantes.
19
PORCENTAJE DE MULTA
Solicitamos a la Convocante unificar el porcentaje de multa, al porcentaje de interés por Mora por parte de la Contratante a 0.001%, a fin de establecer requisitos en igualdades de condiciones entre oferente y Convocante..
Solicitamos a la Convocante unificar el porcentaje de multa, al porcentaje de interés por Mora por parte de la Contratante a 0.001%, a fin de establecer requisitos en igualdades de condiciones entre oferente y Convocante..
Solicitamos a la convocante que por la naturaleza de los productos solicitados dicho requisito sea modificado de la siguiente manera: “El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud. Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 12 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar. Además, deberán presentar Declaración Jurada por la cual el oferente se compromete en caso de ser adjudicados a canjear los medicamentos 6 a 3 meses antes de su vencimiento, previo informe de los Responsables de la Dirección Logística dependiente de la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos”.
Solicitamos a la convocante que por la naturaleza de los productos solicitados dicho requisito sea modificado de la siguiente manera: “El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud. Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 12 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar. Además, deberán presentar Declaración Jurada por la cual el oferente se compromete en caso de ser adjudicados a canjear los medicamentos 6 a 3 meses antes de su vencimiento, previo informe de los Responsables de la Dirección Logística dependiente de la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos”.