Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Metodo de Evaluación

Basado únicamente en precio

Análisis de precios ofertados

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

    1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

 

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

Para el desglose de composición de los precios ofertados, se tomará en cuenta los siguientes parámetros: Utilidad, Impuestos, Mano de Obra, Insumos y Gastos administrativos.

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.

En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) 

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”,   de conformidad con el formulario estándar  - Sección Formularios (**)
        2.  Documentos legales .Oferentes.

8.1. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (*)
  3. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  1.  

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Cumple  o no cumple:

 

A) para contribuyente de IRACIS.

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

a.    Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los [3 (tres)] últimos años de ejercicios cerrados. (2020-2021-2022)

b.    Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los [3 (tres) últimos años de ejercicios cerrados. (2020-2021-2022)

c.    Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.

El promedio en los en los [3 (tres)] últimos años], no deberá ser negativo de ejercicios cerrados. (2020-2021-2022)

b) para contribuyentes de IRPC

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020-2021-2022)

c) para contribuyentes de IRP

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020-2021-2022)

d) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General

Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales (2020-2021-2022)

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

  1. Certificado de Cumplimiento Tributario.
  1. Balance General y Cuadro de Resultados de los ejercicios fiscales (2020-2021-2022)
  1. Fotocopia simple de la cédula tributaria, de la constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC y de los Documentos de Identidad de los representantes o apoderados de la Sociedad.
  1. Formulario 106 de los años  (2020- 2021-2022)para contribuyentes del IRPC
  1. Formulario 104 de los años  (2020-2021-2022)contribuyentes del IRP
  1. Formulario 120 de los años  (2020-2021-2022)contribuyentes del IVA

 

En caso de Consorcios en todas las evidencias documentadas presentadas se deberán indicar en la oferta cuál es el Líder del Consorcio quien deberá cumplir con al menos el 60% de los criterios de calificación y el 40% restante lo cumplirán él o los demás integrantes del Consorcio. Todos los integrantes del Consorcio deberán cumplir los requisitos legales en su totalidad como ser obligaciones tributarias, laborales, de seguridad social y las específicas para el cumplimiento de los servicios solicitados.

 

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Demostrar la experiencia en Servicios de desinfección con efecto residual prolongado con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 3 últimos  años. (2021, 2022 y 2023)

 

 Existencia Legal de por lo menos 5(cinco) años demostrable con el Estatuto de Constitución y/o Constancia de RUC.

El Oferente deberá poseer personal técnico capacitado para la realización de los trabajos a ser contratados.

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

En caso de Consorcios en todas las evidencias documentadas presentadas se deberán indicar en la oferta cuál es el Líder del Consorcio quien deberá cumplir con al menos el 60% de los criterios de calificación y el 40% restante lo cumplirán él o los demás integrantes del Consorcio. Todos los integrantes del Consorcio deberán cumplir los requisitos legales en su totalidad como ser obligaciones tributarias, laborales, de seguridad social y las específicas para el cumplimiento de los servicios solicitados.

El Oferente deberá poseer venta de Servicios de de desinfección con efecto residual prolongado, por un volumen mínimo de 50% del monto total de la oferta, en los 3 (tres) últimos años (se considerará la sumatoria total de los tres últimos años 2021, 2022 y 2023; en base a las copias de contratos ejecutados y/o certificados y/o actas de recepción definitivas, y/o facturación por ventas, tanto a empresas públicas como privadas. Podrán presentar la cantidad de contratos, recepciones finales, facturas emitidas  o adjudicaciones  que fueren necesarios para acreditar  el volumen o monto solicitado

Fotocopia simple de Estatuto de Constitución y/o Constancia de RUC que demuestren una antigüedad mínima de 5 (cinco) años de existencia legal (inclusive para las firmas unipersonales).

El Oferente deberá presentar una carta en carácter de declaración jurada, en la cual declare que el personal técnico a ser asignado está capacitado para realizar los trabajos a ser contratados

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

CUMPLE O NO CUMPLE

INFRAESTRUCTURA Y PERSONAL:

  1. El Oferente deberá presentar habilitación  (copia de carnets) de los técnicos fumigadores habilitados por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA), dependiente  del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (M.S.P Y B.S.). Como mínimo  5 (cinco) técnicos fumigadores de los cuales se encuentren en relación de dependencia. Presentar copia y Planilla de Salarios del IPS.
  2. Presentar copia simple de constancia de servicios de desinfección con efecto residual prolongado que fueron realizados con anterioridad como mínimo 5 (cinco) de los últimos tres años 2021-2022-2023.
  3. Registro Sanitario Vigente emanada por la Autoridad  pertinente Sanitaria en la República del Paraguay.
  4. El Oferente deberá proveer el uniforme, el carnet identificatorio y con todas las protecciones requeridas para realizar el servicio (respiratoria, cutánea y ocular). El Personal deberá presentarse en el horario y el lugar establecidos sin demora alguna, a fin de iniciar el horario de los trabajos estipulados. Permanecer y desarrollar las tareas en el lugar debidamente equipados (uniforme completo, carnet identificatorio, guantes y con todos los enseres, equipos y elementos de trabajo), conforme lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones y las Reglamentaciones Vigentes. El personal que realizará la Sanitización y Desinfección deberá estar correctamente equipado con los accesorios de seguridad e higiene.
  5. Certificados de capacitación y/o aplicaciones del personal destinado para la aplicación del producto ofertado de la marca propuesta  por el oferente, se solicita  como mínimo 5 (cinco) personales certificados por la marca.
  6. El personal que realizará el servicio deberá cumplir con los requisitos en la Ley N° 83680 Código Sanitario, Ley N° 123/91 Que adopta nuevas normas de Protección Fitosanitaria.
  7. El Oferente debe presentar la descripción de equipos, maquinarias y herramientas propias disponibles  para la realización del Servicio Requerido.
  8. El Oferente deberá poseer la capacidad de aplicación de productos químicos  en las instalaciones de la Institución, se requiere la constancia del Registro de Habilitación emitido por la Dirección General de salud Ambiental (DIGESA).
  9. El Oferente deberá contar con los equipos en buenas condiciones para la realización del servicio requerido.
  10. El Oferente deberá consignar expresamente la fecha de emisión y la composición química del producto; así como la suficiente disponibilidad del mismo para su uso inmediato en las tareas que requiere acciones de desinfección definidas para el presente llamado.
  11. El Oferente deberá tener la capacidad de cubrir las consecuencias emergentes de daños y perjuicios que eventualmente puedan ocasionar en los bienes de la Contratante, de sus empleados y de terceros, cualquier negligencia o imprevisión en el transporte, carga, descarga de materiales, equipos, maquinarias y otros elementos de trabajo del Oferente. El Contratista deberá tener la capacidad para asumir toda la responsabilidad por las consecuencias producidas durante el ejecución de los trabajos da su cargo, en las instalaciones d ela contratante, desde la puesta en marcha hasta la finalización del Contrato, En caso de averías, pérdidas o daños producidos en cualquier de los componentes del Complejo Edificio, como ser: mampostería, revestidos, instalaciones, materiales, equipos y otros, los mismos serán reparados, sustituidos o restaurados, sin cargo alguno para la Contratante, como así también cualquier indemnización por daños y perjuicios causados por la firma adjudicataria o su personal a los empleados de la Contratante y/o Tercero.
  12. Los productos deberán estar registrados en el órgano dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. El Oferente deberá presentar Certificado de Registro Sanitario vigente del producto a ser utilizado para la desinfección.
  13. El Oferente deber tener la capacidad de ofrecer sus servicios en horarios flexibles a fin de no interferir con las actividades del horario de trabajo de la CONATEL.

 PRODUCTO A SER UTILIZADO:

El producto a ser utilizado deberá garantizar un efecto residual o prolongado de (+/-5) días, como mínimo después de cada aplicación. Deberá contar con las mínimas características:

ÍTEM

MÍNIMAS CARACTERISTICAS

MARCA OFERTADA Y PROCEDENCIA

CUMPLE

NO CUMPLE

1

No Toxico

 

 

 

2

A Base agua

 

 

 

3

No inflamable

 

 

 

4

Que no requiera enjuagarse

 

 

 

5

No teratogénico ( que no afecte a mujeres embarazadas)

 

 

 

6

No alergénico

 

 

 

7

No mutágeno

 

 

 

8

Incoloro

 

 

 

9

Inodoro

 

 

 

10

Que sea aplicable a superficies porosas y no porosas

 

 

 

11

Que elimine las bacterias que crean los malos olores

 

 

 

12

Que no genere superbugs o Superbacterias son cepas de bacterias resistentes a la mayoría de los antibióticos, provocando que enfermedades que tenemos desde hace mucho tiempo erradicadas, puedan volver a brotar entre la población. MRSA: SARM (MRSA en inglés) son las siglas en español para las infecciones por estafilococo aureus resistente a la meticiclina.

 

 

 

13

Que prevenga contaminaciones cruzadas

 

 

 

14

Que evite la creación de biofilms

 

 

 

15

Que evite las infecciones cruzadas de virus  como influenza  H1N1

 

 

 

El Oferente deberá llenar esta planilla indicando la marca ofertada.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

CAPACIDAD TÉCNICA. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

A. Presentar la habilitación (copia de carnets) de los técnicos fumigadores habilitados por la Dirección General de Saludo Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA).  Presentar planilla de IPS de por lo menos 5 (cinco) técnicos fumigadores que se encuentren en relación de dependencia.

B. Copia simple de constancia de servicios de desinfección con efecto residual prolongado que fueron realizados con anterioridad en los últimos tres años 2021-2022-2023 (por lo menos 5).

C. Registro Sanitario Vigente emanada por la Autoridad  pertinente Sanitaria en la República del Paraguay.

D. Declaración Jurada de la Empresa que cuenta con los equipos de Protección Individual (protección respiratoria, ocular, cutánea y equipos necesarios) para las personas que realizarán el Servicio Objeto del presente llamado.

E. Certificados de capacitación y/o aplicaciones del personal destinado para la aplicación del producto ofertado de la marca propuesta por el oferente, se solicita como mínimo 5 (cinco) personales certificados de la marca ofertada.

F. Declaración Jurada en la que detalle la forma como el personal realizará  el servicio cumplirá con los requisitos  vigentes en la Ley N° 836/80 Código Sanitario, Ley N° 123/91 Que adopta nuevas normas  de Protección Fitosanitaria.

G. Declaración Jurada con la descripción del listado de equipos, maquinarias y herramientas propias disponibles para el Servicio.

H) el Oferente deberá poseer capacidad de aplicación de productos químicos  en las instalaciones de la Institución. Se requiere la constancia del Registro de Habilitación emitido por la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA).

          1. Declaración Jurada contar con los equipos en buenas condiciones para la realización del servicio requerido.

J. Declaración Jurada donde exprese la fecha de emisión y la composición química del producto; así como la suficiente disponibilidad del mismo para su uso inmediato en las tareas que requiere acciones de desinfección definidas para el presente llamado.

K. Declaración Jurada de tener la capacidad de cubrir las consecuencias emergentes de daños y perjuicios que eventualmente puedan ocasionar en los bienes de la Contratante, de sus empleados y de terceros, cualquier negligencia o imprevisión en el transporte, carga, descarga de materiales, equipos, maquinarias y otros elementos de trabajo del Oferente

L .El Oferente deberá presentar Certificado de Registro Sanitario Vigente

M. Declaración Jurada de tener la capacidad de ofrecer sus servicios en horarios flexibles a fin de no interferir con las actividades del horario de trabajo de la CONATEL.

 

En caso de Consorcios en todas las evidencias documentadas presentadas se deberán indicar en la oferta cuál es el Líder del Consorcio quien deberá cumplir con al menos el 60% de los criterios de calificación y el 40% restante lo cumplirán él o los demás integrantes del Consorcio. Todos los integrantes del Consorcio deberán cumplir los requisitos legales en su totalidad como ser obligaciones tributarias, laborales, de seguridad social y las específicas para el cumplimiento de los servicios solicitados.

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

La Convocante se reserva el derecho de realizar visita técnica in situ si así lo considere a los efectos de comprobar que los oferentes sean del rubro correspondiente que presentaron en su oferta, sin necesidad de comunicar a los mismos previamente

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)            Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)           Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c)            En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.