Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

- Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado: 
Dirección de Talento Humano, Abg. Elena Gómez, Directora de la Dirección de Talento Humano.
- Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: 
El apoyo en el cuidado y la prevención de la salud de los funcionarios es una tarea que todo empleador, sea público o
privado tiene a su cargo. En nuestro caso, está supeditado a la disponibilidad presupuestaria. En ese sentido, otorgar este
beneficio contribuye al bienestar de los funcionarios, repercute directamente en el rendimiento y el desempeño de los
mismos para alcanzar los objetivos misionales de la institución.
- Justificar la planificación.
Se trata de un llamado periódico.
- Justificar las EETT establecidas.
Las Especificaciones Técnicas fueron elaboradas en base al contrato vigente a fin de obtener la mayor cobertura posible de
salud, en la medida de lo razonable, sujeto a los límites y topes presupuestarios.

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

CANTIDAD DE BENEFICIARIOS

Promedio de Titulares

Promedio de Titulares Casados

Promedio de Titulares Solteros

Promedio de edad de titulares

Promedio de hijos

155

80

75

41

2

 

MONTOS DEL CONTRATO

Monto Mínimo

1.860.000.000

Monto Máximo

3.720.000.000

 

Observación: el oferente deberá cotizar el costo unitario mensual por cada titular.

DETALLE DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS

 

  1. DESCRIPCIÓN: El servicio a ser contratado es: Servicio de Medicina Prepaga, por el periodo de veinticuatro (24) meses.
  1. BENEFICIARIOS: Serán beneficiarios de este contrato los funcionarios del Consejo de la Magistratura-Escuela Judicial, su grupo familiar y los adherentes pagos.

 

Beneficiarios Titulares: funcionarios del Consejo de la Magistratura-Escuela Judicial           

Grupo Familiar:

Titular casado/a, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por matrimonio de hecho debidamente certificado), sus hijos/as hasta los 22 (veintidós) años. El titular podrá incluir a uno de los padres hasta los 65 (sesenta y cinco) años en remplazo del cónyuge en caso de que ambos sean funcionarios públicos[1], en un plazo no superior a 60 días a partir de la vigencia del contrato y una vez incorporado no podrá ser remplazado hasta el fenecimiento del contrato.

Para los titulares solteros/as sin hijos, serán tomados como miembros del grupo familiar, y con los mismos privilegios a un padre, en ambos casos hasta los 65 (sesenta y cinco) años de edad.

Para los titulares solteros/as con hijos, serán tomados como miembro del grupo familiar los hijos/as hasta los 22 años de edad; el titular podrá incluir a la madre o el padre de sus hijos sin límites de edad, o a uno de sus padres hasta los 65 (sesenta y cinco) años, con los mismos privilegios.

Los beneficiarios viudos/as, divorciados/as adquieren la categoría de solteros/as desde el momento de la comunicación a la prestadora del servicio.

Los Recién Nacidos tienen cobertura inmediata desde que le fuera comunicado el advenimiento a la prestadora del servicio, será suficiente prueba el Certificado de Nacido Vivo para el efecto o en caso de la no entrega inmediata del documento, bastará con la comunicación expresa de los Administradores del Contrato por parte del Consejo de la Magistratura hasta el plazo de 3 (tres) días hábiles contados a partir del día siguiente de ocurrido el parto, superado este plazo se deberá contar con el certificado de nacimiento. En caso de la no presentación de la documentación que avale la paternidad, el titular se deberá hacer cargo de todos los gastos que pudiera haber generado el recién nacido.

Los hijos discapacitados serán considerados como parte del grupo familiar y con todas las coberturas contempladas para el asegurado, previa comunicación del titular a la Prestadora y de la presentación de los correspondientes documentos que avalen la condición, expedida por institución estatal competente. No se tendrá en cuenta los límites de edad, mientras no contraigan nupcias.

La comunicación de movimientos de beneficiarios (altas y bajas) se dará dentro de los últimos 7 días de cada mes. 

 

BENEFICIARIOS ADHERENTES PAGOS:

Cada Beneficiario Titular podrá solicitar la inclusión de beneficiarios adherentes con los mismos beneficios y cobertura que los demás beneficiarios, por los que abonará, desde la inclusión hasta la finalización del presente contrato, los montos que resulten de los siguientes porcentajes de la cuota unitaria de adjudicación:

Comprende única y exclusivamente al Padre, la Madre, los Hermanos/as, y los Hijos/as mayores de 22 años del Titular, en todos los casos sin límites de edad, quienes abonarán directamente a la Prestadora una prima por persona, conforme a la siguiente escala:

  • De 0 a 65 años = 60% del valor abonado por el Titular
  • De 66 a 75 años = 80% del valor abonado por el Titular
  • De 76 en adelante = 90% del valor abonado por el Titular

El plazo máximo para las incorporaciones de adherentes será hasta 60 (sesenta) días posteriores de la fecha de la incorporación del titular dentro los servicios contratados al inicio del contrato y de hasta 30 días en caso de titulares incorporados con posterioridad.

Los hijos del titular que están dentro del grupo familiar y que cumplan 23 años de edad durante la ejecución del contrato, podrán ser incluidos como adherentes, únicamente al inicio del siguiente mes de superar la edad límite establecida en el contrato. 

El Titular que cambie de Estado Civil durante la ejecución del contrato, deberá modificar la integración de su grupo familiar, pudiendo incluir como adherentes a los beneficiarios que fueron excluidos dentro de los treinta días de la comunicación a la prestadora de servicios.

La opción de incluir beneficiarios adherentes será responsabilidad exclusiva de cada titular y los costos serán abonados por cada titular en forma directa a la Prestadora de Servicios, ya sea por débito automático o efectivo (A definir entre el Titular con la Prestadora de Servicios).

Los beneficiarios adherentes permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del contrato o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley.  La prestadora de servicios no podrá unilateralmente excluir a ningún adherente, por reglamentación interna, solo suspender temporalmente el servicio por falta de pago.

En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, el Consejo de la Magistratura comunicará dicha situación a la prestadora de servicios y el funcionario, su grupo familiar y adherentes serán dados de baja.

 El Consejo de la Magistratura solo tiene compromiso contractual por los titulares, quedando el cobro de los adherentes y otras gestiones que no sean directamente sobre el titular a cargo de la contratada y el usuario.

 

C - VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:

Se concede la VIGENCIA INMEDIATA en todos los servicios. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, a partir de la vigencia del contrato y que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para las coberturas requeridas en la presente Licitación. Todos los beneficiarios (titulares, grupo familiar y adherentes pagos) tendrán los mismos derechos de coberturas que figuran en el Contrato.

Para la cobertura por maternidad, sólo en el caso de Beneficiarias Adherentes, las mismas deberán contar con por lo menos 10 (diez) meses de antigüedad dentro del seguro (contados desde su ingreso como beneficiaria adherente, sea con contratos anteriores en la misma empresa o este nuevo contrato y siempre que no haya habido corte de pagos) para tener derecho a la cobertura estipulada en este PBC .Para todos los demás servicios los Beneficiarios Adherentes tendrán los mismos derechos que el Titular.

La empresa adjudicada deberá dotar a los asegurados titulares, adherentes (pagos y no) de un carnet de identificación sin costo alguno. Para ello, la contratante remitirá el listado respectivo; ínterin se cuenten con los carnets será suficiente la presentación de la Cédula de Identidad.  Las tarjetas de identificación deberán entregarse en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles desde la incorporación del beneficiario.

 

D- CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN                   

 

  1. Los precios de los medicamentos y materiales descartables cubiertos y/o facturados, no podrán ser superiores que, en las farmacias de plaza o comercio del ramo, según precio de venta al público fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  2. Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio, se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares.
  3. Los beneficios y la cobertura de este Contrato son exclusivamente y sin excepción para todos los casos y en las condiciones estipuladas en el presente PBC y serán realizados en los Centros Habilitados.
  4. La utilización de los equipos e instrumentos propios de los centros habilitados empleados en todas las especialidades del presente contrato tendrán cobertura total, por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto de derechos o aranceles.
  5. El carnet identificatorio junto con la cédula de identidad y la orden médica, serán válidos para su utilización en todos los Sanatorios y Farmacias en convenio en el Territorio Nacional, sin la necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria.
  6. Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, etc, propuestos por LA PRESTADORA DE SERVICIOS brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario titular, sin que sea requisito previo recurrir a LA PRESTADORA DE SERVICIOS, pero si la realización de la visación correspondiente (excepto en caso de consultas ambulatorias). Las autorizaciones en casos de urgencias serán tramitadas por el centro.
  7. Para los implantes de prótesis la Prestadora de Servicios está obligada a la presentación de constancias de la calidad de los materiales a utilizar, es decir la misma deberá ser de la mejor calidad independientemente del precio, informando al paciente o familiar de esta situación, con los documentos comprobatorios, quienes se reservan el derecho de aceptarlos.
  8. La Prestadora de Servicios proveerá a todos los beneficiarios copia del Contrato suscripto en formato impreso y/o digital, además del listado de Profesionales en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, domicilio de consultorios y teléfonos, actualizados, Centro de Diagnósticos y Sanatorios dentro del plazo de 30 (treinta) días posteriores a la firma del Contrato. Los carnets identificatorios deberán ser entregados en un plazo no mayor a los 10 días luego de que se hayan remitido los listados correspondientes con los datos necesarios para la confección de los mismos.
  9. La Prestadora de Servicios no podrá limitar los derechos de los beneficiarios por medio de reglamentaciones interna a sus contratados y/o proveedores, es decir, no limitará la solicitud de exámenes, análisis, consultas, etc., a sus profesionales o proveedores de servicio que ocasionen menoscabo a los beneficios contenidos en la cobertura.
  10. En ningún caso, la prestadora de servicios podrá requerir garante o aval alguno, o el pago anticipado al BENEFICIARIO para la prestación del servicio requerido, en caso de que el contrato no prevé la cobertura correspondiente.
  11. Todo medicamento o insumo que no se haya utilizado íntegramente por el paciente, pero ha sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, será de propiedad del beneficiario y tendrá que ser entregado y retirado por el mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.
  12. Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) u cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
  13. La prestadora de servicios deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel de profesionales para todas las especialidades citadas en el PBC, debidamente registrado y habilitado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, debiendo estar todas y cada una ellas cubiertas durante la vigencia del presente contrato, salvo causas de fuerza mayor.
  14. En caso de vinculaciones o desvinculaciones de profesionales de la grilla médica propuesta por LA PRESTADORA luego de la firma del contrato, éstas deberán ser comunicadas a la Contratante por escrito, en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles desde la modificación, a fin de que la contratante socialice la modificación. En caso de reemplazo de prestadores en convenio (ya sea centros asistenciales, laboratorios, profesionales médicos, etc.), se requiere que los incluidos garanticen la cobertura del servicio de igual manera o mejor, que el reemplazado.
  15. La prestadora deberá designar dos (2) personas con capacidad de decisión para atender los casos planteados por los administradores del contrato. Para el efecto la adjudicada deberá remitir los nombres de las personas, número de celular que serán los nexos entre la institución y la prestadora.
  16. A solicitud del paciente o de los administradores del contrato, la prestadora deberá exigir a los sanatorios que provean la historia clínica de cada beneficiario, la cual deberá ser entregada cuando se solicite, a través de la auditoria medica de la prestadora de servicios. 

 

E GLOSARIO DE TERMINOS CONTRACTUALES

  • EVENTO: A los fines de este contrato se considerará evento a todo suceso relacionado a una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones, y que se repita dentro de un lapso de 5 (cinco) días a contar desde el día de alta. A partir del 6to. día se computará como un nuevo evento.
  • SALA: se entenderá como tal a la infraestructura sanatorial en la cual el paciente será hospedado por más de 24 hs. para el cuidado de su salud. No incluye el habitáculo destinado a cuidados intensivos, intermedios ni nursery.
  • UNIDAD DE UTI/INTERMEDIA: infraestructura sanatorial, generalmente un ambiente común, en la cual se encuentran varias camas o habitáculos donde se internan pacientes para recibir cuidados y tratamientos de mayor complejidad que en sala.
  • COBERTURA TOTAL: Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, de paramédicos, ambulancias, traslados en todas sus modalidades (alta, mediana o baja complejidad en casos de urgencia), medicamentos y descartables, instrumentos quirúrgicos, medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales incluidos en los anexos correspondientes según los topes de cada servicio.
  • COBERTURA: es el servicio cuyo gasto será asumido por La Empresa, dentro de los límites establecidos. En ningún caso se aplicará sobre eventos excluidos o no establecidos con cobertura.
  • ARANCEL: es el costo de un servicio que La Empresa puede negociar con un determinado prestador, y que será absorbido en un 100% por el beneficiario.
  • MEDICAMENTOS: Un medicamento es uno o más fármacos integrados en una forma farmacéutica, presentado para expendio y uso industrial o clínico, y destinado para su utilización en personas o en animales, dotado de propiedades que permiten el mejor efecto farmacológico de sus componentes con el fin de prevenir, aliviar o mejorar el estado de salud de las personas enfermas, o para modificar estados fisiológicos. Los medicamentos constarán de principios activos y excipientes. A los fines de este contrato, el oxígeno en concentraciones terapéuticas, será considerado un medicamento, no así los preparados destinados a nutrición enteral.
  • DESCARTABLES/MATERIALES DESCARTABLES: A los efectos de este contrato se entenderá por Descartables o materiales descartables, aquellos Productos utilizados por los médicos, auxiliares y enfermeras y diseñados para un solo uso después de lo cual se recicla o se desecha como residuo sólido.

Los descartables están principalmente elaborados de papel, plástico, algodón o espuma de poliestireno.

No serán considerados dentro de este rubro los descartables utilizados por el paciente tales como pañales, toallas femeninas ni tapabocas.

  • MATERIALES DE OSTEOSINTESIS: La osteosíntesis es un tratamiento quirúrgico de fracturas óseas, en el que éstas son reducidas sumado otros materiales más biocompatibles como aleaciones de titanio.
  • ORTESIS: Una órtesis, según definición de la Organización Internacional de Normalización (ISO), es un apoyo u otro dispositivo externo (aparato) aplicado al cuerpo para modificar los aspectos funcionales o estructurales del sistema neuromusculoesquelético.[1]

El término se usa para denominar aparatos o dispositivos, férulas, ayudas técnicas y soportes usados por los pacientes, prescritos en especialidades médicas como: ortopedia y fisiatría (medicina física y rehabilitación), y en algunas terapias como: fisioterapia y terapia ocupacional que corrigen o facilitan la ejecución de una acción, actividad o desplazamiento, procurando ahorro de energía y mayor seguridad. Sirven para sostener, alinear o corregir deformidades y para mejorar la función del aparato locomotor.

  • AÑO- AÑO CONTRATO- CONTRATO (COMO PERIODO): se entenderá como año, año contrato o contrato, al período de 12 meses durante los cuales estará vigente el presente contrato y el tiempo por el cual pueda ser extendido en las mismas condiciones. 
  • VIGENCIA INMEDIATA: significa que no será necesario ningún período de espera para el uso de los servicios.
  • INSUMOS: se consideran INSUMOS los productos utilizados por el paciente, tales como elementos de higiene, termómetro, pañales, pulserita de RN, alcohol en gel, tapabocas y otros similares lo que tendrá una cobertura global de hasta G. 100.000 por evento.

 

F CENTROS ASISTENCIALES PARA INTERNACIONES CLÍNICAS Y QUIRÚRGICAS

La Contratista deberá habilitar los centros asistenciales para consultas de urgencias e internaciones clínicas y quirúrgicas con las coberturas respectivas en los siguientes lugares como mínimo:

Localidad

Cantidad de Centros Asistenciales para consultas de urgencias e internaciones clínicas y quirúrgicas 

Cantidad de Centros Asistenciales Habilitados con U.C.I.

ASUNCION

5 (CINCO)

3 (TRES)

SAN LORENZO

1 (UNO)

1 (UNO)

FERNANDO DE LA MORA

1 (UNO)

1 (UNO)

LUQUE

1 (UNO)

1 (UNO)

MARIANO ROQUE ALONSO

1 (UNO)

-

LIMPIO

1 (UNO)

-

LAMBARE / VILLA ELISA / ÑEMBY o ciudades aledañas

1(UNO)

-

 

Para Asunción y ciudades limítrofes con la capital del país, 3 (tres) de los sanatorios ofrecidos deben contar con la categorización mínima de Nivel 3 (tres), conforme a la calificación otorgada por la Superintendencia de Salud y tener UCI de niños y adultos dentro del mismo sanatorio.

Además, el Proveedor deberá habilitar en Asunción y/o Gran Asunción un Centro especializado en Pediatría y un Centro o Sanatorio especializado en Traumatología para consultas, cirugías, estudios, tratamientos. A travéz

Así mismo, para Asunción de los 5 (cinco) centros asistenciales habilitados por el proveedor deberán brindar las siguientes coberturas:

    • 2 (dos) Centros asistenciales, deberán brindar consultas de urgencias y ambulatorias, estudios por imágenes y laboratoriales, internaciones clínicas y quirúrgicas, con todo el plantel de profesionales que prestan sus servicios en dicho centro.
    • Y los otros 3 (tres) Centros asistenciales deberán brindar cobertura con todo su plantel de profesionales para las consultas de urgencias, estudios por imágenes y laboratoriales, e internaciones clínicas y quirúrgicas.

El oferente deberá especificar en su oferta los nombres de los centros asistenciales habilitados, conforme a los servicios, con los que deberán tener contrato vigente.

Ciudades del Interior del país: establecimientos habilitados para consultas de urgencias e internaciones clínicas y quirúrgicas por lo menos en los siguientes Departamentos: Alto Paraná, Itapúa, Cordillera, Caaguazú (uno en la ciudad de Caaguazú y otro en Cnel. Oviedo), Caazapá, Guairá, Amambay, Concepción, Canindeyú, Paraguarí (uno en la ciudad de Paraguarí y otro en Carapeguá), Misiones y San Pedro acreditados y registrados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

 

G- CENTRO DE ESTUDIOS LABORATORIALES, DIAGNÓSTICOS POR IMÁGENES, REHABILITACIÓN, ESTUDIOS ESPECIALIZADOS

La Contratista deberá habilitar los centros de estudios laboratoriales, diagnósticos por imágenes, rehabilitación y otros estudios especializados y/o centros asistenciales que prestan dichos servicios con las coberturas respectivas y de acuerdo a la disponibilidad en cada localidad, en los siguientes lugares como mínimo:

ocalidad

Locales habilitados para todos los servicios señalados

ASUNCION

3 (TRES)

SAN LORENZO

1 (UNO)

FERNANDO DE LA MORA

1 (UNO)

LUQUE

1 (UNO)

 

Para Asunción, por lo menos 1(uno) de los laboratorios (adultos y niños) ofrecidos deberá contar con al menos un Certificado de Calidad, que acredite los requisitos mínimos para el correcto funcionamiento de un laboratorio clínico, garantizando la competencia técnica y fiabilidad de sus resultados de modo meramente ejemplificativo y no limitativo se citan a las Normas ISO 15189, 17025, 17020.

La cobertura de servicio de estudios laboratoriales, diagnósticos por imágenes, rehabilitación, y otros estudios especializados, debe cubrir a los pacientes que concurren al  centro de diagnostico por imágenes o estudios laboratoriales en forma programada o en casos de urgencias e internaciones las 24:00 horas del día. Debe tener cobertura conforme a contrato en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, insumos y sustancias de contraste y las determinaciones químicas y microbiológicas, asi mismo deberán estar cubiertos los  usos de sala para estudios, equipos e instrumentales.   

Los estudios o diagnósticos derivados de la urgencia, realizados por prestadores en convenio, serán de cobertura total y no se cobrarán recargos por fuera de horario.

Ciudades del Interior del país: para la prestación de los servicios de estudios laboratoriales, diagnósticos por imágenes, rehabilitación, estudios especializados y otros, establecimientos habilitados o centros asistenciales que brindan dichos servicios por lo menos en los siguientes Departamentos: Alto Paraná, Itapúa, Cordillera, Caaguazú, Caazapá, Guairá, Amambay, Concepción, Canindeyú, Paraguarí y Misiones. La cobertura deberá ser idéntica a la capital del país y los servicios brindados dependerán de la capacidad instalada en los centros habilitados en cada departamento.

En cumplimiento de la Ley N.º 836/80 "Código sanitario" específicamente lo previsto en el TITULO II DE LOS RECURSOS FÍSICOS Y TERAPÉUTICOS, CAPÍTULO II DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Artículo 239 y 245, los oferentes que prestan servicios de salud mediante el sistema de atención médica prepaga y los establecimientos de salud deben estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

 

 

PROGRAMA DE SUMINISTROS

ASISTENCIA MÉDICA Y SANATORIAL INTEGRAL

No aplicable a eventos excluidos o arancelados

1) HONORARIOS PROFESIONALES:

Con cobertura total e inmediata, a partir de la vigencia del contrato, en consultorios e internaciones (tratamientos, procedimientos, controles y estudios propios de las especialidades según anexos o coberturas estipuladas en los ítems respectivos), cirugías, y servicios de urgencias: (eventos clínicos y quirúrgicos), sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo y artes marciales, etc.

Los honorarios del médico tratante en internación, urgencias, cirugías, así como los honorarios de los médicos que conforman la grilla de las especialidades cubiertas por el Contrato y que sean necesarios consultar, deben ser cubiertos por LA PRESTADORA inclusive por 2 (dos) visitas diarias, sin costo para el asegurado.

La prestadora de servicios deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel de profesionales especializados de la salud; debidamente registrado y habilitado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, debiendo estar todas y cada una ellas cubiertas durante la vigencia del presente contrato. La contratante se reserva el derecho de solicitar el cumplimiento de dicha exigencia a través de pedidos de informes, curriculums, así mismo, solicitar la exclusión de la grilla, recambio, aumento de cantidad de médicos de ramas por falta de turnos, entre otros que garanticen la calidad y eficiencia de los profesionales médicos.

 

LAS ESPECIALIDADES CUBIERTAS PARA CONSULTAS, TRATAMIENTOS, CIRUGÍAS Y CUALQUIER OTRO TIPO PROCEDIMIENTO, SIN IMPORTAR LA CAUSA QUE LO GENERE SON LAS SIGUIENTES: (el listado es meramente enunciativo y no limitativo, deberán estar cubiertas todas las especialidades existentes, y se tendrán en cuenta todos los servicios cubierto íntegramente, salvo las indicadas expresamente como excluidas en estas Especificaciones Técnicas)

Anestesiología (mínimo 10 profesionales)

Anatomía Patológica (incluyendo biopsia de todo tipo)

Analgesias en partos

Alergiología (mínimo 8 profesionales)

Cardiología clínica (adulta y pediátrica) (mínimo 10 profesionales)

Clínica médica (mínimo 20 profesionales)

Clínica Geriátrica (mínimo 5 profesionales)

Cirugía General menor y mayor, (mínimo 20 profesionales)

Cirugía video laparoscópica (uso del video sin cargo para el beneficiario) (mínimo 10 profesionales)

Cirugía cardiaca adultos y pediátricas (ver alta complejidad)

Cirugía pediátrica (mínimo 5 profesionales)

Cirugía plástica reparadora funcional (no estética)

Cirugía Oncológica (mínimo 3 profesionales)

Cirugía vascular y Flebología

Criocirugía o Crioterapia

Cirugía extracción osteosíntesis

Dermatología adultos y niños, incluye consultas clínicas, estudios, tratamientos clínicos, cirugías:

Biopsias, extracción de tumores, lunares y verrugas. Se excluyen los procedimientos con fines estéticos.

Dietóloga Nutrición Obesidad (adultos y niños): incluye consultas, estudios y tratamiento clínicos o Dieta.

Endocrinología adulta y pediátrica

Fisioterapia Neurológica (15 sesiones por año) 

Fisioterapia Pulmonar (20 sesiones año/beneficiario)

Fisioterapia en general (30 sesiones año/beneficiario)

Fisioterapia Reeducacion Postural (15 sesiones por año)

Fonoaudiología: Evaluaciones y rehabilitación (30 sesiones/año/beneficiario) (mínimo 5 profesionales)

Flebología

Ginecología y Obstetricia (mínimo 20 profesionales)

Gastroenterología y Proctología

Hematología adultos y niños (mínimo 3 profesionales)

Hemoterapia

Hepatología (mínimo 3 profesionales)

Infectología adultos y niños (mínimo 3 profesionales)

Kinesiología

Mastología

Monitoreo cardiológico intraoperatorio

Monitoreo fetal

Nefrología, incluye hemodiálisis en los casos agudos (hasta cinco por año por grupo familiar incluyendo adherentes)

Neumología adultos y niños (mínimo 3 profesionales)

Neurología adultos y niños (mínimo 5 profesionales para adultos y 5 para niños)

Otorrinolaringología adultos y niños (mínimo 15 profesionales)

Oncología clínica adultos y niños

Otoneurología adultos y niños

Quimioterapia, hasta 07 aplicaciones/beneficiario/año

Oftalmología (mínimo 20 profesionales), (incluye test ortópticos, dilatación de pupila, presbicia, ptrigión, hipermetropía, y cataratas con implante de lente intraocular). Incluye cataratas por facoemulsificación (NO LIO). Ejercicios ortópticos: hasta 10/beneficiario/año

Pediatría (mínimo 20 profesionales) y Neonatología, Inspección Médica en general solicitada por Instituciones educativas.

Proctología y Coloproctología

Psiquiatría, consultorio, tratamiento hasta 12 sesiones/beneficiario/año

Psicología clínica y laboral: hasta 24 sesiones/beneficiario/año

Psicología Pediátrica (mínimo 3 profesionales): hasta 24 sesiones/beneficiario/año

Psicopedagogía (mínimo 3 profesionales): hasta 32 sesiones/beneficiario/año

Traumatología (mínimo 20 profesionales) y Ortopedia masajes de rehabilitación.  

Reumatología (mínimo 5 profesionales)

Transfusionista, incluye honorarios por transfusiones de sangre entera, concentrado de glóbulos rojos y plaquetas, estudios serológicos y materiales de transfusión. (mínimo 5 profesionales)

Toxicología, no en caso de toxicomanías

Urología adultos y niños (mínimo 10 profesionales)

En las cirugías deben estar cubiertas los derechos operatorios.

Las especialidades no contempaldas en el presente listado tendrán una cobertura del 50 % en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, insumos y las determinaciones químicas y microbiológicas, asi mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos., y si fueran realizados en prestadores no habilitados la cobertura será por reintegro, por el porcentaje establecido 50% en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, insumos y las determinaciones químicas y microbiológicas, asi mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos.

Las vacunas serán sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, para lo cual la prestadora habilitará un vacunatorio.

El oferente deberá presentar adjunta a su oferta la lista de profesionales para las especialidades cubiertas por el Contrato, nombres y apellidos de los mismos, número de registro profesional, los cuales deberán tener contrato vigente para la prestación del servicio.  

 

LA PRESTADORA DE SERVICIOS se compromete a gestionar la contratación de profesionales médicos y sanatorios propuestos por la contratante, durante los 2 primeros meses de ejecución del presente contrato, los cuales serán incorporados a la nómina de profesionales habilitados, en caso de que la prestadora llegue a un acuerdo con el mismo.

Cada uno de los beneficiarios del presente contrato, podrán consultar eventualmente con un profesional médico de cualquier especialidad y que no se encuentre en el listado de profesionales del seguro, no más de 12 (doce) veces por cada año de contrato, y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta Gs. 250.000.- por consulta.

La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarlo hasta 30 días posteriores de la consulta y el pago o reintegro se realizará dentro de los 15 días posteriores a la solicitud, para lo cual será necesario la sola presentación de la factura acompañada de la indicación médica y la fotocopia de la cédula de identidad.

 

2)  INTERNACIONES:

2.1) INTERNACION EN SALA: 

Con cobertura total e inmediata, hasta 30 (treinta) días por evento a partir de la vigencia del contrato, en centros asistenciales habilitados por el seguro, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante. En habitación individual, baño privado, teléfono, T.V., dieta oral convencional del paciente, alimentación enteral (los preparados para alimentación enteral serán considerados medicamentos) sea para niños o adultos, ambiente climatizado, cama para el acompañante, atención médica de cualquier especialidad habilitada y con profesionales habilitados y de enfermería.  Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, instrumentos, medicina por imágenes y servicios laboratoriales incluidos en los anexos correspondientes, hasta cumplirse el tiempo de internación cubierto. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado pueda internarse dentro del límite de días cubiertos.

Cobertura de medicamentos, insumos y descartables nacionales e importados se detallan en el punto 11.1.

Después de los 30 días, sala y honorarios cobertura del 50% hasta el alta del paciente.

En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos (según disponibilidad) y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los estudios serológicos correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como honorarios por transfusiones y todos los descartables o medicamentos utilizados para el efecto, deberán ser cubiertos por la prestadora.

 

2.2) INTERNACION EN TERAPIA INTENSIVA: El tiempo de internación es por un periodo máximo de 25 (veinticinco) días (30 días para neonatos), con cobertura total en honorarios profesionales (plantel habilitado), equipos propios de la unidad, cuidado de enfermería, asistencia respiratoria mecánica (INTUBACION), monitoreo correspondiente al servicio de terapia intensiva y todos los medios auxiliares de diagnóstico, instrumentos, medicina por imágenes y servicios laboratoriales contemplados en los anexos correspondientes.

Internación en la U.T.I. después de los 25 días (30 días en neonatos), cubículo y honorarios cobertura del 80% por 10 días más. Luego cobertura del 50% por 10 días más en los mismos conceptos y superado estos límites cobertura del 30% en concepto de cubículo hasta el alta del paciente.

Cobertura de medicamentos, insumos y descartables nacionales e importados hasta Gs. 40.000.000.- (guaraníes cuarenta millones), en todo concepto (incluye uso de oxígeno y alimentos enterales. Este monto podrá ser usado indistintamente en el servicio de terapia intensiva o intermedia, pero no sumado en caso de usarse los dos servicios.  El excedente del importe del medicamentos, insumos y descartables nacionales e importados no utilizados dentro de los 25 días (30 en los neonatos), podrán ser utilizados hasta el límite establecido en el presente contrato no considerando el límite de días.

En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio hasta que se agoten las coberturas correspondientes (honorarios, medicamentos, descartables, etc).

Se entenderá que esta cobertura es por beneficiario, es decir el titular y cada uno del grupo familiar y adherentes pagos.

Así mismo, el tiempo de internación de 25 (veinticinco) días, (30 días para neonatos), será considerado por evento. 

En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos (según disponibilidad) y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.

 

2.3) INTERNACION EN TERAPIA INTERMEDIA (Adultos y Niños)

Se entenderá que la cobertura es total y por beneficiario, y se regirá en las mismas condiciones que el ítem anterior (2.2), con la excepción de la duración de la internación que será de 40 (cuarenta) días, con cobertura 100% en concepto de cama.

En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos, según disponibilidad y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.

 

2.4) USO DE INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA:

Se entenderá que la cobertura es por persona y se regirá en las mismas condiciones que el ítem (2.2.1), con la excepción de la duración de la internación que será de 40 (cuarenta días), con cobertura 100%, en concepto de incubadora y equipo de luminoterapia.

 

2.5) MATERNIDAD

 

Se establece la cobertura total e inmediata por Maternidad, a la Titular o cónyuge del Titular incorporada al Plan Familiar y beneficiarias incluidas en el Plan Familiar, hasta el alta de la paciente. Se entenderá por cobertura inmediata, que regirá desde la vigencia del contrato, sin tener en cuenta la etapa de gravidez en la que se encuentra la mujer.

Se establece la cobertura total de maternidad para en Parto Normal o Parto por cesárea en: Honorarios profesionales de Ginecólogo, ayudante, instrumentador, anestesista, transfusionista, pediatra (y quien sea necesario); derecho operatorio, pensión sanatorial y Nursery; carpa de oxígeno, oxígeno; medicamentos y materiales descartables (dentro de los límites establecidos para Terapia Intensiva); U.T.I. Neonatal (conforme lo establecido para Terapia Intensiva); equipos utilizados en sala de partos; y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes.

Desde el primer día de internación, LA PRESTADORA deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) o cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.

En el caso de que la paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, LA PRESTADORA deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones y los Medicamentos o descartables (incluyendo termómetros) que sean necesarios para el efecto, deberán ser cubiertos por LA PRESTADORA.

Se incluye también dentro de la cobertura de maternidad, los siguientes eventos: Control de embarazo en general, aborto espontáneo, legrado, parto normal o por cesárea, embarazo ectópico, mola (embarazo patológico), internaciones clínicas ligadas al curso del embarazo (ej.: eclampsia, diabetes gestacional, hiperémesis gravídica).

Para el caso de BENEFICIARIAS ADHERENTES, tendrán derecho a la misma cobertura a partir de cumplido el plazo establecido en el punto 2 VIGENCIA DE LOS SERVICIOS.

 

3)  SERVICIOS DE URGENCIAS:

Debe estar integrado por guardias de urgencias en los servicios asistenciales, compuesto de médicos clínicos o de familia, obstetras y pediatras, las 24 hs. y todos los días, aún domingos y feriados, además de los mismos, se deberá contar profesionales médicos de las subespecialidades como ser: cirujanos, traumatología, cardiología o la convocatoria de ellos o cualquier otro profesional en la mayor brevedad posible.

La cobertura de medicamentos, insumos y descartables nacionales e importados (incluyendo termómetros), ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación, incluyendo antibióticos primera dosis, para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento), en los servicios dispuestos y habilitados por la Contratista.

En los servicios de urgencias deberán estar cubiertos todos los materiales descartables e insumos necesarios para la atención de lesiones traumatológicas de cualquier naturaleza.

El hospital proveerá atención médico-quirúrgica, medicamentos, materiales e insumos necesarios derivada de cualquier clase de accidente. En casos de accidentes colectivos o quemaduras graves, la atención e internación será hasta el alta del paciente. Se considerará accidente colectivo, cuando resultaren más de 5 (cinco) beneficiarios accidentados en un sólo acontecimiento.

Si un beneficiario se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales, podrá buscar auxilio en cualquier otro centro médico más cercano. Estos casos comprenden los derivados de accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos y otros imprevistos que pongan en riesgo la vida del beneficiario.

Ocurrido el episodio se comunicará dentro de las primeras 8 (ocho) horas, para que LA PRESTADORA DE SERVICIOS se haga cargo del paciente, asumiendo todos los gastos contemplados en el contrato e indicando su traslado o continuidad en dicho centro.

Disponer de ambulancias para todo tipo de traslado relacionado a la urgencia o para altas sanatoriales con indicación médica. Unidad coronaria móvil. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia. Incluye el traslado de ambulancia desde el interior del país para los casos considerados de emergencia y/o urgencia, el cual deberá estar a cargo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS, para el titular y los beneficiarios del Contrato. La comunicación deberá ser realizada por el médico a cargo del paciente directamente a la Administración de la Prestadora de Servicios.

 

4) OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE

 

Deben estar cubiertos los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas, así como en cirugías menores que no necesiten internación y se realicen en consultorios, la utilización de electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, colchones de aire-agua, monitor, monitor fetal, cuna térmica, video y todos los equipos e instrumentos necesarios con que cuenten los sanatorios habilitados.

Aplicación de inyecciones, curaciones, vacunaciones en niños según esquema obligatorio del MSP y BS, nebulizaciones, servicio de enfermería, toma de presión arterial.

 Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, y   estudio de PAP, tendrá una cobertura total sin costo para el BENEFICIARIO.  También deberá incluir para los casos de los niños en edad escolar, así como la emisión de certificados solicitados por sus colegios, y para los casos con chicos con problemas de salud que les impida la realización de ejercicios físicos y que deban demostrarse fehacientemente con dicho certificado expedido por el profesional médico.

Para eventos clínicos o quirúrgicos deberán estar cubiertos Procedimientos Endoscópicos, con endoscopios rígidos (videolaparoscópios, uroscopios, etc.), y flexibles (fibroscopios), con fines de diagnóstico, cirugía o de tratamiento, incluyendo honorarios profesionales y de anestesista, contraste, medicamentos, kits de insumos, materiales descartables, extracción de cuerpos extraños, y todos los equipos e instrumentos necesarios cada vez que el paciente lo necesite, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, con coberturas conforme a las limitaciones establecidas en el PBC para cada servicio.

 

5) CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR.

Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratorio-les y radiológicos, en las ciudades circunvecinas de la capital y principales ciudades departamentales, detalladas en el Ítem F), en sanatorios acreditados y categorizados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la Superintendencia de Salud.

Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios, deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas, según la infraestructura y capacidad instalada de cada lugar.

 

6) COBERTURA EN CIRUGIA ODONTOLOGICA

Cualquier complicación surgida de tratamientos odontológicos (sean en consultorios externos u otros, derivados de cirugías u otros tratamientos) contaran con la cobertura de urgencia. No honorarios de odontólogos.  Para cirugías odontológicas programadas contaran con quirófanos y sala de internación con los beneficios previstos en la correspondiente cobertura.

 

7) MEDICOS CONSULTORES = INTERCONSULTORES

Con especialistas a pedido del paciente, o del médico tratante en las internaciones con un 100% de cobertura y sin límites con el plantel de médicos habilitados por la proveedora, por cada internación.

Y hasta 5 (cinco) consultas con profesional que no pertenezca al plantel habilitado, pudiendo ser nacional o extranjero radicado en el país y los honorarios a cargo de la prestadora hasta la suma de Gs. 250.000 por consulta.

 

8) REHABILITACIÓN CARDIOVASCULAR

Abarca el tratamiento completo, honorarios médicos, aparatos, terapias y todo lo necesario para lograr la rehabilitación Cardiovascular. En el caso de no contar con prestadores será por el sistema de reintegro.

 

9) SEGURO DEL VIAJERO

Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos para casos de urgencias (no programadas ni relacionadas a eventos preexistentes), durante viajes al exterior en misión oficial y mientras dure dicho viaje, al titular y sus acompañantes beneficiarios por un periodo de 30 días al año y hasta 15.000 U$S en cada viaje.

 

10)  ENFERMEDADES CRÓNICAS Y CONGÉNITAS

Cobertura en consultas e internaciones, de todas las patologías crónicas y congénitas (dentro de los límites del contrato), para el titular y su grupo familiar.

Enfermedades crónicas y malformaciones congénitas: CIRUGÍA en el primer acto quirúrgico el 100% de cobertura, 50% de cobertura en el segundo acto quirúrgico y en el tercer acto quirúrgico 25% de cobertura. Las cirugías que se encuadren dentro de alta complejidad se regirán por el ítem correspondiente. Cobertura en consultas y cirugías, no relacionadas con la malformación (dentro de los límites del contrato).

 

11) COBERTURA DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y DESCARTABLES. MATERIALES DE OSTEOSINTESIS

11.1. COBERTURA DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y MATERIALES DESCARTABLES UTILIZADO: en internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas, procedimientos simples o cirugías que no requiera internación, para el beneficiario titular, para cada miembro del grupo familiar y adherentes (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación) hasta el valor de G. 23.000.000 (Veintitrés millones de guaraníes) por evento para el beneficiario titular y su grupo familiar, y hasta el valor de G. 18.000.000 (Dieciocho millones de guaraníes) por evento para los adherentes.

11.2 COBERTURA DE MATERIALES DE OSTEOSÍNTESIS EN GENERAL: hasta el valor de G 15.000.000

(guaraníes quince millones) por evento.

 

12) COBERTURA EN FARMACIA.

Cobertura mínima del 30 % (treinta por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias de todos tipos de medicamentos nacionales y 20 % (veinte) medicamentos importadas (Preventivo y curativo), en las farmacias habilitadas por la contratada, aplicados hasta alcanzar un cupo total de descuento de 500.000 G. por mes, por beneficiario. Para la aplicación del descuento, los asegurados deberán presentar la receta a nombre del paciente, con la firma y sello del médico tratante. La PRESTADORA de SERVICIOS deberá presentar un listado con la certificación del convenio con las farmacias (Como mínimo 2 (dos) firmas distintas con sus respectivas sucursales debidamente habilitadas por el M.S.P. y B.S.) con la cual la Prestadora de Servicios tiene relación dentro del Gran Asunción, periferias y/o interior del país.

 

13) MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD

El criterio a ser empleado en este ítem es el de lograr una cobertura del (80%) ochenta por ciento (para la determinación de porcentajes se tendrá en cuenta los valores de mercado) en concepto de honorarios médicos, prótesis (cadera, rodilla y válvulas cardíacas no TAVI), endoprótesis vascular: stent coronarios, dos no medicado o uno medicado. Los derechos operatorios, sala deberán estar cubiertos 100%, incluyendo uso de equipos, aparatos y todo tipo de instrumento necesarios para los procedimientos enumerados. 

En los procedimientos citados a continuación, la cobertura de medicamentos, insumos, y materiales descartables nacionales e importados será hasta la suma de G. 30.000.000 en todo concepto (incluye lo usado en sala, quirófano y UTI) y por evento. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales según Anexos. 

 

Quemaduras que superen el 30% de la superficie corporal.

Cateterismo cardíaco

Cirugía cardiovascular, congénita o adquirida.

Cirugía Vascular Periférica.

Estudios Electrofisiologicos (EEF) y Ablasión de Arritmias

Cirugía Neurológica periférica y central

Cirugía Torácica.

Cirugía cardiaca adultos y niños

Angioplastia transluminal coronaria

Colocación de marcapasos; no incluirá el costo del aparato

Litotripsia extracorpórea

Quimioterapia. Medicamentos oncológicos dentro del límite de alta complejidad y por evento.

Radioterapia. Curativa hasta 20 sesiones.

Laserterapia para desprendimiento de retina.

Equipo de contrapulsación intraaórtica

Incubadora de transporte

Medicina nuclear (exámenes de tiroides y riñón) ventriculograma isotópico

Cirugía oftalmológica especializada.

Litotripsia ultrasónica

Cirugía de Miopía (> 5D)

Cirugía de Lasik y/o excimer laser (> 5D)

 

14) ANEXO MEDICINA POR IMAGENES

Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros de estudios especializados, con cobertura integral del 100 % en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, e insumos, sustancias de contrastes, así mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos. Las sustancias de contrates, tendrán una cobertura de hasta Gs. 300.000 por evento.

Todos los estudios de medicina por imágenes citados en el presente listado deberán tener una cobertura total  en los prestadores habilitados y en todos los casos el estudio es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante. En caso de ser realizados en prestadores no habilitados la cobertura será por reintegro y por un porcentaje del 50 % en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, sustancias de contrastes e insumos, así mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos.

Los estudios no contemplados en el presente listado tendrán una cobertura del 50 % (en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, sustancias de contrastes e insumos, así mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos), y si fueran realizados en prestadores no habilitados la cobertura será por reintegro y por el mismo porcentaje (50 %). A continuación se presenta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.  

 

Abdomen simple

Galactografía c/lado c/previa mamografía

Acufenometría

Galactografía sin placa simple 1 lado

Angiografía carótida h/8 placas 2 lados

Gasto cardíaco

Angiografía carótida h/8 placas c-lado

Histerosalpinografía cuando viene espec.

Angiografía de miembro 1 lado h/6 placas

Histerosalpinografía radiol. c/espec.

Angiografía de miembro 2 lados h/6 placas

Hombro en todas las posiciones

Angiografía de cualquier miembro o parte del cuerpo

Holter

Angiografía digital 3D

Impedanciometría

Angioresonancia Angiofluorescengrafia

Intestino delgado o tránsito intestinal

Angiofluorescencinografía (Ojos)

Laringografía contrastada

Antebrazo en todas las posiciones

Laser retina periférica

Aortografía lumbar o abdominal h/5 placas

Linfografía cada lado

Apéndice

Linfografía dos lados

Árbol urinario simple

Litotripsia por nefrostomía

Arteriografía cerebral h/8 pl. 2 lados

Litotripsia uretral

Arteriografía cerebral h/8 pl. c-lado

Logoaudiometría

Arteriografía selectiva (abdominal o tórax)

Mama (pieza operatoria) p/placa

Arteriografía selectiva dos arterias

Mama (reperage para biopsia) p/placa

Arteriografía selectiva renal 1 lado

Mamografía en todos los lados

Arteriografía selectiva renal 2 lados

Mano en todas las posiciones

Artrocentesis

Mapeo cerebral computarizada

Audiometría

Mapeamiento de retina

Autorrefracción con ciclopejía

Mastoide en todas las posiciones

Biligrafina o colongiografía endovenosa

Maxilar inferior en todas las posiciones

Biopsias de todo tipo

Maxilar inferior c/ortopantomografía

Brazo en todas las posiciones

Mielografía s/ contraste ni especialista

Broncografía 2 lados

Manometría y phmetría esofágica

Broncografía c/lados

Miembro superior e inferior en todas las posiciones

Cadera o pelvis en todas las posiciones

Monitoreo fetal

Campimetria computarizada (80%)

Muñeca en todas las posiciones

Capsulotomía

Muslo o fémur en todas las posiciones

Capsulotomía Posterior con YAG laser                                                                                              

Oclusión vascular retiniana

Cavum

Oclusión de vena central de retina

Cavum contrastado

Orbitas c/posición

Cinecoronariografia + ventriculografia

Ortopantomografía

Cistografía

Otomicocopia Otomisiones acústicas

Clavícula en todas las posiciones

Otoemisiones acústicas

Codo en todas las posiciones

Panfotocoagulación

Colangiografía endovenosa (biligrafina)

Papilografía o video papilografía digital

Colangiografía operatoria

Paquimetría (cada ojo)

Colangiografía pos-operatoria

Paquimetría de córnea AO

Colangiografía retrograda con papilotomía

Penescopía

Colangiografía retrograda simple

Perimetría Doble frecuendia

Colangiografía trans-parientohepático

Perfil biofísico fetal

Colecistografía oral

Pie en todas las posiciones

Colon contrastado

Pielografía ascendente

Colon doble contraste

Pielografía endovenosa o riñón contraste

Captura Hibrida por Sil de bajo grado

Pierna en todas las posiciones

Columna cervical en todas las posiciones

Potenciales evocados auditivos

Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones

Potenciales evocados auditivos cerebrales

Columna panorámica (espinografía) en todas las posiciones

Potenciales evocados somatosensitivos

Control radiológico en maniobras traumatológicas

Potenciales evocados visuales

Costilla en todas las posiciones

Placa suplementaria

Cráneo en todas las posiciones

Plantigrafía digital estática y dinámica

Cráneo para ortodoncia

Pruebas vestibulares en general

Curva de presión ocular

Receptores p/ estrogénos y progesterona

Dilatación (ciclopejía)

Reposición de Otoconias

Dedo 2 posiciones

Retinografía

Degeneración periférica

Rodilla en todas las posiciones

Dental en todas las placas

Saco lagrimal

Dental oclusal

Saco lagrimal (radio. como especialista)

Dental seriado

Sacro-coxis en todas las posiciones

Densitometría

Scopia como complemento de examen c/T.V.

Ecobiometria ambos ojos

Scopia arco c por 1 hora

Eco Endoscopia de páncreas

Perfil TORCH

Ejercicios ortópticos

Scopia arco c por más de 1 hora

Electroencefalograma

Senos faciales en todas las posiciones

Electrocardiograma de reposo

Sialografía en todos los lados

Electromiograma de 1 miembro

Somnografía o Estudio del Sueño

Electromiograma hasta 2 miembro

Spect perfusión Miocárdica

Electromiograma hasta 4 miembro

Test alérgicos

Electronistagmografía

Timpanometría

Electronistagmografía /Prueba Vestibular

Tobillo en todas las posiciones

Ergometría (Electrocardiograma de esfuerzo)

Topografía corneal

Embarazo

Topografía de córnea (Bilateral)

Esófago

Topografía Optica Coherente

Esternón en todas las posiciones

Tórax en todas las posiciones

Examen de retina

Tránsito intestinal o intestino delgado

Examen ortóptico

Transparieto-hepática

Fistulografía h/2 placas

Uretrocistografía

Flebografía cada lado

Urotac

Fondo de ojo

Urograma de excreción

Galactografía bilateral previa mamografía

Urodinamia

Galactografía bilateral sin placa simple

Uro por ingestión

Eco Doppler renal

Vesícula simple

Angio power doppler

Eco Doppler Arterial y Venoso

Eco Doppler Ginecologico

Eco Doppler Aorta Abdominal

 

Ecocardiograma

Eco doppler

Eco-stress con dobutamina

Ecocar. c/ doppler bidimensional pre-natal

Eco-stress

Ecocardiograma sin doppler bidimensional

 

 

Ecografía

Ecografía partes blandas

Ecografía pancefálica

Ecografía partes blandas con doppler

Ecografía prostática

Ecografía abdominal

Ecografía prostática intracavitaria

Ecografía abdominal con Doppler

Ecografía renal

Ecografía de mamas

Ecografía testicular

Ecografía de tiroides

Ecografía doppler testicular

Ecografía de tiroides con Doppler

Ecografia Doppler vasos del cuello

Ecografía del bazo

Ecografía trasvaginal

Ecografía ginecológica y obstetricia

Ecografía 3D- tridimensional

Ecografía morfológica Ecografía morfológica del 3er, 6º y 9º mes (valores cromosómicos)

Ecografía 4D Cuadrimensional

Ecografía hígado-vías biliares-vesícula

Ecografía Obstétrica 4D Cuadrimensional

Ecografía intracavitaria c/residuo

Ecografía de tejidos blandos

Ecografía intra-operatoria

Densitometría osea

Ecografía oftálmica/ocular

Punciones con control ecográfico

Ecografía con doppler obstétrico

Ecografía venosa de miembros inferiores

Ecografía con doppler color fetal

Ecografia Doppler Renal

Ecografia Doppler

Ecografia Doppler cuell

 

Tomografía Computada con o sin contraste, con o sin alta resolución (Sin Límites)

 

Tomografía computada cráneo

Tomografía computada columna dorsal

Tomografía computada miembros superiores e inferiores

Tomografía computada columna lumbar

Tomografía computada tórax

Tomografía computada de árbol urinario (URO TAC)

Tomografía computada abdomen inferior

 Tomografía de laringe o rodilla, tobillo

Tomografía computada abdomen superior

 Tomografía de tórax o abdomen

Tomografía computada pelvis

 Tomografía del nervio óptico o pentacan

Tomografía computada columna cervical

 Tomografía computada del cuello

Tomografía computada de senos paranasales

Tomografía computada del encéfalo

Tomografía angiotomografía coronaria

 

 

Tomografía Computada Multislice (10 por año por beneficiario)

 

Tomografía multislice cráneo

Tomografía multislice columna dorsal

Tomografía multislice miembros superiores e inferiores

Tomografía multislice columna lumbar

Tomografía multislice tórax

Tomografía multislice de árbol urinario (URO TAC)

Tomografía multislice abdomen inferior

 Tomografía multislice de laringe o rodilla, tobillo

Tomografía multislice abdomen superior

 Tomografía multislice de tórax o abdomen

Tomografía multislice pelvis

 Tomografía multislice del nervio óptico o pentacan

Tomografía multislice columna cervical

 Tomografía multislice del cuello

Tomografía angiotomografía coronaria

 Tomografía multislice del encéfalo

Tomografía multislice angiotac de tórax

Tomografía multislice angiotac de cuello

 

Resonancia Magnética con o sin contraste (Hasta 3 por año y por beneficiarios y adherentes)

 

Resonancia Magnética Computada Cráneo

Resonancia Magnética Computada de Pelvis

Resonancia Magnética Computada Miembros superiores

Resonancia Magnética Computada de la Columna Cervical

Resonancia Magnética Computada Miembros inferiores

Resonancia Magnética Computada de la Columna Dorsal

Resonancia Magnética Computada Abdomen inferior y superior

Resonancia Magnética Computada de la Columna Lumbar

Resonancia con contraste Intraarticular

Resonancia magnética de partes blandas

 

 

Medicina Nuclear (con descuento de 60% en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, sustancias de contrastes e insumos, así mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos.)

 

Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.)

Centellografía hepática

Centellografía glándula salivar

Centellografía ósea

Centellografía sangrado intestinal

Centellografía pulmonar

Centellografía cerebral

Centellografía renal

Centellografía de tiroides o mapeo

Centellografía testicular

 

Terapia cobalto (con 50% de descuento en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, sustancias de contrastes e insumos, así mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos.)

Angiomas radiot. sup. d.t. 10 irrad. p/campo

Carcinoma oral lesión gang. irrad. p/campo

Ca. cuello-cuerpo uter. lesión sola p/campo

Carcinoma oral mas campo anexo

Ca. cuello-cuerpo uter. mas anexo

Carcinoma pulmonar cobalto

Carc. de lengua lesión gang. anexo

Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto

Carc. mamario b cobalto s/op. c/cad.gang.

Carcinoma s/maxilar mas campo anexo

Carc. mamario cobalto solo tumor s/cicat.

Cicatriz queloide s/aplicación

Carc. pene lesión sola co. irrad. p/campo

Huesos (tumores) co. irrad. por campo

Carc. pene mas campo anexo r. gang

Linfomas co. irrad. nodal infodiaf.

Carc. vejiga cobalto irrad. p/campo

Linfomas co. irrad. nodal supradiaf.

Carcinoma cutáneo epitel. d.t. 25 p/campo

Linfomas co. irrad. nodal total

Carcinoma esofágico mas campo anexo

Linfomas co. una región ganglionar

Carcinoma esofágico lesión sola cobalto

Rodioterapia antiimflam. prom. c/aplic.

Carcinoma laríngeo lesión sola cobalto

Seminoma co. rad. prof. d.t. 50 irrad. nod. tot.

Carcinoma laríngeo más campo anexo

Tumores cerebrales en general co. irrad. camp.

 

OTROS ESTUDIOS

Tilt Test

Espirometría basal

Neumología/Fracción Espiratoria de Óxido Nítrico (FENO)

Control y Programación de Marcapasos

Audiometrías

Artroscopia

Artrografía

Artrografía por Resonancia Magnética

Laparoscopia

Mapa (Monitoreo Ambulante de Presión Arterial)

Plantigrafía Computarizada

Potenciales Auditivos Evocados

Colangio Resonancia Magnética

Colangiopancreatografía retrógrada endoscópica (C.P.R.E.)

 

 

15) ANEXO ESTUDIOS LABORATORIALES

Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio (pacientes encamados y por indicación médica)  o que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencias las 24:00 horas del día. Debe tener cobertura integral del 100% en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, insumos y las determinaciones químicas y microbiológicas, asi mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos.  

Todos los estudios laboratoriales de esta lista serán con cobertura del 100% en los prestadores habilitados y en todos los casos el estudio es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante. En caso de ser realizados en prestadores no habilitados la cobertura será por reintegro y por un porcentaje del 50 % en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, insumos y las determinaciones químicas y microbiológicas, asi mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos.

Los estudios no contemplados en el presente listado tendrán una cobertura del 50 % en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, insumos y las determinaciones químicas y microbiológicas, asi mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos., y si fueran realizados en prestadores no habilitados la cobertura será por reintegro, por el porcentaje establecido 50% en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, insumos y las determinaciones químicas y microbiológicas, asi mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos.

 A continuación, se presenta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.

 

Ácido cítrico

Hemocultivo en aerobiosis

Ácido fenil Pirúvico

Hemocultivo en anaerobiosis

Ácido Fólico

Hemoglobina

Ácido Láctico

Hemoglobina. Electroforesis

Ácido úrico

Hemoglobina fetal

Ácido vanil Mandélico (AVN)

Hemoglobina. glucosilada  (Hb A 1c)

Ácido valproico

Hemograma

ACTH

Hemograma (Plaquetas + VSG) p/ Hematólogo

Adenovirus Anticuerpo IGG

Hemoparásitos

Adenovirus Anticuerpo IGM

Hemophilus influenzae tipo b.látex

Adenovirus Antigeno

Hepatitis (ac y Ag) ver HAV y HB

Addis. recuento de

Hepatitis B IGG

Aglutinación de partículas de látex para:

Hepatitis B IGM

A. Escherichia coli Ki

Hepatitis C (HCV) Anticuerpo IGG

A. Hemo-philus influenzae tipo b

Hepatitis C (HCV) Anticuerpo IGM

A. Legionella pneumofila

Hepatograma (GPT-GOT-FA-BT-BD-BI)/Perfil

A. Nesseria meningitidis grupo a

Hepático

A. Nesseria meningitidis grupo b

Herpes

A. Nesseria meningitidis grupo c

H.G.H.

A. Stroptococus Pheumoniae

HLA B27

A. Stroptococus beta hemolitico grupo a

Hidatidosis-ac

A. Stroptocicus grupo b

Hidroxicorticosteroides 17

Aglutinas Anti a

Hidroxi-Indol-Acetico 5 (5HIAA)

Aglutinas Anti b

Hidroxiprogesterona

AIDS-ac

Hidroxiprogestorona Neonatal

Albúmina

Hierro sérico

Alcohol

Hisopado Faringeo

Anticuerpos S (Spike) SARS-CoV-2, Cuantitativo. 

Hisopado Nasofaríngeo COVID-19 (PCR)

Aldolasa

Hisopado Antígeno COVID -19 (Test Rápido)

Aldosterona

Histoplamina

Alergia-Tests: Ver RAST

HIV-ac

Alfa 1 antitripsina

Homocisteina / Homocistina / Cistina

Alfafetoproteina (APF)

Hongos. Cultivo e identificación

A/G

Hongos. Examen en fresco

Amilasa

Hormona de crecimiento(hGh)

Amonio

Hormona Folículo Estimulante(FSH)

ANA

Hormona Lactogeno Placentaria(hP)

Anca C PR3 (ANCA C)

Hormona Luteinizante (LH)

Anca P MPO (ANCA P)

HOMA

Androstenediona

IgA

Anfetamina

IgD

Anticuerpo (AC) Anti helicobacter Pylori IGA

IgE

Anticuerpos SARS-CoV-2 IgG + IgM

IgG

Anticuerpos SARS-CoV-2 IgG

IgM

Anticoagulante Lupico

Inclusiones citomegalicas

Antibiogramas para gérmenes aeróbicos

Índices hematimétricos

Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos

Índice de Tiroxina Libre

Ac. Anti cardiolipina IgG-IgM

Influenza A (Por Hisopado)

Ac. Anti nDNA

Influenza B (Por Hisopado)

Ac. Anti Microsomales

Inmunoelectroforesis

Ac. Anti Mitocondriales

Inmunoglobinas

Ac. Anti Musculo Liso(ASMA)

Inmunohistoquimica  C-ERB2-NEVU

Ac. Anti Nucleares

Inmunofluorescencia

Ac. Anti Tironglubinas

Insulina

Ac. Anti Tiroides

Klesbsiella pneumoniae Carbapenemasa (KPC) PCR

Ac. Anti-Toxoplasma IgG

Lactosa

Ac. Anti Tripanosoma IgG

LAP

Ac. Anti Tripanosoma IgM

Larvas de vermes

Ac. Anti-Virus Sinciciall Respiratorio(VSR)

Látex para

Ac. Heterofilos

Escherichia coli k 1

A.F.P.

L. Haemophilus influenzae tipo b

Antígeno Carcinoembrionario (CEA)

L. Neusseria meningitidis grupo A

Antígenos Febriles

L. Neisseriameningitidis grupo B

Antígeno Prostático específico (PAS)

L. Neisseriameningitidis grupo C

Anticuerpo (AC) Anti Centromero

L. Strptococcus pneumonias

Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGA

L. Streptococcus beta hemoliticos grupo

Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGG

L. Streptococcus grupo B

Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGM

Lavado gástrico

Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGA

LCR. Citoquímico

Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGM

LcR. Cultivo

Anticuerpo (AC) Anti Helicobacter Pylori IGG

LDH

Anticuerpo (AC) Anti RNP ENA

LDL-Colesterol

Anticuerpo (AC) Anti SCL -70

LE

Anticuerpo (AC) Anti SS - A (RO)

Lecitina en líquido amniótico

Anticuerpo (AC) Anti SS B (LA)

Legionella Pheumiphila.latex

Anticuerpo (AC) Anti CCP

Leishmanía Anticuerpo IGG

Antitrombina III (AT III)

Leishmanía Anticuerpo IGM

Apolipoproteina b

Lesión genital. Coloración de Gram

Aspegillus

Lesión genital. Coloración de fontana

ASTO

Lesión genital. Estudio microbiológico

Autovacunas

Lesión en la piel. Cultivo para hongos

Azucares reductores

Lesión de uñas. Cultivo para hongos

BAAR

LH

Barbitúricos

Linfa cutánea. Coloración de Ziehl

Bence-Jones

Lipasa

Benedict, Reacción de

Lípidos totales

Beta 2 Microglobulina en sangre

Perfil Lipídico

Prueba COVID-19 IGG-IGM (3 estudios por contrato)

Líquido amniótico. Cultivo

Beta Cross Laps

Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol

BNP (Peptido Natriuretico Tipo B)

Liquido articular. Citoquímico

Bicarbonato

Liquido articular. Cristales

Billirubina total, directa e indirecta

Liquido articular. Cultivo

Bilis, cultivo

Líquido ascitico. Cultivo

Bioperfil fisiológico SACAR

Líquido gástrico-duodenal. Parásitos

Bioquímica de plasma Seminal

Liquido peritoneal. Cultivo

C 3

Líquido pleural. Cultivo

C 4

Listeria

Calcio

Litio

Ca 125

Madurez Fetal (fosfatydil glicerol)

Calcio total

Magnesio

Ca 15-3

Magnesio eritrocitario

Ca 19-9

Marihuana

Calcitonina

Mastositos

Calculo Urinario

Metahemoglobina

Campo oscuro

Metotrexate

Campylobacter

Micosis oportunistas

Calcio ionico

Micosis profundas

Capacidad de fijación de hierro (TIBC)

Micosis subcutaneas

Carbamazepina

Micosis superficiales

Cardiolipina IGA AC

Microalbuminuria

Catecolaminas

Mioglobina

CEA

Moco cervical

Células LE

Monotest

Cetonemia

Morfina

Cetonuria

Mucoproteínas

Cetoferoides 17

Mycobacterium Tuberculosis

CH 50

Micoplasma Hominis

Chagas(Ac. Anti Trypanosoma IgG e IgM

Neiseriae Gonorrea

Chalamydia

Neiseriae Meninigitidis.Grupo A.latex

Chikungunya Igg

Neiseriae Meninigitidis.Grupo B.latex

Citomegalovirus-ac-IgG

Neiseriae Meninigitidis.Grupo C.latex

Citomegalovirus-ac-IgM

N. 5 Nucleotidasa

Citrato (O)

NTX

Ck

Oido cultivo

Ck-mb

Opiaceos

Clearance de Creatinina

Orina, físico-químico y del sedimento

Cloruros

Orina cultivo

CMV-ac-IgG

Oxalato

CMV-ac-IgM

Oxiuros

Coagulograma

Parásitos. Investigación e identificación

Cobre

Parathormona (PTH)

Coccidioidina

PAS (Antígeno prostático específico)

Colesterol esterificado

PAS libre

Colesterol HDL

Paul-Bunell (presuntivo)

Colesterol-LDL

POO2

Colesterol total

Po2

Colesterol VLDL

PDF

Colinesterasa

PCR ultrasensible

Coloración de Giemsa

Péptido C

Coloración de Gram

pH

Coloración de Ziehl

Phenistix

Complemento hemolitico (CH 50)

Plaquetas

Coombs Directo

Plaquetas por Hematólogo

Coombs Indirecto

Plasma seminal

Coprocultivo

Porfobilinogeno

Coprología Funcional

Potasio

Coproporfirinas

PPD

Cortisol

Preparación de células LE

Crasis Sangui, por Hematólogo

Productos de degradación de la fibrina

Creatinina

Progesterona

Crioglutininas

Prolactina

Crioglobulinas

Proteínas C

Criptococus

Proteínas S

Cristales-Identificación

Proteínas C reactiva

Cuerpos Cetónicos

Proteínas de Bence-Jones

Cultivo en Aerobiosis

Proteínas Electroforesis

Cultivo en Anaerobiosis

Proteínas totales

Cultivo en Thayer-Martin

Protomorfinas

Cultivo para BAAR

Protozoarios

Cultivo para GC

Prueba de concentración

Cultivo para hongos

Prueba de dilución

Cultivo para listeria

Prueba de lazo

Cultivo para Mycoplasma

Prueba de tolerancia oral a la glucosa

Curva de tolerancia oral a la glucosa

Prueba de tolerancia a la lactosa

Determinación de Carga Viral

Prueba de Tzanck

Dehidroepitandrostenediona(DHEA-S04)

PTH

Dehidrostestosterona

Pus. Cultivo

Dengue AG (Antígeno)

Punta de catéter Cultivo

Dengue Anticuerpo (AC) IGG

Quimiotripsina

Dengue Anticuerpo (AC) IGM

Quistes de protozoos

Densidad

Raspado de lengua. Cultivo para hongos

Difteria, Cultivo

Reacción de Huddleson

Dimero D

Reacción de Widal

Digoxina

Recuento de Addis

DNA-ac

Recuento de Linfocitos CD4

Dióxido de carbono (CO2)

Relación A/B

D-Xilosa

Relación calcio/creatinina

EBV-EA-ac

Relación PAS/PAS Libre

EBV-VCA-ac

Reticulositos

Enterococo vancomicina resistente (EVR) ARTRPCR

Retracción del coágulo

Electroforesis de hemoglobina

RK 39 Leishmaniasis Kalaazar

Electroforesis de lipoproteínas

Rh

Electroforesis de proteínas

Rotavirus

Electrólitos

Rubeola IgG

Eosinófilos

Rubeola IgM

Epstein-Barr Virus-ac

Sangre oculta

Eritrosedimentación

Saturación de oxígeno

Escherichia coli enteropatogeno

Secreción conjuntival. Cultivo

Escherichia coli kI. Latex

Secreción endocervical. Cultivo

Esperma, cultivo

Secreción faríngea. Cultivo

Espermograma

Secreción genital. Cultivo

Esputo. Coloración para BAAR

Secreción nasal. Cultivo

Esputo. Cultivo para gérmenes comunes

Secreción nasal. Eosinofilos y mastositos

Esputo. Eosinófilos y mastocitos

Secreción prostática. Cultivo

Esteatocrito

Secreción purulenta. Cultivo

Estradiol

Secreción traqueal. Cultivo

Estriol libre

Secreción uretral. Cultivo

Estrogenos totales

Secreción bulbar. Cultivo

Estudio capilar. Investigación de hongos

Sida-ac

Exceso de base

Sífilis

Factor reumatoideo

Simis-Hunner - test

Factor reumatoideo cuantitativo

Shigella. Cultivo

Factor reumatoideo Isotipo IGA

SO2

Factor reumatoideo Isotipo IGG

Sodio

Factor reumatoideo Isotipo IGM

Somatomedina - c

Fenilhidantoina

Staphylcoccus aureus

Fenil Alanina

Streptococcus. Cultivo

Fenobarbital

Streptococcus. Beta hemolitico gr. A.latex

Ferritina

Streptococcus. grupo B.latex

Fibrinogeno

Streptococcus. pneumoniae

Fibrinolisis

Streptonasa B

Formula leucocucocitaria

Streptozima

Fosfatasa acida prostática(pap)

Swin up

Fosfatasa Acida total y prostatica

T3 libre

Fosfatasa alcalina

T3 total

Fosfatidil-gilierol en liq. aminiótico

T3 uptake

Fosfolipidos

T4 libre

Fósforo

T4 total

Fragilidad osmótica de los hematies

Test de absorción a la xilosa

Frotis de sangre periférica

Test de Coombs Directo

Frotis de sangre periférica p/ hematólogo

Test de Coombs Indirecto

Fructosa

Test de estimulación con ACTH

Fructosamina

Test de estimulación hormona de crecimiento

FSH

T.* con ejercicios* con L-Dopa

FTA-abs-IgG

Test de estimulación con LH/RH

FTA-abs-IgM

Test de estimulación con TRH

FTI

Test de Ham

Galactosa Neonatal

Test de supresión con dexametosona

Gamma Globulinas

Test  in vitro de penetración espermática en  t. moco cervical

Gamma GT

Test de post-coital

Garganta. Cultivo

Test de Sims-Huner

Gases arteriales

Test del Sudor

Gastrina

Test de HPV

GC. Cultivo

Test de IRT

GH (Hormona de crecimiento)

TIBC (Capacidad de fijación del hierro)

Gliadina IgG-IgM

Tiempo de coagulación sangría

Globulina

Tiempo de Protrombina y coagulación

Glóbulos blancos

Tiempo de tromboplastina parcial activada

Glóbulos rojos

Timol

Glucohemoglobina

Tine test

Glucosa

Tzanck - Prueba de

Glucosa 6 Fosfato de Desidrogenasa (G6PD)

Tipificación

Glucosa. Curva de tolerancia

Tiroglubina

Glucosa pre y pos prandial

Tiroperoxidasa - Anticuerpo (Tipo - AC)

Glucosuria

Testosterona libre

Ganadotrofina Coriónica (hCG)

Toxoplasmosis- ac IgG, IgM

Gota gruesa

Transferrina

GOT

Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGA

GPT

Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGG

Graham-Test

Trichomonas vaginalis

Gravindex

Triglicéridos

Grupo Sanguíneo

Troponina I, Cuantitativa

Guayaco

Trypanosoma cruzi-ac

Gasometria  

TSH

Ham-test

TTPa

Hmburger-test

Ulcera genital. Cultivo

Hamber

Urea

Haptoglobina

Ureaplasma urealyticum

HbA 1c

Urobilina

Hdelta

Urobilinogeno

HAV-ac

Van de Kamer

HAV-ac-IgM

Vandil - Mandelic - Acid (AVM)

HBc-ac

Vermes

HBc-ac-IgM

VDRL

HBDH

Tshr receptor

HBe-ac

Vitamina B12

HBe-Ag

VIH-ac

HBs-ac

Vicent's Angina. Frotis

HBs-Ag

Virocitos

hCG-sub-unidad beta

VLDL Colesterol

HDL-Colesterol

VSR ac

Heces. Benedict

Vitamina D

Heces. Examen parasitológico

Widal. Reacción de

Heces. Flora microbiana

Xilosa. Test de absorción

Heces. Frotis

Probabilidad de riesgo HLA-DQ8 para enfermedad

celiaca.

Heces. Hongos

Se Incluye Estudio del Sueño (100% de cobertura).

Heces. Microscopia Funcional

Se incluye centellografía y captación tiroidea.

Hematocrito

Chikungunya IGM, PCR

Hemocultivo en anaerobiosis automatizado

DGP2-AC IGA (Deamidados peptidos específicos de gliadina) suero

DGP (Peptido Deaminado de Gliadina), Anticuerpos IgA, Sangre.

DGP2-AC IGG (Deamidados peptidos específicos de gliadina) suero

DGP (Peptido Deaminado de Gliadina), Anticuerpos IgG, Sangre

Procalcitonina

Prueba Zika

Panel Dengue, Zica y Chikungunya por PCR

Pro BNP

Panel viral respiratorio

Test del Hidrógeno Espirado

Dengue PCR

SM anticuerpos

Panel Diarreico

 

16) SERVICIOS SIN COBERTURAS

 

Son los que habitualmente no son cubiertos en los contratos de medicina pre-paga. No obstante la tendencia será el logro de aranceles especiales.

Se detallan a continuación:

Todos los gastos ocasionados por los siguientes eventos y sus consecuencias ya sean físicas o mentales:

Intento de autoeliminación, autointoxicación, automedicación, autoagresión.

Participación del abonado en eventos que trasgredan leyes o normas, en riñas, etc.

Estudios y tratamiento médico-quirúrgico con fines de esterilidad o de procreación (incluida la

Fertilización asistida y sus productos)

Enfermos mentales ya sean depresivos o excitados.

Alcohólicos agudos y crónicos y sus consecuencias, (previo dictamen por escrito médico que acredite dicha situación). El paciente que se niegue a someterse al estudio correspondiente será considerado positivo y sin cobertura.

Sangre, plasma y derivados.

Prótesis: excepto las nombradas taxativamente, órtesis (excepto férulas) y complementos de función o marcha. Muletas, sillas de ruedas.

Atenciones domiciliarias, excepto las urgencias y extracciones laboratoriales en pacientes encamados y con expresa indicación médica.

Enfermería particular

Diálisis peritoneal, hemodiálisis en los casos crónicos, formolizaciones.

Lipoaspiración

Secuelas de quimioterapia y radioterapia.

Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.

Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.

Trasplantes de órganos.

Plasmaféresis

Atención de medicina no alopática. Acupunturas, homeopatía y quiropraxia, etc. Podología

Cirugía con fines estéticos (no reparadora)

SIDA o pacientes infectados con el virus del VIH

Cirrosis y sus consecuencias

Todo lo no especificado como con cobertura y los excedentes de las mismas

Tratamiento quirúrgico de la obesidad o trastorno metabólico (cirugía bariátrica-metabólica).

Tratamientos especializados en alergia

Cirugía oftalmológica refractiva

Tratamiento con láser en Flebología, cirugías refractivas y otros usos no contemplados como con cobertura.

Cirugías reconstructivas que no sean imprescindibles para mejorar una función.

Las demás entidades clínicas y tratamientos están cubiertos, como crisis hipertensivas, crisis asmática, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebro vascular, descompensaciones diabéticas y enfermedades congénitas., criocirugía.  

Los casos preexistentes y crónicos no serán considerados como servicios sin cobertura.

La determinación del acaecimiento de un hecho de intento de autoeliminación, autointoxicación, automedicación, autoagresión, deberá ser demostrada por la autoridad competente para la suspensión de la cobertura de los servicios asistenciales ya prestados. El paciente deberá someterse a las pruebas necesarias o será considerado positivo.

 

17) ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIAS

A cargo de una unidad móvil equipada para las emergencias de salud, presentadas en el domicilio del asegurado.

Este servicio debe incluir honorarios médicos y paramédicos, medicamentos y materiales descartables, sin costo para el paciente, disponible durante las 24:00 horas del día durante todo el año.

 


[1] Ley 1626/2000, dispone en su  Artículo 4º.- Es funcionario público la persona nombrada mediante acto administrativo para ocupar de manera permanente un cargo incluido o previsto en el Presupuesto General de la Nación.

 

 

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

No. De Artículo

   [Insertar el N° del Artículo]

Nombre de los Bienes o Servicios

    [Indicar nombre]

Especificaciones Técnicas y Normas

 [indicar ET y Normas]

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

Ítem Descripción del Bien Unidad de Medida  Cantidad Lugar de Entrega Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes
1 Servicio de
Medicina
Prepaga
Mes 24 En los Centros asistenciales habilitados por el proveedor.  veinticuatro (24) meses, contados desde la fecha indicada en la Orden de Inicio emitida por la Contratante

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Serán presentados 24 (veinticuatro) certificados

Frecuencia: mensual.

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Informe

Informe de Cumplimiento
de Servicio

veinticuatro (24) meses, contados desde la fecha indicada en la Orden de Inicio emitida por la Contratante