Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
DEPARTAMENTO DE PRODUCCIÓN CIP VILLETA GERENCIA INDUSTRIAL SOLPED- 10002288 SERVICIO DE MANO DE OBRA PARA ALMACENAJE, ESTIBA Y DESESTIBA DE BOLSAS DE CEMENTO
El personal deberá, según notificación de la INC:
Todo el servicio debe estar disponible 24 horas de lunes a viernes y en caso de necesidad de fábrica los días sábados, también los días que se declaren asueto, conforme a la necesidad de la INC. El adjudicado deberá proveer como mínimo los siguientes elementos de carácter obligatorio, a sus personales y obreros: Uniformes adecuados completos para cada personal contratado (debe diferenciarse del uniforme de los personales de la Fabrica). Elementos de seguridad para cada personal contratado (tapabocas, delantal, guantes y botas), debiendo estar reponiendo en el caso de los tapabocas y guantes de manera semanal o de acuerdo a la necesidad. El adjudicado deberá abonar a sus personales el salario por trabajo a DESTAJO. El adjudicado deberá abonar el Seguro Médico IPS según la categoría Jornalero o a Destajo por todos sus personales e inclusive los reemplazantes.
Obs.: para el cálculo de la cantidad de cemento embolsado (paletizado) se utilizará la planilla del informe de Embolsadora por cada turno, firmado por el jefe de producción.
MULTAS Otras causales de aplicación de multas Además de las ya indicadas en la cláusula de Multas del PBC, se detalla las siguientes situaciones para la aplicación de multas:
Las multas serán acumulativas por cada hecho constatado. Además de la aplicación de las multas descriptas, el proveedor no percibirá el importe por los servicios que no fueron prestados. Obs.: El servicio será activado a necesidad de la INC por turno, los cuales podrán ser 1er., 2do y/o 3er turno. El horario del 1er. Turno inicia a las 06:00hs y tiene una duración de 8 horas y así consecutivamente los demás turnos. Promedio de despacho mensual: 800.000 Bolsas/mes. (referencial) CONTRATO ABIERTO POR CANTIDAD (SERVICIO DE ESTIBA DE BOLSAS) CANTIDAD MÍNIMA: 6.000.000 UNIDADES DE BOLSAS DE CEMENTO PORTLAND. CANTIDAD MÁXIMA: 12.000.000 UNIDADES DE BOLSAS DE CEMENTO PORTLAND. OBSERVACION: Plurianual 2024: 8.000.000 de bolsas 2025: 4.000.000 de bolsas Método de Adjudicación: Por el Total. |
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
DEPARTAMENTO DE PRODUCCIÓN CIP VILLETA GERENCIA INDUSTRIAL SOLPED- 10002288 SERVICIO DE MANO DE OBRA PARA ALMACENAJE, ESTIBA Y DESESTIBA DE BOLSAS DE CEMENTO
El personal deberá, según notificación de la INC:
Todo el servicio debe estar disponible 24 horas de lunes a viernes y en caso de necesidad de fábrica los días sábados, también los días que se declaren asueto, conforme a la necesidad de la INC. El adjudicado deberá proveer como mínimo los siguientes elementos de carácter obligatorio, a sus personales y obreros: Uniformes adecuados completos para cada personal contratado (debe diferenciarse del uniforme de los personales de la Fabrica). Elementos de seguridad para cada personal contratado (tapabocas, delantal, guantes y botas), debiendo estar reponiendo en el caso de los tapabocas y guantes de manera semanal o de acuerdo a la necesidad. El adjudicado deberá abonar a sus personales el salario por trabajo a DESTAJO. El adjudicado deberá abonar el Seguro Médico IPS según la categoría Jornalero o a Destajo por todos sus personales e inclusive los reemplazantes.
Obs.: para el cálculo de la cantidad de cemento embolsado (paletizado) se utilizará la planilla del informe de Embolsadora por cada turno, firmado por el jefe de producción.
MULTAS Otras causales de aplicación de multas Además de las ya indicadas en la cláusula de Multas del PBC, se detalla las siguientes situaciones para la aplicación de multas:
Las multas serán acumulativas por cada hecho constatado. Además de la aplicación de las multas descriptas, el proveedor no percibirá el importe por los servicios que no fueron prestados. Obs.: El servicio será activado a necesidad de la INC por turno, los cuales podrán ser 1er., 2do y/o 3er turno. El horario del 1er. Turno inicia a las 06:00hs y tiene una duración de 8 horas y así consecutivamente los demás turnos. Promedio de despacho mensual: 800.000 Bolsas/mes. (referencial) CONTRATO ABIERTO POR CANTIDAD (SERVICIO DE ESTIBA DE BOLSAS) CANTIDAD MÍNIMA: 6.000.000 UNIDADES DE BOLSAS DE CEMENTO PORTLAND. CANTIDAD MÁXIMA: 12.000.000 UNIDADES DE BOLSAS DE CEMENTO PORTLAND. OBSERVACION: Plurianual 2024: 8.000.000 de bolsas 2025: 4.000.000 de bolsas Método de Adjudicación: Por el Total. |
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
SERVICIO DE MANO DE OBRA PARA ALMACENAJE, ESTIBA Y DESESTIBA DE BOLSAS DE CEMENTO |
Cantidad mínima: 6.000.000 bolsas Cantidad mínima: 12.000.000 bolsas |
Unidad |
Planta Industrial del CIP. Villeta |
El servicio deberá estar disponible dentro de los 5 (cinco) días hábiles a partir de la firma del contrato y se llevará a cabo conforme a las necesidades de la fábrica para lo cual se emitirá una orden de servicio, en el cual se indicará la fecha y hora para el inicio del mismo. Dicha orden será notificada como mínimo 12 horas antes del horario estipulado para el inicio del servicio. El servicio deberá estar disponible las 24 horas de lunes a sábado |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Personales designados por la Gerencia Industrial será los encargados de verificar el Cumplimiento a cabalidad las Especificaciones Técnicas y el Plan de Entregas
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Acta de recepción
Frecuencia: mensual
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Acta de recepción 1 |
Acta de recepción |
Mayo 2024 |
Acta de recepción 2 |
Acta de recepción |
Junio 2024 |
Acta de recepción 3 |
Acta de recepción |
Julio 2024 |
Acta de recepción 4 |
Acta de recepción |
Agosto 2024 |
Acta de recepción 5 |
Acta de recepción |
Septiembre 2024 |
Acta de recepción 6 |
Acta de recepción |
Octubre 2024 |
Acta de recepción 7 |
Acta de recepción |
Noviembre 2024 |
Acta de recepción 8 |
Acta de recepción |
Diciembre 2024 |
Acta de recepción 9 |
Acta de recepción |
Enero 2025 |
Acta de recepción 10 |
Acta de recepción |
Febrero2025 |
Acta de recepción 11 |
Acta de recepción |
Febrero 2025 |
Acta de recepción 12 |
Acta de recepción |
Febrero 2025 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.