Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Metodo de Evaluación

Basado únicamente en precio

Análisis de precios ofertados

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

    1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

 

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

Elementos que determinan el precio del bien/servicio ofertado Costo expresado en la moneda de la oferta
Elementos de Valor Fijo  
Mano de obra  
Inmuebles  
Maquinarias  
Herramientas  
Vehículos  
Equipos Informáticos  
Muebles  
Seguros  
Servicios Básicos  
Elementos de Valor Variable  
Insumos  
Mantenimiento  
Gastos Administrativos  
Gastos de venta  
Total de costos  
Precio del bien/servicio antes del impuesto  
Impuestos  
IVA, Ret. Renta, Ret. DNCP  
Precio final del bien/servicios impuestos incluidos  
   
El listado de elementos es meramente enunciativo y no limitativo, de modo que sirva como una referencia al momento de solicitar a los oferentes la composición de los precios, pudiendo la misma modificar el listado para adaptarlo a las características particulares que se presenten los bienes y servicios licitados según los rubros a los cuales pertenecen.

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.

En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) 

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”,   de conformidad con el formulario estándar  - Sección Formularios (**)
        2.  Documentos legales .Oferentes.

8.1. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (*)
  3. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  1.  

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

A. Contribuyente de IRE GENERAL por los años que corresponda deberán cumplir con el siguiente parámetro:
 
1. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1 en promedio, en los últimos años 2021, 2022 y 2023.
2. Endeudamiento: pasivo total / activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los últimos años 2021, 2022 y 2023.
3. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital. El promedio en los en los años 2021, 2022 y 2023.. No deberá ser negativo.
 
B. Contribuyentes de IRE SIMPLE por los años que corresponda deberán cumplir el siguiente parámetro:
 
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
 
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2021, 2022, 2023)
C. Contribuyentes de IRP/IRP RSP por los años que corresponda deberán cumplir el siguiente parámetro:
 
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
 
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2021, 2022, 2023)
D. Contribuyentes de exclusivamente IVA GENERAL deberá cumplir el siguiente parámetro:
 
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
 
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales (2021, 2022, 2023)
   
Observación:  En caso de consorcios, todos los integrantes que lo componen deberán cumplir con los requisitos financieros indicado

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

 

A   Para contribuyentes de IRE GENERAL: presentar Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2021, 2022 y 2023
B Para contribuyentes del IRE SIMPLE: presentar Formulario 501 de los años 2021, 2022 y 2023
C Para contribuyentes de IRP RSP: presentar Formulario 515 de los años 2021, 2022 y 2023
D Para contribuyentes de IVA GENERAL: presentar Formulario 120 IVA General de los años 2021, 2022 y 2023
E Los oferentes deberán presentar un documento en el que desarrollen los ratios con sus respectivos promedios. Este documento tendrá carácter de Declaración Jurada y tendrá validez al efecto de ser utilizada en la etapa de evaluación

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

* Antigüedad Mínima correspondiente a inicio de actividades: 3 (tres) años, que será comprobado con la constancia de inscripción del RUC expedido por la Sub Secretaria de Estado de Tributación.

* Demostrar la experiencia en mantenimiento y reparacion de vehiculos con facturaciones de venta, contratos y/o recepciones finales u otros documentos, por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en el presente procedimiento de contratación, de los años 2020,2021,2022 y 2023.  Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año.

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

1. Fotocopia simple de Constancia de RUC que demuestren una antigüedad mínima de 3 (tres) años de existencia legal (inclusive para las firmas unipersonales).

2. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

TALLER- MECANICO

Dimensiones del Área de Taller: deberá contar con una superficie cubierta mínima de 400 m2 (metros cuadrados amurallados) y dimensión del techado mínimo de 300 mts.

El taller deberá estar ubicado a una distancia de recorrido no mayor de 10 kms a la redonda del edificio de la Convocante con plano aprobado por la Municipalidad de Prevención de Incendios.

Deberá contar con la Habilitación del MADES (Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible) para operar como taller mecánico y lavadero vigente.

Debe contar con una póliza de seguros total para pruebas fuera del taller del oferente hasta un radio de 05 kms a la redonda.

Superficie Requerida: El Oferente deberá contar con infraestructura propia (no tercerizada) de 400 m2 como mínimo de superficie total del Terreno que deberá demostrar con la presentación del Certificado de Licencia Comercial expedida por la Municipalidad de del municipio donde se encuentra el oferente.

La superficie del Inmueble debe estar distribuidos en las siguientes áreas y características: Superficie del Terreno: 500 m² mínimo. -

Superficie Área de Trabajo: 300 m² mínimo.

El área de trabajo es la parte destinada exclusivamente para los trabajos de reparación y mantenimiento. No incluye oficinas administrativas, depósitos de insumos.

Seguridad del Local y área de trabajo: debe estar totalmente cubierto con techo de tinglado con un área perimetral cerrado y amurallado íntegramente con mampostería de 2,90 metros mínimo desde el Piso para garantizar la seguridad en el resguardo de los vehículos, en 1 o 2 bloques contiguos. No se admitirán estructuras que no se encuentren contiguas con el fin de acreditar las superficies mínimas solicitadas. Sólo en caso de representantes oficiales podrán incluir las sucursales, caso contrario será tenido en cuenta solo la casa central. -

Debe contar con guardia de seguridad permanente 24 Hs. para garantizar la protección de los vehículos, presentar contrato con prestadora.

Poseer circuito cerrado de TV y servicio de monitoreo las 24 hs. que garantice a la convocante que tenga la seguridad desde el ingreso del vehículo hasta la salida a ser comprobado mediante la verificación in-situ.

El taller deberá contar mínimo con 2 (dos) mecánicos con certificación profesional. (Presentar listado con certificados correspondientes)

Mínimo 1 (un) electricista permanente. (Presentar con certificado correspondiente)

Mínimo 1 (un) técnico ayudante.

Un mínimo de 04 (cuatro) empleados con seguro social con más de 6 (seis) meses de antigüedad.

Poseer indefectiblemente un sistema de protección contra incendio, con alarma en todas sus instalaciones, balde de arena, extintores, sistema de detección de humo, sensor de humo con sirena (se probará el funcionamiento del mismo en la visita de la verificación técnica), poseer de carteles indicadores de salida de emergencia, boca hidrante, Sistema BIE, PCI (Plano de prevención contra incendio) será verificada en la inspección técnica en la oportunidad de la visita de la comisión evaluadora, a las instalaciones de los oferentes.

Herramientas Requeridas: El Taller oferente deberá contar con herramientas propias (no de terceros), que deberán estar operativas durante la verificación in-situ y deberá estar en la presentación de la Planilla de Datos Garantizados, mínimamente deberá contar:

  • Equipo de medición de presión de sistema de refrigeración motor. Un compresor de aire de 2hp de potencia.
  • Un torno para realizar trabajos de tornería en general (ej. reparación de cardanes, palieres, en funcionamiento) para la agilidad en los trabajos, se podrá presentar relación comercial con empresa tercerizada.
  • 3 Gatos hidráulicos.
  • Un equipo para control de carga de alternador.
  • Un compresimetro para realizar mediciones de compresión de motores diésel. Un compresimetro para realizar mediciones de compresión de motores nafteros.
  • Un equipo de alineación de faros portátil Alta y Baja propio. (se acepta contrato con terceros) Scanner para diagnóstico electrónico computarizado de las diferentes marcas de vehículos.
  • Un Banco de prueba para limpieza, reparación y testeo de picos inyectores camón rail (DIESEL). Deberá contar con maquinaria de soldadura tipo MIG, eléctrica autógena, y portátil eléctrico.
  • Un succionador de aceite al vacío
  • Un Comprimidor de espirales tipo mac-person
  • Un Manómetros para carga de gas R134 ecológico.
  • Un banco para montaje y desmontaje de caja de cambios hidráulico Un banco para armado de motores
  • Equipo de alineación y balanceo computarizado de ruedas propio en el local (se verificará funcionamiento in situ)
  • Boroscopio endoscopio con cámara de inspección.
  • El taller deberá contar con herramientas propias, para lo cual deberá presentar una declaración jurada de que cuenta con las herramientas requeridas.
  • Poseer planos contra incendio aprobado por la municipalidad. Presentar licencia comercial definitiva actualizada.
  • El Oferente debe contar con sala de reparaciones de motor, caja y diferencial,(LA MISMA DEBE SER CERRADA PARA EVITAR QUE ELEMENTOS CONTAMINANTES INGRESEN) el mismo deberá contar con las herramientas necesarias para el efecto, deberá contar con las herramientas de precisión para esos efectos, como torqui metros, calibre pie de rey certificado por INTN, micrómetros, reloj comparador para medidas internas/externas, multímetro para realizar mediciones en reparaciones de sistema electrónico concernientes a inyección electrónica, prensa hidráulica, mordazas, equipos de soldaduras (autógena y/o arco eléctrico), acoples de baterías, actuadores hidráulico para elevamiento de vehículos.
  • Comprimidor de espirales McPherson. Llaves de mano, succionador de aceite al vacío, actuador hidráulico para caja, engrasador neumático, banco soporte, medidor de compresión motor y power.
  • Los repuestos deberán ser originales de la marca del vehículo y serán requeridas las piezas cambiadas.
  • Deberá contar con un móvil taller para realizar auxilios en cualquier parte del país, equipado con las herramientas necesarias para reparaciones varias, este móvil debe contar con cédula verde y póliza de seguro vigente contra todo riesgo y ésta debe estar a nombre del proveedor, se aceptan contratos privados.
  • El taller oferente deberá contar indefectiblemente con el servicio de grúa propio o tercerizada permanente para todos los vehículos de la Institución para el transporte desde cualquier punto del país. El taller deberá contar con un seguro contra todo riesgo del local, incluyendo los vehículos depositados en el mismo.
  • Certificado de disposición final de residuos de hidrocarburos para su recuperación y reciclado correspondiente.
  • Pistola de diagnóstico de temperatura. Pistolas neumáticas

TORNERIA RECTIFICADORA (tercerizados presentar constancia)

1 Torno de Paralelo 2 metros de bancada x 660 cm de volteo como mínimo. 1 Rectificadora de Cilindro como mínimo.

1 Rectificadora de interior de bancada.

1 Rectificadora y alineadora de brazos y bujes. 1 Rectificadora de cigüeñal

1 Cepilladora de superficie plana.

1 Banco para montaje y desmontaje para cilindro hidráulico. 1 Banco de prueba de sistemas hidráulicos.

1 elevador

Todos los repuestos a ser utilizados en los trabajos de mantenimiento y reparaciones deberán ser nuevos y originales de las marcas correspondientes a los vehículos y/o maquinarias. En caso de que los repuestos originales ya no existan en plaza o ya no se fabriquen, se podrán utilizar repuestos paralelos previa autorización del Administrador del Contrato.

Deberá contar con un sistema de protección contra incendios en todas sus instalaciones, extintores, bolsas de arena, sistema de detección de humo, carteles indicadores.

Contar con una Póliza de Seguro contra RIESGOS VARIOS/TODO RIESGO OPERATIVO (CAPITAL MINIMO ASEGURADO DE Gs. 700.000.000)

Contar con 4 personas como mínimo inscriptas en el Instituto de Previsión Social con antigüedad mínima de 6 meses, de manera a justificar que la empresa posee personal suficiente y calificado acorde a la infraestructura y servicios solicitados.

Debe contar con un Ingeniero de la rama Automotriz; ya sea ingeniero mecánico / electromecánico/industrial adjunto título expedido por Instituciones Educativas avaladas por el Ministerio de Educación y Cultura.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

* Ubicación y plano del taller debidamente aprobado por la intendencia municipal que corresponda.

* Nómina de funcionarios inscripto en el INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL.

* Copia de Título de Ingeniero de la rama Automotriz; ya sea ingeniero mecánico / electromecánico/industrial Educativas avaladas por el Ministerio de Educación y Cultura.

* Declaración Jurada de contar con las herramientas solicitadas.

* Adjuntar copia de póliza de seguro contra incendio, responsabilidad y todo riesgo.

* Presentar copia de la patente comercial al día y que lo acredite como taller mecánico.

* Documentos que avalen la Licencia comercial definitiva.

* Licencia emitida por la SEAM (Resolución y estar al día).

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)            Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)           Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c)            En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.