Consulta:
En el punto 2 de las EETT indican cuanto sigue: Obligatoriedad: Si.
Considero que esa solicitud no corresponde para los bienes solicitados, ya que las EETT son muy claras y es más tienen planos bien explícitos.
En la observación también se puede leer esto: Observación: Las modificaciones a las especificaciones técnicas se deben a que esta entidad convocante considera dar oportunidad de participación a potenciales oferentes y no limitar. La presente Adenda forma parte integrante de la Carta de Invitación.
Al solicitar la visita obligatoria ya están limitando a potenciales oferentes de Asunción u otras ciudades (por el gasto que esto acarrearía teniendo en cuenta la distancia), por lo que solicito que el oferente pueda presentar una ddjj de conocer las EETT en reemplazo de la visita.