Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
- Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado:
Dirección de Talento Humano, Abg. Elena Gómez, Directora de la Dirección de Talento Humano.
- Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada:
El apoyo en el cuidado y la prevención de la salud de los funcionarios es una tarea que todo empleador, sea público o
privado tiene a su cargo. En nuestro caso, está supeditado a la disponibilidad presupuestaria. En ese sentido, otorgar este
beneficio contribuye al bienestar de los funcionarios, repercute directamente en el rendimiento y el desempeño de los
mismos para alcanzar los objetivos misionales de la institución.
- Justificar la planificación.
Se trata de un llamado periódico.
- Justificar las EETT establecidas.
Las Especificaciones Técnicas fueron elaboradas en base al contrato vigente a fin de obtener la mayor cobertura posible de
salud, en la medida de lo razonable, sujeto a los límites y topes presupuestarios.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Promedio de Titulares |
Promedio de Titulares Casados |
Promedio de Titulares Solteros |
Promedio de edad de titulares |
Promedio de hijos |
155 |
80 |
75 |
41 |
2 |
MONTOS DEL CONTRATO |
|
Monto Mínimo |
1.860.000.000 |
Monto Máximo |
3.720.000.000 |
Observación: el oferente deberá cotizar el costo unitario mensual por cada titular.
DETALLE DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS
Beneficiarios Titulares: funcionarios del Consejo de la Magistratura-Escuela Judicial
Grupo Familiar:
Titular casado/a, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por matrimonio de hecho debidamente certificado), sus hijos/as hasta los 22 (veintidós) años. El titular podrá incluir a uno de los padres hasta los 65 (sesenta y cinco) años en remplazo del cónyuge en caso de que ambos sean funcionarios públicos[1], en un plazo no superior a 60 días a partir de la vigencia del contrato y una vez incorporado no podrá ser remplazado hasta el fenecimiento del contrato.
Para los titulares solteros/as sin hijos, serán tomados como miembros del grupo familiar, y con los mismos privilegios a un padre, en ambos casos hasta los 65 (sesenta y cinco) años de edad.
Para los titulares solteros/as con hijos, serán tomados como miembro del grupo familiar los hijos/as hasta los 22 años de edad; el titular podrá incluir a la madre o el padre de sus hijos sin límites de edad, o a uno de sus padres hasta los 65 (sesenta y cinco) años, con los mismos privilegios.
Los beneficiarios viudos/as, divorciados/as adquieren la categoría de solteros/as desde el momento de la comunicación a la prestadora del servicio.
Los Recién Nacidos tienen cobertura inmediata desde que le fuera comunicado el advenimiento a la prestadora del servicio, será suficiente prueba el Certificado de Nacido Vivo para el efecto o en caso de la no entrega inmediata del documento, bastará con la comunicación expresa de los Administradores del Contrato por parte del Consejo de la Magistratura hasta el plazo de 3 (tres) días hábiles contados a partir del día siguiente de ocurrido el parto, superado este plazo se deberá contar con el certificado de nacimiento. En caso de la no presentación de la documentación que avale la paternidad, el titular se deberá hacer cargo de todos los gastos que pudiera haber generado el recién nacido.
Los hijos discapacitados serán considerados como parte del grupo familiar y con todas las coberturas contempladas para el asegurado, previa comunicación del titular a la Prestadora y de la presentación de los correspondientes documentos que avalen la condición, expedida por institución estatal competente. No se tendrá en cuenta los límites de edad, mientras no contraigan nupcias.
La comunicación de movimientos de beneficiarios (altas y bajas) se dará dentro de los últimos 7 días de cada mes.
BENEFICIARIOS ADHERENTES PAGOS:
Cada Beneficiario Titular podrá solicitar la inclusión de beneficiarios adherentes con los mismos beneficios y cobertura que los demás beneficiarios, por los que abonará, desde la inclusión hasta la finalización del presente contrato, los montos que resulten de los siguientes porcentajes de la cuota unitaria de adjudicación:
Comprende única y exclusivamente al Padre, la Madre, los Hermanos/as, y los Hijos/as mayores de 22 años del Titular, en todos los casos sin límites de edad, quienes abonarán directamente a la Prestadora una prima por persona, conforme a la siguiente escala:
El plazo máximo para las incorporaciones de adherentes será hasta 60 (sesenta) días posteriores de la fecha de la incorporación del titular dentro los servicios contratados al inicio del contrato y de hasta 30 días en caso de titulares incorporados con posterioridad.
Los hijos del titular que están dentro del grupo familiar y que cumplan 23 años de edad durante la ejecución del contrato, podrán ser incluidos como adherentes, únicamente al inicio del siguiente mes de superar la edad límite establecida en el contrato.
El Titular que cambie de Estado Civil durante la ejecución del contrato, deberá modificar la integración de su grupo familiar, pudiendo incluir como adherentes a los beneficiarios que fueron excluidos dentro de los treinta días de la comunicación a la prestadora de servicios.
La opción de incluir beneficiarios adherentes será responsabilidad exclusiva de cada titular y los costos serán abonados por cada titular en forma directa a la Prestadora de Servicios, ya sea por débito automático o efectivo (A definir entre el Titular con la Prestadora de Servicios).
Los beneficiarios adherentes permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del contrato o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley. La prestadora de servicios no podrá unilateralmente excluir a ningún adherente, por reglamentación interna, solo suspender temporalmente el servicio por falta de pago.
En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, el Consejo de la Magistratura comunicará dicha situación a la prestadora de servicios y el funcionario, su grupo familiar y adherentes serán dados de baja.
El Consejo de la Magistratura solo tiene compromiso contractual por los titulares, quedando el cobro de los adherentes y otras gestiones que no sean directamente sobre el titular a cargo de la contratada y el usuario.
C - VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:
Se concede la VIGENCIA INMEDIATA en todos los servicios. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, a partir de la vigencia del contrato y que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para las coberturas requeridas en la presente Licitación. Todos los beneficiarios (titulares, grupo familiar y adherentes pagos) tendrán los mismos derechos de coberturas que figuran en el Contrato.
Para la cobertura por maternidad, sólo en el caso de Beneficiarias Adherentes, las mismas deberán contar con por lo menos 10 (diez) meses de antigüedad dentro del seguro (contados desde su ingreso como beneficiaria adherente, sea con contratos anteriores en la misma empresa o este nuevo contrato y siempre que no haya habido corte de pagos) para tener derecho a la cobertura estipulada en este PBC .Para todos los demás servicios los Beneficiarios Adherentes tendrán los mismos derechos que el Titular.
La empresa adjudicada deberá dotar a los asegurados titulares, adherentes (pagos y no) de un carnet de identificación sin costo alguno. Para ello, la contratante remitirá el listado respectivo; ínterin se cuenten con los carnets será suficiente la presentación de la Cédula de Identidad. Las tarjetas de identificación deberán entregarse en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles desde la incorporación del beneficiario.
D- CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN
E GLOSARIO DE TERMINOS CONTRACTUALES
Los descartables están principalmente elaborados de papel, plástico, algodón o espuma de poliestireno.
No serán considerados dentro de este rubro los descartables utilizados por el paciente tales como pañales, toallas femeninas ni tapabocas.
El término se usa para denominar aparatos o dispositivos, férulas, ayudas técnicas y soportes usados por los pacientes, prescritos en especialidades médicas como: ortopedia y fisiatría (medicina física y rehabilitación), y en algunas terapias como: fisioterapia y terapia ocupacional que corrigen o facilitan la ejecución de una acción, actividad o desplazamiento, procurando ahorro de energía y mayor seguridad. Sirven para sostener, alinear o corregir deformidades y para mejorar la función del aparato locomotor.
F CENTROS ASISTENCIALES PARA INTERNACIONES CLÍNICAS Y QUIRÚRGICAS
La Contratista deberá habilitar los centros asistenciales para consultas de urgencias e internaciones clínicas y quirúrgicas con las coberturas respectivas en los siguientes lugares como mínimo:
Localidad |
Cantidad de Centros Asistenciales para consultas de urgencias e internaciones clínicas y quirúrgicas |
Cantidad de Centros Asistenciales Habilitados con U.C.I. |
ASUNCION |
5 (CINCO) |
3 (TRES) |
SAN LORENZO |
1 (UNO) |
1 (UNO) |
FERNANDO DE LA MORA |
1 (UNO) |
1 (UNO) |
LUQUE |
1 (UNO) |
1 (UNO) |
MARIANO ROQUE ALONSO |
1 (UNO) |
- |
LIMPIO |
1 (UNO) |
- |
LAMBARE / VILLA ELISA / ÑEMBY o ciudades aledañas |
1(UNO) |
- |
Para Asunción y ciudades limítrofes con la capital del país, 3 (tres) de los sanatorios ofrecidos deben contar con la categorización mínima de Nivel 3 (tres), conforme a la calificación otorgada por la Superintendencia de Salud y tener UCI de niños y adultos dentro del mismo sanatorio.
Además, el Proveedor deberá habilitar en Asunción y/o Gran Asunción un Centro especializado en Pediatría y un Centro o Sanatorio especializado en Traumatología para consultas, cirugías, estudios, tratamientos. A travéz
Así mismo, para Asunción de los 5 (cinco) centros asistenciales habilitados por el proveedor deberán brindar las siguientes coberturas:
El oferente deberá especificar en su oferta los nombres de los centros asistenciales habilitados, conforme a los servicios, con los que deberán tener contrato vigente.
Ciudades del Interior del país: establecimientos habilitados para consultas de urgencias e internaciones clínicas y quirúrgicas por lo menos en los siguientes Departamentos: Alto Paraná, Itapúa, Cordillera, Caaguazú (uno en la ciudad de Caaguazú y otro en Cnel. Oviedo), Caazapá, Guairá, Amambay, Concepción, Canindeyú, Paraguarí (uno en la ciudad de Paraguarí y otro en Carapeguá), Misiones y San Pedro acreditados y registrados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
G- CENTRO DE ESTUDIOS LABORATORIALES, DIAGNÓSTICOS POR IMÁGENES, REHABILITACIÓN, ESTUDIOS ESPECIALIZADOS
La Contratista deberá habilitar los centros de estudios laboratoriales, diagnósticos por imágenes, rehabilitación y otros estudios especializados y/o centros asistenciales que prestan dichos servicios con las coberturas respectivas y de acuerdo a la disponibilidad en cada localidad, en los siguientes lugares como mínimo:
ocalidad |
Locales habilitados para todos los servicios señalados |
ASUNCION |
3 (TRES) |
SAN LORENZO |
1 (UNO) |
FERNANDO DE LA MORA |
1 (UNO) |
LUQUE |
1 (UNO) |
Para Asunción, por lo menos 1(uno) de los laboratorios (adultos y niños) ofrecidos deberá contar con al menos un Certificado de Calidad, que acredite los requisitos mínimos para el correcto funcionamiento de un laboratorio clínico, garantizando la competencia técnica y fiabilidad de sus resultados de modo meramente ejemplificativo y no limitativo se citan a las Normas ISO 15189, 17025, 17020.
La cobertura de servicio de estudios laboratoriales, diagnósticos por imágenes, rehabilitación, y otros estudios especializados, debe cubrir a los pacientes que concurren al centro de diagnostico por imágenes o estudios laboratoriales en forma programada o en casos de urgencias e internaciones las 24:00 horas del día. Debe tener cobertura conforme a contrato en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, insumos y sustancias de contraste y las determinaciones químicas y microbiológicas, asi mismo deberán estar cubiertos los usos de sala para estudios, equipos e instrumentales.
Los estudios o diagnósticos derivados de la urgencia, realizados por prestadores en convenio, serán de cobertura total y no se cobrarán recargos por fuera de horario.
Ciudades del Interior del país: para la prestación de los servicios de estudios laboratoriales, diagnósticos por imágenes, rehabilitación, estudios especializados y otros, establecimientos habilitados o centros asistenciales que brindan dichos servicios por lo menos en los siguientes Departamentos: Alto Paraná, Itapúa, Cordillera, Caaguazú, Caazapá, Guairá, Amambay, Concepción, Canindeyú, Paraguarí y Misiones. La cobertura deberá ser idéntica a la capital del país y los servicios brindados dependerán de la capacidad instalada en los centros habilitados en cada departamento.
En cumplimiento de la Ley N.º 836/80 "Código sanitario" específicamente lo previsto en el TITULO II DE LOS RECURSOS FÍSICOS Y TERAPÉUTICOS, CAPÍTULO II DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Artículo 239 y 245, los oferentes que prestan servicios de salud mediante el sistema de atención médica prepaga y los establecimientos de salud deben estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
PROGRAMA DE SUMINISTROS
ASISTENCIA MÉDICA Y SANATORIAL INTEGRAL
No aplicable a eventos excluidos o arancelados
1) HONORARIOS PROFESIONALES:
Con cobertura total e inmediata, a partir de la vigencia del contrato, en consultorios e internaciones (tratamientos, procedimientos, controles y estudios propios de las especialidades según anexos o coberturas estipuladas en los ítems respectivos), cirugías, y servicios de urgencias: (eventos clínicos y quirúrgicos), sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo y artes marciales, etc.
Los honorarios del médico tratante en internación, así como los honorarios de los médicos que conforman la grilla de las especialidades cubiertas por el Contrato y que sean necesarios consultar, deben ser cubiertos por LA PRESTADORA inclusive por 2 (dos) visitas diarias, sin costo para el asegurado.
La prestadora de servicios deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel de profesionales especializados de la salud; debidamente registrado y habilitado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, debiendo estar todas y cada una ellas cubiertas durante la vigencia del presente contrato. La contratante se reserva el derecho de solicitar el cumplimiento de dicha exigencia a través de pedidos de informes, curriculums, así mismo, solicitar la exclusión de la grilla, recambio, aumento de cantidad de médicos de ramas por falta de turnos, entre otros que garanticen la calidad y eficiencia de los profesionales médicos.
LAS ESPECIALIDADES QUE DEBERÁN ESTAR CUBIERTAS SON LAS SIGUIENTES:
Anestesiología (mínimo 10 profesionales)
Anatomía Patológica (incluyendo biopsia de todo tipo)
Analgesias en partos
Alergiología (mínimo 8 profesionales)
Cardiología clínica (adulta y pediátrica) (mínimo 10 profesionales)
Clínica médica (mínimo 20 profesionales)
Clínica Geriátrica (mínimo 5 profesionales)
Cirugía General menor y mayor, (mínimo 20 profesionales)
Cirugía video laparoscópica (uso del video sin cargo para el beneficiario) (mínimo 10 profesionales)
Cirugía cardiaca adultos y pediátricas (ver alta complejidad)
Cirugía pediátrica (mínimo 5 profesionales)
Cirugía plástica reparadora funcional (no estética)
Cirugía Oncológica (mínimo 3 profesionales)
Cirugía vascular y Flebología
Cirugía extracción osteosíntesis
Dermatología adultos y niños, incluye consultas clínicas, estudios, tratamientos clínicos, cirugías:
Biopsias, extracción de tumores, lunares y verrugas. Se excluyen los procedimientos con fines estéticos.
Dietóloga Nutrición Obesidad (adultos y niños): incluye consultas, estudios y tratamiento clínicos o Dieta. |
Endocrinología adulta y pediátrica
Fisioterapia Neurológica (15 sesiones por año)
Fisioterapia Pulmonar (20 sesiones año/beneficiario)
Fisioterapia en general (30 sesiones año/beneficiario)
Fisioterapia Reeducacion Postural (8 sesiones por año)
Fonoaudiología: Evaluaciones y rehabilitación (30 sesiones/año/beneficiario) (mínimo 5 profesionales)
Flebología
Ginecología y Obstetricia (mínimo 20 profesionales)
Gastroenterología y Proctología
Hematología adultos y niños (mínimo 3 profesionales). Punción de medula ósea.
Hemoterapia
Hepatología (mínimo 3 profesionales)
Infectología adultos y niños (mínimo 3 profesionales)
Kinesiología
Mastología
Monitoreo cardiológico intraoperatorio
Monitoreo fetal
Nefrología, incluye hemodiálisis en los casos agudos (hasta cinco por año por grupo familiar incluyendo adherentes)
Neumología adultos y niños (mínimo 3 profesionales)
Neurología adultos y niños (mínimo 5 profesionales para adultos y 5 para niños)
Otorrinolaringología adultos y niños (mínimo 15 profesionales)
Oncología clínica adultos y niños
Otoneurología adultos y niños
Quimioterapia, hasta 07 aplicaciones/beneficiario/año
Oftalmología (mínimo 20 profesionales), (incluye test ortópticos, dilatación de pupila, presbicia, ptrigión, hipermetropía, y cataratas con implante de lente intraocular). Incluye cataratas por facoemulsificación (NO LIO). Ejercicios ortópticos: hasta 10/beneficiario/año
Pediatría (mínimo 20 profesionales) y Neonatología, Inspección Médica en general solicitada por Instituciones educativas.
Proctología y Coloproctología
Psiquiatría, consultorio, tratamiento hasta 12 sesiones/beneficiario/año
Psicología clínica y laboral: hasta 24 sesiones/beneficiario/año
Psicología Pediátrica (mínimo 3 profesionales): hasta 24 sesiones/beneficiario/año
Psicopedagogía (mínimo 3 profesionales): hasta 32 sesiones/beneficiario/año
Traumatología (mínimo 20 profesionales) y Ortopedia masajes de rehabilitación.
Reumatología (mínimo 5 profesionales)
Transfusionista, incluye honorarios por transfusiones de sangre entera, concentrado de glóbulos rojos y plaquetas, estudios serológicos y materiales de transfusión. (mínimo 5 profesionales)
Toxicología, no en caso de toxicomanías
Urología adultos y niños (mínimo 10 profesionales)
En las cirugías deben estar cubiertas los derechos operatorios.
Las vacunas serán sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, para lo cual la prestadora habilitará un vacunatorio.
El oferente deberá presentar adjunta a su oferta la lista de profesionales para las especialidades cubiertas por el Contrato, nombres y apellidos de los mismos, número de registro profesional, los cuales deberán tener contrato vigente para la prestación del servicio.
LA PRESTADORA DE SERVICIOS se compromete a gestionar la contratación de profesionales médicos y sanatorios propuestos por la contratante, durante los 2 primeros meses de ejecución del presente contrato, los cuales serán incorporados a la nómina de profesionales habilitados, en caso de que la prestadora llegue a un acuerdo con el mismo.
Cada uno de los beneficiarios del presente contrato, podrán consultar eventualmente con un profesional médico de cualquier especialidad y que no se encuentre en el listado de profesionales del seguro, no más de 12 (doce) veces por cada año de contrato, y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta Gs. 250.000.- por consulta.
La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarlo hasta 30 días posteriores de la consulta y el pago o reintegro se realizará dentro de los 15 días posteriores a la solicitud, para lo cual será necesario la sola presentación de la factura acompañada de la indicación médica y la fotocopia de la cédula de identidad.
2) INTERNACIONES:
2.1) INTERNACION EN SALA:
Con cobertura total e inmediata, hasta 30 (treinta) días por evento a partir de la vigencia del contrato, en centros asistenciales habilitados por el seguro, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante. En habitación individual, baño privado, teléfono, T.V., dieta oral convencional del paciente, alimentación enteral (los preparados para alimentación enteral serán considerados medicamentos) sea para niños o adultos, ambiente climatizado, cama para el acompañante, atención médica de cualquier especialidad habilitada y con profesionales habilitados y de enfermería. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, instrumentos, medicina por imágenes y servicios laboratoriales incluidos en los anexos correspondientes, hasta cumplirse el tiempo de internación cubierto. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado pueda internarse dentro del límite de días cubiertos.
Cobertura de medicamentos, insumos y descartables nacionales e importados se detallan en el punto 11.1.
Después de los 30 días, sala y honorarios cobertura del 50% hasta el alta del paciente.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos (según disponibilidad) y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los estudios serológicos correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como honorarios por transfusiones y todos los descartables o medicamentos utilizados para el efecto, deberán ser cubiertos por la prestadora.
2.2) INTERNACION EN TERAPIA INTENSIVA: El tiempo de internación es por un periodo máximo de 25 (veinticinco) días (30 días para neonatos), con cobertura total en honorarios profesionales (plantel habilitado), equipos propios de la unidad, cuidado de enfermería, asistencia respiratoria mecánica (INTUBACION), monitoreo correspondiente al servicio de terapia intensiva y todos los medios auxiliares de diagnóstico, instrumentos, medicina por imágenes y servicios laboratoriales contemplados en los anexos correspondientes.
Internación en la U.T.I. después de los 25 días (30 días en neonatos), cubículo y honorarios cobertura del 80% por 10 días más. Luego cobertura del 50% por 10 días más en los mismos conceptos y superado estos límites cobertura del 30% en concepto de cubículo hasta el alta del paciente.
Cobertura de medicamentos, insumos y descartables nacionales e importados hasta Gs. 40.000.000.- (guaraníes cuarenta millones), en todo concepto (incluye uso de oxígeno y alimentos enterales. Este monto podrá ser usado indistintamente en el servicio de terapia intensiva o intermedia, pero no sumado en caso de usarse los dos servicios. El excedente del importe del medicamentos, insumos y descartables nacionales e importados no utilizados dentro de los 25 días (30 en los neonatos), podrán ser utilizados hasta el límite establecido en el presente contrato no considerando el límite de días.
En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio hasta que se agoten las coberturas correspondientes (honorarios, medicamentos, descartables, etc).
Se entenderá que esta cobertura es por beneficiario, es decir el titular y cada uno del grupo familiar y adherentes pagos.
Así mismo, el tiempo de internación de 25 (veinticinco) días, (30 días para neonatos), será considerado por evento.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos (según disponibilidad) y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
2.3) INTERNACION EN TERAPIA INTERMEDIA (Adultos y Niños)
Se entenderá que la cobertura es total y por beneficiario, y se regirá en las mismas condiciones que el ítem anterior (2.2), con la excepción de la duración de la internación que será de 40 (cuarenta) días, con cobertura 100% en concepto de cama.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos, según disponibilidad y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
2.4) USO DE INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA:
Se entenderá que la cobertura es por persona y se regirá en las mismas condiciones que el ítem (2.2.1), con la excepción de la duración de la internación que será de 40 (cuarenta días), con cobertura 100%, en concepto de incubadora y equipo de luminoterapia.
2.5) MATERNIDAD
Se establece la cobertura total e inmediata por Maternidad, a la Titular o cónyuge del Titular incorporada al Plan Familiar y beneficiarias incluidas en el Plan Familiar, hasta el alta de la paciente. Se entenderá por cobertura inmediata, que regirá desde la vigencia del contrato, sin tener en cuenta la etapa de gravidez en la que se encuentra la mujer.
Se establece la cobertura total de maternidad para en Parto Normal o Parto por cesárea en: Honorarios profesionales de Ginecólogo, ayudante, instrumentador, anestesista, transfusionista, pediatra (y quien sea necesario); derecho operatorio, pensión sanatorial y Nursery; carpa de oxígeno, oxígeno; medicamentos y materiales descartables (dentro de los límites establecidos para Terapia Intensiva); U.T.I. Neonatal (conforme lo establecido para Terapia Intensiva); equipos utilizados en sala de partos; y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes.
Desde el primer día de internación, LA PRESTADORA deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) o cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que la paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, LA PRESTADORA deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones y los Medicamentos o descartables (incluyendo termómetros) que sean necesarios para el efecto, deberán ser cubiertos por LA PRESTADORA.
Se incluye también dentro de la cobertura de maternidad, los siguientes eventos: Control de embarazo en general, aborto espontáneo, legrado, parto normal o por cesárea, embarazo ectópico, mola (embarazo patológico), internaciones clínicas ligadas al curso del embarazo (ej.: eclampsia, diabetes gestacional, hiperémesis gravídica).
Para el caso de BENEFICIARIAS ADHERENTES, tendrán derecho a la misma cobertura a partir de cumplido el plazo establecido en el punto C) VIGENCIA DE LOS SERVICIOS.
3) SERVICIOS DE URGENCIAS:
Debe estar integrado por guardias de urgencias en los servicios asistenciales, compuesto de médicos clínicos o de familia, obstetras y pediatras, las 24 hs. y todos los días, aún domingos y feriados, además de los mismos, se deberá contar profesionales médicos de las subespecialidades como ser: cirujanos, traumatología, cardiología o la convocatoria de ellos o cualquier otro profesional en la mayor brevedad posible.
La cobertura de medicamentos, insumos y descartables nacionales e importados (incluyendo termómetros), ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación, incluyendo antibióticos primera dosis, para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento), en los servicios dispuestos y habilitados por la Contratista.
En los servicios de urgencias deberán estar cubiertos todos los materiales descartables e insumos necesarios para la atención de lesiones traumatológicas de cualquier naturaleza.
El hospital proveerá atención médico-quirúrgica, medicamentos, materiales e insumos necesarios derivada de cualquier clase de accidente. En casos de accidentes colectivos o quemaduras graves, la atención e internación será hasta el alta del paciente. Se considerará accidente colectivo, cuando resultaren más de 5 (cinco) beneficiarios accidentados en un sólo acontecimiento.
Si un beneficiario se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales, podrá buscar auxilio en cualquier otro centro médico más cercano. Estos casos comprenden los derivados de accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos y otros imprevistos que pongan en riesgo la vida del beneficiario.
Ocurrido el episodio se comunicará dentro de las primeras 8 (ocho) horas, para que LA PRESTADORA DE SERVICIOS se haga cargo del paciente, asumiendo todos los gastos contemplados en el contrato e indicando su traslado o continuidad en dicho centro.
Disponer de ambulancias para todo tipo de traslado relacionado a la urgencia o para altas sanatoriales con indicación médica. Unidad coronaria móvil. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia. Incluye el traslado de ambulancia desde el interior del país para los casos considerados de emergencia y/o urgencia, el cual deberá estar a cargo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS, para el titular y los beneficiarios del Contrato. La comunicación deberá ser realizada por el médico a cargo del paciente directamente a la Administración de la Prestadora de Servicios.
4) OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE
Deben estar cubiertos los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas, así como en cirugías menores que no necesiten internación y se realicen en consultorios, la utilización de electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, colchones de aire-agua, monitor, monitor fetal, cuna térmica, video y todos los equipos e instrumentos necesarios con que cuenten los sanatorios habilitados.
Aplicación de inyecciones, curaciones, vacunaciones en niños según esquema obligatorio del MSP y BS, nebulizaciones, servicio de enfermería, toma de presión arterial.
Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, y estudio de PAP, tendrá una cobertura total sin costo para el BENEFICIARIO. También deberá incluir para los casos de los niños en edad escolar, así como la emisión de certificados solicitados por sus colegios, y para los casos con chicos con problemas de salud que les impida la realización de ejercicios físicos y que deban demostrarse fehacientemente con dicho certificado expedido por el profesional médico.
Para eventos clínicos o quirúrgicos deberán estar cubiertos Procedimientos Endoscópicos, con endoscopios rígidos (videolaparoscópios, uroscopios, etc.), y flexibles (fibroscopios), con fines de diagnóstico, cirugía o de tratamiento, incluyendo honorarios profesionales y de anestesista, contraste, medicamentos, kits de insumos, materiales descartables, extracción de cuerpos extraños, y todos los equipos e instrumentos necesarios cada vez que el paciente lo necesite, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, con coberturas conforme a las limitaciones establecidas en el PBC para cada servicio.
5) CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR.
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratorio-les y radiológicos, en las ciudades circunvecinas de la capital y principales ciudades departamentales, detalladas en el Ítem F), en sanatorios acreditados y categorizados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la Superintendencia de Salud.
Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios, deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas, según la infraestructura y capacidad instalada de cada lugar.
6) COBERTURA EN CIRUGIA ODONTOLOGICA
Cualquier complicación surgida de tratamientos odontológicos (sean en consultorios externos u otros, derivados de cirugías u otros tratamientos) contaran con la cobertura de urgencia. No honorarios de odontólogos. Para cirugías odontológicas programadas contaran con quirófanos y sala de internación con los beneficios previstos en la correspondiente cobertura.
7) MEDICOS CONSULTORES = INTERCONSULTORES
Con especialistas a pedido del paciente, o del médico tratante en las internaciones con un 100% de cobertura y sin límites con el plantel de médicos habilitados por la proveedora, por cada internación.
Y hasta 5 (cinco) consultas con profesional que no pertenezca al plantel habilitado, pudiendo ser nacional o extranjero radicado en el país y los honorarios a cargo de la prestadora hasta la suma de Gs. 250.000 por consulta.
8) REHABILITACIÓN CARDIOVASCULAR
Abarca el tratamiento completo, honorarios médicos, aparatos, terapias y todo lo necesario para lograr la rehabilitación Cardiovascular. En el caso de no contar con prestadores será por el sistema de reintegro.
9) SEGURO DEL VIAJERO
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos para casos de urgencias (no programadas ni relacionadas a eventos preexistentes), durante viajes al exterior en misión oficial y mientras dure dicho viaje, al titular y sus acompañantes beneficiarios por un periodo de 30 días al año y hasta 15.000 U$S en cada viaje.
10) ENFERMEDADES CRÓNICAS Y CONGÉNITAS
Cobertura en consultas e internaciones, de todas las patologías crónicas y congénitas (dentro de los límites del contrato), para el titular y su grupo familiar.
Enfermedades crónicas y malformaciones congénitas: CIRUGÍA en el primer acto quirúrgico el 100% de cobertura, 50% de cobertura en el segundo acto quirúrgico y en el tercer acto quirúrgico 25% de cobertura (por cada año de contrato). Las cirugías que se encuadren dentro de alta complejidad se regirán por el ítem correspondiente. Cobertura en consultas y cirugías, no relacionadas con la malformación (dentro de los límites del contrato).
11) COBERTURA DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y DESCARTABLES. MATERIALES DE OSTEOSINTESIS
11.1. COBERTURA DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y MATERIALES DESCARTABLES UTILIZADO: en internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas, procedimientos simples o cirugías que no requiera internación, para el beneficiario titular, para cada miembro del grupo familiar y adherentes (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación) hasta el valor de G. 23.000.000 (Veintitrés millones de guaraníes) por evento para el beneficiario titular y su grupo familiar, y hasta el valor de G. 18.000.000 (Dieciocho millones de guaraníes) por evento para los adherentes.
11.2 COBERTURA DE MATERIALES DE OSTEOSÍNTESIS EN GENERAL: hasta el valor de G 15.000.000
(guaraníes quince millones) por evento.
12) COBERTURA EN FARMACIA.
Cobertura mínima del 30 % (treinta por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias de todos tipos de medicamentos nacionales y 20 % (veinte) medicamentos importadas (Preventivo y curativo), en las farmacias habilitadas por la contratada, aplicados hasta alcanzar un cupo total de descuento de 500.000 G. por mes, por beneficiario. Para la aplicación del descuento, los asegurados deberán presentar la receta a nombre del paciente, con la firma y sello del médico tratante. La PRESTADORA de SERVICIOS deberá presentar un listado con la certificación del convenio con las farmacias (Como mínimo 2 (dos) firmas distintas con sus respectivas sucursales debidamente habilitadas por el M.S.P. y B.S.) con la cual la Prestadora de Servicios tiene relación dentro del Gran Asunción, periferias y/o interior del país.
13) MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD
El criterio a ser empleado en este ítem es el de lograr una cobertura del (80%) ochenta por ciento (para la determinación de porcentajes se tendrá en cuenta los valores de mercado) en concepto de honorarios médicos, prótesis (cadera, rodilla y válvulas cardíacas no TAVI), endoprótesis vascular: stent coronarios, dos no medicado o uno medicado. Los derechos operatorios, sala deberán estar cubiertos 100%, incluyendo uso de equipos, aparatos y todo tipo de instrumento necesarios para los procedimientos enumerados.
En los procedimientos citados a continuación, la cobertura de medicamentos, insumos, y materiales descartables nacionales e importados será hasta la suma de G. 30.000.000 en todo concepto (incluye lo usado en sala, quirófano y UTI) y por evento. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales según Anexos.
Quemaduras que superen el 30% de la superficie corporal.
Cateterismo cardíaco
Cirugía cardiovascular, congénita o adquirida.
Cirugía Vascular Periférica.
Estudios Electrofisiologicos (EEF) y Ablasión de Arritmias
Cirugía Neurológica periférica y central
Cirugía Torácica.
Cirugía cardiaca adultos y niños
Angioplastia transluminal coronaria
Colocación de marcapasos; no incluirá el costo del aparato
Litotripsia extracorpórea
Quimioterapia. Medicamentos oncológicos dentro del límite de alta complejidad y por evento.
Radioterapia. Curativa hasta 20 sesiones por cada año de contrato.
Laserterapia para desprendimiento de retina.
Equipo de contrapulsación intraaórtica
Incubadora de transporte
Medicina nuclear (exámenes de tiroides y riñón) ventriculograma isotópico
Cirugía oftalmológica especializada.
Litotripsia ultrasónica
Cirugía de Miopía (> 5D)
Cirugía de Lasik y/o excimer laser (> 5D)
14) ANEXO MEDICINA POR IMAGENES
Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros de estudios especializados, con cobertura integral del 100 % en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, e insumos, sustancias de contrastes, así mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos. Las sustancias de contrates, tendrán una cobertura de hasta Gs. 300.000 por evento.
Todos los estudios de medicina por imágenes citados en el presente listado deberán tener una cobertura total en los prestadores habilitados y en todos los casos el estudio es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante. En caso de ser realizados en prestadores no habilitados la cobertura será por reintegro y por un porcentaje del 50 % en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, sustancias de contrastes e insumos, así mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos.
Los estudios no contemplados en el presente listado tendrán una cobertura del 50 % (en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, sustancias de contrastes e insumos, así mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos), y si fueran realizados en prestadores no habilitados la cobertura será por reintegro y por el mismo porcentaje (50 %). A continuación se presenta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
Abdomen simple |
Galactografía c/lado c/previa mamografía |
Acufenometría |
Galactografía sin placa simple 1 lado |
Angiografía carótida h/8 placas 2 lados |
Gasto cardíaco |
Angiografía carótida h/8 placas c-lado |
Histerosalpinografía cuando viene espec. |
Angiografía de miembro 1 lado h/6 placas |
Histerosalpinografía radiol. c/espec. |
Angiografía de miembro 2 lados h/6 placas |
Hombro en todas las posiciones |
Angiografía de cualquier miembro o parte del cuerpo |
Holter |
Angiografía digital 3D |
Impedanciometría |
Angioresonancia Angiofluorescengrafia |
Intestino delgado o tránsito intestinal |
Angiofluorescencinografía (Ojos) |
Laringografía contrastada |
Antebrazo en todas las posiciones |
Laser retina periférica |
Aortografía lumbar o abdominal h/5 placas |
Linfografía cada lado |
Apéndice |
Linfografía dos lados |
Árbol urinario simple |
Litotripsia por nefrostomía |
Arteriografía cerebral h/8 pl. 2 lados |
Litotripsia uretral |
Arteriografía cerebral h/8 pl. c-lado |
Logoaudiometría |
Arteriografía selectiva (abdominal o tórax) |
Mama (pieza operatoria) p/placa |
Arteriografía selectiva dos arterias |
Mama (reperage para biopsia) p/placa |
Arteriografía selectiva renal 1 lado |
Mamografía en todos los lados |
Arteriografía selectiva renal 2 lados |
Mano en todas las posiciones |
Artrocentesis |
Mapeo cerebral computarizada |
Audiometría |
Mapeamiento de retina |
Autorrefracción con ciclopejía |
Mastoide en todas las posiciones |
Biligrafina o colongiografía endovenosa |
Maxilar inferior en todas las posiciones |
Biopsias de todo tipo |
Maxilar inferior c/ortopantomografía |
Brazo en todas las posiciones |
Mielografía s/ contraste ni especialista |
Broncografía 2 lados |
Manometría y phmetría esofágica |
Broncografía c/lados |
Miembro superior e inferior en todas las posiciones |
Cadera o pelvis en todas las posiciones |
Monitoreo fetal |
Campimetria computarizada (80%) |
Muñeca en todas las posiciones |
Capsulotomía |
Muslo o fémur en todas las posiciones |
|
Oclusión vascular retiniana |
Cavum |
Oclusión de vena central de retina |
Cavum contrastado |
Orbitas c/posición |
Cinecoronariografia + ventriculografia |
Ortopantomografía |
Cistografía |
Otomicocopia Otomisiones acústicas |
Clavícula en todas las posiciones |
Otoemisiones acústicas |
Codo en todas las posiciones |
Panfotocoagulación |
Colangiografía endovenosa (biligrafina) |
Papilografía o video papilografía digital |
Colangiografía operatoria |
Paquimetría (cada ojo) |
Colangiografía pos-operatoria |
Paquimetría de córnea AO |
Colangiografía retrograda con papilotomía |
Penescopía |
Colangiografía retrograda simple |
Perimetría Doble frecuendia |
Colangiografía trans-parientohepático |
Perfil biofísico fetal |
Colecistografía oral |
Pie en todas las posiciones |
Colon contrastado |
Pielografía ascendente |
Colon doble contraste |
Pielografía endovenosa o riñón contraste |
Captura Hibrida por Sil de bajo grado |
Pierna en todas las posiciones |
Columna cervical en todas las posiciones |
Potenciales evocados auditivos |
Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones |
Potenciales evocados auditivos cerebrales |
Columna panorámica (espinografía) en todas las posiciones |
Potenciales evocados somatosensitivos |
Control radiológico en maniobras traumatológicas |
Potenciales evocados visuales |
Costilla en todas las posiciones |
Placa suplementaria |
Cráneo en todas las posiciones |
Plantigrafía digital estática y dinámica |
Cráneo para ortodoncia |
Pruebas vestibulares en general |
Curva de presión ocular |
Receptores p/ estrogénos y progesterona |
Dilatación (ciclopejía) |
Reposición de Otoconias |
Dedo 2 posiciones |
Retinografía |
Degeneración periférica |
Rodilla en todas las posiciones |
Dental en todas las placas |
Saco lagrimal |
Dental oclusal |
Saco lagrimal (radio. como especialista) |
Dental seriado |
Sacro-coxis en todas las posiciones |
Densitometría |
Scopia como complemento de examen c/T.V. |
Ecobiometria ambos ojos |
Scopia arco c por 1 hora |
Eco Endoscopia de páncreas |
Perfil TORCH |
Ejercicios ortópticos |
Scopia arco c por más de 1 hora |
Electroencefalograma |
Senos faciales en todas las posiciones |
Electrocardiograma de reposo |
Sialografía en todos los lados |
Electromiograma de 1 miembro |
Somnografía o Estudio del Sueño |
Electromiograma hasta 2 miembro |
Spect perfusión Miocárdica |
Electromiograma hasta 4 miembro |
Test alérgicos |
Electronistagmografía |
Timpanometría |
Electronistagmografía /Prueba Vestibular |
Tobillo en todas las posiciones |
Ergometría (Electrocardiograma de esfuerzo) |
Topografía corneal |
Embarazo |
Topografía de córnea (Bilateral) |
Esófago |
Topografía Optica Coherente |
Esternón en todas las posiciones |
Tórax en todas las posiciones |
Examen de retina |
Tránsito intestinal o intestino delgado |
Examen ortóptico |
Transparieto-hepática |
Fistulografía h/2 placas |
Uretrocistografía |
Flebografía cada lado |
Urotac |
Fondo de ojo |
Urograma de excreción |
Galactografía bilateral previa mamografía |
Urodinamia |
Galactografía bilateral sin placa simple |
Uro por ingestión |
Eco Doppler Aorta Abdominal |
Vesícula simple |
Eco Doppler Ginecologico |
|
Ecocardiograma
Eco doppler |
Eco-stress con dobutamina |
Ecocar. c/ doppler bidimensional pre-natal |
Eco-stress |
Ecocardiograma sin doppler bidimensional |
|
Ecografía
Ecografía partes blandas |
Ecografía pancefálica |
Ecografía partes blandas con doppler |
Ecografía prostática |
Ecografía abdominal |
Ecografía prostática intracavitaria |
Ecografía abdominal con Doppler |
Ecografía renal |
Ecografía de mamas |
Ecografía testicular |
Ecografía de tiroides |
Ecografía doppler testicular |
Ecografía de tiroides con Doppler |
Ecografia Doppler vasos del cuello |
Ecografía del bazo |
Ecografía trasvaginal |
Ecografía ginecológica y obstetricia |
Ecografía 3D- tridimensional |
Ecografía morfológica Ecografía morfológica del 3er, 6º y 9º mes (valores cromosómicos) |
Ecografía 4D Cuadrimensional |
Ecografía hígado-vías biliares-vesícula |
Ecografía Obstétrica 4D Cuadrimensional |
Ecografía intracavitaria c/residuo |
Ecografía de tejidos blandos |
Ecografía intra-operatoria |
Densitometría osea |
Ecografía oftálmica/ocular |
Punciones con control ecográfico |
Ecografía con doppler obstétrico |
Ecografía venosa de miembros inferiores |
Ecografía con doppler color fetal |
Ecografia Doppler Renal |
Ecografia Doppler cuello |
|
Tomografía Computada con o sin contraste, con o sin alta resolución (Sin Límites)
Tomografía computada cráneo |
Tomografía computada columna dorsal |
Tomografía computada miembros superiores e inferiores |
Tomografía computada columna lumbar |
Tomografía computada tórax |
Tomografía computada de árbol urinario (URO TAC) |
Tomografía computada abdomen inferior |
Tomografía de laringe o rodilla, tobillo |
Tomografía computada abdomen superior |
Tomografía de tórax o abdomen |
Tomografía computada pelvis |
Tomografía del nervio óptico o pentacan |
Tomografía computada columna cervical |
Tomografía computada del cuello |
Tomografía computada de senos paranasales |
Tomografía computada del encéfalo |
Tomografía angiotomografía coronaria |
|
Tomografía Computada Multislice (10 por año por beneficiario)
Tomografía multislice cráneo |
Tomografía multislice columna dorsal |
Tomografía multislice miembros superiores e inferiores |
Tomografía multislice columna lumbar |
Tomografía multislice tórax |
Tomografía multislice de árbol urinario (URO TAC) |
Tomografía multislice abdomen inferior |
Tomografía multislice de laringe o rodilla, tobillo |
Tomografía multislice abdomen superior |
Tomografía multislice de tórax o abdomen |
Tomografía multislice pelvis |
Tomografía multislice del nervio óptico o pentacan |
Tomografía multislice columna cervical |
Tomografía multislice del cuello |
Tomografía angiotomografía coronaria |
Tomografía multislice del encéfalo |
Tomografía multislice angiotac de tórax |
Tomografía multislice angiotac de cuello |
Resonancia Magnética con o sin contraste (Hasta 3 por año y por beneficiarios y adherentes)
Resonancia Magnética Computada Cráneo |
Resonancia Magnética Computada de Pelvis |
Resonancia Magnética Computada Miembros superiores |
Resonancia Magnética Computada de la Columna Cervical |
Resonancia Magnética Computada Miembros inferiores |
Resonancia Magnética Computada de la Columna Dorsal |
Resonancia Magnética Computada Abdomen inferior y superior |
Resonancia Magnética Computada de la Columna Lumbar |
Resonancia con contraste Intraarticular |
Resonancia magnética de partes blandas
|
Medicina Nuclear (con descuento de 60% en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, sustancias de contrastes e insumos, así mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos.)
Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.) |
Centellografía hepática |
Centellografía glándula salivar |
Centellografía ósea |
Centellografía sangrado intestinal |
Centellografía pulmonar |
Centellografía cerebral |
Centellografía renal |
Centellografía de tiroides o mapeo |
Centellografía testicular |
Terapia cobalto (con 50% de descuento en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, sustancias de contrastes e insumos, así mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos.)
Angiomas radiot. sup. d.t. 10 irrad. p/campo |
Carcinoma oral lesión gang. irrad. p/campo |
Ca. cuello-cuerpo uter. lesión sola p/campo |
Carcinoma oral mas campo anexo |
Ca. cuello-cuerpo uter. mas anexo |
Carcinoma pulmonar cobalto |
Carc. de lengua lesión gang. anexo |
Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto |
Carc. mamario b cobalto s/op. c/cad.gang. |
Carcinoma s/maxilar mas campo anexo |
Carc. mamario cobalto solo tumor s/cicat. |
Cicatriz queloide s/aplicación |
Carc. pene lesión sola co. irrad. p/campo |
Huesos (tumores) co. irrad. por campo |
Carc. pene mas campo anexo r. gang |
Linfomas co. irrad. nodal infodiaf. |
Carc. vejiga cobalto irrad. p/campo |
Linfomas co. irrad. nodal supradiaf. |
Carcinoma cutáneo epitel. d.t. 25 p/campo |
Linfomas co. irrad. nodal total |
Carcinoma esofágico mas campo anexo |
Linfomas co. una región ganglionar |
Carcinoma esofágico lesión sola cobalto |
Rodioterapia antiimflam. prom. c/aplic. |
Carcinoma laríngeo lesión sola cobalto |
Seminoma co. rad. prof. d.t. 50 irrad. nod. tot. |
Carcinoma laríngeo más campo anexo |
Tumores cerebrales en general co. irrad. camp. |
OTROS ESTUDIOS
Tilt Test
Espirometría basal
Neumología/Fracción Espiratoria de Óxido Nítrico (FENO)
Control y Programación de Marcapasos
Audiometrías
Artroscopia
Artrografía
Artrografía por Resonancia Magnética
Laparoscopia
Mapa (Monitoreo Ambulante de Presión Arterial)
Plantigrafía Computarizada
Potenciales Auditivos Evocados
Colangio Resonancia Magnética
Colangiopancreatografía retrógrada endoscópica (C.P.R.E.)
15) ANEXO ESTUDIOS LABORATORIALES
Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio (pacientes encamados y por indicación médica) o que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencias las 24:00 horas del día. Debe tener cobertura integral del 100% en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, insumos y las determinaciones químicas y microbiológicas, asi mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos.
Todos los estudios laboratoriales de esta lista serán con cobertura del 100% en los prestadores habilitados y en todos los casos el estudio es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante. En caso de ser realizados en prestadores no habilitados la cobertura será por reintegro y por un porcentaje del 50 % en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, insumos y las determinaciones químicas y microbiológicas, asi mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos.
Los estudios no contemplados en el presente listado tendrán una cobertura del 50 % en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, insumos y las determinaciones químicas y microbiológicas, asi mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos., y si fueran realizados en prestadores no habilitados la cobertura será por reintegro, por el porcentaje establecido 50% en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, medicamentos, insumos y las determinaciones químicas y microbiológicas, asi mismo deberá estar cubiertos el uso de equipos.
A continuación, se presenta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
Ácido cítrico |
Hemocultivo en aerobiosis |
Ácido fenil Pirúvico |
Hemocultivo en anaerobiosis |
Ácido Fólico |
Hemoglobina |
Ácido Láctico |
Hemoglobina. Electroforesis |
Ácido úrico |
Hemoglobina fetal |
Ácido vanil Mandélico (AVN) |
Hemoglobina. glucosilada (Hb A 1c) |
Ácido valproico |
Hemograma |
ACTH |
Hemograma (Plaquetas + VSG) p/ Hematólogo |
Adenovirus Anticuerpo IGG |
Hemoparásitos |
Adenovirus Anticuerpo IGM |
Hemophilus influenzae tipo b.látex |
Adenovirus Antigeno |
Hepatitis (ac y Ag) ver HAV y HB |
Addis. recuento de |
Hepatitis B IGG |
Aglutinación de partículas de látex para: |
Hepatitis B IGM |
A. Escherichia coli Ki |
Hepatitis C (HCV) Anticuerpo IGG |
A. Hemo-philus influenzae tipo b |
Hepatitis C (HCV) Anticuerpo IGM |
A. Legionella pneumofila |
Hepatograma (GPT-GOT-FA-BT-BD-BI)/Perfil |
A. Nesseria meningitidis grupo a |
Hepático |
A. Nesseria meningitidis grupo b |
Herpes |
A. Nesseria meningitidis grupo c |
H.G.H. |
A. Stroptococus Pheumoniae |
HLA B27 |
A. Stroptococus beta hemolitico grupo a |
Hidatidosis-ac |
A. Stroptocicus grupo b |
Hidroxicorticosteroides 17 |
Aglutinas Anti a |
Hidroxi-Indol-Acetico 5 (5HIAA) |
Aglutinas Anti b |
Hidroxiprogesterona |
AIDS-ac |
Hidroxiprogestorona Neonatal |
Albúmina |
Hierro sérico |
Alcohol |
Hisopado Faringeo |
Anticuerpos S (Spike) SARS-CoV-2, Cuantitativo. |
Hisopado Nasofaríngeo COVID-19 (PCR) |
Aldolasa |
Hisopado Antígeno COVID -19 (Test Rápido) |
Aldosterona |
Histoplamina |
Alergia-Tests: Ver RAST |
HIV-ac |
Alfa 1 antitripsina |
Homocisteina / Homocistina / Cistina |
Alfafetoproteina (APF) |
Hongos. Cultivo e identificación |
A/G |
Hongos. Examen en fresco |
Amilasa |
Hormona de crecimiento(hGh) |
Amonio |
Hormona Folículo Estimulante(FSH) |
ANA |
Hormona Lactogeno Placentaria(hP) |
Anca C PR3 (ANCA C) |
Hormona Luteinizante (LH) |
Anca P MPO (ANCA P) |
HOMA |
Androstenediona |
IgA |
Anfetamina |
IgD |
Anticuerpo (AC) Anti helicobacter Pylori IGA |
IgE |
Anticuerpos SARS-CoV-2 IgG + IgM |
IgG |
Anticuerpos SARS-CoV-2 IgG |
IgM |
Anticoagulante Lupico |
Inclusiones citomegalicas |
Antibiogramas para gérmenes aeróbicos |
Índices hematimétricos |
Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos |
Índice de Tiroxina Libre |
Ac. Anti cardiolipina IgG-IgM |
Influenza A (Por Hisopado) |
Ac. Anti nDNA |
Influenza B (Por Hisopado) |
Ac. Anti Microsomales |
Inmunoelectroforesis |
Ac. Anti Mitocondriales |
Inmunoglobinas |
Ac. Anti Musculo Liso(ASMA) |
Inmunohistoquimica C-ERB2-NEVU |
Ac. Anti Nucleares |
Inmunofluorescencia |
Ac. Anti Tironglubinas |
Insulina |
Ac. Anti Tiroides |
Klesbsiella pneumoniae Carbapenemasa (KPC) PCR |
Ac. Anti-Toxoplasma IgG |
Lactosa |
Ac. Anti Tripanosoma IgG |
LAP |
Ac. Anti Tripanosoma IgM |
Larvas de vermes |
Ac. Anti-Virus Sinciciall Respiratorio(VSR) |
Látex para |
Ac. Heterofilos |
Escherichia coli k 1 |
A.F.P. |
L. Haemophilus influenzae tipo b |
Antígeno Carcinoembrionario (CEA) |
L. Neusseria meningitidis grupo A |
Antígenos Febriles |
L. Neisseriameningitidis grupo B |
Antígeno Prostático específico (PAS) |
L. Neisseriameningitidis grupo C |
Anticuerpo (AC) Anti Centromero |
L. Strptococcus pneumonias |
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGA |
L. Streptococcus beta hemoliticos grupo |
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGG |
L. Streptococcus grupo B |
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGM |
Lavado gástrico |
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGA |
LCR. Citoquímico |
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGM |
LcR. Cultivo |
Anticuerpo (AC) Anti Helicobacter Pylori IGG |
LDH |
Anticuerpo (AC) Anti RNP ENA |
LDL-Colesterol |
Anticuerpo (AC) Anti SCL -70 |
LE |
Anticuerpo (AC) Anti SS - A (RO) |
Lecitina en líquido amniótico |
Anticuerpo (AC) Anti SS B (LA) |
Legionella Pheumiphila.latex |
Anticuerpo (AC) Anti CCP |
Leishmanía Anticuerpo IGG |
Antitrombina III (AT III) |
Leishmanía Anticuerpo IGM |
Apolipoproteina b |
Lesión genital. Coloración de Gram |
Aspegillus |
Lesión genital. Coloración de fontana |
ASTO |
Lesión genital. Estudio microbiológico |
Autovacunas |
Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
Azucares reductores |
Lesión de uñas. Cultivo para hongos |
BAAR |
LH |
Barbitúricos |
Linfa cutánea. Coloración de Ziehl |
Bence-Jones |
Lipasa |
Benedict, Reacción de |
Lípidos totales |
Beta 2 Microglobulina en sangre |
Perfil Lipídico |
Prueba COVID-19 IGG-IGM (3 estudios por contrato) |
Líquido amniótico. Cultivo |
Beta Cross Laps |
Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol |
BNP (Peptido Natriuretico Tipo B) |
Liquido articular. Citoquímico |
Bicarbonato |
Liquido articular. Cristales |
Billirubina total, directa e indirecta |
Liquido articular. Cultivo |
Bilis, cultivo |
Líquido ascitico. Cultivo |
Bioperfil fisiológico SACAR |
Líquido gástrico-duodenal. Parásitos |
Bioquímica de plasma Seminal |
Liquido peritoneal. Cultivo |
C 3 |
Líquido pleural. Cultivo |
C 4 |
Listeria |
Calcio |
Litio |
Ca 125 |
Madurez Fetal (fosfatydil glicerol) |
Calcio total |
Magnesio |
Ca 15-3 |
Magnesio eritrocitario |
Ca 19-9 |
Marihuana |
Calcitonina |
Mastositos |
Calculo Urinario |
Metahemoglobina |
Campo oscuro |
Metotrexate |
Campylobacter |
Micosis oportunistas |
Calcio ionico (a ser realizado en laboratorios designados por el proveedor). |
Micosis profundas |
Capacidad de fijación de hierro (TIBC) |
Micosis subcutaneas |
Carbamazepina |
Micosis superficiales |
Cardiolipina IGA AC |
Microalbuminuria |
Catecolaminas |
Mioglobina |
CEA |
Moco cervical |
Células LE |
Monotest |
Cetonemia |
Morfina |
Cetonuria |
Mucoproteínas |
Cetoferoides 17 |
Mycobacterium Tuberculosis |
CH 50 |
Micoplasma Hominis |
Chagas(Ac. Anti Trypanosoma IgG e IgM |
Neiseriae Gonorrea |
Chalamydia |
Neiseriae Meninigitidis.Grupo A.latex |
|
Neiseriae Meninigitidis.Grupo B.latex |
Citomegalovirus-ac-IgG |
Neiseriae Meninigitidis.Grupo C.latex |
Citomegalovirus-ac-IgM |
N. 5 Nucleotidasa |
Citrato (O) |
NTX |
Ck |
Oido cultivo |
Ck-mb |
Opiaceos |
Clearance de Creatinina |
Orina, físico-químico y del sedimento |
Cloruros |
Orina cultivo |
CMV-ac-IgG |
Oxalato |
CMV-ac-IgM |
Oxiuros |
Coagulograma |
Parásitos. Investigación e identificación |
Cobre |
Parathormona (PTH) |
Coccidioidina |
PAS (Antígeno prostático específico) |
Colesterol esterificado |
PAS libre |
Colesterol HDL |
Paul-Bunell (presuntivo) |
Colesterol-LDL |
POO2 |
Colesterol total |
Po2 |
Colesterol VLDL |
|
Colinesterasa |
PCR ultrasensible |
Coloración de Giemsa |
Péptido C |
Coloración de Gram |
pH |
Coloración de Ziehl |
Phenistix |
Complemento hemolitico (CH 50) |
Plaquetas |
Coombs Directo |
Plaquetas por Hematólogo |
Coombs Indirecto |
Plasma seminal |
Coprocultivo |
Porfobilinogeno |
Coprología Funcional |
Potasio |
Coproporfirinas |
PPD |
Cortisol |
Preparación de células LE |
Crasis Sangui, por Hematólogo |
Productos de degradación de la fibrina |
Creatinina |
Progesterona |
Crioglutininas |
Prolactina |
Crioglobulinas |
Proteínas C |
Criptococus |
Proteínas S |
Cristales-Identificación |
Proteínas C reactiva |
Cuerpos Cetónicos |
Proteínas de Bence-Jones |
Cultivo en Aerobiosis |
Proteínas Electroforesis |
Cultivo en Anaerobiosis |
Proteínas totales |
Cultivo en Thayer-Martin |
Protomorfinas |
Cultivo para BAAR |
Protozoarios |
Cultivo para GC |
Prueba de concentración |
Cultivo para hongos |
Prueba de dilución |
Cultivo para listeria |
Prueba de lazo |
Cultivo para Mycoplasma |
Prueba de tolerancia oral a la glucosa |
Curva de tolerancia oral a la glucosa |
Prueba de tolerancia a la lactosa |
Determinación de Carga Viral |
Prueba de Tzanck |
Dehidroepitandrostenediona(DHEA-S04) |
PTH |
Dehidrostestosterona |
Pus. Cultivo |
Dengue AG (Antígeno) |
Punta de catéter Cultivo |
Dengue Anticuerpo (AC) IGG |
Quimiotripsina |
Dengue Anticuerpo (AC) IGM |
Quistes de protozoos |
Densidad |
Raspado de lengua. Cultivo para hongos |
Difteria, Cultivo |
Reacción de Huddleson |
Dimero D |
Reacción de Widal |
Digoxina |
Recuento de Addis |
DNA-ac |
Recuento de Linfocitos CD4 |
Dióxido de carbono (CO2) |
Relación A/B |
D-Xilosa |
Relación calcio/creatinina |
EBV-EA-ac |
Relación PAS/PAS Libre |
EBV-VCA-ac |
Reticulositos |
Enterococo vancomicina resistente (EVR) ARTRPCR |
Retracción del coágulo |
Electroforesis de hemoglobina |
RK 39 Leishmaniasis Kalaazar |
Electroforesis de lipoproteínas |
Rh |
Electroforesis de proteínas |
Rotavirus |
Electrólitos |
Rubeola IgG |
Eosinófilos |
Rubeola IgM |
Epstein-Barr Virus-ac |
Sangre oculta |
Eritrosedimentación |
Saturación de oxígeno |
Escherichia coli enteropatogeno |
Secreción conjuntival. Cultivo |
Escherichia coli kI. Latex |
Secreción endocervical. Cultivo |
Esperma, cultivo |
Secreción faríngea. Cultivo |
Espermograma |
Secreción genital. Cultivo |
Esputo. Coloración para BAAR |
Secreción nasal. Cultivo |
Esputo. Cultivo para gérmenes comunes |
Secreción nasal. Eosinofilos y mastositos |
Esputo. Eosinófilos y mastocitos |
Secreción prostática. Cultivo |
Esteatocrito |
Secreción purulenta. Cultivo |
Estradiol |
Secreción traqueal. Cultivo |
Estriol libre |
Secreción uretral. Cultivo |
Estrogenos totales |
Secreción bulbar. Cultivo |
Estudio capilar. Investigación de hongos |
Sida-ac |
Exceso de base |
Sífilis |
Factor reumatoideo |
Simis-Hunner - test |
Factor reumatoideo cuantitativo |
Shigella. Cultivo |
Factor reumatoideo Isotipo IGA |
SO2 |
Factor reumatoideo Isotipo IGG |
Sodio |
Factor reumatoideo Isotipo IGM |
Somatomedina - c |
Fenilhidantoina |
Staphylcoccus aureus |
Fenil Alanina |
Streptococcus. Cultivo |
Fenobarbital |
Streptococcus. Beta hemolitico gr. A.latex |
Ferritina |
Streptococcus. grupo B.latex |
Fibrinogeno |
Streptococcus. pneumoniae |
Fibrinolisis |
Streptonasa B |
Formula leucocucocitaria |
Streptozima |
Fosfatasa acida prostática(pap) |
Swin up |
Fosfatasa Acida total y prostatica |
T3 libre |
Fosfatasa alcalina |
T3 total |
Fosfatidil-gilierol en liq. aminiótico |
T3 uptake |
Fosfolipidos |
T4 libre |
Fósforo |
T4 total |
Fragilidad osmótica de los hematies |
Test de absorción a la xilosa |
Frotis de sangre periférica |
Test de Coombs Directo |
Frotis de sangre periférica p/ hematólogo |
Test de Coombs Indirecto |
Fructosa |
Test de estimulación con ACTH |
Fructosamina |
Test de estimulación hormona de crecimiento |
FSH |
T.* con ejercicios* con L-Dopa |
FTA-abs-IgG |
Test de estimulación con LH/RH |
FTA-abs-IgM |
Test de estimulación con TRH |
FTI |
Test de Ham |
Galactosa Neonatal |
Test de supresión con dexametosona |
Gamma Globulinas |
Test in vitro de penetración espermática en t. moco cervical |
Gamma GT |
Test de post-coital |
Garganta. Cultivo |
Test de Sims-Huner |
Gases arteriales |
Test del Sudor |
Gastrina |
Test de HPV |
GC. Cultivo |
Test de IRT |
GH (Hormona de crecimiento) |
TIBC (Capacidad de fijación del hierro) |
Gliadina IgG-IgM |
Tiempo de coagulación sangría |
Globulina |
Tiempo de Protrombina y coagulación |
Glóbulos blancos |
Tiempo de tromboplastina parcial activada |
Glóbulos rojos |
Timol |
Glucohemoglobina |
Tine test |
Glucosa |
Tzanck - Prueba de |
Glucosa 6 Fosfato de Desidrogenasa (G6PD) |
Tipificación |
Glucosa. Curva de tolerancia |
Tiroglubina |
Glucosa pre y pos prandial |
Tiroperoxidasa - Anticuerpo (Tipo - AC) |
Glucosuria |
Testosterona libre |
Ganadotrofina Coriónica (hCG) |
Toxoplasmosis- ac IgG, IgM |
Gota gruesa |
Transferrina |
GOT |
Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGA |
GPT |
Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGG |
Graham-Test |
Trichomonas vaginalis |
Gravindex |
Triglicéridos |
Grupo Sanguíneo |
Troponina I, Cuantitativa |
Guayaco |
Trypanosoma cruzi-ac |
Gasometria |
TSH |
Ham-test |
TTPa |
Hmburger-test |
Ulcera genital. Cultivo |
Hamber |
Urea |
Haptoglobina |
Ureaplasma urealyticum |
HbA 1c |
Urobilina |
Hdelta |
Urobilinogeno |
HAV-ac |
Van de Kamer |
HAV-ac-IgM |
Vandil - Mandelic - Acid (AVM) |
HBc-ac |
Vermes |
HBc-ac-IgM |
VDRL |
HBDH |
Tshr receptor |
HBe-ac |
Vitamina B12 |
HBe-Ag |
VIH-ac |
HBs-ac |
Vicent's Angina. Frotis |
HBs-Ag |
Virocitos |
hCG-sub-unidad beta |
VLDL Colesterol |
HDL-Colesterol |
VSR ac |
Heces. Benedict |
Vitamina D |
Heces. Examen parasitológico |
Widal. Reacción de |
Heces. Flora microbiana |
Xilosa. Test de absorción |
Heces. Frotis |
Probabilidad de riesgo HLA-DQ8 para enfermedad celiaca. |
Heces. Hongos |
Se Incluye Estudio del Sueño (100% de cobertura). |
Heces. Microscopia Funcional |
Se incluye centellografía y captación tiroidea. |
Hematocrito |
Chikungunya IGM, PCR |
Hemocultivo en anaerobiosis automatizado |
DGP2-AC IGA (Deamidados peptidos específicos de gliadina) suero |
DGP (Peptido Deaminado de Gliadina), Anticuerpos IgA, Sangre. |
DGP2-AC IGG (Deamidados peptidos específicos de gliadina) suero |
DGP (Peptido Deaminado de Gliadina), Anticuerpos IgG, Sangre |
Procalcitonina |
Prueba Zika |
Panel Dengue, Zica y Chikungunya por PCR |
Pro BNP |
Panel viral respiratorio |
Test del Hidrógeno Espirado |
Dengue PCR (a ser realizado en laboratorios designados por el proveedor). |
SM anticuerpos (a ser realizado en laboratorios designados por el proveedor). |
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16) SERVICIOS SIN COBERTURAS
Son los que habitualmente no son cubiertos en los contratos de medicina pre-paga. No obstante la tendencia será el logro de aranceles especiales.
Se detallan a continuación:
Todos los gastos ocasionados por los siguientes eventos y sus consecuencias ya sean físicas o mentales:
Intento de autoeliminación, autointoxicación, automedicación, autoagresión.
Participación del abonado en eventos que trasgredan leyes o normas, en riñas, etc.
Estudios y tratamiento médico-quirúrgico con fines de esterilidad o de procreación (incluida la
Fertilización asistida y sus productos)
Enfermos mentales ya sean depresivos o excitados.
Alcohólicos agudos y crónicos y sus consecuencias, (previo dictamen por escrito médico que acredite dicha situación). El paciente que se niegue a someterse al estudio correspondiente será considerado positivo y sin cobertura.
Sangre, plasma y derivados.
Prótesis: excepto las nombradas taxativamente, órtesis (excepto férulas) y complementos de función o marcha. Muletas, sillas de ruedas.
Atenciones domiciliarias, excepto las urgencias y extracciones laboratoriales en pacientes encamados y con expresa indicación médica.
Enfermería particular
Diálisis peritoneal, hemodiálisis en los casos crónicos, formolizaciones.
Lipoaspiración
Secuelas de quimioterapia y radioterapia.
Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.
Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.
Trasplantes de órganos.
Plasmaféresis
Atención de medicina no alopática. Acupunturas, homeopatía y quiropraxia, etc. Podología
Cirugía con fines estéticos (no reparadora)
SIDA o pacientes infectados con el virus del VIH
Cirrosis y sus consecuencias
Todo lo no especificado como con cobertura y los excedentes de las mismas
Tratamiento quirúrgico de la obesidad o trastorno metabólico (cirugía bariátrica-metabólica).
Tratamientos especializados en alergia
Cirugía oftalmológica refractiva
Tratamiento con láser en Flebología, cirugías refractivas y otros usos no contemplados como con cobertura.
Cirugías reconstructivas que no sean imprescindibles para mejorar una función.
Las demás entidades clínicas y tratamientos están cubiertos, como crisis hipertensivas, crisis asmática, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebro vascular, descompensaciones diabéticas y enfermedades congénitas., criocirugía.
Los casos preexistentes y crónicos no serán considerados como servicios sin cobertura.
La determinación del acaecimiento de un hecho de intento de autoeliminación, autointoxicación, automedicación, autoagresión, deberá ser demostrada por la autoridad competente para la suspensión de la cobertura de los servicios asistenciales ya prestados. El paciente deberá someterse a las pruebas necesarias o será considerado positivo.
17) ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIAS
A cargo de una unidad móvil equipada para las emergencias de salud, presentadas en el domicilio del asegurado.
Este servicio debe incluir honorarios médicos y paramédicos, medicamentos y materiales descartables, sin costo para el paciente, disponible durante las 24:00 horas del día durante todo el año.
[1] Ley 1626/2000, dispone en su Artículo 4º.- Es funcionario público la persona nombrada mediante acto administrativo para ocupar de manera permanente un cargo incluido o previsto en el Presupuesto General de la Nación.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
No. De Artículo
[Insertar el N° del Artículo]
Nombre de los Bienes o Servicios
[Indicar nombre]
Especificaciones Técnicas y Normas
[indicar ET y Normas]
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem | Descripción del Bien | Unidad de Medida | Cantidad | Lugar de Entrega | Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 | Servicio de Medicina Prepaga |
Mes | 24 | En los Centros asistenciales habilitados por el proveedor. | veinticuatro (24) meses, contados desde la fecha indicada en la Orden de Inicio emitida por la Contratante |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Serán presentados 24 (veinticuatro) certificados
Frecuencia: mensual.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe |
Informe de Cumplimiento |
veinticuatro (24) meses, contados desde la fecha indicada en la Orden de Inicio emitida por la Contratante |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.