Buenas tardes,
Puede ver la posibilidad de ampliar el llamado, cambiando el sistema de adjudicación?, de modo a incluir también la participación de los oferentes que se dedican a un solo rubro de los trabajos que solicita la convocante.
Buenas tardes,
Puede ver la posibilidad de ampliar el llamado, cambiando el sistema de adjudicación?, de modo a incluir también la participación de los oferentes que se dedican a un solo rubro de los trabajos que solicita la convocante.
Mantenemos el sistema de adjudicación por el total por las siguientes justificaciones:
Que, la centralización en un solo proveedor permite una mayor eficiencia y un control más efectivo en la ejecución del contrato. Según el artículo 4 de la Ley N° 7021/22, se promueve la eficiencia en la administración de los recursos públicos y la correcta ejecución de los contratos. Al centralizar la contratación, se reducen las complejidades asociadas con la coordinación de múltiples proveedores, mejorando así el control y supervisión del servicio de limpieza.
Que, en consideración a los derechos y obligaciones de derivan de la formalización contractual, se puede observar el contratista es responsable del cumplimiento del contrato. Con un solo proveedor, la responsabilidad es clara y directa, lo que facilita la gestión de posibles incumplimientos y reclamaciones. Esto asegura una mayor transparencia y claridad en las responsabilidades contractuales, reduciendo los riesgos de conflictos y malentendidos.
Que, manejar un único contrato con un solo proveedor disminuye significativamente los costos administrativos y la carga burocrática. La ley promueve la eficiencia administrativa, y al reducir el número de contratos y la necesidad de coordinar múltiples partes, se optimizan los recursos destinados a la supervisión y control de todo proyecto.
Que, centralizar la contratación puede generar economías de escala, resultando en costos más bajos y mayor eficiencia en la ejecución del proyecto. Un solo proveedor puede ofrecer mejores precios y condiciones debido a la mayor magnitud del contrato. Además, el proveedor de tiene una visión integral del proyecto, lo que permite una planificación y ejecución más coherente y sinérgica.
Que, la fragmentación del proyecto en múltiples lotes puede diluir la responsabilidad y complicar la gestión de riesgos; El artículo 30 de la Ley N° 7021/22 menciona la necesidad de gestionar adecuadamente los riesgos asociados con la contratación pública. Un solo proveedor permite una gestión de riesgos más focalizada y efectiva, ya que la responsabilidad de la ejecución recae en un único ente.
Que, a todo lo expuesto resaltamos que esta metodología no es una situación aislada, observándose que en otras licitaciones (ID N° 440331,451822, 441000 por citar algunas recientes) que han adoptado este sistema de adjudicación, habiendo realizado los análisis críticos en base a la experiencia de ejecuciones anteriores se puede inferir que la misma resulta la más efectiva para la correcta ejecución y concreción del contrato y por ende la de apoyar compulsivamente en el cumplimiento de las metas institucionales.
En conclusión, y en base a la experiencia de utilización de contratos anteriores, podemos indicar sin lugar a equívocos que adoptar el sistema de adjudicación POR EL TOTAL, se podrá asegurar una calidad uniforme en los servicios prestados, facilitar la supervisión y control del cumplimiento de los términos contractuales y Se reduce el riesgo de fallos de comunicación y coordinación entre diferentes proveedores, permitiendo un control más eficiente y efectivo de la ejecución del contrato, alineándose con los principios de eficiencia, transparencia y responsabilidad establecidos en la Ley N° 7021/22 de Contrataciones Públicas de Paraguay.
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CAPACIDAD TECNICA
Podria la convocante aclarar, el porque solicita estas documentaciones?????? y encima agregan Cera liquida dentro del grupo de insumos que debe demostrarse con el registro sanitario y ensayos de INTN ?????? Las empresas oferentes deberán presentar con su oferta muestras, registros sanitarios vigentes y ensayos del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) de los siguientes
productos: Detergente, Hipoclorito de sodio 2,5%, Desodorante líquido de piso, jabón para manos, alcohol desinfectante de superficies al 70%, limpia vidrio y cera liquida. SE EXIGE QUE SE SAQUE ESTE REQUISITO. A fin de evitar protestas y denuncias que solo dañarian la imagen de esa institución por suponerse un direccionamiento grosero, mediocre y mal elaborado, solicitamos la urgente corrección del citado punto.
Podria la convocante aclarar, el porque solicita estas documentaciones?????? y encima agregan Cera liquida dentro del grupo de insumos que debe demostrarse con el registro sanitario y ensayos de INTN ?????? Las empresas oferentes deberán presentar con su oferta muestras, registros sanitarios vigentes y ensayos del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) de los siguientes
productos: Detergente, Hipoclorito de sodio 2,5%, Desodorante líquido de piso, jabón para manos, alcohol desinfectante de superficies al 70%, limpia vidrio y cera liquida. SE EXIGE QUE SE SAQUE ESTE REQUISITO. A fin de evitar protestas y denuncias que solo dañarian la imagen de esa institución por suponerse un direccionamiento grosero, mediocre y mal elaborado, solicitamos la urgente corrección del citado punto.
Respuesta: Todo producto comercializado en el Paraguay deben estar autorizados por las instituciones pertinentes, pero ello no implica el cumplimiento de las cantidades y componentes químicos expuestos. Por ello se exige que cada producto ofrecido se encuentre certificado. De esta manera se busca evitar que se introduzcan productos ya sean de producción casera o que no se hayan formalizado correctamente dentro del mercado local, con estos tipos de productos no se puede tener la certeza que hayan sido elaborados en forma adecuada, pudiendo los mismos comprometer la salud de los trabajadores que manipulan dichos productos en forma directa y a los funcionarios de la institución y clientes del Crédito Agrícola de Habilitación (CAH) quienes estarán en contacto con dichos insumos en forma constante.
La formalización y las buenas practicas en las actividades empresariales sean de adquisición de insumos, seguridad o de calificación técnica empresarial no pueden tomarse como una limitación, siendo que el sector en el que operan tanto la consultante como otros similares se encuentran todas las herramientas para poder acceder a dichos tipos de insumos y demás y ofertar libremente.
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CAPACIDAD TECNICA
Para el Item 2 Nuevo Edificio Corporativo el oferente deberá contar con 1 (uno) unidad. Fregadora de pisos tipo industrial que limpia y aspira simultáneamente con cepillos de cerda, nylon y paños sintéticos con rendimiento de trabajo igual o superior a 4900 m2/hora, ficha técnica con el certificado del distribuidor, representante o fabricante que acredite en su contenido como mínimo la característica solicitada, de modo a comprobar lo requerido. A fin de evitar protestas y denuncias que solo dañarían la imagen de esa institución por suponerse un direccionamiento grosero, mediocre y mal elaborado, solicitamos la exclusión de este requisito.
Para el Item 2 Nuevo Edificio Corporativo el oferente deberá contar con 1 (uno) unidad. Fregadora de pisos tipo industrial que limpia y aspira simultáneamente con cepillos de cerda, nylon y paños sintéticos con rendimiento de trabajo igual o superior a 4900 m2/hora, ficha técnica con el certificado del distribuidor, representante o fabricante que acredite en su contenido como mínimo la característica solicitada, de modo a comprobar lo requerido. A fin de evitar protestas y denuncias que solo dañarían la imagen de esa institución por suponerse un direccionamiento grosero, mediocre y mal elaborado, solicitamos la exclusión de este requisito.
Respuesta: El equipo de limpieza exigido es un instrumento eficiente para la limpieza con precisión, además de uso frecuente las empresas del sector que cuentan con la capacidad suficiente para hacer frente al presente proceso licitatorio y ejecutar sin dificultades el contrato. La exigencia del equipo es de vital importancia decara al mantenimiento integral del Edificio Corporativo; en base al estudio de mercado se puede constatar que existen varias empresas que cuentan con los equipamientos mínimos exigidos en el presente proceso licitatorio, por lo que se puede concluir que existen oferentes en el mercado con capacidad suficiente para hacer frente al proceso licitatorio y por ende con capacidad técnica suficiente para cumplir con la ejecución del contrato. Los criterios de evaluación son el resultado de un estudio de mercado buscando satisfacer la necesidad, en el caso que un oferente no cumpla con el requisito, ello no implica que la Contratante deba ajustar sus criterios a la posibilidad de una empresa en particular.
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CAPACIDAD TECNICA
Para el Item 2 Nuevo Edificio Corporativo el oferente deberá contar con 1 (uno) unidad. Fregadora de pisos tipo industrial que limpia y aspira simultáneamente con cepillos de cerda, nylon y paños sintéticos con rendimiento de trabajo igual o superior a 4900 m2/hora, ficha técnica con el certificado del distribuidor, representante o fabricante que acredite en su contenido como mínimo la característica solicitada, de modo a comprobar lo requerido.
A FIN DE EVITAR PROTESTA A ESTE PLIEGO, Y LAS DENUNCIAS CORRESPODNIENTES POR EL EXAGERADO DIRECCIONAMIENTO QUE REALIZAN, DE MANERA GROSERA Y MEDIOCRE. SE SOLICITA A LA CONVOCANTE EXCLUIR ESTA EXIGENCIA
Para el Item 2 Nuevo Edificio Corporativo el oferente deberá contar con 1 (uno) unidad. Fregadora de pisos tipo industrial que limpia y aspira simultáneamente con cepillos de cerda, nylon y paños sintéticos con rendimiento de trabajo igual o superior a 4900 m2/hora, ficha técnica con el certificado del distribuidor, representante o fabricante que acredite en su contenido como mínimo la característica solicitada, de modo a comprobar lo requerido.
A FIN DE EVITAR PROTESTA A ESTE PLIEGO, Y LAS DENUNCIAS CORRESPODNIENTES POR EL EXAGERADO DIRECCIONAMIENTO QUE REALIZAN, DE MANERA GROSERA Y MEDIOCRE. SE SOLICITA A LA CONVOCANTE EXCLUIR ESTA EXIGENCIA
Respuesta: El equipo de limpieza exigido es un instrumento eficiente para la limpieza con precisión, además de uso frecuente las empresas del sector que cuentan con la capacidad suficiente para hacer frente al presente proceso licitatorio y ejecutar sin dificultades el contrato. La exigencia del equipo es de vital importancia decara al mantenimiento integral del Edificio Corporativo; en base al estudio de mercado se puede constatar que existen varias empresas que cuentan con los equipamientos mínimos exigidos en el presente proceso licitatorio, por lo que se puede concluir que existen oferentes en el mercado con capacidad suficiente para hacer frente al proceso licitatorio y por ende con capacidad técnica suficiente para cumplir con la ejecución del contrato. Los criterios de evaluación son el resultado de un estudio de mercado buscando satisfacer la necesidad, en el caso que un oferente no cumpla con el requisito, ello no implica que la Contratante deba ajustar sus criterios a la posibilidad de una empresa en particular.
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CAPACIDAD TECNICA
SE EXIGE LA Certificación de la ISO 14001/2015, cuyo alcance se deberá extender al servicio de Limpieza y Mantenimiento. ??????????
A FIN DE EVITAR PROTESTA A ESTE PLIEGO, Y LAS DENUNCIAS CORRESPODNIENTES POR EL EXAGERADO DIRECCIONAMIENTO QUE REALIZAN, DE MANERA GROSERA Y MEDIOCRE. SE EXIGE A LA CONVOCANTE EXCLUIR ESTE REQUISITO INNCESARIO.
SE EXIGE LA Certificación de la ISO 14001/2015, cuyo alcance se deberá extender al servicio de Limpieza y Mantenimiento. ??????????
A FIN DE EVITAR PROTESTA A ESTE PLIEGO, Y LAS DENUNCIAS CORRESPODNIENTES POR EL EXAGERADO DIRECCIONAMIENTO QUE REALIZAN, DE MANERA GROSERA Y MEDIOCRE. SE EXIGE A LA CONVOCANTE EXCLUIR ESTE REQUISITO INNCESARIO.
Respuesta: La norma ISO 14001 exige a la empresa crear un plan de manejo ambiental que incluya: objetivos y metas ambientales, políticas y procedimientos para lograr esas metas, responsabilidades definidas, actividades de capacitación del personal, documentación y un sistema para controlar cualquier cambio y avance realizado. La norma ISO 14001 describe el proceso que debe seguir la empresa y le exige respetar las leyes ambientales nacionales. La Certificación de la empresa oferente garantiza que la misma se rige por Sistemas de Gestión Ambiental (SGA) por ende son responsables y están comprometidas con la protección del medio ambiente, a través de la gestión de los riesgos medioambientales que puedan surgir del desarrollo de la actividad empresarial. Este requisito se incluye bajo las políticas de protección ambiental y sostenible impulsadas por la DNCP. Los criterios de evaluación son el resultado de un estudio de mercado buscando satisfacer la necesidad, en el caso que un oferente no cumpla con el requisito, ello no implica que la Contratante deba ajustar sus criterios a la posibilidad de una empresa en particular.
La formalización y las buenas prácticas en las actividades empresariales sean en seguridad o de calificación técnica empresarial no pueden tomarse como una limitación, siendo que el sector en el que operan tanto la consultante como otros similares se encuentran todas las herramientas para poder acceder a dichas calificaciones y las mismas son de libre acceso; por lo que en base a lo expuesto, la formalidad en tomar compromisos de apoyo con la protección del medio ambiente, a través de la gestión de los riesgos medioambientales debería de ser uno de los pilares fundamentales en el manejo empresarial.
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CAPACIDAD TECNICA
Las empresas oferentes deberán contar con las siguientes Certificaciones ISO 9001/2015, 14001/2015, cuyo alcance se deberá extender al servicio de Limpieza y Mantenimiento.
La empresa certificadora deberá encontrarse debidamente constituida en la República del Paraguay (ONA Organización Nacional de Acreditaciones), A su vez las empresas certificadoras deberán encontrarse acreditadas y reconocidas por organismos de acreditación como la IAF (International Accreditation Forum) u otra que reúna las mismas formalidades
como organismos de acreditación. La convocante se reserva el derecho de comprobar la veracidad y vigencia de los certificados presentados para lo cual se requiere la remisión de los
antecedentes tales como: Fecha de inicio de la implementación, Facturas y Contratos con la Consultora y Certificadora, Plan de Auditoria, Informes de Auditorias, acciones de mejoras,
manual de funciones, protocolos y procedimientos, Nombres de Auditores y Certificadores. PERO SOLO SE EXIGEN RECAUDOS DE LAS Certificacion ISO 9001/2015, No asi de la Certificacion de la ISO 14001/2015, ??????
A FIN DE EVITAR PROTESTA A ESTE PLIEGO, Y LAS DENUNCIAS CORRESPODNIENTES POR EL EXAGERADO DIRECCIONAMIENTO QUE REALIZAN, DE MANERA GROSERA Y MEDIOCRE. SE EXIGE A LA CONVOCANTE EXCLUIR ESTE REQUISITO INNECESARIO.
Las empresas oferentes deberán contar con las siguientes Certificaciones ISO 9001/2015, 14001/2015, cuyo alcance se deberá extender al servicio de Limpieza y Mantenimiento.
La empresa certificadora deberá encontrarse debidamente constituida en la República del Paraguay (ONA Organización Nacional de Acreditaciones), A su vez las empresas certificadoras deberán encontrarse acreditadas y reconocidas por organismos de acreditación como la IAF (International Accreditation Forum) u otra que reúna las mismas formalidades
como organismos de acreditación. La convocante se reserva el derecho de comprobar la veracidad y vigencia de los certificados presentados para lo cual se requiere la remisión de los
antecedentes tales como: Fecha de inicio de la implementación, Facturas y Contratos con la Consultora y Certificadora, Plan de Auditoria, Informes de Auditorias, acciones de mejoras,
manual de funciones, protocolos y procedimientos, Nombres de Auditores y Certificadores. PERO SOLO SE EXIGEN RECAUDOS DE LAS Certificacion ISO 9001/2015, No asi de la Certificacion de la ISO 14001/2015, ??????
A FIN DE EVITAR PROTESTA A ESTE PLIEGO, Y LAS DENUNCIAS CORRESPODNIENTES POR EL EXAGERADO DIRECCIONAMIENTO QUE REALIZAN, DE MANERA GROSERA Y MEDIOCRE. SE EXIGE A LA CONVOCANTE EXCLUIR ESTE REQUISITO INNECESARIO.
Respuesta: la exigencia del PBC es contar con las Certificaciones ISO 9001/2015, 14001/2015; La formalización y las buenas prácticas en las actividades empresariales sean en seguridad o de calificación técnica empresarial no pueden tomarse como una limitación, siendo que el sector en el que operan tanto la consultante como otros similares se encuentran todas las herramientas para poder acceder a dichas calificaciones y las mismas son de libre acceso; En base al estudio de mercado se puede constatar que existen varias empresas que cuentan con las mínimas exigidas en el presente proceso licitatorio, por lo que se puede concluir que existen oferentes en el mercado con capacidad suficiente para hacer frente al proceso licitatorio y por ende con capacidad técnica suficiente para cumplir con la ejecución del contrato. Los criterios de evaluación son el resultado de un estudio de mercado buscando satisfacer la necesidad, en el caso que un oferente no cumpla con el requisito, ello no implica que la Contratante deba ajustar sus criterios a la posibilidad de una empresa en particular.
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CAPACIDAD TECNICA
Teniendo en cuenta los trabajos de altura, el oferente deberá contar en su nómina de personal propuesto para la presente licitación, con un Personal Técnico Certificado como Persona
Autorizada para Trabajos en Altura, que haya sido capacitado como mínimo, bajo la norma OSHA y ANSI, dictado por un Centro de Capacitación con Instructores certificados con el
correspondiente número de serie. Adjuntar a la oferta: Copia del Certificado del Personal Propuesto por el oferente, quien deberá figurar en la Planilla de Declaración Jurada de Salarios
del al IPS correspondiente, como mínimo, a 1 (un) año anterior a la fecha de Apertura de Sobres. Asimismo, acompañar copia del documento que acredite el número de carnet o serie
del Profesional que dictó el curso. A FIN DE EVITAR PROTESTA A ESTE PLIEGO, Y LAS DENUNCIAS CORRESPODNIENTES POR EL EXAGERADO DIRECCIONAMIENTO QUE REALIZAN, DE MANERA GROSERA Y MEDIOCRE. SE SOLICITA A LA CONVOCANTE EXCLUIR ESTA EXIGENCIA
Teniendo en cuenta los trabajos de altura, el oferente deberá contar en su nómina de personal propuesto para la presente licitación, con un Personal Técnico Certificado como Persona
Autorizada para Trabajos en Altura, que haya sido capacitado como mínimo, bajo la norma OSHA y ANSI, dictado por un Centro de Capacitación con Instructores certificados con el
correspondiente número de serie. Adjuntar a la oferta: Copia del Certificado del Personal Propuesto por el oferente, quien deberá figurar en la Planilla de Declaración Jurada de Salarios
del al IPS correspondiente, como mínimo, a 1 (un) año anterior a la fecha de Apertura de Sobres. Asimismo, acompañar copia del documento que acredite el número de carnet o serie
del Profesional que dictó el curso. A FIN DE EVITAR PROTESTA A ESTE PLIEGO, Y LAS DENUNCIAS CORRESPODNIENTES POR EL EXAGERADO DIRECCIONAMIENTO QUE REALIZAN, DE MANERA GROSERA Y MEDIOCRE. SE SOLICITA A LA CONVOCANTE EXCLUIR ESTA EXIGENCIA
Respuesta: Los trabajos en altura son complejos y riesgosos, el hecho de exigir capacitación certificada es una responsabilidad de la Convocante y la empresa, la de tener la certeza de que el personal cuenta con la suficiente capacidad técnica y experiencia para hacer frente a las dificultades que generan este tipo de trabajos, el hecho de permitir operar con personal sin experiencia y destreza, supone un riesgo alto tanto a la vida del personal del contratista como las consecuencias legales subsidiarias que podrían generar al Estado la configuración de un siniestro bajo estas circunstancias.
La formalización y las buenas prácticas en las actividades empresariales sean en seguridad no pueden tomarse como una limitación, siendo que el sector en el que operan tanto la consultante como otros similares se encuentran todas las herramientas para poder acceder a dichas capacitaciones;
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CAPACIDAD TECNICA
Teniendo en cuenta los trabajos de altura, el oferente deberá contar en su nómina de personal propuesto para la presente licitación, con un Personal Técnico Certificado como Persona
Autorizada para Trabajos en Altura, que haya sido capacitado como mínimo, bajo la norma OSHA y ANSI, dictado por un Centro de Capacitación con Instructores certificados con el
correspondiente número de serie. Adjuntar a la oferta: Copia del Certificado del Personal Propuesto por el oferente, quien deberá figurar en la Planilla de Declaración Jurada de Salarios
del al IPS correspondiente, como mínimo, a 1 (un) año anterior a la fecha de Apertura de Sobres. Asimismo, acompañar copia del documento que acredite el número de carnet o serie
del Profesional que dictó el curso. SE SOLICITA A LA CONVOCANTE JUSTIFICAR LA EXIGENCIA DE ESTE REQUISITO. EL EXAGERADO DIRECCIONAMIENTO QUE REALIZAN, YA ES MUY GROSERO. DEJEN DE HACER LO MISMO, AÑO TRAS AÑO
Teniendo en cuenta los trabajos de altura, el oferente deberá contar en su nómina de personal propuesto para la presente licitación, con un Personal Técnico Certificado como Persona
Autorizada para Trabajos en Altura, que haya sido capacitado como mínimo, bajo la norma OSHA y ANSI, dictado por un Centro de Capacitación con Instructores certificados con el
correspondiente número de serie. Adjuntar a la oferta: Copia del Certificado del Personal Propuesto por el oferente, quien deberá figurar en la Planilla de Declaración Jurada de Salarios
del al IPS correspondiente, como mínimo, a 1 (un) año anterior a la fecha de Apertura de Sobres. Asimismo, acompañar copia del documento que acredite el número de carnet o serie
del Profesional que dictó el curso. SE SOLICITA A LA CONVOCANTE JUSTIFICAR LA EXIGENCIA DE ESTE REQUISITO. EL EXAGERADO DIRECCIONAMIENTO QUE REALIZAN, YA ES MUY GROSERO. DEJEN DE HACER LO MISMO, AÑO TRAS AÑO
Respuesta: Los trabajos en altura son complejos y riesgosos, el hecho de exigir capacitación certificada es una responsabilidad de la Convocante y la empresa, la de tener la certeza de que el personal cuenta con la suficiente capacidad técnica y experiencia para hacer frente a las dificultades que generan este tipo de trabajos, el hecho de permitir operar con personal sin experiencia y destreza, supone un riesgo alto tanto a la vida del personal del contratista como las consecuencias legales subsidiarias que podrían generar al Estado la configuración de un siniestro bajo estas circunstancias.
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CAPACIDAD TECNICA
LA CONVOCANTE EXIGEN A Las empresas oferentes que deberán contar con Certificación ISO 14001/2015, SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ACLARAR Y FINDAMENTA DEL PORQUE SE EXIGE ESTA CERTIFICAICON, CUANDO QUE LA MISMA NO AFECTA A LA CALIDAD DEL SERVICIO EN SI REQUERIDO.
LA CONVOCANTE EXIGEN A Las empresas oferentes que deberán contar con Certificación ISO 14001/2015, SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ACLARAR Y FINDAMENTA DEL PORQUE SE EXIGE ESTA CERTIFICAICON, CUANDO QUE LA MISMA NO AFECTA A LA CALIDAD DEL SERVICIO EN SI REQUERIDO.
Respuesta: La norma ISO 14001 exige a la empresa crear un plan de manejo ambiental que incluya: objetivos y metas ambientales, políticas y procedimientos para lograr esas metas, responsabilidades definidas, actividades de capacitación del personal, documentación y un sistema para controlar cualquier cambio y avance realizado. La norma ISO 14001 describe el proceso que debe seguir la empresa y le exige respetar las leyes ambientales nacionales. La Certificación de la empresa oferente garantiza que la misma se rige por Sistemas de Gestión Ambiental (SGA) por ende son responsables y están comprometidas con la protección del medio ambiente, a través de la gestión de los riesgos medioambientales que puedan surgir del desarrollo de la actividad empresarial. Este requisito se incluye bajo las políticas de protección ambiental y sostenible impulsadas por la DNCP. Los criterios de evaluación son el resultado de un estudio de mercado buscando satisfacer la necesidad, en el caso que un oferente no cumpla con el requisito, ello no implica que la Contratante deba ajustar sus criterios a la posibilidad de una empresa en particular.
La formalización y las buenas prácticas en las actividades empresariales sean en seguridad o de calificación técnica empresarial no pueden tomarse como una limitación, siendo que el sector en el que operan tanto la consultante como otros similares se encuentran todas las herramientas para poder acceder a dichas calificaciones y las mismas son de libre acceso; por lo que en base a lo expuesto, la formalidad en tomar compromisos de apoyo con la protección del medio ambiente, a través de la gestión de los riesgos medioambientales debería de ser uno de los pilares fundamentales en el manejo empresarial.
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Referente al sistema de adjucación
Con relación al sistema de adjudicación detallado en el sistema, se observa que es por el total cuando existen diferentes ítems como lo son el servicio de limpieza y el servicio de control de plagas.
Al ser servicios que requieren mecanismos de control distintos, consulto si se podría modificar el sistema de adjudicación a "por lote" debido a que al ser por el "total" lo vuelve limitante en participación para oferentes que no presten los dos servicios.
Con relación al sistema de adjudicación detallado en el sistema, se observa que es por el total cuando existen diferentes ítems como lo son el servicio de limpieza y el servicio de control de plagas.
Al ser servicios que requieren mecanismos de control distintos, consulto si se podría modificar el sistema de adjudicación a "por lote" debido a que al ser por el "total" lo vuelve limitante en participación para oferentes que no presten los dos servicios.
Mantenemos el sistema de adjudicación por el total por las siguientes justificaciones:
Que, la centralización en un solo proveedor permite una mayor eficiencia y un control más efectivo en la ejecución del contrato. Según el artículo 4 de la Ley N° 7021/22, se promueve la eficiencia en la administración de los recursos públicos y la correcta ejecución de los contratos. Al centralizar la contratación, se reducen las complejidades asociadas con la coordinación de múltiples proveedores, mejorando así el control y supervisión del servicio de limpieza.
Que, en consideración a los derechos y obligaciones de derivan de la formalización contractual, se puede observar el contratista es responsable del cumplimiento del contrato. Con un solo proveedor, la responsabilidad es clara y directa, lo que facilita la gestión de posibles incumplimientos y reclamaciones. Esto asegura una mayor transparencia y claridad en las responsabilidades contractuales, reduciendo los riesgos de conflictos y malentendidos.
Que, manejar un único contrato con un solo proveedor disminuye significativamente los costos administrativos y la carga burocrática. La ley promueve la eficiencia administrativa, y al reducir el número de contratos y la necesidad de coordinar múltiples partes, se optimizan los recursos destinados a la supervisión y control de todo proyecto.
Que, centralizar la contratación puede generar economías de escala, resultando en costos más bajos y mayor eficiencia en la ejecución del proyecto. Un solo proveedor puede ofrecer mejores precios y condiciones debido a la mayor magnitud del contrato. Además, el proveedor de tiene una visión integral del proyecto, lo que permite una planificación y ejecución más coherente y sinérgica.
Que, la fragmentación del proyecto en múltiples lotes puede diluir la responsabilidad y complicar la gestión de riesgos; El artículo 30 de la Ley N° 7021/22 menciona la necesidad de gestionar adecuadamente los riesgos asociados con la contratación pública. Un solo proveedor permite una gestión de riesgos más focalizada y efectiva, ya que la responsabilidad de la ejecución recae en un único ente.
Que, a todo lo expuesto resaltamos que esta metodología no es una situación aislada, observándose que en otras licitaciones (ID N° 440331,451822, 441000 por citar algunas recientes) que han adoptado este sistema de adjudicación, habiendo realizado los análisis críticos en base a la experiencia de ejecuciones anteriores se puede inferir que la misma resulta la más efectiva para la correcta ejecución y concreción del contrato y por ende la de apoyar compulsivamente en el cumplimiento de las metas institucionales.
En conclusión, y en base a la experiencia de utilización de contratos anteriores, podemos indicar sin lugar a equívocos que adoptar el sistema de adjudicación POR EL TOTAL, se podrá asegurar una calidad uniforme en los servicios prestados, facilitar la supervisión y control del cumplimiento de los términos contractuales y Se reduce el riesgo de fallos de comunicación y coordinación entre diferentes proveedores, permitiendo un control más eficiente y efectivo de la ejecución del contrato, alineándose con los principios de eficiencia, transparencia y responsabilidad establecidos en la Ley N° 7021/22 de Contrataciones Públicas de Paraguay.