Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Metodo de Evaluación

Basado únicamente en precio

Análisis de precios ofertados

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

    1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

 

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

Costos Directos:

  1. Costo de los insumos utilizados para el mantenimiento y reparación de los vehículos de la ANTSV
  2. Costos de Mano de Obra empleados para la realización del servicio.

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.

En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) 

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”,   de conformidad con el formulario estándar  - Sección Formularios (**)
        2.  Documentos legales .Oferentes.

8.1. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (*)
  3. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  1.  

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Contribuyente de IRACIS/IRE RG por los años que corresponda deberán cumplir con el siguiente parámetro:

 

 A) Contribuyente de IRACIS/IRE RG por los años que corresponda deberán cumplir con el siguiente parámetro:

a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los últimos años [2020,2021,2022)

b. Endeudamiento: pasivo total / activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los últimos años [2020, 2021, 2022]

c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital. El promedio en los años [2020, 2021, 2022], no deberá ser negativo.

 

B) Contribuyentes de IRPC / IRE SIMPLE por los años que corresponda deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso). -Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos. (años 2020, 2021, 2022)

 

C) Contribuyentes de IRP/IRP RSP por los años que corresponda deberán cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia:

(Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos. (años 2020, 2021, 2022)

 

D) Contribuyentes de IVA General deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales (años 2020, 2021, 2022)

 

EN CASO DE CONSORCIOS: todos los integrantes que lo componen deberán cumplir con los requisitos financieros indicados

 

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

 

a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente al inicio de la etapa competitiva.

 
b. Patente comercial vigente a la fecha de apertura o al inicio de la carga de propuestas para procesos de SBE, del municipio o donde este asentado el establecimiento principal del oferente
 
c. Balance General y estado de resultados de los últimos 2 años (2021 y 2022), para contribuyente de IRACIS / IRE GENERAL

 

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Demostrar la experiencia en MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE VEHICULOS  con facturaciones de venta, contratos y/o recepciones finales u otros documentos, por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en el presente procedimiento de contratación, de los: 2021,2022 y 2023 años de empresas públicas como privadas. Podrán presentarse la cantidad de contratos que fueren necesarios para acreditar el volumen de ventas (de la sumatoria de los tres años mencionados), siempre que hayan sido formalizados en el periodo mencionado.

Que cuente como mínimo con 3 (tres) años de existencia en el rubro ofertado hasta la etapa competitiva, para lo cual se debe presentar copia de apertura de negocios en la SSET.

Presentación de Licencia Ambiental emitida por la MADES (Ministerio del ambiente desarrollo sostenible) para operar como Taller Mecánico.

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

1. Copia de la constancia de RUC emitida por la SET

2. Presentación de Licencia Ambiental emitida por la MADES

3.. Copia de contratos y/o facturaciones con sus recepciones satisfactorias o finales

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: El cumplimiento de las Especificaciones Técnicas estará garantizado a través de la adecuada descripción y requerimientos completos de los bienes expuestos en el PBC. Deberá ser presentada en forma de Declaración Jurada.

2. DECLARACIÓN JURADA: Una declaración jurada de que los repuestos y filtros proveídos y a ser instalados son originales de las marcas respectivas de los vehículos sujetos al servicio, tanto preventivo como correctivo.

3. INFRAESTRUCTURA (ZONA ASUNCIÓN): El oferente deberá contar con infraestructura propia para la zona central, de manera a optimizar el desempeño de las funciones contratadas. La infraestructura deberá contar con un área exclusiva de trabajo tipo tinglado totalmente cubierto de piso a techo con paredes de material cocido, pisos de hormigón armado de buen espesor, con portón de acceso y de salida, con área cubierta mínima de 700 m2. El área cubierta de taller no incluirá superficies de áreas Administrativas ni Comerciales, tales como oficinas, salones de atención al público y/o ventas y/o reuniones, comedores etc. El oferente debe contar como mínimo con un lavadero de vehículo dentro del predio. Todos los vehículos reparados deben entregarse limpios. Además, atendiendo que los móviles de la Institución recorren carreteras de todo el País, incluyendo caminos terraplenados, generalmente llegan al taller llenos de barros, eso implica un necesario lavado completo antes de realizar cualquier trabajo y/o un buen diagnóstico. Cabe destacar que, con esta exigencia, la convocante evitará que los vehículos estén saliendo del taller adjudicado (donde cuenta con la cobertura del seguro contra todo riesgo) y circulando por las calles para llegar a un lavadero tercerizado. Plano de infraestructura, el oferente deberá presentar plano de la infraestructura del taller debidamente aprobado por la intendencia municipal que corresponda. No se admitirán superficies a regularizar.

4. SISTEMA DE PREVENCIÓN CONTRA INCENDIO: El oferente deberá presentar copia autenticada de planos de sistema de prevención contra incendios, definitivos y no a regularizar, debidamente homologado y/o aprobado por la intendencia municipal correspondiente. Debe contar con un sistema de protección y combate contra incendios en todas sus instalaciones, conforme corresponda según Ordenanzas Municipales aplicables: Sensores de humo- calor, extintores, reservorio de agua, equipos de boca hidrante, carteles indicadores salidas de emergencia en todas sus instalaciones.

5. EQUIPAMIENTOS Y HERRAMIENTAS: Para el área Central, el oferente deberá contar mínimamente con: · Un Elevador con una capacidad de carga de 2500 kg eléctricos y/o hidráulicos. · Un Elevador con una capacidad de carga de 4000 kg, eléctricos y/o hidráulicos. · Caballetes de seguridad: (Como mínimo 8 unidades) · Un Taladro Eléctrico de banco de 25 mm2 como mínimo · Un Compresor de aire, como mínimo de 250 litros · Catálogo de código de falla. (Como mínimo 1 unidad) · Multitester digital de uso automotriz. (Como mínimo 5 unidades) · Prensa hidráulica de banco: con capacidad mínima de 15 toneladas. (Como mínimo 1 unidad) · Prensa morsa de banco: (Como mínimo 2 unidades) · Pistola neumática: (Como mínimo 2 unidades) · Gato para desmontaje de caja de cambios. (Como mínimo 2 unidades) · Banco de trabajo: (Como mínimo 5 unidades) · Cajas de herramientas manuales: Estas deben incluir como mínimo destornilladores, llaves combinadas, llaves de tubo, Pinza universal, pinzas de seguro y otros. Una caja de equipos manuales para cada operario del taller. (Como mínimo 5 unidades) · Un Soldador eléctrico de arco (mínimo de 250 amperes). · Alineadora y balanceadora operativo en el taller. (Como mínimo 1 unidades) · Alineador de luces. (Como mínimo 1 unidades) · Un Generador de 50 KVA instalado y operativo, para evitar interrupciones en el taller en caso de producirse cortes en el suministro de energía eléctrica. (Como mínimo 1 unidades) · Soldador MIG. (Como mínimo 1 unidades) · Cargador de baterías. (Como mínimo 1 unidades) · Hidrolavadora. (Como mínimo 1 unidades) · Aspiradora. (Como mínimo 1 unidades) · Una Sala de ajustes: Equipado con torquímetros de precisión, calibre (pie de rey), micrómetro, reloj comparador (Interno/externo), compresímetros para motores diésel y compresímetros para motores a nafta. Dicha sala de ajustes deberá estar limpia, aislada del resto del taller e iluminada correctamente. · Banco para armado de motores: 1 unidad como mínimo. · Escáner específico de la marca: Cantidad 1 mínimo por cada marca. · Un Reciclador y banco de prueba de sistema de aire acondicionado.

6. SEGURO CONTRA TODO RIESGO: El oferente deberá presentar copia de seguro contra todo riesgo para los vehículos que se encuentren a cargo del taller central, y con una cobertura hasta 5 km a la redonda del taller, previendo pruebas pos trabajo terminado, con monto mínimo a cubrir de Gs. 300.000.000 (Gs. trescientos millones). Este seguro deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta y se deberá extender durante el tiempo de vigencia del contrato si el oferente fuese adjudicado.

7. STOCK MÍNIMO: El oferente deberá contar con un stock mínimo de repuestos en su depósito propio, para trabajos de carácter ambulatorio, por ejemplo, cambio de amortiguadores, cambios de filtros, aceites, cambio de focos, etc., para garantizar una rápida atención.

8. SERVICIO DE GRÚA: El taller adjudicado deberá contar con servicio de grúa de 24 horas en todo el territorio nacional para los casos en que la Institución no pueda hacer llegar por sus medios los vehículos a ser reparados. 9. TALLER MOVIL: El taller del oferente deberá poseer un taller móvil para auxilio en la vía pública, permanente e ilimitado para todos los vehículos del lote ofertado, para asistir a los mismos en cualquier punto del país

10. SEGURIDAD SOCIAL: El oferente deberá demostrar fehacientemente que cumple con la cantidad mínima de personal requerido por la convocante y que los mismos se hallan inscriptos y protegidos por el Seguro Social Obligatorio I.P.S.

11. PERSONAL TÉCNICO: El oferente deberá contar con una cantidad mínima de personal consistente en 7 personas, de las cuales, 5 personales deberán ser técnicos certificados. Se considerará a una persona técnica en más de una especialidad. Se requiere presentar certificados emitidos por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC), Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social, SNPP (Servicio Nacional de Promoción Profesional) o Instituto Técnico Superior Alemán Kolping.

Las especializaciones requeridas son las siguientes:

PERSONALES TÉCNICOS:

● 1 técnico en inyección electrónica naftera;

● 1 técnico en inyección electrónica diésel;

● 1 técnico en Electricidad del automóvil;

● 1 Técnico en Aire Acondicionado del Automóvil;

● 1 especialistas en mecánica automotriz;

● 1 especialista en autotrónica.

● 1 técnico como mínimo, capacitado y certificado por el fabricante o su representante autorizado de haber hecho cursos de capacitación en Reparación y Mantenimiento correctivo del vehículo, correspondiente a cada marca del objeto de la presente licitación.

PARA EL RESTO DE LOS PERSONALES:

● 1 auxiliares mecánicos

● 1 funcionarios administrativos como mínimo.

 No aplica el Certificado o Constancia de Estudios para los auxiliares de mecánica

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

1. Declaración Jurada cumplimiento de las Especificaciones Técnicas.

2. Declaración Jurada repuestos y filtros proveídos son originales de las marcas.

3. - Declaración jurada de Infraestructura mínima requerida. -Copia simple de título de propiedad.

4. Copia autenticada de planos de sistema de prevención contra incendios

5. El oferente deberá presentar una Declaración Jurada de contar con los equipamientos y herramientas solicitadas.

6. Copia de póliza de seguro contra todo riesgo por el valor mínimo requerido.

7. Declaración Jurada de stock mínimo de repuestos.

8. Copia de contrato de Grúa en caso de tercerizar o copia de documentos del rodado en caso de ser propio.

9. Copia de contrato del Vehículo utilizado como Taller Móvil en caso de tercerizar o copia de documentos del rodado en caso de ser propio.

10. Copia de Planilla de aporte obrero - patronal (IPS) Constancia de pago vigente.

11. Certificados de los técnicos requeridos:

- 1 técnico en inyección electrónica naftera;

- 1 técnico en inyección electrónica diésel;

- 1 técnico en Electricidad del automóvil;

- 1 técnico en refrigeración del automóvil;

- 1 especialistas en mecánica automotriz;

- 1 especialista en autotronica.

- 1 técnico como mínimo, capacitado y certificado por el fabricante o su representante autorizado de haber hecho cursos de capacitación en Reparación y Mantenimiento correctivo del vehículo, correspondiente a cada marca del objeto de la presente licitación.

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

La Convocante, realizará una visita in situ al local del taller del oferente, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones; así como verificar y certificar la información suministrada en cuanto infraestructura y equipamiento declarada en la oferta del mismo, que deberá de cumplir con los requisitos de participación y criterios de evaluación.

Se labrará acta de la verificación realizada, y la misma será rubricada por el evaluador y el responsable del taller oferente, con el correspondiente sello de la Empresa. En caso de que el responsable del taller oferente se rehusé a firmar el acta mencionada se dejara constancia de tal situación.

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)            Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)           Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c)            En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.