Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la Convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “la cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
El Capital asegurado se detalla en las especificaciones técnicas incluidas en la presente Sección para cada lote.
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
GENERALIDADES:
Emisión e inscripción de la póliza como de riesgos muy específicos:
De conformidad a lo dispuesto en la Resolución SS. SG. N° 238/19 MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN SS.SG. N° 215/17 REGISTRO DE PLANES DE SEGURO Y EMISIÓN DE INSTRUMENTOS DE COBERTURA
PAUTAS GENERALES
La póliza deberá emitirse e inscribirse de acuerdo a lo dispuesto en el art. 6° numerales b) y d) que rezan cuanto sigue:
"6°) Se considerarán de riesgos muy específicos, aquellos contratos de seguros que involucren al menos una de las siguientes condiciones:
b) Que el asegurado o tomador sea una entidad pública, institución descentralizada o empresa de propiedad mixta.
d) Que la cobertura posea características muy especiales y no puedan aplicársele modelos de póliza estándares".
Una vez entregadas las Pólizas, estas serán verificadas de fondo y forma por el Banco Central del Paraguay, y si fuera necesario, devuelta a la Compañía Aseguradora correspondiente para las correcciones que sean señaladas, si las hubiere.
La cobertura de las pólizas, endosos u otros instrumentos de cobertura se regirá conforme al PBC y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la Aseguradora prevalecerá lo establecido en el PBC, quedando sin efecto cualquier otra condición o término (sin importar que sea general, específico o particular).
La póliza emitida por la adjudicada, deberá incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: "la cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC".
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
RESUMEN DE LOS REQUISITOS
LISTADO DE LOS SEGUROS A CONTRATAR:
LOTE N° 1 - SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS FÍSICOS, LESIONES Y/O MUERTE DE PERSONAS Y POR DAÑOS MATERIALES A BIENES DE TERCEROS (CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL)
Ítem N° |
Descripción |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Presentación |
1 |
Seguro de Responsabilidad Civil por daños físicos, lesiones y/o muerte de personas y por daños materiales a bienes de terceros (contractual y extracontractual) |
1 |
Unidad |
Unidad |
LOTE N° 2 - SEGURO DE VEHICULOS
Ítem N° |
Descripción |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Presentación |
1 |
BYD YUAN EV 400-AÑO 2020 |
1 |
Unidad |
Unidad |
2 |
BYD YUAN EV 400-AÑO 2020 |
1 |
Unidad |
Unidad |
3 |
KIA NIRO-AÑO 2020 |
1 |
Unidad |
Unidad |
4 |
KIA NIRO-AÑO 2020 |
1 |
Unidad |
Unidad |
5 |
KIA NIRO-AÑO 2020 |
1 |
Unidad |
Unidad |
6 |
RENAULT FLUENCE ZE-AÑO 2016 |
1 |
Unidad |
Unidad |
7 |
ISUZU 4X2 D-MAX-AÑO 2012 |
1 |
Unidad |
Unidad |
8 |
ISUZU 4X2 D-MAX-AÑO2012 |
1 |
Unidad |
Unidad |
9 |
ISUZU 4X2 D-MAX-AÑO 2012 |
1 |
Unidad |
Unidad |
10 |
ISUZU 4X2 D-MAX-AÑO 2012 |
1 |
Unidad |
Unidad |
11 |
HYUNDAI 4X2 SANTA FE -AÑO 2012 |
1 |
Unidad |
Unidad |
12 |
HYUNDAI 4X2 SANTA FE -AÑO 2014 |
1 |
Unidad |
Unidad |
13 |
HYUNDAI 4X2 SANTA FE-AÑO 2014 |
1 |
Unidad |
Unidad |
14 |
HYUNDAI 4X2 SANTA FE-AÑO 2014 |
1 |
Unidad |
Unidad |
15 |
HYUNDAI 4X2 MINIBUS H-1-AÑO 2014 |
1 |
Unidad |
Unidad |
16 |
ISUZU 4X2 D-MAX-AÑO 2014 |
1 |
Unidad |
Unidad |
17 |
VOLVO S60-AÑO 2014 |
1 |
Unidad |
Unidad |
18 |
KIA NIRO-AÑO 2023 |
1 |
Unidad |
Unidad |
19 |
KIA NIRO-AÑO 2023 |
1 |
Unidad |
Unidad |
20 |
KIA NIRO-AÑO 2023 |
1 |
Unidad |
Unidad |
21 |
KIA NIRO-AÑO 2023 |
1 |
Unidad |
Unidad |
22 |
KIA NIRO-AÑO 2023 |
1 |
Unidad |
Unidad |
23 |
BYD YUAN PRO EV GL AÑO 2023 |
1 |
Unidad |
Unidad |
24 |
BYD YUAN PRO EV GL AÑO 2023 |
1 |
Unidad |
Unidad |
25 |
BYD YUAN PRO EV GL AÑO 2023 |
1 |
Unidad |
Unidad |
26 |
BYD YUAN PRO EV GL AÑO 2023 |
1 |
Unidad |
Unidad |
27 |
BYD YUAN PRO EV GL AÑO 2023 |
1 |
Unidad |
Unidad |
CAPACITACIÓN
A pedido de la Contratante, la Aseguradora deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación se realizará en el lugar indicado por la Contratante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
LOTE N° 1: SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS FISICOS, LESIONES Y/O MUERTE DE PERSONAS Y POR DAÑOS MATERIALES A BIENES DE TERCEROS (CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL).
ÍTEM N° 1: SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS FÍSICOS, LESIONES Y/O MUERTE DE PERSONAS Y POR DAÑOS MATERIALES A BIENES DE TERCEROS (CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL).
COBERTURA: Daños físicos, lesiones y/o muerte de personas y daños materiales a bienes de terceros, mientras se encuentren dentro de las instalaciones propias y/o en usufructo del Banco Central del Paraguay. La cobertura deberá tener alcance contractual y extracontractual.
CAPITAL TOTAL ASEGURADO DE LA COBERTURA POR SINIESTRO O EVENTO Y LÍMITE ÚNICO EN EL AGREGADO ANUAL DE ₲. 1.600.000.000.-
Sin Sub límite. El Banco Central del Paraguay se reserva el derecho de solicitar la cobertura que corresponda en cada caso.
Sin Sub límite. El Banco Central del Paraguay se reserva el derecho de solicitar la cobertura que corresponda en cada caso.
INFORMACIONES COMPLEMENTARIAS: A efectos de minimizar los riesgos el Banco Central del Paraguay cuenta con:
Siniestralidad en los últimos 5 años:
Periodo 2022:
Periodo 2023:
No se registraron siniestros.
VIGENCIA:
El plazo de vigencia de la póliza será desde las 12:00 hs. del 04/12/2024, hasta las 12:00 hs. del 04/12/2025 o, en el caso de que la adjudicación se realice posteriormente al 04/12/2024 la vigencia será desde las 12:00 hs. del día siguiente de la notificación de la adjudicación, por un año hasta las 12:00 hs. del día que corresponda.
LOTE N° 2: SEGURO DE VEHICULOS
COBERTURAS
El seguro deberá cubrir los siniestros derivados de la utilización de los vehículos por parte de los funcionarios o de terceros.
Por toda indemnización en concepto de lesiones o muerte a terceras personas, hasta la suma máxima de ₲. |
250.000.000.- |
Por toda indemnización en concepto de daño o roturas causados a cosas de terceros, hasta la suma máxima de ₲. |
250.000.000.- |
OBS.: La Aseguradora deberá prever en la póliza todos los requisitos que serán necesarios presentar en la denuncia del siniestro, los cuales deberán guardar la debida razonabilidad. Al ser satisfechos éstos, la Aseguradora deberá pronunciarse acerca del derecho del asegurado, incluyendo el monto de la indemnización, según lo dispuesto en el artículo 1597 del Código Civil y proceder al pago respectivo dentro de los quince (15) días posteriores de conformidad con lo dispuesto en el art. 1591 del mismo cuerpo legal. La Aseguradora deberá informar al BCP, en cada caso, de los siniestros reclamados en beneficio de terceros.
Incendio - ₲. |
Según precio de mercado establecido en la planilla de bienes asegurables. |
Daños materiales (Casco y Accesorios) - ₲. |
Según precio de mercado establecido en la planilla de bienes asegurables. |
Daños Materiales causados por Tumulto y/o huelga, huracán, vendaval, ciclón o tornado, impacto de vehículos, raudales, caídas de árboles, columnas, derrumbes y granizo - ₲. |
Según precio de mercado establecido en la planilla de bienes asegurables. |
Robo parcial, robo total y robo parcial al amparo de robo total - ₲. |
Según precio de mercado establecido en la planilla de bienes asegurables. |
Lesiones o muertes por una persona, hasta la suma máxima de ₲. |
250.000.000.- |
Lesiones o muertes de dos o más personas, hasta la suma máxima de ₲. |
400.000.000.- |
Incapacidad permanente por ocupante, hasta la suma máxima de ₲. |
250.000.000.- |
Gastos médicos, por ocupante, hasta la suma máxima de ₲. |
250.000.000.- |
La cotización deberá realizarse sin franquicia y a primer riesgo absoluto para el conjunto de bienes a ser asegurados.
Los precios cotizados deberán incluir el servicio de grúa para el auxilio de los vehículos del BCP, las veinte y cuatro (24) horas, siete (7) días de la semana, inclusive en días feriados, con cobertura nacional. La grúa deberá acudir hasta el lugar donde se encuentre el vehículo a ser trasportado como máximo en dos (2) horas luego de realizado el reclamo. En cualquier punto del país y la cantidad de veces que sea necesaria (sin limitación).
Los bienes asegurables se detallan a continuación en la siguiente planilla:
N° |
|
CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS |
COMBUS- TIBLE |
COSTO DE ADQUISICIÓN |
PRECIO DE MERCADO |
ESTADO |
|
|||||||
CHAPA |
MARCA |
MODELO |
AÑO |
MOTOR |
CHASIS N°. |
CILIN -DRAJE |
2024 |
|
||||||
1 |
AADD317 |
BYD |
YUAN EV 400 |
2020 |
1814TZXSA319002700 |
LCOCE4DC3L0000160 |
|
100% ELECTRICO |
198.000.000 |
₲ 169.760.250 |
MUY BUENO |
|
||
2 |
AADD318 |
BYD |
YUAN EV 400 |
2020 |
1814TZXSA319003045 |
LCOCE4DC1L0000156 |
|
100% ELECTRICO |
198.000.000 |
₲ 169.760.250 |
|
|||
3 |
AACY 828 |
KIA |
NIRO |
2020 |
G4LEKS461851 |
KNACB81CGL5270459 |
1600 cc |
HIBRIDO |
201.580.220 |
₲ 172.829.842 |
|
|||
4 |
AACY 839 |
KIA |
NIRO |
2020 |
G4LEKS486550 |
KNACB81CGL5289225 |
1600 cc |
HIBRIDO |
201.580.220 |
₲ 172.829.842 |
|
|||
5 |
AACY 836 |
KIA |
NIRO |
2020 |
G4LEKS488575 |
KNACB81CGL5289797 |
1600 cc |
HIBRIDO |
201.580.220 |
₲ 172.829.842 |
|
|||
6 |
VEL 015 |
RENAULT |
FLUENCE ZE |
2016 |
AO70742 |
VF1LZL60LUC500091 |
|
100% ELECTRICO |
152.668.732 |
₲ 118.132.154 |
|
|||
7 |
BLB 249 |
ISUZU 4x2 |
D-MAX |
2012 |
JS2088 |
MPATFR85HCT100833 |
3000 cc |
GASOIL |
128.000.000 |
₲ 69.935.908 |
|
|||
8 |
BLH 062 |
ISUZU 4x2 |
D-MAX |
2012 |
JT0145 |
MPATFR85HCT100979 |
3000 cc |
GASOIL |
128.000.000 |
₲ 69.935.908 |
|
|||
9 |
BLJ 570 |
ISUZU 4x2 |
D-MAX |
2012 |
JT0146 |
MPATFR85HCT100990 |
3000 cc |
GASOIL |
128.000.000 |
₲ 69.935.908 |
|
|||
10 |
BLF 938 |
ISUZU 4x2 |
D-MAX |
2012 |
JS2940 |
MPATFR85HCT100885 |
3000 cc |
GASOIL |
128.000.000 |
₲ 69.935.908 |
|
|||
11 |
BLB 331 |
HYUNDAI 4X2 |
SANTA FE |
2012 |
D4HBCU613116 |
KMHSH81XBCU913436 |
2200 cc |
GASOIL |
157.000.000 |
₲ 89.009.337 |
|
|||
12 |
BOJ 621 |
HYUNDAI 4X2 |
SANTA FE |
2014 |
D4HBDU879801 |
KMHSU81XBEU233794 |
2200 cc |
GASOIL |
180.000.000 |
₲ 101.724.956 |
|
|||
13 |
BOJ 622 |
HYUNDAI 4X2 |
SANTA FE |
2014 |
D4HBDU906461 |
KMHSU81XBEU257406 |
2200 cc |
GASOIL |
180.000.000 |
₲ 101.724.956 |
|
|||
14 |
BOJ 620 |
HYUNDAI 4X2 |
SANTA FE |
2014 |
D4HBDU880463 |
KMHSU81XBEU232999 |
2200 cc |
GASOIL |
180.000.000 |
₲ 101.724.956 |
|
|||
15 |
BOK 508 |
HYUNDAI 4X2 |
MINIBUS H-1 |
2014 |
D4BHDO39770 |
KMJWA37HAEU605528 |
2200 cc |
GASOIL |
160.000.000 |
₲ 101.724.956 |
|
|||
16 |
BOJ 623 |
ISUZU 4X2 |
D-MAX |
2014 |
LG3030 |
MPATFR85JET000238 |
3000 cc |
GASOIL |
145.000.000 |
₲ 92.188.241 |
|
|||
17 |
BSO 899 |
VOLVO |
S60 |
2014 |
1454180 |
YV1FS8256E2313878 |
2400 cc |
GASOIL |
282.000.000 |
₲ 179.290.235 |
|
|||
18 |
AAML357 |
KIA |
NIRO |
2023 |
G4LLNS031396 |
KNACP81EGP5027745 |
1600 cc |
HIBRIDO |
237.000.000 |
₲ 225.150.000 |
|
|||
19 |
AAML 353 |
KIA |
NIRO |
2023 |
G4LLNS031362 |
KNACP81EGP5027746 |
1600 cc |
HIBRIDO |
237.000.000 |
₲ 225.150.000 |
|
|||
20 |
AAML349 |
KIA |
NIRO |
2023 |
G4LLNS031322 |
KNACP81EGP5027747 |
1600 cc |
HIBRIDO |
237.000.000 |
₲ 225.150.000 |
|
|||
21 |
AAML359 |
KIA |
NIRO |
2023 |
G4LLNS031864 |
KNACP81EGP5027811 |
1600 cc |
HIBRIDO |
237.000.000 |
₲ 225.150.000 |
|
|||
22 |
AAML364 |
KIA |
NIRO |
2023 |
G4LLNS031366 |
KNACP81EGP5027812 |
1600 cc |
HIBRIDO |
237.000.000 |
₲ 225.150.000 |
|
|||
23 |
AAPG 143 |
BYD |
YUAN PRO EV GL |
2023 |
TZ180XSC222029717 |
LC0CE4DB8P0001043 |
|
ELECTRICO |
₲ 239.800.000 |
₲ 227.810.000 |
|
|
||
24 |
AAPG 142 |
BYD |
YUAN PRO EV GL |
2023 |
TZ180XSC222023962 |
LC0CE4DB7P0001048 |
|
ELECTRICO |
₲ 239.800.000 |
₲ 227.810.000 |
|
|||
25 |
AAPG 138 |
BYD |
YUAN PRO EV GL |
2023 |
TZ180XSC222030171 |
LC0CE4DB7P0001051 |
|
ELECTRICO |
₲ 239.800.000 |
₲ 227.810.000 |
|
|||
26 |
AAPG 133 |
BYD |
YUAN PRO EV GL |
2023 |
TZ180XSC222028186 |
LC0CE4DB6P0001042 |
|
ELECTRICO |
₲ 239.800.000 |
₲ 227.810.000 |
|
|||
27 |
AAPG 145 |
BYD |
YUAN PRO EV GL |
2023 |
TZ180XSC222028718 |
LC0CE4DB9P0001052 |
|
ELECTRICO |
₲ 239.800.000 |
₲ 227.810.000 |
|
|||
CAPITAL TOTAL GS. |
4.288.073.447 |
|
||||||||||||
|
||||||||||||||
El Oferente deberá presentar con su oferta la lista de talleres del Seguro para el traslado de vehículos siniestrados, con la información que se detalla a continuación en la siguiente planilla:
LISTA DE TALLERES DEL SEGURO PARA EL TRASLADO DE VEHÍCULOS SINIESTRADOS |
||||
(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
(5) |
N° |
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD |
N° DE TELEFÓNO / CEL |
NOMBRE DEL DUEÑO O JEFE DE TALLER |
ESPECIALIZADOS EN VEHÍCULOS MARCA: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
(5) En esta columna se deberán detallar si los talleres están especializados en vehículos de las marcas (ver lista de vehículos del BCP) Volvo S60, Hyundai, Isuzu D-Max, BYD, KIA, Renault. Se deben abarcar todas las marcas señaladas, pudiendo ser por diferentes talleres.
La Póliza a ser contratada deberá incluir las siguientes clausulas especiales:
PRIMERA: ADQUISICION Y VENTA DE VEHÍCULOS
En caso de que se adquieran vehículos por parte del BCP, durante la vigencia de la presente Póliza de Seguros, la firma aseguradora deberá aplicar la misma tasa de la Póliza vigente que será calculada a prorrata temporis a cada vehículo adquirido, manteniendo las mismas coberturas de los demás vehículos asegurados, para su pago por parte del BCP y proceder a un endoso a la Póliza Vigente.
Si el BCP vendiese vehículos, la Aseguradora contratada, procederá a la devolución de lo ya abonado por el BCP por estos vehículos, calculando el monto desde la fecha de comunicación de la institución por la venta, nota mediante, hasta la finalización de la vigencia de la póliza.
SEGUNDA: RASTREO SATELITAL
La firma aseguradora proveerá el servicio de Rastreo Satelital a través de la instalación de Módulo GPS y equipos necesarios para brindar a cada vehículo del Banco Central del Paraguay el servicio de Rastreo Satelital durante la vigencia de la presente Póliza de Seguros.
TERCERA: TALLERES DEL SEGURO
Una vez que el siniestro se haya consumado y comunicado a la Aseguradora, por la vía que sea, ésta deberá autorizar inmediatamente al Banco Central del Paraguay (el Asegurado) a trasladar mediante grúas de la Aseguradora, su/s vehículo/s siniestrado/s al igual que el del tercero en caso de presentarse, al/os taller/es que haya designado la Aseguradora conforme a listado presentado con la oferta. En caso de que el listado de talleres sea modificado, deberá ser comunicado inmediatamente al Banco Central del Paraguay acerca de las variaciones que se produzcan.
CUARTA: SERVICIO DE AUXILIO (MECANICA LIGERA)
Acople de batería, cambio de cubiertas, reposición de combustible. Los reclamos deben ser atendidos, como máximo hasta dos (2) horas después de realizar el reclamo.
QUINTA: PRIMEROS AUXILIOS
Guantes desechables
Toallitas estériles para limpiar heridas
Gasas estériles
Vendas adhesivas de diferentes tamaños
Vendajes elásticos (como vendas de crepe)
Almohadillas estériles para heridas
Apósitos adhesivos resistentes al agua
Cinta adhesiva médica
Tijeras para cortar vendajes y ropa
Pinzas para retirar astillas o cuerpos extraños
Alcohol isopropílico o toallitas con alcohol
Jabón antiséptico o gel desinfectante para manos
VIGENCIA
Para los ítems N° 1 al 22: El plazo de vigencia de la póliza será desde las 12:00 hs. del 19/11/2024, hasta las 12:00 hs. del 19/11/2025 o, en el caso de que la adjudicación se realice posteriormente al 19/11/2024 la vigencia será desde las 12:00 hs. del día siguiente de la notificación de la adjudicación, por un año hasta las 12:00 hs. del día que corresponda.
Para los ítems N° 23 al 27: El plazo de vigencia de la póliza será desde el día siguiente de la notificación de la adjudicación, hasta las 12:00 hs. del 19/11/2025.
Siniestralidad de los últimos 5 años:
SINIESTRALIDAD AÑOS 2020 AL 2024
AÑO 2020
Isuzu Dimax Año 2012 Chapa BLF 938, parabrisas delantero-cambio.
Hyundai Santa Fe Año 2010 Chapa EAF 319, paragolpe frontal lado derecho.
Isuzu dimax año 2012 chapa blb 292-paragolpe delantero.
Hyundai Santa fe año 2012 chapa blb 188 - costado izquierdo.
AÑO 2021
- Renault fluence eléctrico 100% año:2010 Chapa: vel 015-puerta trasera y sócalo dos abolladuras.
Hyundai H1 minibús año:20214 chapa: bok 508 - Paragolpes delantero y parrilla con abolladura, antena rota, guardabarros delantero con rose.
Izuzu d-max año :2013 chapa: blf 938- antena y parabrisas rotos guardabarros y chapería con rose, paragolpe trasero abollado.
HYUNDAY SANTA FÉ AÑO:2011 CHAPA: BFT 40: ROSE en el paragolpe trasero cambio del envolvente delantero, señalero del retrovisor derecho e izquierdo roto.
IZUZU D-MAX AÑO:2013 CHAPA: BOJ 623: envolvente delantero roto, estibera lado derecho abollado y techo con detalle en la pintura.
ISUZU D-MAX AÑO 2012 CHAPA BLB 249: chaperia parte trasera lado derecho abollado.
ISUZU D-MAX AÑO 2012 CHAPA BLB 292: parte frente: antena rota retrovisor lado izquierdo roto; rotura de carpa; parte trasera: paragolpe trasero abollado.
HYUNDIA SANTA FE AÑO 2012 CHAPA BLB 188: parte frente: paragolpe delantero roto con rayones; parte trasera: paragolpe trasero con rose.
AÑO 2022
-VOLVO S60 AÑO 2014 CHAPA BSO 899: rotura de cubierta delantera lado izquierdo.
-Vehículo HYUNDAI TUCSON DAÑO.
-Vehículo HYUNDAI TUCSON 2014 DAÑO.
-Vehículo ISUZU DIMAX 2013 DAÑO.
-Vehículo BYD YUAN 2019 DAÑO.
AÑO 2023
-Vehículo Isuzu D-MAX 2012-Faro roto, chapería abollada del costado izquierdo, Daño de paragolpes y suspensión de la parte trasera.
-Vehículo ISUZU D-MAX 2012_CHAPA BLF938: rotura de picaporte y robo de carpa cubre carrocería.
-Vehículo KIA NIRO_2020_CHAPA AACY839: Rotura de paragolpes y busca huellas.
-Vehículo ISUZU D-MAX BLB 570: Comunicación de Siniestros.
- Vehículo HYUNDAI H1 MINIBUS con chapa N° BOK 508 - daño de la bagueta trasera y rayadura del lado lateral del vehículo.
- Vehículo ISUZU-D-MAX H1 chapa N° BLJ 570-rotura de la carpa protectora de la carrocería.
-Vehículo - HYUNDAI H1 BOK 508, avería en la rueda delantera derecha.
- Vehículo - HYUNDAI SANTA FE BOJ 622, impacto en la parte baja delantera (envolvente).
- Vehículo -BYD AADD 318, pérdida protectora de tambor de cerradura, puerta delantera izquierda.
- Vehículo -ISUZU D_MAX BOJ 623, Daño o hurto de antena de radio.
- Vehículo ISUZU D-MAX BLJ 570, Perforación y rotura del faro y el foco del busca huellas.
AÑO 2024
- Vehículo: HYUNDAI H1 BOK 508, abolladura trasera por impacto.
- Vehículo HYUNDAI SANTA FE BOJ 622, rotura de tapa de combustible.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
El presente llamado a ser publicado ha sido solicitado por: el Departamento de Gestión de Riesgos Operativos (DGRO) de la Gerencia de Desarrollo y Gestión Institucional (GDGI) del Banco Central del Paraguay, de acuerdo a las necesidades de la Institución y con aprobación correspondiente. La funcionaria responsable del área requirente según Dictamen Técnico: María Gloria Núñez Fischer (en carácter de Directora del Departamento de Gestión de Riesgos Operativos).
La necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación realizada radica en: 1.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS FÍSICOS, LESIONES Y/O MUERTE DE PERSONAS Y POR DAÑOS MATERIALES A BIENES DE TERCEROS (CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL):
Los Seguros citados tienen por objetivo contar con pólizas para la cobertura de posibles daños físicos a las personas y daños materiales en los bienes de terceros, que podrían sufrir mientras se encuentran dentro del predio del Banco Central del Paraguay, en sus áreas comunes y estacionamiento, así como en las áreas operativas abiertas al público en general y en el Área Cultural del BCP.
2.- SEGURO PARA VEHÍCULOS DEL BCP:
La contratación del seguro para vehículos se realiza con el objetivo de cubrir los siniestros derivados de la utilización de vehículos por parte de los funcionarios o de terceros ante la ocurrencia de riesgos de Responsabilidad civil, Daños Materiales, Incendio, accidente y robos; accidentes personales de ocupantes, correspondiente a la flota de vehículos del Banco Central del Paraguay.
Con relación a la planificación, se indica que: se trata de un llamado periódico, sucesivo ya que la necesidad es continua.
Las especificaciones técnicas establecidas se justifican en: las necesidades actuales de la Institución, en su infraestructura, conocimiento del área técnica, entre otros.
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
La Contratante fiscalizará la ejecución del Contrato a través del área administradora del Contrato. Se verificará que lo ejecutado cumpla a cabalidad con lo establecido en la Sección Suministros Requeridos Especificaciones técnicas y en la Lista de Precios; y se adecuen al Plan de Entrega de los Bienes o Servicios del presente PBC.
La aseguradora que haya ganado el procedimiento de contratación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia)..
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Conformidad del área técnica administradora del contrato. |
Nota/ Formulario/ Providencia/ Memorando de conformidad del área técnica administradora del contrato. |
Una vez presentada la póliza por la Aseguradora, se procederá a la verificación de sus términos, emitiéndose la conformidad respectiva, si correspondiere. Asimismo, en ocasión que se requiera conformidad en el marco de la ejecución contractual. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.