Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
SERVICIO DE RECUPERACIÓN ANTE CONTINGENCIAS
Se deberá proveer un servicio de recuperación de datos ante contingencias en el centro de procesamiento principal de datos del Banco Nacional de Fomento ubicado en su Casa Matriz. El mencionado servicio deberá permitir al BNF, continuar con sus actividades normales de procesamiento central si se presentara un siniestro o contingencia que pudiera afectar el normal funcionamiento del Servidor Principal, o de los servidores X86.
El Servicio de Recuperación ante contingencias incluirá la elaboración de un Plan General de Recuperación que permita:
a) Reanudar, en el menor tiempo posible, las actividades del Centro de procesamiento y de acuerdo a las necesidades en el tiempo (día y hora) antes que el BNF lo indique (Roll back) a demanda.
b) Atenuar el impacto negativo en las funciones comerciales del Banco, evitando la pérdida de información que pudieran impedir la toma de decisiones oportunas y la capacidad de respuesta.
c) Organizar las tareas necesarias para reparar o reemplazar el área dañada en el menor tiempo posible.
ALCANCE DEL SERVICIO
SERVICIO SOLICITADO
Centro de Procesamiento Alternativo
b) Deberá proveerse de un servicio de asesoramiento, soporte de mantenimiento del esquema de replicación y asistencia para la realización de pruebas periódicas de funcionamiento del esquema de contingencia.
c) Deberá proveerse el gerenciamiento durante todo el período del servicio a modo de actuar como punto focal y contacto único para el proyecto y coordinar las tareas y cronogramas establecidos.
d) En caso de siniestro, toda esta infraestructura (Arquitectura POWER 10 y X86) deberá estar disponible para su uso, en un tiempo mínimo de 60 (sesenta) minutos de declarada formalmente la contingencia, situación que se adelantará por medio de una llamada telefónica al Centro de Procesamiento Alternativo y luego será perfeccionada según un acta a firmar por ambas partes.
Plan de Continuidad
El oferente deberá presentar un Plan de Continuidad que garantice las operaciones de las aplicaciones críticas que actualmente sufre el Centro de Procesamiento Principal del BNF ante alguna contingencia, y deberá contemplar como mínimo lo siguiente:
a. Reanudar en un tiempo mínimo de 10 (diez) minutos (LSA) el procesamiento informático; El procedimiento de switcheo se deberá poder realizar desde cualquier sucursal del BNF.
b. Atenuar el impacto negativo en las funciones comerciales del Banco, evitando la pérdida de información, que impidan la toma de decisiones oportunas y la capacidad de respuesta a los clientes.
c. Asegurar la continuidad del negocio.
d. Recuperar la operatividad del Centro de Procesamiento Principal y las comunicaciones correspondientes mencionadas.
e. Efectuar procedimientos para la recuperación efectiva de las tareas informáticas.
f. Presentar diseños de las comunicaciones y del esquema de traspaso a contingencia.
CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVIDORES A SER RESPALDADOS
El Servidor de Respaldo Power deberá poder recuperar la operatividad de procesamiento y asegurar la continuidad del negocio del BNF, en lo relativo a la tecnología de procesamiento.
Los servidores del pool de recursos virtualizados deberán tener los recursos necesarios para soportar los servidores que encuentran en Producción del BNF, si el mismo tiene un upgrade ya sea en memoria, disco o procesador, el mismo debe ser replicado en el servidor de respaldo.
SERVIDOR PRINCIPAL DEL BNF- IBM POWER 10 E1080
COMPONENTES |
ESPECIFICACIONES |
Cantidad |
2 |
Marca y Modelo |
Servidor IBM POWER 10 E1080 |
Memoria Principal |
1 TB de memoria activa, 2TB instalada |
Procesador |
04 procesadores de 10 cores cada uno |
Unidad de Cinta |
2 drive LTO 9 |
Fuente de Poder |
Fuente de poder redundante |
Componentes |
Tarjeta de fibra canal 4 PCIe3 de 32Gb de 2-puertos Fibre Channel 2 PCIe3 LP 32Gb 2-port Fibre Channel |
Consola |
Hardware Management Console para particionamiento lógico de procesadores Power10 |
Licencias exigidas |
05 licencias IBM i con sus últimas actualizaciones y licencias correspondientes. 04 Licencias de REDHAT Enterprise Linux for Power 07 PowerVM 04 IBM PowerVM Linux Edition 04 Db2 Mirror License 01 Backup Recovery and Media Services for I 04 PowerHA SystemMirror for i DB2, 01 IBM DB2 Query Manager and SQL 01 Query Manager and SQL Development, |
STORAGE PRINCIPAL DEL BNF IBM FLASHSYSTEM 7300 NVME
COMPONENTES |
ESPECIFICACIONES |
Cantidad |
2 |
Marca y Modelo |
IBM FlashSystem 7300 NVMe |
Controladoras |
2 controladoras en modo activo/activo, |
Caché |
756 GB instalados |
Conectividad front-end instalada |
8 puertos de 32Gbps con SFP+ incluidos y soporte FC-NVMe por controladora |
Conectividad front-end soportadas |
10 Gbps Ethernet (iSCSI), 25 Gbps Ethernet (iSCSI, iWARP, RoCE) 16 Gbps Fibre Channel (FC, FC-NVMe), 32 Gbps Fibre Channel (FC-NVMe) |
Niveles de RAID |
DRAID Distribuido 1, 6 |
Capacidad |
48TB NMVe |
Energía y Refrigeración |
Fuente de poder y ventiladores redundantes y hot-swap |
Licencias : |
Réplica Remota Tiering de discos Compresión Flash Copy |
BIBLIOTECA DE CINTA IBM ULTRIUM9
COMPONENTES |
ESPECIFICACIONES |
Factor de forma |
3U de altura |
Capacidad mínima de cartuchos LTO Ultrium |
32 |
Unidades de cinta |
2 drive LTO 9 |
SERVIDORES VIRTUALIZADOS DE LA PLATAFORMA INTEL
El Servidor de Respaldo deberá poder cubrir los recursos que actualmente posee el BNF de Servidores Virtualizados que se encuentran en Producción que se señala en el siguiente cuadro:
SERVIDORES |
|||
Procesador |
Cores |
Memoria |
Discos |
120 procesadores |
20 |
2 TB |
250 Tb |
LICENCIAS DE VIRTUALIZACIÓN |
|||
VMWare Vsphere Enterprise 7.0 como mínimo |
Vmware Vsphere y Acceso a la Consola Vcenter para la autogestión de recursos. |
SERVIDORES VIRTUALIZADOS DE LA PLATAFORMA INTEL |
||
Disco Utilizado (TB) |
Virtual CPU |
Memoria Total (TB) |
33 |
1.142 |
2 |
Tiempo de disponibilidad del Centro de Procesamiento Alternativo
La efectiva utilización del Centro de Procesamiento Alternativo estará determinada por las características de la contingencia.
Los oferentes deberán prestar, en consecuencia, un servicio sin restricción de tiempo de utilización del Centro de Procesamiento Alternativo hasta que se restablezca la operación normal del Centro Principal del BNF, el cual deberá estar contemplado en las opciones cotizadas por los oferentes.
Inicio de Actividades.
El inicio del servicio relacionado con el punto 1.3.1. Centro de Procesamiento Alternativo, será independiente de la concreción del punto 1.3.2 Plan de Continuidad, respectivamente, pudiendo comenzar antes de la finalización de este último, los cuales se hallan contemplados dentro de los Requerimientos para la Contratación del Servicio.
Funcionalidades del Servicio Requerido.
Se ha estructurado el servicio requerido en función de las necesidades del BNF.
a. El servicio ofrecido permitirá que se implemente un esquema de replicación de datos, programas, configuraciones y todos los elementos necesarios para el funcionamiento de las aplicaciones del BNF entre los Servidores y los del Centro de Procesamiento Alternativo.
b. Esta actualización de información entre el Centro de Procesamiento Principal y el Centro de Procesamiento Alternativo se hará por medio de herramientas especiales de software.
c. La actualización deberá efectuarse en línea, entendiéndose por esto que los datos u otros elementos en los Servidores deben ser replicados en el equipo del Centro Alternativo de Procesamiento en forma simultánea.
d. En caso de contingencia los Servidores Alternativos deberán tomar el lugar de los Servidores de Casa Matriz permitiendo la conexión de los usuarios a estos últimos y continuar utilizando las aplicaciones asignadas por el BNF.
CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO DE PROCESAMIENTO ALTERNATIVO REQUERIDO POR EL BNF.
A continuación, se listan las características mínimas del equipamiento necesario, entendiendo que los valores de potencia a ofertar podrán ser mayores que los fijados en este documento, pero en ningún caso menor.
Servidores Alternativos:
El Centro de Procesamiento Alternativo deberá contar con el Servidor dedicado para el ambiente Power con capacidad de procesar hasta 20 cores de IBMi de Power10 y pool de recursos virtualizados X86, con características equivalentes a los del Servidor Central señalados y establecidos en el punto 1.4 CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVIDORES A SER RESPALDADOS
Sub. Sistema de Impresión.
El Centro de Operaciones Alternativo deberá contar con una capacidad mínima de 40 impresiones por minuto, en impresión Láser.
Características generales del centro de procesamiento alternativo.
El oferente deberá detallar la ubicación del Centro de Procesamiento Alternativo ofrecido para el servicio requerido.
El oferente deberá especificar cuáles son los operadores de comunicaciones que tienen actualmente acceso al Centro de Procesamiento Alternativo.
El oferente deberá detallar en el plan de continuidad solicitado en el punto 1.3.2 la configuración de comunicaciones de respaldo que estarán disponibles, listando su electrónica complementaria (Routers, switches, etc.) para la conexión de los vínculos de comunicaciones.
Sistema Remoto de Alarmas
El Centro Alterno a ser contratado deberá contar con un Sistema Remoto de Alarmas que permita a los operadores y funcionarios responsables de la operación de los diferentes elementos y sistemas instalados en el Centro de Cómputo Alterno, estar informados acerca de cualquier novedad que implique la falla o una operación irregular en dichos elementos y/o sistemas.
Dicho Sistema Remoto de Alarmas deberá determinar la gravedad de cada incidente para tomar las acciones que correspondan para corregir el problema presentado y disminuir el riesgo de que el Centro de Cómputo Alterno quede fuera de servicio.
Tendrá que detectar la señal de alarma emitida por la variable o el sistema que está siendo controlado y generar los correspondientes mensajes a dispositivos de comunicación móviles, o mensajes a un correo electrónico pre-definido.
Deberá captar y descifrar las señales provenientes de los equipos monitoreados, y finalmente enviar la información procesada a una consola de operador, que podrá estar localizada en la misma red LAN del Centro de Cómputo Alterno y/o en el Centro de Cómputo Principal.
El Sistema debe poseer, por lo menos, las siguientes capacidades de notificación:
Infraestructura de las instalaciones.
El Centro de Procesamiento alternativo contará como mínimo con las siguientes características:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
SERVICIO DE CENTRO ALTERNO DE ALTA DISPONIBILIDAD |
||||
Ítem N° |
Descripción |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Presentación |
1 |
Servicio De Centro Alterno De Alta Disponibilidad |
24 |
Mes |
Unidad |
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
ÍTEM N° |
DESCRIPCIÓN DEL BIEN |
CANTIDAD |
UNIDAD DE MEDIDA |
LUGAR DE ENTREGA |
PLAZO DE ENTREGA |
1 |
SERVICIO DE CENTRO ALTERNO DE ALTA DISPONIBILIDAD |
24 |
Mes |
Los servicios objeto de esta contratación serán prestados en el lugar propuesto por el adjudicado. |
La recepción definitiva en óptimas condiciones de funcionamiento será en 20 días corridos posteriores a la suscripción del contrato. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Serán presentados: 24 (veinticuatro) Actas.
Frecuencia: Mensual
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Acta de conformidad 1 |
Acta de conformidad |
Conforme al Plan de Entregas |
Acta de conformidad 2 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 3 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 4 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 5 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 6 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 7 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 8 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 9 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 10 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 11 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 12 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 13 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 14 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 15 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 16 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 17 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 18 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 19 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 20 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 21 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 22 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 23 |
Acta de conformidad |
|
Acta de conformidad 24 |
Acta de conformidad |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.