En las especificaciones técnicas, plan de entrega de los bienes, se menciona que el plazo de entrega de los bienes adjudicados será de 45 días calendario, contados a partir de la recepción de la orden de compra/servicio por parte del proveedor. Considerando las cantidades requeridas, solicitamos extender el plazo de entrega a 90 (noventa) días calendarios.
En las especificaciones técnicas, plan de entrega de los bienes, se menciona que el plazo de entrega de los bienes adjudicados será de 45 días calendario, contados a partir de la recepción de la orden de compra/servicio por parte del proveedor. Considerando las cantidades requeridas, solicitamos extender el plazo de entrega a 90 (noventa) días calendarios.
En las especificaciones técnicas Lote 1 y Lote 2 en cuanto al procesador refieren lo siguiente: el Procesador tendrá una antigüedad de lanzamiento al mercado internacional no mayor a 24 meses.
Consultamos si serán aceptados procesadores con antigüedad de lanzamiento de hasta 36 meses al mercado internacional.
En las especificaciones técnicas Lote 1 y Lote 2 en cuanto al procesador refieren lo siguiente: el Procesador tendrá una antigüedad de lanzamiento al mercado internacional no mayor a 24 meses.
Consultamos si serán aceptados procesadores con antigüedad de lanzamiento de hasta 36 meses al mercado internacional.
Se solicita para el Lote 1 PC tipo Avanzada con un precio referencial de 7.639.550 Gs., el mismo se encuentra muy por debajo del precio de mercado para el tipo de PC solicitado, incluso lejos del costo mayorista. Al analizar el Dictamen de estimación de precios para dicho proceso licitatorio para lo que se refiere el Lote 1, se tomaron en cuenta licitaciones del año 2017 que solo solicitaban gabinete (CPU), o licitaciones de municipios donde fueron adjudicados PC tipo Intermedio, no se tomo en cuenta licitaciones donde fueron adjudicados PC tipo 1 Avanzado, del presente o los últimos años, notándose claramente un sesgo en la estimación del precio referencial. Favor rever la estimación del precio referencial para dicho lote.
Se solicita para el Lote 1 PC tipo Avanzada con un precio referencial de 7.639.550 Gs., el mismo se encuentra muy por debajo del precio de mercado para el tipo de PC solicitado, incluso lejos del costo mayorista. Al analizar el Dictamen de estimación de precios para dicho proceso licitatorio para lo que se refiere el Lote 1, se tomaron en cuenta licitaciones del año 2017 que solo solicitaban gabinete (CPU), o licitaciones de municipios donde fueron adjudicados PC tipo Intermedio, no se tomo en cuenta licitaciones donde fueron adjudicados PC tipo 1 Avanzado, del presente o los últimos años, notándose claramente un sesgo en la estimación del precio referencial. Favor rever la estimación del precio referencial para dicho lote.
LOS PRECIOS REFERENCIALES SE MANTENDRAN CONFORME AL DICTAMEN Y ANALISIS DE PRECIOS.
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Referente a la experiencia requerida
Solicitan: El Oferente deberá poseer venta de Equipos de Computación, por un volumen mínimo de 50% del monto total de la oferta (o cada Lote ofertado), en los 3 (tres) últimos años (se considerará el sumatorio total de los tres últimos años 2021, 2022 y 2023; en base a las copias de contratos ejecutados y/o actas de recepción definitivas, tanto a empresas públicas como privadas. Consultamos:
1- ¿Es necesario contar con un contrato y/o factura por año, o en caso de cumplir del 50% en uno de los años es suficiente?
2- ¿Es necesario presentar contratos y/o facturas de empresas públicas y privadas, o solo pueden ser de empresas públicas?
Solicitan: El Oferente deberá poseer venta de Equipos de Computación, por un volumen mínimo de 50% del monto total de la oferta (o cada Lote ofertado), en los 3 (tres) últimos años (se considerará el sumatorio total de los tres últimos años 2021, 2022 y 2023; en base a las copias de contratos ejecutados y/o actas de recepción definitivas, tanto a empresas públicas como privadas. Consultamos:
1- ¿Es necesario contar con un contrato y/o factura por año, o en caso de cumplir del 50% en uno de los años es suficiente?
2- ¿Es necesario presentar contratos y/o facturas de empresas públicas y privadas, o solo pueden ser de empresas públicas?
1. efectivamente. En caso de cumplir alcanzar en 1 (un) contrato y/o factura (entre los años 2021, 2022 o 2023) el 50% del monto total de su oferta, es suficiente para su presentación.-
2. Podran presentar contratos y/o facturas de provision a empresas publicas asi como contratos de provision a empresas privadas.-
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Especificaciones Técnicas -
En el Pliego de Bases y Condiciones, dentro de la sección Especificaciones Técnicas, Requisito documental para evaluar, el PC de escritorio Tipo 1, se solicita:
-Deberá contar con certificación EPEAT comprobable desde el sitio web de la misma Carta de Distribución del Representante Carta de Autorización del Fabricante Catálogos y Especificaciones originales del Equipo Ofertado. Certificación tipo ISO 14001:2015 del fabricante del equipo.
Al respecto, en cuanto al Lote mencionado dentro del SICP, solicitamos aclaración del nivel EPEAT considerado por la Convocante, de manera a asegurar la calidad del producto, para los equipos informáticos a adquirir en esta licitación, a fin de presentar una propuesta que pueda satisfacer los requisitos de la convocante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, dentro de la sección Especificaciones Técnicas, Requisito documental para evaluar, el PC de escritorio Tipo 1, se solicita:
-Deberá contar con certificación EPEAT comprobable desde el sitio web de la misma Carta de Distribución del Representante Carta de Autorización del Fabricante Catálogos y Especificaciones originales del Equipo Ofertado. Certificación tipo ISO 14001:2015 del fabricante del equipo.
Al respecto, en cuanto al Lote mencionado dentro del SICP, solicitamos aclaración del nivel EPEAT considerado por la Convocante, de manera a asegurar la calidad del producto, para los equipos informáticos a adquirir en esta licitación, a fin de presentar una propuesta que pueda satisfacer los requisitos de la convocante.
NO SE CONSIDERA UN NIVEL ESPECIFICO DE EPEAT, EL EQUIPO OFERTADO DEBERÁ CONTAR CON DICHA CERTIFICACIÓN
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Capacidad técnica-Documentación requerida -
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Requisito documental para evaluar el criterio de la capacidad técnica, en el punto 2 para el LOTE 1 y LOTE 2, se solicita:
2. Documento que acredite que el oferente cuenta un Centro Autorizado de Servicios - CAS en la República del Paraguay. La asistencia técnica especializada hace referencia a los oferentes para cubrir las garantías de los equipos (en caso de desperfecto técnico o de fábrica) y que cuenten con los recursos humanos especializados en la marca ofertada.
Al respecto, se solicita a la Convocante que la exigencia del documento que acredite que el oferente cuenta un Centro Autorizado de Servicios - CAS en la República del Paraguay, sea cumplida por el Fabricante de la marca ofertada teniendo en cuenta lo establecido en la Capacidad Técnica punto 2 del PBC: Para garantizar a la institución, la garantía, así como la asistencia técnica especializada, será un requisito indispensable que la garantía pueda ser ejecutada en cualquiera de los CAS del país. El oferente deberá indicar cuales son los CAS que existen en el país. La gestión de la ejecución de la garantía, deberá poder ser hecha, directamente a través de cualquiera de los CAS del país, o en su defecto, a través del Oferente, corriendo en su caso, por cuenta del Oferente que resulte adjudicado, la gestión de dicha ejecución.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Requisito documental para evaluar el criterio de la capacidad técnica, en el punto 2 para el LOTE 1 y LOTE 2, se solicita:
2. Documento que acredite que el oferente cuenta un Centro Autorizado de Servicios - CAS en la República del Paraguay. La asistencia técnica especializada hace referencia a los oferentes para cubrir las garantías de los equipos (en caso de desperfecto técnico o de fábrica) y que cuenten con los recursos humanos especializados en la marca ofertada.
Al respecto, se solicita a la Convocante que la exigencia del documento que acredite que el oferente cuenta un Centro Autorizado de Servicios - CAS en la República del Paraguay, sea cumplida por el Fabricante de la marca ofertada teniendo en cuenta lo establecido en la Capacidad Técnica punto 2 del PBC: Para garantizar a la institución, la garantía, así como la asistencia técnica especializada, será un requisito indispensable que la garantía pueda ser ejecutada en cualquiera de los CAS del país. El oferente deberá indicar cuales son los CAS que existen en el país. La gestión de la ejecución de la garantía, deberá poder ser hecha, directamente a través de cualquiera de los CAS del país, o en su defecto, a través del Oferente, corriendo en su caso, por cuenta del Oferente que resulte adjudicado, la gestión de dicha ejecución.
** Con relación al LOTE 3.1 GRUPO PROYECTORES MULTIMEDIA,
en donde el PBC solicita "Wireless / Inalámbrico Integrado solicitamos respetuosamente que dicho requerimiento sea OPCIONAL O EXTERNO, considerando que hoy en día ya no son parámetros estandarizados que la mayorías de fabricante cumplen, de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
23-05-2024
03-06-2024
** Con relación al LOTE 3.1 GRUPO PROYECTORES MULTIMEDIA,
en donde el PBC solicita "Wireless / Inalámbrico Integrado solicitamos respetuosamente que dicho requerimiento sea OPCIONAL O EXTERNO, considerando que hoy en día ya no son parámetros estandarizados que la mayorías de fabricante cumplen, de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
** Con relación al LOTE 3.1 GRUPO PROYECTORES MULTIMEDIA
en donde el PBC solicita "Soporte de resoluciones: Resolución nativa: VGA (640 x 480) a WUXGA (1920 x 1200) o superior)", solicitamos respetuosamente que sean aceptado "Resolución VGA (XGA (1024x768))", considerando que lo ofrecido también soporta otra resoluciones como VGA y hasta WUXGA_RB siendo el estándar para el tipo de proyector solicitado, ya que también encajaría con el precio referencial de la entidad coincida con lo que se requiera, de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
23-05-2024
03-06-2024
** Con relación al LOTE 3.1 GRUPO PROYECTORES MULTIMEDIA
en donde el PBC solicita "Soporte de resoluciones: Resolución nativa: VGA (640 x 480) a WUXGA (1920 x 1200) o superior)", solicitamos respetuosamente que sean aceptado "Resolución VGA (XGA (1024x768))", considerando que lo ofrecido también soporta otra resoluciones como VGA y hasta WUXGA_RB siendo el estándar para el tipo de proyector solicitado, ya que también encajaría con el precio referencial de la entidad coincida con lo que se requiera, de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección del Plan de entrega bienes, para el Lote 1 PC escritorio tipo 1 y Lote 2 Notebook Tipo 2, se solicita:
“Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes 45 días calendario, contados a partir de la recepción de la orden de compra/servicio por parte del proveedor”
Al respecto, y en vista a que los equipos solicitados corresponden a características de equipos que son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay se solicita la ampliación del plazo de entrega de los bienes a un mínimo de 90 (noventa) días corridos contados a partir de la recepción de la orden de compra /servicio por parte del proveedor.
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a una empresa o empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes pero tengan precios tal vez muy superiores a los que se puedan ofrecer en una sana, amplia e imparcial competencia, todo ello en observancia de la economía y la eficiencia que se busca en el uso de los recursos del Estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría una mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”, en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección del Plan de entrega bienes, para el Lote 1 PC escritorio tipo 1 y Lote 2 Notebook Tipo 2, se solicita:
“Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes 45 días calendario, contados a partir de la recepción de la orden de compra/servicio por parte del proveedor”
Al respecto, y en vista a que los equipos solicitados corresponden a características de equipos que son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay se solicita la ampliación del plazo de entrega de los bienes a un mínimo de 90 (noventa) días corridos contados a partir de la recepción de la orden de compra /servicio por parte del proveedor.
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a una empresa o empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes pero tengan precios tal vez muy superiores a los que se puedan ofrecer en una sana, amplia e imparcial competencia, todo ello en observancia de la economía y la eficiencia que se busca en el uso de los recursos del Estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría una mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”, en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.”
El precio referencial de LOTE 2 - Notebook Tipo 2 establecida según Dictamen GOC Nº 17 de Gs 7.946.700, se encuentran muy por debajo de los precios de mercado, debido a que los valores considerados para el cálculo de los precios referenciales utilizados no corresponden a Computadoras de las mismas especificaciones técnicas solicitadas en este llamado.
Al respecto, se solicita a la convocante que se revea el precio referencial previsto para el Lote 2, considerando que el equipo requerido para esta convocatoria, de acuerdo a su configuración técnica, tiene dentro del mercado local un precio promedio de GS. 12.000.000 (Notebook Tipo 2).
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”, en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.”
El precio referencial de LOTE 2 - Notebook Tipo 2 establecida según Dictamen GOC Nº 17 de Gs 7.946.700, se encuentran muy por debajo de los precios de mercado, debido a que los valores considerados para el cálculo de los precios referenciales utilizados no corresponden a Computadoras de las mismas especificaciones técnicas solicitadas en este llamado.
Al respecto, se solicita a la convocante que se revea el precio referencial previsto para el Lote 2, considerando que el equipo requerido para esta convocatoria, de acuerdo a su configuración técnica, tiene dentro del mercado local un precio promedio de GS. 12.000.000 (Notebook Tipo 2).
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”, en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.”