De acuerdo a los Principios de Contrataciones Públicas - Artículo 4 de la Ley 7021, incisos
d) Igualdad y Libre competencia; todo potencial oferente que tenga la
solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos
que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos
establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en
las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin
restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. E) Imparcialidad; imparcialidad: Las normativas procedimiento y cualquier otro documento relacionado con la Cadena Integrada de Suministro Públicos, se dictarán y adoptarán en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los Sujetos del Sistema Nacional del Suministro Público. k) Razonabilidad; El Objeto de las distintas actividades de la cadena Integrada de Suministros Públicos debe ser razonable en términos cuantitativos y Cualitativos para satisfacer el interés Público y el resultado esperado.
De acuerdo al art 45 de la Ley 2071 menciona que no se podrá exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente Ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que NO resulten técnicamente indispensables si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
Por todo lo expuesto más arriba, solicitamos a la convocante rever la solicitud de Experiencia en la cual existe una incongruencia ya que en la PAGINA 21 Punto 3 solicitan 3 experiencias en eventos internacionales y en los requisitos documentales para evaluar el criterio solicitan 5 Experiencias de eventos internacionales solicitando como mínimo 200 participantes cantidad que nos parece muy limitante para la libre competencia según menciona los artículos más arriba mencionados por ende solicitamos que se pueda adecuar o bien modificar las cantidades a 100- 150 personas como mínimo ya que es una cantidad significativa para demostrar una buena experiencia en realización de eventos.
También se solicita a la convocante tener en consideración los siguientes puntos teniendo en cuenta que los eventos/ reuniones se llevaran a cabo en el hotel propuesto – Debería ser el hotel propuesto quien cuente con un tecnólogo, y las habilitaciones solicitadas, siendo ellos los proveedores directos del catering para las reuniones.
* Copia autenticada del Registro de establecimiento R.E. vigente en la categoría 16 expedido por el instituto nacional de alimentación y nutrición (I.N.A.N).
El oferente deberá acreditar que cuenta con 1 (un) tecnólogo de alimentos habilitado como mínimo, vinculado a la empresa. Deberán acreditarlo a través de la presentación de copia autenticada de contrato de trabajo y acompañados con la copia de licencia o matricula profesional y cédula de identidad.
El oferente deberá acreditar contar con la constancia vigente de Capacitación en Buenas Prácticas de Manufactura del Personal, emitido por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN), debiendo detallar individualmente los datos personales del personal capacitado.
El oferente deberá acreditar contar con certificado de cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura BPM.
En cuanto a la solicitud de Vehículo tipo furgón se solicita a la convocante rever dicha solicitud ya que como se menciona más arriba los eventos/reuniones se estarían realizando en los hoteles Teniendo en cuenta que dicha solicitud limita la participación ya que el llamado no se base en su totalidad en la provisión de Alimentos Por lo que contar con vehículos propios refrigerados, carece de justificación ya que serán proveídos y transportados por los proveedores contratados (hoteles, etc). En todo caso podrían permitir sea alquilado a fin de ampliar la posibilidad de participación e igualdad y libre competencia
De acuerdo a los Principios de Contrataciones Públicas - Artículo 4 de la Ley 7021, incisos
d) Igualdad y Libre competencia; todo potencial oferente que tenga la
solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos
que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos
establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en
las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin
restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. E) Imparcialidad; imparcialidad: Las normativas procedimiento y cualquier otro documento relacionado con la Cadena Integrada de Suministro Públicos, se dictarán y adoptarán en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los Sujetos del Sistema Nacional del Suministro Público. k) Razonabilidad; El Objeto de las distintas actividades de la cadena Integrada de Suministros Públicos debe ser razonable en términos cuantitativos y Cualitativos para satisfacer el interés Público y el resultado esperado.
De acuerdo al art 45 de la Ley 2071 menciona que no se podrá exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente Ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que NO resulten técnicamente indispensables si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
Por todo lo expuesto más arriba, solicitamos a la convocante rever la solicitud de Experiencia en la cual existe una incongruencia ya que en la PAGINA 21 Punto 3 solicitan 3 experiencias en eventos internacionales y en los requisitos documentales para evaluar el criterio solicitan 5 Experiencias de eventos internacionales solicitando como mínimo 200 participantes cantidad que nos parece muy limitante para la libre competencia según menciona los artículos más arriba mencionados por ende solicitamos que se pueda adecuar o bien modificar las cantidades a 100- 150 personas como mínimo ya que es una cantidad significativa para demostrar una buena experiencia en realización de eventos.
También se solicita a la convocante tener en consideración los siguientes puntos teniendo en cuenta que los eventos/ reuniones se llevaran a cabo en el hotel propuesto – Debería ser el hotel propuesto quien cuente con un tecnólogo, y las habilitaciones solicitadas, siendo ellos los proveedores directos del catering para las reuniones.
* Copia autenticada del Registro de establecimiento R.E. vigente en la categoría 16 expedido por el instituto nacional de alimentación y nutrición (I.N.A.N).
El oferente deberá acreditar que cuenta con 1 (un) tecnólogo de alimentos habilitado como mínimo, vinculado a la empresa. Deberán acreditarlo a través de la presentación de copia autenticada de contrato de trabajo y acompañados con la copia de licencia o matricula profesional y cédula de identidad.
El oferente deberá acreditar contar con la constancia vigente de Capacitación en Buenas Prácticas de Manufactura del Personal, emitido por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN), debiendo detallar individualmente los datos personales del personal capacitado.
El oferente deberá acreditar contar con certificado de cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura BPM.
En cuanto a la solicitud de Vehículo tipo furgón se solicita a la convocante rever dicha solicitud ya que como se menciona más arriba los eventos/reuniones se estarían realizando en los hoteles Teniendo en cuenta que dicha solicitud limita la participación ya que el llamado no se base en su totalidad en la provisión de Alimentos Por lo que contar con vehículos propios refrigerados, carece de justificación ya que serán proveídos y transportados por los proveedores contratados (hoteles, etc). En todo caso podrían permitir sea alquilado a fin de ampliar la posibilidad de participación e igualdad y libre competencia
Se aclara que los requisitos mencionados, corresponden a criterios de evaluación establecidos en el apartado de "Experiencia Requerida" y por otro lado, en el apartado correspondiente a "Capacidad Técnica", las cuales, se encuentran orientadas a la envergadura del evento de carácter internacional, relacionada a las reuniones a llevarse a cabo en nuestro país con la presencia de Ministros, Jefes de Policía y Técnicos del MERCOSUR y sus delegaciones oficiales, y considerando que los criterios requeridos apuntan a satisfacer necesidades de similares características, motivo por el cual, debería mínimamente cumplir estos requisitos, a fin de asegurar la correcta ejecución contractual. En tal sentido, se tomarán como válidos la presentación de contratos para demostrar el cumplimiento de los criterios establecidos en la Capacidad Técnica, para acreditar de igual manera, el cumplimiento de la Experiencia Requerida.
Se aclara al potencial oferente, que de conformidad al PBC en la sección EETT - CPS, que la presente convocatoria permite la posibilidad que cotice una empresa organizadora de eventos o una empresa Hotelera, por lo que en cualquiera de los casos se deberá dar cumplimiento en contar con Tecnólogo de alimentos, considerando que el mismo es el profesional encargado de controlar y gestionar los procesos de calidad en la elaboración de alimentos, así también, se exige la presentación del Registro de Establecimiento R.E., a fin de corroborar la autorización sanitaria respectiva. Por otro lado, se exige la presentación de la Constancia vigente de Capacitación en Buenas Prácticas de Manufactura del Personal (BPM), con el fin de garantizar que los productos se fabriquen en condiciones sanitarias adecuadas. Todos estos criterios son considerados mínimos teniendo en cuenta que los servicios a ser prestados están orientados a autoridades nacionales e internacionales.
En lo que respecta al vehículo tipo furgón refrigerado, se exige teniendo en cuenta que se solicita la provisión de alimentos elaborados, y siendo el oferente una empresa organizadora de eventos o una empresa Hotelera, en cualquiera de los casos deberá dar cumplimiento a este requerimiento; se requiere que sea propio, por lo que la Convocante, no puede quedar supeditada a la posibilidad de alquiler del vehículo, considerando la envergadura e importancia del evento, donde se espera la presencia de autoridades nacionales e internacionales; por ende la logística requerida para la correcta prestación de los servicios requeridos, atendiendo a esto, no se puede correr el riesgo de dejar la decisión de un tercero la posibilidad o no de prestar el servicio en forma debida, es decir, independientemente a cuestiones legales de cumplimiento contractual, se dejaría al arbitrio del arrendador la posibilidad de cumplir con el contrato, dejando al arrendatario (proveedor) bajo imposibilidad por caso fortuito o fuerza mayor ante la contratante, ante esta posible situación, es razonable y de cumplimiento posible a criterio de la Convocante solicita con un vehículo propio para el transporte de alimentos, de esta forma recaería la responsabilidad única y exclusivamente, por la debida prestación o no del servicio por parte del proveedor adjudicado, por lo cual no se considera que dicho requisito sea limitante, ya que resulta técnicamente indispensable.
Por otro lado, se considera conveniente hacer mención, que el Pliego de Bases y Condiciones se encuentra prevista la figura del Consorcio, con la finalidad de que varias empresas unan sus recursos y experiencias a fin de dar cumplimiento a los requisitos establecidos, razón por la cual mal podría mencionarse que dichos requisitos resulten limitantes y/o excluyentes.
Por todo lo expuesto, se solicita remitirse a lo establecido en el PBC.