Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Pag. 20 - : Para el Ítem Nº 3 - Lenvatinib 10 mg y el Ítem Nº 4 Lenvatinib - 4 mg, se requerirá la siguiente documentación: A la convocante: Donde dice: Para el Ítem Nº 3 - Lenvatinib 10 mg y el Ítem Nº 4 Lenvatinib - 4 mg, se requerirá la siguiente documentación: 1- Bioequivalencia terapéutica de referencia la original. 2- Mínimamente 2 (dos) Registros o Certificados emitidos por autoridades de alta vigilancia sanitaria, con antigüedad no menor a 3 años Nuestra empresa es uno de los mayores proveedores del medicamento mencionado. En la LPN 91/22, hemos entregado el 40% del total del llamado más los pedidos de ampliación del 20%, tambien en varios llamados (CVE) y amparos y los médicos no han reportado “contraindicaciones” que los pacientes hayan sufrido. Por lo expuesto, solicitamos dejar sin efecto estos requisitos, pues atentan contra la libre competencia, ley 6822, Artículo 3.° Principios. En la aplicación de la presente ley, deben observarse los siguientes principios: a) Equivalencia funcional. b) Neutralidad tecnológica. c) No discriminación contra el uso de las comunicaciones electrónicas. d) Libre competencia. e) Compatibilidad internacional. f) Buena fe. Toda interpretación de los preceptos de la presente ley deberá guardar armonía con los principios señalados. Atr. 4 ley 7021/22 d) Igualdad y Libre Competencia: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. 10-09-2024
2 ee.tt. item: 3 y 4 A la convocante. En la especificaciones técnicas del item 3 y 4 Lenvatinib de 10 y 4 respectivamente, dice: comprimidos x 30 y en la planilla de precios dice: cápsula. Favor corregir a cápsulas 10-09-2024
3 EETT ITEM 1: ACETATO DE LEUPROLIDE 22,5 MG Solicitamos a la convocante que: Donde dice: “ítem 1 - Acetato de Leuprolide 22,5 mg con presentación: JERINGA PRELLENADA”. Deba decir: “ítem 1 - Acetato de Leuprolide 22,5 mg con presentación: VIAL/JERINGA PRELLENADA”. Teniendo en cuenta que el INCAN cuenta con experiencia en adjudicaciones en ambas presentaciones en llamados anteriores, como es el caso de la LPN Nº 11-23 ID 430187 en el cual la misma convocante permitió y adjudicó ambas presentaciones (VIAL/JERINGA PRELLENADA). Además el PBC actual solo beneficia a una firma transgrediendo el Art 4. Principio de Igualdad y Libre Competencia de la Ley Nº 7021/22, cuando que en el mercado local se comercializan ambas presentaciones cuyos productos cumplen con las garantías de calidad, seguridad y eficacia. 12-09-2024
4 EETT ITEM 1: ACETATO DE LEUPROLIDE 22,5 MG Solicitamos a la convocante que: Donde dice: “ítem 1 - Acetato de Leuprolide 22,5 mg con presentación: JERINGA PRELLENADA”. Deba decir: “ítem 1 - Acetato de Leuprolide 22,5 mg con presentación: VIAL/JERINGA PRELLENADA”. Teniendo en cuenta que el INCAN cuenta con experiencia en adjudicaciones en ambas presentaciones en llamados anteriores, como es el caso de la LPN Nº 11-23 ID 430187 en el cual la misma convocante permitió y adjudicó ambas presentaciones (VIAL/JERINGA PRELLENADA). Además el PBC actual solo beneficia a una firma transgrediendo el Art 4. Principio de Igualdad y Libre Competencia de la Ley Nº 7021/22, cuando que en el mercado local se comercializan ambas presentaciones cuyos productos cumplen con las garantías de calidad, seguridad y eficacia. 12-09-2024
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