Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 - Especificaciones técnicas - CPS En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas. ÍTEM N° 7 SWITCHES DE ACCESO, se solicita: “Cumplimiento”. El oferente deberá poseer certificados de Gestión de Calidad (CSG) según la norma ISO 9001 y/o de Gestión de Servicios de TI (ITSM) según la norma 20000, para garantizar estándares internacionales de calidad y servicio para cumplimiento de garantía y servicio post venta. Al respecto, se solicita a la convocante sean consideradas como opcional donde menciona lo siguiente deberá poseer certificados de Gestión de Calidad (CSG) según la norma ISO 9001 y/o de Gestión de Servicios de TI (ITSM) según la norma 20000. Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados certificados de los productos de la marca ofertada ya que estos también cumplen con exactitud la garantía de calidad de los productos o servicios ofrecidos en el presente llamado. Esta flexibilización permitiría una mayor participación de oferentes que, aunque no cuenten con certificaciones ISO 9001 y/o ITSM, poseen la capacidad técnica para brindar servicios especializados. 30-08-2024 02-09-2024
12 -Capacidad Técnica En el PBC, en la sección Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación, capítulo Capacidad Técnica, Item 9 Acondicionador de aire de precisión, se solicita: “e) Deberá contar con un Profesional que posea certificaciones de organismos internacionales especializadas, como CDCP, ATS o ATD. Se deberá adjuntar el currículo correspondiente y copia del Certificado donde figure su ID verificable con el ente acreditador. El profesional deberá ser personal estable y formar parte de la nómina de la empresa oferente acreditando al menos 2 años de antigüedad, además de residir en Paraguay.” Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el Profesional que posea certificación ITIL v4 de un organismo internacional, atendiendo a que esta certificación de buenas prácticas aplicables a la Gestión de Servicios de TI guarda estrecha relación con el objeto del llamado, y en consecuencia, la Convocante tendrá acreditada de igual forma la capacidad y experiencia en la ejecución de los servicios de igual envergadura, por parte de empresas del sector de Refrigeración, Energía, Electromecánica y TI que operan en nuestro medio, y que igualmente podrán llevar a cabo los servicios de montaje, configuración y puesta en funcionamiento, solicitados a entera satisfacción de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales.”, en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales.” 30-08-2024 03-09-2024
13 -Item 9. Acondicionador de aire de precisión En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 9: Acondicionador de aire de precisión, apartado Especificaciones Técnicas, se solicita: “Dimensiones de la Unidad Interior: Dimensiones máximas de la unidad interior (en mm): Altura <= 2.000 × Profundidad <= 500 × Ancho <= 1.200.” Al respecto solicitamos a la Convocante que también sean aceptados equipos de refrigeración de precisión con profundidad ≤ 700mm., considerando que la diferencia es mínima respecto al valor requerido, y además que se estará evitando de esta forma favorecer indebidamente a una marca específica y determinados oferentes. De esta manera, se estará posibilitando asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales.”, en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales.” 30-08-2024 03-09-2024
14 -Item 9. Acondicionador de aire de precisión En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 9: Acondicionador de aire de precisión, apartado Especificaciones Técnicas, se solicita: “Ventiladores: Deberán ser centrífugos, de alabeos curvados hacia atrás, construido en aluminio, de bajo momento de inercia de característica silenciosa, lubricados y dinámicamente balanceados en fábrica, deberá contar mínimamente con 2 (dos) ventiladores para garantizar al menos el 50 % del total del flujo de aires.” Al respecto solicitamos a la Convocante que también sean aceptados equipos de refrigeración de precisión que cuenten mínimamente con 1 (un) ventilador, teniendo en cuenta que los Acondicionadores de Aire de Precisión de tipo Perimetral - como el requerido en el presente llamado - de los diferentes fabricantes cuentan con Evaporador con un solo ventilador, y además que se estará evitando de esta forma favorecer indebidamente a una marca específica y determinados oferentes. De esta manera, se estará posibilitando asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes” (…).en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes”. 30-08-2024 03-09-2024
15 -Item 9. Acondicionador de aire de precisión En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 9: Acondicionador de aire de precisión, capítulo Sistema de control, apartado Características de la interfaz con el usuario, se solicita: “1 (un) panel LCD 132 × 64 pixeles, como mínimo, con luz trasera y timbre.” Al respecto solicitamos a la Convocante que sea eliminado o que sea indicado como opcional, el requisito de la resolución de 132x64 pixeles, considerando que los diferentes fabricantes utilizan distintos tamaños y resoluciones del panel LCD de control, del Acondicionador de Aire de Precisión, proporcionando igualmente las mismas condiciones de operación de refrigeración y performance requeridas. Con ello, se estará permitiendo asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes” (…).en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes”. 30-08-2024 03-09-2024
16 -Item 9. Acondicionador de aire de precisión En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 9: Acondicionador de aire de precisión, capítulo Sistema de control, apartado Características de la interfaz con el usuario, se solicita: “6 (seis) teclas con luz trasera para desplazamiento en la pantalla que permita modificación de los parámetros.” Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea eliminado o que sea indicado como opcional o de preferencia, atendiendo a que los diferentes fabricantes de los equipos de refrigeración de precisión emplean distintos tipos y arreglos de las teclas de manejo del Panel LCD de control, proporcionando de igual forma las mismas funciones de operación de los menús y opciones para la administración y monitoreo del Acondicionador de Aire de Precisión. Con ello, se estará permitiendo asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”, en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante” 30-08-2024 03-09-2024
17 -Item 9. Acondicionador de aire de precisión En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 9: Acondicionador de aire de precisión, capítulo Sistema de control, apartado Características de la interfaz con el usuario, se solicita: “Deberá contar con interfaz multilenguaje e incluir el español.” Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea indicado como se expresa a continuación: “Deberá contar con interfaz multilenguaje e incluir el español y/o inglés.” considerando que el inglés es el idioma original y estandarizado de la mayoría de los equipamientos y las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”, en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante” 30-08-2024 03-09-2024
18 -Item 9. Acondicionador de aire de precisión En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 9: Acondicionador de aire de precisión, capítulo Sistema de control, apartado Características de la interfaz con el usuario, se solicita: “Configuración y ajustes de fecha y hora, además deberá incluir una placa que mantiene y exhibe la fecha, hora y día de la semana.” Al respecto solicitamos a la Convocante que el requisito de exhibir el día de la semana sea eliminado o que sea establecido como opcional, teniendo en cuenta que este parámetro no es incluido en los Registros (Logs) de Eventos y Alarmas de los equipos de refrigeración de precisión, y además que no es técnicamente justificable, debido a que igualmente con la información de fecha y hora, se identifican y describen plenamente los diferentes eventos en la operación de los mencionados equipos. Así también, de esta forma se podrá permitir la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”, en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante” 30-08-2024 03-09-2024
19 -Item 9. Acondicionador de aire de precisión En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 9: Acondicionador de aire de precisión, apartado Condensador Remoto enfriado por aire, se solicita: “Las unidades externas deben soportar temperaturas de ambiente externo no menores a 45° C, para ello se solicita que cuente con mínimamente 2 (dos) ventiladores, para garantizar la correcta operación y mínimamente el 50 % del funcionamiento.” Al respecto solicitamos a la Convocante que también sean aceptados condensadores que cuenten mínimamente con 1 (un) ventilador, teniendo en cuenta que los Acondicionadores de Aire de Precisión de tipo Perimetral de baja capacidad - como el requerido en el presente llamado - de los diferentes fabricantes cuentan con condensador con un solo ventilador, y además que se estará posibilitando asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”. “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.” 30-08-2024 03-09-2024
20 -Item 9. Acondicionador de aire de precisión En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 9: Acondicionador de aire de precisión, apartado Experiencia del Proveedor, se solicita: “El oferente deberá contar con un Profesional que posea certificaciones de organismos internacionales especializadas, como CDCP, ATS o ATD.” Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el Profesional que posea certificación ITIL v4 de buenas prácticas aplicables a la Gestión de Servicios de TI, emitido por un organismo internacional, teniendo en cuenta que guarda estrecha relación con el objeto del llamado, y por ende, la Convocante tendrá avalada de igual manera la capacidad y experiencia en la ejecución de los servicios requeridos, por parte de empresas de nuestro medio, del sector de TI, Refrigeración, Energía, y Electromecánica, que de igual forma podrán llevar a cabo los servicios de instalación y puesta en servicio solicitados a entera satisfacción de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”, en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante” 30-08-2024 03-09-2024
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