Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
Insumos | Unidad | Cantidad | Costo unitario | Costo total | |
A. | Materiales | - | |||
- | |||||
- | |||||
SUBTOTAL DE MATERIALES | - | ||||
DESPERDICIOS | 5,00% | - | |||
TOTAL DE MATERIALES | - | ||||
B | MANO DE OBRA | - | |||
C. | EQUIPOS: (Amortización, Reparación, Combustibles y Lubricantes) | - | |||
COSTO: SUB - TOTAL (Ítem A+B+C) | - | ||||
D. | GASTOS GENERALES (Sobre a + b + c) | 0,00% | - | ||
E. | COSTOS FINANCIEROS (Sobre a + b + c + d) | 0,00% | - | ||
BENEFICIOS (Sobre a + b + c + d + e) | 0,00% | - | |||
PRECIO OFERTA | - |
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
|||
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Debe cumplir con el requisito | Debe cumplir con el requisito | Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones | ||
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito.
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Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito. |
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Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
Las deducciones al flujo de fondos exigidos por compromisos derivados de otros contratos solo se harán cuando dichos contratos se encuentren en ejecución. Este mínimo de activos líquidos que constituirá el capital operativo, debe ser el resultado de la diferencia entre el Activo Corriente menos el Pasivo Corriente. Puede ser complementado con líneas de crédito otorgadas por entidades financieras. |
Debe cumplir con el requisito.
|
Debe cumplir con el requisito
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Debe cumplir por lo menos con el 25% del requisito mínimo |
Debe cumplir por lo menos con el 40% del requisito mínimo |
Completar el formulario "Situación Financiera", y presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.
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Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
|||
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos. |
Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los Formularios: Experiencia general en construcción y Facturación anual media en construcción.
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El oferente deberá acreditar como mínimo 10 (diez años) de antigüedad comprobable con la constancia de RUC y tener como actividad económica el rubro construcciones y/o construcciones de edificios. En caso de consorcios, este requisito debe ser cumplido al menos por el socio líder.
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
|||
Oferente Individual |
Consorcios |
||||
Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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OBS: en no más de 3(tres) contratos
A fin de cumplir este requisito, las obras deberán estar terminadas en un 100%. Los contratos podrán ser con instituciones públicas y/o privadas. |
Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito.
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Al menos 1 (un) contrato | Al menos 2 (dos) contratos |
Completar el formulario de "Experiencia específica en Construcción", acompañar documentación respaldatoria |
A. En caso de que el oferente haya suscripto contratos para la ejecución de obras con el MEC en los últimos 5 (cinco) años, y estos hayan concluido a la fecha de apertura de ofertas, deberá presentar las constancias de buen cumplimiento/ejecución satisfactoria, o similar. Asimismo, deberá acompañar una declaración jurada en donde se listen los contratos entre el oferente y el MEC, indicando al respecto que las obras inherentes a los mismos no fueron objeto de reclamos, no cuenta con reparos o correcciones pendientes, o algún otro incumplimiento imputable al Contratista. Para la verificación del cumplimiento del presente requisito, el comité́ de evaluación solicitará informe a las dependencias y unidades ejecutoras del MEC.
B. Todo oferente que a la fecha del Acto de Apertura de Ofertas cuente con contrato vigente con el MEC, deberá encontrase al día con la ejecución (el porcentaje de atraso permitido en el cronograma de obras será como máximo del 5%), caso contrario su oferta será descalificada. Para la verificación del cumplimiento del presente requisito, el comité de evaluación solicitará informe a las dependencias y unidades ejecutoras del MEC.
La experiencia solicitada tiene como base la envergadura de la obra y el alto impacto institucional de la misma.
Se apunta a la selección de empresas contratistas solventes, con experiencia y antecedentes de cumplimiento satisfactorio (en tiempo y forma) de las obras ejecutadas.
La mala experiencia en obras anteriores, que llevaron a rescisión de contratos que a la larga perjudican al logro de los objetivos, hace que sea necesaria contar con la participación de empresas que efectivamente demuestren solvencia y capacidad para afrontar estas obras que apuntan a la calidad y la excelencia en términos de infraestructura edilicia.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
1. Copia de facturaciones con sus respectivas recepciones definitivas que avalen la experiencia requerida; y/o
2. Fotocopias de contratos anteriores para demostrar la experiencia exigida, acompañada con su correspondiente recepción definitiva (en caso de que la documentación mencionada sea con empresas privadas, deberá además acompañar la factura respectiva).
3. Si la experiencia ha sido como subcontratista, acompañar el documento que acredite la autorización de la Administración Contratante para participar como tal en el contrato. En este caso, deberá acompañar igualmente la documentación que acredite el porcentaje y/o parte de la obra ejecutada en tal carácter.
4. Constancias de buen cumplimiento/ejecución satisfactoria (a fin de acreditar el requisito contenido en el literal A) del apartado Experiencia Específica.
5. Declaración Jurada (a fin de acreditar el requisito contenido en el literal B) del apartado Experiencia Específica)
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos mínimos |
Requisitos de cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente individual |
Consorcios |
||||
Todas las partes combinadas |
Cada socio |
Socio líder |
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Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado para desempeñar los siguientes cargos clave: Un/a jefe/a o Superintendente de Obras (arquitecto/ingeniero civil) con al menos 10 años de experiencia general y al menos 5 años de experiencia en obras de similares características. En gabinete, a disposición de la contratante, disponer de: Dos Arquitectos/as en gabinete con 1 año de experiencia profesional. Residente permanente de las obras: Un Arquitecto/a o Ingeniero/a Civil para el cargo de Residente de Obras, con 5 (cinco) o más años de experiencia en edificaciones similares. Se exigirá dedicación a tiempo completo por cada departamento. Observaciones: |
Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir con el requisito |
|
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Completar el formulario: "Lista del personal propuesto para la obra" |
1. Currículum del profesional en el cual debe estar indicado como mínimo la formación académica y experiencia profesional para el cargo en el que será designado.
2. Fotocopia simple de ambas caras del título de carrera de grado registrado y legalizado por el MEC.
3. Fotocopia del registro MOPC de cada profesional propuesto.
4. Fotocopia simple de constancia de trabajo, certificado laboral y/o contrato en el que avale la experiencia laboral indicada en su currículum.
5. Teniendo en cuenta el sistema de adjudicación, en caso de ofertar en más de un lote, se podrá presentar la misma nómina del personal clave en los lotes de interés; no obstante, el oferente deberá presentar un listado alternativo del personal clave, con todas las documentaciones requeridas, teniendo en cuenta la posibilidad de resultar adjudicado de forma excepcional en más de un lote.
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
||||
Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Demostrar que puede disponer oportunamente de los equipos esenciales en propiedad o en alquiler, que a continuación se indican: • Un camión de carga mínima de 2.5 tn. • Cinco hormigoneras eléctricas. • Un tablero eléctrico provisorio exclusivo para la obra, en cada establecimiento escolar. • Equipos de soldadura eléctrica y accesorios. • Herramientas para la construcción. Los equipos mínimos necesarios presentados por los oferentes no deberán estar comprometidos en otras obras. Observaciones: - Indicar marca, modelo, año y capacidad de los equipos. - Teniendo en cuenta el sistema de adjudicación, en caso de ofertar en más de un lote, se podrá presentar el |
Debe cumplir con el requisito.
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Deben cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos |
Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los formularios: "Lista de Equipos" y "Cronograma de Utilización de Equipos" |
1. Declaración jurada de que los equipos mencionados como propiedad de la (Empresa) se encuentran con disponibilidad inmediata en caso de ser adjudicada, y que se encuentra en buen estado y en condiciones óptimas para realizar los trabajos a que serán destinados.
2. Cuadro de revalúo fijo en el caso de propietarios de equipos.
3. En caso de equipos pertenecientes a terceros, adjuntar: (i) constancia donde se certifique que dicho equipo permanecerá en la obra todo el tiempo que sea necesario para cumplir con las tareas especificadas; (ii) contrato de alquiler o leasing, o carta compromiso otorgada por el propietario de que los equipos serán cedidos en alquiler o leasing.
4. Teniendo en cuenta el sistema de adjudicación, en caso de ofertar en más de un lote, se podrá presentar el mismo listado de equipos en los lotes de interés; no obstante, el oferente deberá presentar un listado alternativo de los equipos, con todas las documentaciones requeridas, teniendo en cuenta la posibilidad de resultar adjudicado de forma excepcional en más de un lote.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
1. Declaración Jurada por medio de la cual el oferente garantice el cumplimiento de las previsiones contenidas en el Art. 191 de la Ley 7228/2024 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024, respecto al origen de los insumos y materiales con los que se llevarán a cabo las obras.
2. Declaración jurada donde el oferente indique su domicilio legal, incluyendo croquis de la ubicación, y detalle de las calles principales para el acceso y referencias para poder llegar a la misma.
Criterio para adjudicación:
Cada oferente podrá ser adjudicado en un solo lote, salvo que luego de realizar dichas adjudicaciones, aún queden lotes que no cuenten con ofertas susceptibles de ser adjudicadas, en cuyo caso el comité de evaluación podrá adjudicar hasta dos lotes a un solo oferente.
Para adjudicar más de un lote a un oferente, no deberá haber oferentes que puedan ser adjudicados a dicho lote según las condiciones establecidas en este pliego de bases y condiciones.
Criterio de Adjudicación en caso de resultar evaluada como la oferta más baja en más de un lote: En caso de que un oferente presentare la oferta más baja en más de un lote y cumpla con todos los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones y con los Criterios de Evaluación y Calificación, le será adjudicado el lote donde la diferencia de precio con la segunda mejor oferta sea mayor a la primera mejor oferta. No se podrá omitir esta condición.
CERTIFICADO DE PRODUCTO Y EMPLEO NACIONAL - CPS
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de
precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre
detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.