COMPRENDEMOS QUE EL ACTIVO LIQUIDO, RESULTA DE LA DIFERENCIA ENTRE EL ACTIVO CIRCULANTE Y EL PASIVO CIRCULANTE, SIN EMBARGO SOLICITAMOS ACLARACIÓN CON RESPECTO A: QUE CUENTAS DEL ACTIVO SERÁN CONSIDERADAS COMO “ACTIVOS REALES LIBRES DE GRAVÁMENES”, COMO ASÍ TAMBIÉN FAVOR ACLARAR QUE PRODUCTOS FINANCIEROS ESTARÍAN CALIFICADOS COMO: “OTROS MEDIOS FINANCIEROS”, DE TAL MANERA A IGUALAR Y/O SUPERAR EL CAPITAL OPERATIVO CON EL MONTO DE LA OFERTA, COMO EXIGE EL PBC.
COMPRENDEMOS QUE EL ACTIVO LIQUIDO, RESULTA DE LA DIFERENCIA ENTRE EL ACTIVO CIRCULANTE Y EL PASIVO CIRCULANTE, SIN EMBARGO SOLICITAMOS ACLARACIÓN CON RESPECTO A: QUE CUENTAS DEL ACTIVO SERÁN CONSIDERADAS COMO “ACTIVOS REALES LIBRES DE GRAVÁMENES”, COMO ASÍ TAMBIÉN FAVOR ACLARAR QUE PRODUCTOS FINANCIEROS ESTARÍAN CALIFICADOS COMO: “OTROS MEDIOS FINANCIEROS”, DE TAL MANERA A IGUALAR Y/O SUPERAR EL CAPITAL OPERATIVO CON EL MONTO DE LA OFERTA, COMO EXIGE EL PBC.
Nos remitimos a la Adenda N.º 1 y se analizará igualmente la consulta.
42
CAPACIDAD FINANCIERA - CAPITAL OPERATIVO
.- DEBIDO A QUE “EL MÍNIMO DE ACTIVOS LÍQUIDOS Y/O ACCESO A CRÉDITOS LIBRES DE OTROS COMPROMISOS CONTRACTUALES DEL ADJUDICATARIO DEBE SER IGUAL AL MONTO OFERTADO”, SOLICITAMOS SE MODIFIQUE ESTA REGLAMENTACIÓN Y QUE PARA CUBRIR EL MONTO OFERTADO EL CAPITAL OPERATIVO SEA DEDUCIDO ENTRE EL VALOR TOTAL DE LOS ACTIVOS Y EL VALOR TOTAL DE LOS PASIVOS, CUYA DIFERENCIA SERIA EL PATRIMONIO NETO DEDUCIDO DE LOS COMPROMISOS DE LA EMPRESA OFERENTE.
.- DEBIDO A QUE “EL MÍNIMO DE ACTIVOS LÍQUIDOS Y/O ACCESO A CRÉDITOS LIBRES DE OTROS COMPROMISOS CONTRACTUALES DEL ADJUDICATARIO DEBE SER IGUAL AL MONTO OFERTADO”, SOLICITAMOS SE MODIFIQUE ESTA REGLAMENTACIÓN Y QUE PARA CUBRIR EL MONTO OFERTADO EL CAPITAL OPERATIVO SEA DEDUCIDO ENTRE EL VALOR TOTAL DE LOS ACTIVOS Y EL VALOR TOTAL DE LOS PASIVOS, CUYA DIFERENCIA SERIA EL PATRIMONIO NETO DEDUCIDO DE LOS COMPROMISOS DE LA EMPRESA OFERENTE.
Nos remitimos a la Adenda N.º 1 y se analizará igualmente la consulta.
43
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Solicitamos de la manera más atenta aclarar si se permite la participación de empresas extranjeras que no cuentan con sucursal en Paraguay, en caso afirmativo les agradecemos confirmarnos.
Solicitamos de la manera más atenta aclarar si se permite la participación de empresas extranjeras que no cuentan con sucursal en Paraguay, en caso afirmativo les agradecemos confirmarnos.
En la pág. 45, del PBC, indica textualmente que “La ejecución de obras se realizará según un cronograma de ejecución de obras de 36 meses”, y en la pág. 64. Del PBC, indica que “Al termino del plazo de ejecución de la obra, el ingeniero comunicara a la contratante previa fiscalización de las obras terminadas para que esta emita la orden de inicio de la Operación y Mantenimiento con la que se realiza también la Recepción Provisorias de las Obras”, sin embargo, en la pág. 48 indica que el Periodo de construcción total es de 24 meses y que “El periodo de operación y mantenimiento asistida será de 12 meses que iniciará a partir de la orden de inicio de operación y mantenimiento por parte de la contratante, luego de haberse concluido la planta de tratamiento de Agua Residuales y las Estaciones de Bombeo y estando al menos el 50 % de las redes básicas con sus conexiones domiciliarias efectivas”. Solicitamos:
1.- Aclarar el tiempo de ejecución de obra, (24 o 36 meses)
2.- Las condiciones del Acta de Recepción Provisoria (con 50% de redes básicas?)
3.-Aclarar si la Orden de inicio de Operación y Mantenimiento, es al mismo tiempo que el Acta de Recepción Provisoria o es en diferentes tiempos
4.- Si el punto 2 es afirmativo, sugerimos revisar el PBC, en la pág. 64, en la cual indica que “La recepción provisoria de las obras será: "Total"”
En la pág. 45, del PBC, indica textualmente que “La ejecución de obras se realizará según un cronograma de ejecución de obras de 36 meses”, y en la pág. 64. Del PBC, indica que “Al termino del plazo de ejecución de la obra, el ingeniero comunicara a la contratante previa fiscalización de las obras terminadas para que esta emita la orden de inicio de la Operación y Mantenimiento con la que se realiza también la Recepción Provisorias de las Obras”, sin embargo, en la pág. 48 indica que el Periodo de construcción total es de 24 meses y que “El periodo de operación y mantenimiento asistida será de 12 meses que iniciará a partir de la orden de inicio de operación y mantenimiento por parte de la contratante, luego de haberse concluido la planta de tratamiento de Agua Residuales y las Estaciones de Bombeo y estando al menos el 50 % de las redes básicas con sus conexiones domiciliarias efectivas”. Solicitamos:
1.- Aclarar el tiempo de ejecución de obra, (24 o 36 meses)
2.- Las condiciones del Acta de Recepción Provisoria (con 50% de redes básicas?)
3.-Aclarar si la Orden de inicio de Operación y Mantenimiento, es al mismo tiempo que el Acta de Recepción Provisoria o es en diferentes tiempos
4.- Si el punto 2 es afirmativo, sugerimos revisar el PBC, en la pág. 64, en la cual indica que “La recepción provisoria de las obras será: "Total"”
Lo indicado al respecto del plazo en el PBC pág. 45 será corregido por medio de la emisión de una Adenda.
No obstante se aclara que el plazo de ejecución de la obra será de 24 meses, más el plazo para la operación y mantenimiento que será de 12 meses totalizando un plazo de 36 meses.
Cabe aclarar que la obra se compone de 3 partes básicas que son : PTAR, Estación de Bombeo y Redes de Alcantarillado.
El plazo total máximo de ejecución de dichas partes deberán ser dentro de los 24 meses desde la orden de inicio.
Cada empresa presentara su oferta con su cronograma de ejecución respetando el plazo máximo.
La operación y mantenimiento iniciara una vez que se cumplan las siguientes condiciones:
PTAR 100% terminadas
EB 100% Terminadas
Redes de Alcantarillado mínimo 50% terminadas, para lo cual el Fiscal de Obra dará la orden de inicio de la operación y mantenimiento que durara 12 meses.
La recepción provisoria de la obra será emitida luego de haberse culminado el 100% de todos los componentes o partes de la obra (PTAR, EB y Redes de Alcantarillado).
45
PLIEGO
Con relación a los Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación – Capacidad Financiera, que establece "Demostrar que posee o que tiene acceso a suficientes activos líquidos, activos reales libres de gravámenes, líneas de crédito y otros medios financieros para cumplir los requisitos en materia de flujo de fondos para la construcción exigidos para el o los contratos en caso de suspensión, reanudación de faenas u otros retrasos en los pagos. El mínimo de activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del adjudicatario debe ser igual al monto ofertado. Las deducciones al flujo de fondos exigidos por compromisos derivados de otros contratos solo se harán cuando dichos contratos se encuentren en ejecución."
Se solicita la revisión y aclaración de este punto, ya que según el monto solicitado, se entiende que el contratista debe tener la capacidad para financiar el 100 % de la obra, ejecutar la construcción sin cobrar nada, favor confirmar esto.
Teniendo en cuenta lo que usualmente utiliza el MOPC en otras licitaciones similares, se sugiere la redacción de este requisito de la siguiente forma:
"Demostrar que posee o que tiene acceso a suficientes activos líquidos, activos reales libres de gravámenes, líneas de crédito y otros medios financieros para cumplir los requisitos en materia de flujo de fondos para la construcción exigidos para el o los contratos en caso de suspensión, reanudación de faenas u otros retrasos en los pagos. El valor mínimo de recursos financieros que deba cumplir por Lote será la suma del:
i. El 30% (veinte por ciento) del monto de la oferta presentada por el oferente, más
ii. El 10 % (diez por ciento) del total del "Valor de las obras pendientes de ejecución" estipulada en el Formulario N° 9 – Compromisos Contractuales Vigentes. En caso de Consorcios se tendrán en cuenta los porcentajes de participación de cada integrante.
En el caso de que en un Lote la sumatorio de i) y ii) supere el 50 % del precio Neto de la Oferta, el valor máximo exigible para este requisito será el 50 % del precio Neto de la Oferta presentada por el Oferente para ese Lote.
Con relación a los Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación – Capacidad Financiera, que establece "Demostrar que posee o que tiene acceso a suficientes activos líquidos, activos reales libres de gravámenes, líneas de crédito y otros medios financieros para cumplir los requisitos en materia de flujo de fondos para la construcción exigidos para el o los contratos en caso de suspensión, reanudación de faenas u otros retrasos en los pagos. El mínimo de activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del adjudicatario debe ser igual al monto ofertado. Las deducciones al flujo de fondos exigidos por compromisos derivados de otros contratos solo se harán cuando dichos contratos se encuentren en ejecución."
Se solicita la revisión y aclaración de este punto, ya que según el monto solicitado, se entiende que el contratista debe tener la capacidad para financiar el 100 % de la obra, ejecutar la construcción sin cobrar nada, favor confirmar esto.
Teniendo en cuenta lo que usualmente utiliza el MOPC en otras licitaciones similares, se sugiere la redacción de este requisito de la siguiente forma:
"Demostrar que posee o que tiene acceso a suficientes activos líquidos, activos reales libres de gravámenes, líneas de crédito y otros medios financieros para cumplir los requisitos en materia de flujo de fondos para la construcción exigidos para el o los contratos en caso de suspensión, reanudación de faenas u otros retrasos en los pagos. El valor mínimo de recursos financieros que deba cumplir por Lote será la suma del:
i. El 30% (veinte por ciento) del monto de la oferta presentada por el oferente, más
ii. El 10 % (diez por ciento) del total del "Valor de las obras pendientes de ejecución" estipulada en el Formulario N° 9 – Compromisos Contractuales Vigentes. En caso de Consorcios se tendrán en cuenta los porcentajes de participación de cada integrante.
En el caso de que en un Lote la sumatorio de i) y ii) supere el 50 % del precio Neto de la Oferta, el valor máximo exigible para este requisito será el 50 % del precio Neto de la Oferta presentada por el Oferente para ese Lote.
Se ha emitido una Adenda Nº 1 al respecto del Criterio Financiero, no obstante la presente consulta, realizaremos de nuevo la revisión correspondiente.
46
PLIEGO
Con relación a los Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación – Capacidad en materia de equipos, se solicita la revisión de este requisito ya que el listado de equipos solicitados no está acorde a las obras a ejecutar, se solicita una gran cantidad de equipos, muchos de los cuales no serían necesarios para la ejecución del contrato
Con relación a los Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación – Capacidad en materia de equipos, se solicita la revisión de este requisito ya que el listado de equipos solicitados no está acorde a las obras a ejecutar, se solicita una gran cantidad de equipos, muchos de los cuales no serían necesarios para la ejecución del contrato
Se ha realizado una revision de los equipos necesarios para la evaluación de la capacidad en materia de equipos y se realizará modificacioin que se introducitrá en la Addenda Nº 3.
47
CANTIDAD EB - CARAPEGUA
En el PBC pág. 51 mencionan 4 Estaciones de Bombeo en CARAPEGUA (EB-A, EB-B, EB-CAT, EB EST), sin embargo, en el listado de ítems se tienen los títulos: Estación de Bombeo Laguna a Humedales, Construcción de Estación de Bombeo A y Construcción de Estación de Bombeo B, o sea, solo 3 estaciones de Bombeo. Favor aclarar la cantidades de estaciones de bombeo para CARAPEGUA.
En el PBC pág. 51 mencionan 4 Estaciones de Bombeo en CARAPEGUA (EB-A, EB-B, EB-CAT, EB EST), sin embargo, en el listado de ítems se tienen los títulos: Estación de Bombeo Laguna a Humedales, Construcción de Estación de Bombeo A y Construcción de Estación de Bombeo B, o sea, solo 3 estaciones de Bombeo. Favor aclarar la cantidades de estaciones de bombeo para CARAPEGUA.
Por ahora lo que se debe ofertar es conforme a lo indicada en la lista de precios difundida como adenda 1. No obstante se avisa que el área tecnica de la UEP-DAPSAN se encuentra realizando una revision completa del proyecto y de los costos estimados con el fin de ver la correspondencia de obtener una actualizacion de los costos que determinara el alcance del proyecto, la modificación al respecto sera comunicada via adenda.
48
CAPACIDAD FINANCIERA
DONDE DICE: “LAS DEDUCCIONES AL FLUJO DE FONDOS EXIGIDOS POR COMPROMISOS DERIVADOS DE OTROS CONTRATOS SOLO SE HARÁN CUANDO DICHOS CONTRATOS SE ENCUENTREN EN EJECUCIÓN”..SOLICITAMOS QUE LA DEDUCCIÓN ENTRE EL ACTIVO CIRCULANTE Y EL PASIVO CIRCULANTE SE EFECTUÉ SOBRE EL ULTIMO BALANCE PRESENTADO ANTE LA AUTORIDAD TRIBUTARIA DE CADA PAIS, YA QUE EN EL CASO DE PARAGUAY LOS ESTADOS FINANCIEROS CERRADOS AL 31/12/2023, TIENEN UNA MEDIA EXCEPCIONAL DE PRESENTACIÓN AL MES DE AGOSTO/2024, SIN EMBARGO LAS EMPRESAS EXTRANJERAS DISPONEN DE ESTADOS FINANCIEROS CERRADOS Y PRESENTADOS ANTE LA AUTORIDAD TRIBUTARIA AFECTANDO EL EJERCICIO 2023, POR LO TANTO FACILITARÍA LA DEDUCCIÓN DE LOS COMPROMISOS CONTRACTUALES VIGENTES AL 2023 POR OTRO LADO SERIA ACEPTABLE LOS ESTADOS FINANCIEROS CERRADOS AL 31/12/2022 Y SUS COMPROMISOS CONTRACTUALES SERIAN LO QUE EN ESE MOMENTO ESTABA EN EJECUCIÓN. POR LO TANTO CREEMOS CONVENIENTE QUE LOS ACTIVOS LÍQUIDOS SE EFECTÚEN SOBRE EL ULTIMO
DONDE DICE: “LAS DEDUCCIONES AL FLUJO DE FONDOS EXIGIDOS POR COMPROMISOS DERIVADOS DE OTROS CONTRATOS SOLO SE HARÁN CUANDO DICHOS CONTRATOS SE ENCUENTREN EN EJECUCIÓN”..SOLICITAMOS QUE LA DEDUCCIÓN ENTRE EL ACTIVO CIRCULANTE Y EL PASIVO CIRCULANTE SE EFECTUÉ SOBRE EL ULTIMO BALANCE PRESENTADO ANTE LA AUTORIDAD TRIBUTARIA DE CADA PAIS, YA QUE EN EL CASO DE PARAGUAY LOS ESTADOS FINANCIEROS CERRADOS AL 31/12/2023, TIENEN UNA MEDIA EXCEPCIONAL DE PRESENTACIÓN AL MES DE AGOSTO/2024, SIN EMBARGO LAS EMPRESAS EXTRANJERAS DISPONEN DE ESTADOS FINANCIEROS CERRADOS Y PRESENTADOS ANTE LA AUTORIDAD TRIBUTARIA AFECTANDO EL EJERCICIO 2023, POR LO TANTO FACILITARÍA LA DEDUCCIÓN DE LOS COMPROMISOS CONTRACTUALES VIGENTES AL 2023 POR OTRO LADO SERIA ACEPTABLE LOS ESTADOS FINANCIEROS CERRADOS AL 31/12/2022 Y SUS COMPROMISOS CONTRACTUALES SERIAN LO QUE EN ESE MOMENTO ESTABA EN EJECUCIÓN. POR LO TANTO CREEMOS CONVENIENTE QUE LOS ACTIVOS LÍQUIDOS SE EFECTÚEN SOBRE EL ULTIMO
Se han realizado modificaciones al respecto conforme a la Adenda Nº 1, no obstante se realizará una nueva revision del criterio, si correspondiere se realizará cambio via adenda.