Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
a. Mano de obra.
b. Gastos administrativos.
c. El Comité de Evaluación de Ofertas y/o el área requirente del proceso podrá determinar la composición del desglose de precios.
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a) Para contribuyentes de IRACIS/ IRE RG:
Deberán cumplir con los siguientes parámetros respecto a los ejercicios fiscales 2021, 2022 y 2023:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años citados.
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años citados.
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los años citados no deberá ser negativo.
b) Para contribuyentes de IRPC/ IRE SIMPLE:
Deberán cumplir el siguiente parámetro respecto a los ejercicios fiscales 2021, 2022 y 2023:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales citados.
c) Para contribuyentes de IRP/ IRP RSP:
Deberán cumplir el siguiente parámetro respecto a los ejercicios fiscales 2021, 2022 y 2023:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales citados.
d) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General:
Deberán cumplir el siguiente parámetro respecto a los últimos 36 (treinta y seis) meses (contados desde el mes anterior a
la fecha de apertura de ofertas):
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los meses citados.
Para la evaluación de la situación financiera de los Consorcios, se evaluará a todos los integrantes del mismo debiendo
cumplir cada uno de ellos los requisitos exigidos de capacidad en forma individual.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar una antigüedad mínima de 5 (cinco) años de existencia legal (inclusive para las firmas unipersonales).
- LOTE N°1: Demostrar experiencia en la provisión e instalación de Equipos de Seguridad dentro del periodo comprendido entre los años 2020 a 2024, con la documentación requerida en los inc. b) y c) del siguiente apartado Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia.
- LOTE N° 2: Demostrar experiencia en la provisión de equipos y/o sistemas de detección electrónica de incendios direccionable dentro del periodo comprendido entre los años 2020 a 2024, con la documentación requerida en los inc. b) y c) del siguiente apartado Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
- LOTE N° 3: Demostrar experiencia en la provisión de equipos y/o sistemas CCTV IP y de sistemas de gestión de CCTV IP dentro del periodo comprendido entre los años 2020 a 2024, con la documentación requerida en los inc. b) y c) del siguiente apartado Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia.
En caso de Consorcios el Socio Líder deberá cumplir con el requisito establecido en los inc. a) y c), así como el 60% del requisito mínimo establecido en el inc. b). Los Socios restantes combinados deben cumplir con el 40% del requisito mínimo establecido en el inc. b).
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Para el Lote N° 2: Fotocopia/s simple/s de contrato/s finalizado/s, y/o factura/s, y/o recepción/es final/es de provisión de equipos y/o sistemas de detección electrónica de incendios direccionable para Instituciones Públicas y/o Privadas, dentro del periodo comprendido entre los años 2020 a 2024, cuyos montos sumados representen un monto igual o superior al 50% del monto total ofertado en la presente licitación. Podrán presentarse la cantidad de fotocopia/s de contrato/s finalizado/s, y/o factura/s, y/o recepciones finales que fueren necesarias para acreditar el monto solicitado, siempre y cuando dichas provisiones hayan sido realizadas dentro del periodo mencionado. Para el Lote N° 3: Fotocopia/s simple/s de contrato/s finalizado/s, y/o factura/s, y/o recepción/es final/es, de haber proveído e instalado equipos y/o sistemas CCTV IP, dentro del periodo comprendido entre los años 2020 al 2024 y que al menos 1 (uno) de los contrato/s ejecutado/s, factura/s, y recepciones finales contemple la instalación e implementación de 100(cien) cámaras instaladas en un solo sistema, cuyos montos sumados representen un monto igual o superior al 50% del monto total ofertado para cada lote en la presente licitación. Podrán presentarse la cantidad de contrato/s finalizado/s, y/o factura/s, y/o recepciones finales que fueren necesarios para acreditar el monto solicitado, siempre y cuando dichas prestaciones hayan sido realizadas dentro del periodo mencionado. Para el Lote N° 3: Fotocopia/s simple/s de contrato/s finalizado/s y/o factura/s, y/o recepciones finales, de haber proveído e instalado Software de Sistemas de Gestión de CCTV IP, dentro del periodo comprendido entre los años 2020 al 2024, cuyos montos sumados representen un monto igual o superior al 30% del monto total ofertado para cada lote en la presente licitación. Podrán presentarse la cantidad de contrato/s finalizado/s, y/o factura/s, y/o recepciones finales que fueren necesarios para acreditar el monto solicitado, siempre y cuando dichas prestaciones hayan sido realizadas dentro del periodo mencionado. |
Para Lote 2: Fotocopias simples de referencias satisfactorias formalizadas por documentos, como mínimo 3 (tres), que contengan la debida identificación y suscripción del emisor de haber proveído equipos y/o sistemas de detección electrónica de incendios direccionable, dentro del periodo comprendido entre los años 2020 al 2024, expedidas por Instituciones Públicas y/o Privadas con quienes mantiene y/o mantuvo relaciones comerciales. Las referencias deberán estar vinculadas con alguna de las facturas presentadas. Para Lote 3: Fotocopias simples de referencias satisfactorias formalizadas por documentos, mínimo 3 (tres) de haber proveído e instalado Sistemas de CCTV IP, y que al menos 1 (una) de las referencias contemple la instalación e implementación de 100 cámaras instaladas en un solo sistema , expedidas por Instituciones Públicas y/o Privadas con quienes mantiene y/o mantuvo relaciones comerciales, dentro del periodo comprendido entre los años 2020 al 2024, formalizadas en documentos que contengan la debida identificación y suscripción del emisor y el detalle de los equipos y/o sistemas proveídos e instalados. Las referencias deberán estar vinculadas con alguna de las facturas presentadas. |
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
Para los 3(tres) Lotes: Catálogos/folletos digitales o impresos descriptivos de los bienes ofertados, incluyendo el modelo exacto a ser ofertado, en los cuales se puedan corroborar las especificaciones técnicas de estos. |
Para los 3(tres) Lotes: Fotocopia simple del documento vigente que acredite fehacientemente que cuenta con la autorización del Fabricante y/o Representante oficial y/o Distribuidor autorizado de la marca de los equipos y/o sistemas ofertados para proveer, distribuir y/o vender los mismos; ya sea mediante documento emitido por la firma autorizante o mediante la presentación del Formulario correspondiente, incluido en la Sección Formularios, debidamente suscripto por la firma autorizante. Exceptuándose el ítem número 6 (seis) del Lote N° 1 y el ítem número 6 (seis) del Lote N° 3. |
Para los 3(tres) Lotes: Nota en carácter de declaración jurada en virtud de la cual el Oferente declare que el personal técnico a ser asignado está capacitado para realizar los trabajos descriptos en la Sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. |
Para el Lote 1: Garantía de Buen Funcionamiento y Calidad, emitida por el Oferente mediante una nota en carácter de declaración jurada a nombre del Banco Central del Paraguay, en virtud de la cual manifieste que correrá a su cargo, por cuenta propia y sin costo para el BCP, las reposiciones, sustituciones, reparaciones y/o modificaciones que correspondan, cuando se observasen fallas y/o deficiencias en los bienes ofertados, por causas que le fueran imputables, por el término de 36 (treinta y seis) meses contados a partir de la conformidad de estos emitida por el área administradora del Contrato. |
Para los Lotes 2 y 3: Garantía de Buen Funcionamiento y Calidad, emitida por el Oferente mediante una nota en carácter de declaración jurada a nombre del Banco Central del Paraguay, en virtud de la cual manifieste que correrá a su cargo, por cuenta propia y sin costo para el BCP, las reposiciones, sustituciones, reparaciones y/o modificaciones que correspondan, cuando se observasen fallas y/o deficiencias en los bienes ofertados, por causas que le fueran imputables, por el término de 24 (veinticuatro) meses contados a partir de la conformidad de estos emitida por el área administradora del Contrato. |
Para el Lote 1: Nota en carácter de declaración jurada, en la cual el Proveedor manifieste que se obliga a otorgar el Soporte Técnico, la garantía del fabricante de los equipos (hardware y software), el servicio de actualizaciones de software para los mismos ante nuevas versiones o parches de seguridad para los equipos que lo requieran, así como el soporte técnico ante fallas, nuevos requerimientos de configuración que puedan surgir y/o ajustes de los equipos y/o necesidades de acompañamiento técnico, con posibilidad de escalamiento directo al fabricante, por el término de 36 (treinta y seis) meses contados a partir de la conformidad de la recepción de los mismos emitida por el área administradora del Contrato. |
Para el Ítem 6 del Lote 1: Nota en carácter de declaración jurada, en la cual el Proveedor manifieste que se obliga a otorgar el Soporte Técnico, la garantía del software de Integración, el servicio de actualizaciones del software ante nuevas versiones o parches de seguridad para los equipos que así se requieran, así como el soporte técnico ante fallas, nuevos requerimientos de configuración que puedan surgir y/o ajustes y/o necesidades de acompañamiento técnico, por el término de 36 (treinta y seis) meses contados a partir de la conformidad de la recepción de los mismos emitida por el área administradora del Contrato. |
Para los Lotes 2 y 3: Nota en carácter de declaración jurada, en la cual el Proveedor manifieste que se obliga a otorgar el Soporte Técnico, la garantía del fabricante de los equipos (hardware y software), el servicio de actualizaciones de software para los mismos ante nuevas versiones o parches de seguridad para los equipos que lo requieran, así como el soporte técnico ante fallas, nuevos requerimientos de configuración que puedan surgir y/o ajustes de los equipos y/o necesidades de acompañamiento técnico, con posibilidad de escalamiento directo al fabricante, por el término de 24 (veinticuatro) meses contados a partir de la conformidad de la recepción de los mismos emitida por el área administradora del Contrato. |
Para el Lote 1: Documento del fabricante del servidor de control de acceso y/o terminal de reconocimiento facial ofertada, en virtud del cual se acredite fehacientemente que los equipos a proveerse para el funcionamiento del sistema ofertado sean compatibles entre sí, esto en el caso de que los equipos sean de marcas diferentes. |
Para el Lote N° 1: El Oferente deberá presentar documentación que demuestre que cuenta con al menos 1 (un) técnico con experiencia como profesional independiente y/o en situación de dependencia laboral, en integraciones similares a la solución ofertada. |
Para el Lote N° 1: El Oferente deberá presentar documentación que demuestre que cuenta con al menos 1 (un) técnico con experiencia como profesional independiente y/o en situación de dependencia laboral, en al menos 3 (tres) desarrollos que involucren los ítems 1, 4 y 5. |
Para el Lote N° 1: El Oferente deberá presentar documentación que demuestre que cuenta con al menos 1 (un) técnico con experiencia como profesional independiente y/o en situación de dependencia laboral, en desarrollos que involucren interacción con base de datos de terceros. |
Para los 3 (tres) Lotes: Nota en carácter de declaración jurada en virtud de la cual el Oferente manifieste contar con un mínimo de 2 (dos) Técnicos Certificados por el fabricante y/o representante para la instalación de la marca ofertada. Se deberán adjuntar fotocopia simple de los certificados vigentes de los mismos. Exceptuándose el ítem número 6 (seis) del Lote N° 1. |
Para el Lote N° 3: Nota en carácter de declaración jurada en la cual el Oferente manifieste contar con un mínimo de 2 (dos) Técnicos Certificados en Cableado Estructurado otorgado por el fabricante y/o representante de la marca ofertada. Los técnicos propuestos deberán pertenecer a la nómina de empleados y activos del oferente. Se deberán adjuntar fotocopia simple de los certificados vigentes de los mismos. |
Para el Lote N° 3: Nota en carácter de declaración jurada en virtud de la cual el Oferente manifieste contar con un mínimo de 2 (dos) Técnicos Certificados por el fabricante y/o representante para la instalación de Software de Sistemas de Gestión de CCTV IP similares al instalado en el BCP. Se deberán adjuntar fotocopia simple de los certificados vigentes de los mismos. |
Para el Lote 1: Nota en carácter de declaración jurada en virtud de la cual el Oferente acredite contar por lo menos con 1 (un) Ingeniero (Electrónico o Eléctrico o Electromecánico o Industrial o Informático) o Licenciado en Análisis de Sistemas o Licenciado en Ciencias Informáticas, el cual se desempeñará como encargado técnico. Se deberá adjuntar la fotocopia simple del título de grado del Ingeniero o Licenciado. |
Para los Lotes 2 y 3: Nota en carácter de declaración jurada en virtud de la cual el Oferente acredite contar por lo menos con 1 (un) Ingeniero (Electrónico o Eléctrico o Electromecánico o Industrial) el cual se desempeñará como encargado técnico. Se deberá adjuntar la fotocopia simple del título de grado del Ingeniero. |
Para los 3(tres) Lotes: Fotocopia simple de la habilitación otorgada al Oferente por el Órgano de Aplicación y Fiscalización de empresas de seguridad y afines de la Policía Nacional o fotocopia autenticada de la habilitación otorgada como mínimo a 1 (un) personal del Oferente en carácter de instalador independiente habilitado y reconocido como tal en la especialización; de conformidad a lo establecido en el artículo 33 de la Ley N° 5424/2015 Que regula la prestación de servicios de vigilancia y seguridad de las personas y bienes patrimoniales en el ámbito de seguridad privada. En el segundo caso, el Oferente deberá presentar además una Nota en carácter de declaración jurada por la cual garantice que dicho instalador habilitado formará parte del personal técnico que realizará los trabajos contratados, las documentaciones deberán estar vigentes a la fecha de la apertura. |
Para los 3(tres) Lotes: Nota en carácter de declaración jurada por la cual el Oferente garantice el stock de repuestos y piezas para los equipos ofertados, por un periodo no menor a cinco (5) años, a ser contados a partir de la fecha de entrega total de los bienes. Exceptuándose el ítem número 6(seis) del Lote N° 1. |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
Constancia de participación en la visita técnica (OBLIGATORIA).
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.