En la IAC 16.3 establece que la Garantía de mantenimiento de oferta debe ser presentada en el sobre 2, de precio y en el Anexo A hace mención a que debe ser presentado en la técnica, cual es lo correcto?
En la IAC 16.3 establece que la Garantía de mantenimiento de oferta debe ser presentada en el sobre 2, de precio y en el Anexo A hace mención a que debe ser presentado en la técnica, cual es lo correcto?
La Garantía de Mantenimiento de Ofertas debe esta en el sobre de precios como se indica la IAC 16.3. (Hoja de Datos Sección II). Igualmente se realizará una adenda para corrección de alguna descripción que sea contraria a la misma.
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ESPECIALISTA SANITARIOS
Se solicitan 4 especialistas sanitarios, cada profesional tendría un puntaje de 6 puntos? en la sumatoria de todos los profesionales claves excede los 60 puntos si cada profesional puntearía 6, cuál sería el puntaje para cada especialista?
Se solicitan 4 especialistas sanitarios, cada profesional tendría un puntaje de 6 puntos? en la sumatoria de todos los profesionales claves excede los 60 puntos si cada profesional puntearía 6, cuál sería el puntaje para cada especialista?
El puntaje para cada especialista solicitado será el que demuestre tener conforme a lo solicitado en los requisitos para la calificación del perfil. Para indicar el puntaje total del perfil se realizará un promedio de todos los puntajes totales obtenidos por cada especialista. Al respecto se realizará la adenda.
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ESPECIALISTAS AMBIENTALES
Se solicitan 2 especialistas ambientales, cada profesional tendría un puntaje de 3 puntos? en la sumatoria de todos los profesionales claves excede los 60 puntos si cada profesional puntuaría 3, cuál sería el puntaje para cada especialista?
Se solicitan 2 especialistas ambientales, cada profesional tendría un puntaje de 3 puntos? en la sumatoria de todos los profesionales claves excede los 60 puntos si cada profesional puntuaría 3, cuál sería el puntaje para cada especialista?
El puntaje para cada especialista solicitado será el que demuestre tener conforme a lo solicitado en los requisitos para la calificación del perfil. Para indicar el puntaje total del perfil se realizará un promedio de todos los puntajes totales obtenidos por cada especialista. Al respecto se realizará la adenda.
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EXPERIENCIA GENERAL
La Ley 2051, que establece el Sistema de Contrataciones del Sector Público, prohíbe la fiscalización del diseño de una misma obra. Esta ley tiene como objetivo regular las acciones de planeamiento y programación en el ámbito público. Por lo que solicitamos a la convocante corregir exigencia de experiencia general:
Donde dice "Experiencia en servicios de consultoría y Fiscalización..."
Debe decir "Experiencia en servicios de consultoría o Fiscalización..."
La Ley 2051, que establece el Sistema de Contrataciones del Sector Público, prohíbe la fiscalización del diseño de una misma obra. Esta ley tiene como objetivo regular las acciones de planeamiento y programación en el ámbito público. Por lo que solicitamos a la convocante corregir exigencia de experiencia general:
Donde dice "Experiencia en servicios de consultoría y Fiscalización..."
Debe decir "Experiencia en servicios de consultoría o Fiscalización..."
Lay Ley N°. 2051/03 hoy derogada por la Ley 7021/22, no obstante en el art. 31 inc. n de esta Ley se indica: "...Las personas físicas o jurídicas que pretendan participar en un procedimiento de contratación y previamente hayan realizado o se encuentren realizando, por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, que tengan participación en el capital social, sean integrantes del directorio o de los órganos de administración o fiscalización, sean beneficiarios finales, representantes legales o apoderados, o por parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, en virtud de otro contrato, trabajos de análisis y control de calidad, preparación de especificaciones, presupuestos o la elaboración de cualquier documento vinculado con el procedimiento, salvo los casos en donde, a los efectos de solicitar presupuestos se haya proporcionado información meramente referencial...". Pero esto no afecta a los criterios de evaluación del PBC del presente llamado, pues la experiencia solicitada en Consultoría de Diseño y Fiscalización de al menos 2 obras, no necesariamente deben verificarse en un mismo contrato, las experiencias podrían estar perfectamente demostradas por contratos separados pero si o si ambos experiencias y conforme a lo indicado en el criterio. Por todo lo expuesto, nos remitimos nuevamente al criterio de evaluación del PBC difundido y no se realizará la modificación sugerida por el consultante, pues no es necesaria.
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EXPERIENCIA GENERAL
La Ley 2051, que establece el Sistema de Contrataciones del Sector Público, prohíbe la fiscalización del diseño de una misma obra. Esta ley tiene como objetivo regular las acciones de planeamiento y programación en el ámbito público. Por lo que solicitamos a la convocante corregir exigencia de experiencia general:
Donde dice "Experiencia en servicios de consultoría de Diseño y Fiscalización..."
Debe decir "Experiencia en servicios de consultoría de Diseño o Fiscalización..."
La Ley 2051, que establece el Sistema de Contrataciones del Sector Público, prohíbe la fiscalización del diseño de una misma obra. Esta ley tiene como objetivo regular las acciones de planeamiento y programación en el ámbito público. Por lo que solicitamos a la convocante corregir exigencia de experiencia general:
Donde dice "Experiencia en servicios de consultoría de Diseño y Fiscalización..."
Debe decir "Experiencia en servicios de consultoría de Diseño o Fiscalización..."
Lay Ley N°. 2051/03 hoy derogada por la Ley 7021/22, no obstante en el art. 31 inc. n de esta Ley se indica: "...Las personas físicas o jurídicas que pretendan participar en un procedimiento de contratación y previamente hayan realizado o se encuentren realizando, por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, que tengan participación en el capital social, sean integrantes del directorio o de los órganos de administración o fiscalización, sean beneficiarios finales, representantes legales o apoderados, o por parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, en virtud de otro contrato, trabajos de análisis y control de calidad, preparación de especificaciones, presupuestos o la elaboración de cualquier documento vinculado con el procedimiento, salvo los casos en donde, a los efectos de solicitar presupuestos se haya proporcionado información meramente referencial...". Pero esto no afecta a los criterios de evaluación del PBC del presente llamado, pues la experiencia solicitada en Consultoría de Diseño y Fiscalización de al menos 2 obras, no necesariamente deben verificarse en un mismo contrato, las experiencias podrían estar perfectamente demostradas por contratos separados pero si o si ambos experiencias y conforme a lo indicado en el criterio. Por todo lo expuesto, nos remitimos nuevamente al criterio de evaluación del PBC difundido y no se realizará la modificación sugerida por el consultante, pues no es necesaria.
6
EXPERIENCIA GENERAL DE LA EMPRESA OFERENTE
Donde dice “Acreditar, la experiencia en servicios de consultoría de diseño y fiscalización de obra de Agua y/o Saneamiento Urbano de al menos 2 (dos) obras, por un monto igual o superior al 50% del monto total del presupuesto estimado en la presente licitación”.
“Serán aceptadas todas aquellas denominaciones de “Fiscalización” y “Diseño”, siempre y cuando de la documentación aportada se evidencia la similitud de lo solicitado o se anexe un glosario de equivalencia, según el país de origen de ser el caso”.
Entendemos que, los puntos mencionados para la Experiencia General “Diseño y Fiscalización” pueden ir en contratos por separado, no así ambos en un solo contrato. ¿Es correcta la interpretación?
Donde dice “Acreditar, la experiencia en servicios de consultoría de diseño y fiscalización de obra de Agua y/o Saneamiento Urbano de al menos 2 (dos) obras, por un monto igual o superior al 50% del monto total del presupuesto estimado en la presente licitación”.
“Serán aceptadas todas aquellas denominaciones de “Fiscalización” y “Diseño”, siempre y cuando de la documentación aportada se evidencia la similitud de lo solicitado o se anexe un glosario de equivalencia, según el país de origen de ser el caso”.
Entendemos que, los puntos mencionados para la Experiencia General “Diseño y Fiscalización” pueden ir en contratos por separado, no así ambos en un solo contrato. ¿Es correcta la interpretación?
La experiencia a demostrar debe ser en servicios de consultoría de diseño y fiscalización de obra de agua y/o Saneamiento Urbano de al menos 2 contratos de obras que sumen lo requerido, pueden las experiencias demostrarse en contratos por separado o en un solo contrato según como haya sido el servicio prestado, pero necesariamente los servicios debieron realizarse en al menos 2 obras.
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ESPECIALISTAS SOCIALES.
Se solicitan 4 especialistas sociales, cada profesional tendría un puntaje de 3 puntos? en la sumatoria de todos los profesionales claves excede los 60 puntos si cada profesional puntúa 3, cuál sería el puntaje para cada especialista?
Se solicitan 4 especialistas sociales, cada profesional tendría un puntaje de 3 puntos? en la sumatoria de todos los profesionales claves excede los 60 puntos si cada profesional puntúa 3, cuál sería el puntaje para cada especialista?
El puntaje para cada especialista solicitado será el que demuestre tener conforme a lo solicitado en los requisitos para la calificación del perfil. Para indicar el puntaje total del perfil se realizará un promedio de todos los puntajes totales obtenidos por cada especialista. Al respecto se realizará la adenda.
8
ESPECIALISTA GEOTECNICO
Se solicitan 2 especialistas en geotecnia, cada profesional tendría un puntaje de 4 puntos? en la sumatoria de todos los profesionales claves excede los 60 puntos si cada profesional puntua 4, cuál sería el puntaje para cada especialista?
Se solicitan 2 especialistas en geotecnia, cada profesional tendría un puntaje de 4 puntos? en la sumatoria de todos los profesionales claves excede los 60 puntos si cada profesional puntua 4, cuál sería el puntaje para cada especialista?
El puntaje para cada especialista solicitado será el que demuestre tener conforme a lo solicitado en los requisitos para la calificación del perfil. Para indicar el puntaje total del perfil se realizará un promedio de todos los puntajes totales obtenidos por cada especialista. Al respecto se realizará la adenda.
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CRITERIO DE EVALUACIÓN
La Ley 2051, que establece el Sistema de Contrataciones del Sector Público, prohíbe la fiscalización del diseño de una misma obra. Esta ley tiene como objetivo regular las acciones de planeamiento y programación en el ámbito público. Por lo que solicitamos a la convocante corregir exigencia de experiencia general: Donde dice "Experiencia en servicios de consultoría de Diseño y Fiscalización..." Debe decir "Experiencia en servicios de consultoría de Diseño o Fiscalización..."
La Ley 2051, que establece el Sistema de Contrataciones del Sector Público, prohíbe la fiscalización del diseño de una misma obra. Esta ley tiene como objetivo regular las acciones de planeamiento y programación en el ámbito público. Por lo que solicitamos a la convocante corregir exigencia de experiencia general: Donde dice "Experiencia en servicios de consultoría de Diseño y Fiscalización..." Debe decir "Experiencia en servicios de consultoría de Diseño o Fiscalización..."
La Ley N°. 2051/03 hoy derogada por la Ley 7021/22, no obstante en el art. 31 inc. n de esta Ley se indica: "...Las personas físicas o jurídicas que pretendan participar en un procedimiento de contratación y previamente hayan realizado o se encuentren realizando, por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, que tengan participación en el capital social, sean integrantes del directorio o de los órganos de administración o fiscalización, sean beneficiarios finales, representantes legales o apoderados, o por parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, en virtud de otro contrato, trabajos de análisis y control de calidad, preparación de especificaciones, presupuestos o la elaboración de cualquier documento vinculado con el procedimiento, salvo los casos en donde, a los efectos de solicitar presupuestos se haya proporcionado información meramente referencial...". Pero esto no afecta a los criterios de evaluación del PBC del presente llamado, pues la experiencia solicitada en Consultoría de Diseño y Fiscalización de al menos 2 obras, no necesariamente deben verificarse en un mismo contrato, las experiencias podrían estar perfectamente demostradas por contratos separados pero si o si ambos experiencias y conforme a lo indicado en el criterio. Por todo lo expuesto, nos remitimos nuevamente al criterio de evaluación del PBC difundido y no se realizará la modificación sugerida por el consultante, pues no es necesaria.
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Consulta
En relación con la Experiencia General del Oferente, en donde dice: “Acreditar, la experiencia en servicios de consultoría de diseño y fiscalización de obra de Agua y/o Saneamiento Urbano de al menos 2 (dos) obras, por un monto igual a superior al 50% del monto total del presupuesto estimado en la presente licitación”
Al respecto, entendemos que serán aceptados contratos cuyo objeto esté relacionado únicamente con consultorías de diseño, y también serán aceptados contratos cuyo objeto esté relacionado únicamente con fiscalización de obras, y por lo tanto, no es necesario que un mismo contrato incluya ambos alcances (diseño y fiscalización). ¿Es correcta nuestra interpretación?
En relación con la Experiencia General del Oferente, en donde dice: “Acreditar, la experiencia en servicios de consultoría de diseño y fiscalización de obra de Agua y/o Saneamiento Urbano de al menos 2 (dos) obras, por un monto igual a superior al 50% del monto total del presupuesto estimado en la presente licitación”
Al respecto, entendemos que serán aceptados contratos cuyo objeto esté relacionado únicamente con consultorías de diseño, y también serán aceptados contratos cuyo objeto esté relacionado únicamente con fiscalización de obras, y por lo tanto, no es necesario que un mismo contrato incluya ambos alcances (diseño y fiscalización). ¿Es correcta nuestra interpretación?
La experiencia a demostrar debe ser en servicios de consultoría de diseño y fiscalización de obra de agua y/o Saneamiento Urbano de al menos 2 contratos de obras que sumen lo requerido, pueden las experiencias demostrarse en contratos por separado o en un solo contrato según como haya sido el servicio prestado, pero necesariamente los servicios debieron realizarse en al menos 2 obras.