Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Metodo de Evaluación

Basado únicamente en precio

Análisis de precios ofertados

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

    1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

 

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

Costos Salariales
Costos Sociales
Insumos
Equipos
Costos Administrativos
Utilidad
Tasas (DNCP)
Impuestos

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.

En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) 

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”,   de conformidad con el formulario estándar  - Sección Formularios (**)
        2.  Documentos legales .Oferentes.

8.1. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (*)
  3. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  1.  

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

PARA LOS LOTES 1 y 2, Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices

  1. Ejercicios fiscales de los años: 2021; 2022 y 2023.
  2. Para Contribuyentes de IRACIS/IRE: Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

A) Ratio de Liquidez: Activo corriente / Pasivo corriente: Deberá ser igual o mayor que 1 en promedio, en los tres (3) ejercicios fiscales requeridos

B) Endeudamiento: Pasivo total / Activo total: No deberá ser mayor a 0,80 mayor en promedio, en los tres (3) ejercicios fiscales en promedio, en los tres (3) ejercicios fiscales requeridos.

C) Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital. El Promedio en los últimos tres (3) ejercicios fiscales requeridos, no deberá ser negativo.

Para Contribuyentes de IRPC/IRE SIMPLE: Deberán cumplir el siguiente parámetro:

A) Eficiencia: (Ingreso/Egreso): Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los tres (3) ejercicios fiscales requeridos.

Para contribuyentes de IRP/ IRP RSP: Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

Eficiencia: Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los tres (3) ejercicios fiscales requeridos.

Para contribuyentes de exclusivamente IVA General : Deberán cumplir el siguiente parámetro respecto a los últimos seis (6) meses contados desde el mes anterior a la fecha de apertura de ofertas:

Eficiencia: Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los meses citados.

En caso de tratarse de un Consorcio, los índices financieros deberán ser cumplidos por cada uno de los integrantes.

La evaluación se realizará aplicando el sistema CUMPLE o NO CUMPLE.

 

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años (2021, 202 Y 2023) para contribuyente de IRE
b. IVA General de los últimos [6 seis ] meses del Ejercicio Fiscal 2024, para contribuyentes sólo del IVA General
c. Formulario 501 de los años (2021, 2022 Y 2023) para contribuyentes de IRE SIMPLE.

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Lote 1 - Seguro de Médico 

  • Demostrar la experiencia en la prestación del SERVICIO DE MEDICINA PRE-PAGA - SEGURO MEDICO con coberturas similar, con contratos, facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al Cincuenta por Ciento (50%) como mínimo del monto máximo a ser ofertado en la presente licitación, de los años: 2021, 2022, 2023. El oferente deberá presentar además como mínimo 6 (seis) comprobantes legales o contratos de prestación de servicios de medicina prepaga /seguro médico (mínimo 1000 titulares por contrato) dentro de los últimos 5 (cinco) años 2019 al 2023. La Convocante desestimará la oferta presentada por el Oferente que no pueda demostrar el cumplimiento con este requisito. Excluyente.

Lote 2 Servicio de Sepelio

Se calificará con CUMPLE O NO CUMPLE

  • Demostrar la experiencia en SERVICIO DE SEPELIO CON UNA COBERTURA SIMILAR A LO QUE EXIGE EL PRESENTE PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES con contratos, facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 2021, 2022, 2023 años.
  • Debe demostrar contar con contrato de prestación en servicios de seguro de sepelio (con organizaciones públicas o privadas con coberturas igual a las solicitudes en la presente licitación y sus respectivas constancias de servicio satisfactorio en cualesquiera de los años 2021/2022/2023. (Presentar copia de contratos, copia de facturas y/o recepciones finales).

 

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

Lote 1 - Seguro de Médico 

  1. - Copia de facturaciones, contratos y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida dentro de los años 2021/2022/2023.
  2. - Copia de comprobantes legales o contratos de prestación de servicios de medicina prepaga /seguro médico, como mínimo 6 (seis), con un mínimo de 1000 titulares por contrato, dentro de los últimos 5 (cinco) años 2019 al 2023.

 Lote 2 Servicio de Sepelio

1. Copia de facturaciones, contratos y/o  recepciones finales que avalen la experiencia requerida dentro de los años 2021/2022/2023

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

Lote 1 - Seguro de Médico.

  1. Se estudiará la antigüedad en el ramo que acredita su experiencia (fecha de Certificado de Registro y autorización del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (Art. 245, Ley 836/80 Código Sanitario) y; la cartera de clientes corporativos. La antigüedad mínima en el rubro de servicio de medicina pre-paga será requerida a los oferentes es de 05 años (últimos cinco años), según fecha del Certificado de Registro y autorización del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social ( Art. 245 Ley 836/80 Código Sanitario). La Convocante se reserva el derecho de certificar los datos con el Departamento de Control de Establecimiento del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y en la Superintendencia de Salud.
  2. En carácter de declaración jurada detallar el listado de los sanatorios, urgencias, imágenes, laboratorios, ambulancias, centro de estudios de diagnósticos, unidades de fisioterapias y quinesioterapia, centro de especialidad pediátrica y otros solicitados, para Gran Asunción e interior del país, de acuerdo a lo solicitado en las especificaciones técnicas. Así también adjuntar copia de contrato vigente con los mismos.
  3. En carácter de declaración jurada detallar el listado de médicos de cada especialidad detallada en las especificaciones técnicas y adjuntar copia de contrato vigente con los mismos.
  4. Presentar el Nivel de Categorización otorgada por el MSP y BS o en proceso de renovación ante la Superintendencia de la Salud: Para Asunción y Gran Asunción Nivel 3 Alta Complejidad: 5 EPSS con por lo menos 2 (dos) que cuenten con unidad de terapia intensiva de adultos separada de la de niños y neonatal, y 1 (uno) que cuente con servicio de resonancia magnética y hemodinámica, pudiéndose tercerizar el servicio, y 3 (tres) establecimientos de la categoría correspondiente al Nivel 2.

  5. El oferente deberá contar con infraestructura propia o de terceros para la prestación de los servicios de salud para los beneficiarios, para lo cual deberá tener a disposición sanatorios, centros asistenciales, consultorios, centros de diagnóstico, medicina por imágenes, laboratorios, centros de fisioterapia y rehabilitación, urgencias, emergencias e internación, quirófanos, UTI (incluyendo centros asistenciales con área especializadas en pediatría para urgencias e internación, UTI Niños y Neonatal), servicio de ambulancias, otras dependencias médicas y oficinas administrativas, etc., en Asunción, Gran Asunción e interior del país, con habilitación y niveles de categorización, conforme a los requisitos establecidos en el PBC. Para laboratorios, tres (03) de ellos con Certificación de Calidad según detalle: a) Dos (02) de ellos con Certificación ISO 9001 cuyo alcance se deberá extender a la toma de muestras; b) Uno (01) de ellos con Certificación ISO 15189 Sistema de Gestión de la Calidad de Laboratorios Clínicos. Los mismos deberán estar ubicados en la zona de Asunción y Gran Asunción. Se podrá permitir la presentación de certificaciones de calidad similares, siempre y cuando cumplan con los requisitos necesarios, como el alcance en la toma de muestras para laboratorios en el caso de la Certificación ISO 9001. En el caso de la Certificación ISO 15189:2022, se podrían admitir certificaciones de calidad similares siempre y cuando demuestren que los laboratorios clínicos que analizan muestras biológicas de origen humano disponen de un sistema de gestión de calidad competente y capaz de producir resultados técnicamente válidos. Es fundamental garantizar que estas certificaciones alternativas cumplan con todos los requisitos necesarios para respaldar la calidad y competencia técnica requerida.
  6. Debe presentar auditoría Aprobado por la Superintendencia de Salud en los últimos tres años.
  7. Autorización de la Superintendencia de Salud para funcionar en el ramo de Prestación de los Servicios objeto del presente llamado (Pre-pago).
  8. Compromiso por parte del oferente para proveer todo documento e información en relación al servicio contratado al profesional propuesto como auditor Médico, Administrativos o Jurídicos designados por la DNIT durante la prestación del servicio, salvo aquellos restringidos por Ley.

 Lote 2 Servicio de Sepelio

A. El Oferente deberá contar en el radio de Asunción y Gran Asunción como mínimo 3 (tres) salones velatorios en cualquier modalidad de usufructo.  (Entre Asunción, Fernando de la Mora, San Lorenzo, Luque, Capiatá, Lambaré, Villa Elisa) y para cada uno de los Departamentos del Interior como mínimo 1 (un) salón velatorio, a fin de brindar el servicio propio o tercerizado en cualquier punto geográfico de la República del Paraguay, todos ellos climatizados y con estacionamiento propio. En el caso de no existir en la zona salones velatorios, los mismos servicios de calidad serán ofrecidos en el domicilio particular donde lo solicite el usuario del servicio. Traslado al Salón Velatorio o al Domicilio donde se realizará el mismo.

B. El Oferente deberá poseer en el radio de Asunción y Gran Asunción como mínimo de 3 (tres) ambulancias y para cada uno de los departamentos del interior el Proveedor garantizará el servicio requerido, para el retiro y traslado del cuerpo del lugar del fallecimiento desde cualquier punto del país hasta el local del Proveedor para la preparación del cuerpo y luego hasta el local del velatorio habilitado que corresponda de acuerdo con la residencia del difunto o hasta el domicilio que los familiares determinen, sin límite de distancia.

C. El Oferente como mínimo debe contar con 4 (cuatro) carrozas fúnebres, con no más de 15 (quince) años de uso, con la cantidad mínima de 4 (cuatro) vehículos ejecutivos tipo carrozas para Asunción y Gran Asunción, y 1 (uno) para garantizar el servicio en todos los puntos de cobertura en el interior del país, a fin de realizar el traslado del féretro del domicilio o Sala Velatorio a la Iglesia, cementerio y/o lugar indicado por los familiares responsables.

D. El Oferente como mínimo deberá poseer una Sala aséptica climatizada para la formolización, con camilla, mesas azulejadas y con un mínimo de 2 (dos) piletas. Igualmente deberá contar con servicio de TANATOPRAXIA con Personal Especializado, sin riesgos posteriores y para cada uno de los departamentos del interior el Proveedor garantizará el servicio requerido, mortaja.

E. El Oferente como mínimo deberá contar con servicio y stock permanente de cajonería de buen nivel tanto para panteón o bajo tierra. El féretro debe ser cualquiera sea la medida del difunto o sea féretro súper medida o medida extraordinaria de largo, ancho y alto. Sellado de caja metálica del ataúd.

F. El Oferente como mínimo deberá contar con Servicios de Sepelio de cobertura total en todo el territorio nacional, propios o tercerizados sin límite de distancia.

G. El Proveedor deberá contar con un personal asignado a la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), que se encargará de realizar la divulgación del presente servicio.

H. El oferente deberá contar con el Certificado de Habilitación de Funerarias, expedida por la Dirección de Establecimientos de Salud, a Fines y Tecnología Sanitaria, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS). 

I. El oferente deberá contar con el Certificado de Habilitación de Salones Velatorios de Asuncion y Gran Asuncion, expedida por la Dirección de Establecimientos de Salud, a Fines y Tecnología Sanitaria, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS). 

Patente Comercial vigente a la fecha de apertura del municipio en donde está asentado el establecimiento principal del Oferente. En caso que no cuente con Patente Comercial presentar Constancia expedida vigente a la fecha de apertura del Municipio donde se encuentre asentado el establecimiento principal del Oferente.

Licencia Comercial del Oferente

Certificación o Constancia de Satisfacción emitidas por Entidades Públicas y/o privadas de contratos por Servicio objeto del presente llamado.

*En caso de Consorcios: el líder quien deberá indicar con su oferta cumplirá con el 60% de los requisitos solicitados y el 40% de los requisitos solicitados deberán cumplir los demás miembros del Consorcio.

 

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

Lote 1 - Seguro de Médico.

  1. Certificado de Registro y autorización del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social ( Art. 245 Ley 836/80 Código Sanitario).
  2. Declaración Jurada detallar el listado de los sanatorios, urgencias, imágenes, laboratorios, ambulancias, centro de estudios de diagnósticos, unidades de fisioterapias y quinesioterapia, centro de especialidad pediátrica y otros solicitados, para Gran Asunción e interior del país, también adjuntar copia de contrato vigente con los mismos.
  3. Declaración jurada detallar el listado de médicos de cada especialidad detallada en las especificaciones técnicas y adjuntar copia de contrato vigente con los mismos.
  4. Presentar el Nivel de Categorización otorgada por el MSP y BS o en proceso de renovación ante la Superintendencia de la Salud.
  5. Declaración Jurada que cuenta con la infraestructura propia o de terceros para la prestación de los servicios de salud para los beneficiarios, para lo cual deberá tener a disposición sanatorios, centros asistenciales, consultorios, centros de diagnóstico, medicina por imágenes, laboratorios, centros de fisioterapia y rehabilitación, urgencias, emergencias e internación, quirófanos, UTI (incluyendo centros asistenciales con área especializadas en pediatría para urgencias e internación, UTI Niños y Neonatal), servicio de ambulancias, otras dependencias médicas y oficinas administrativas, etc., en Asunción, Gran Asunción e interior del país, con habilitación y niveles de categorización, conforme a los requisitos establecidos en el PBC.
  6. Certificación de Calidad
  7. Auditoría Aprobado por la Superintendencia de Salud en los últimos tres años.
  8. Autorización de la Superintendencia de Salud para funcionar en el ramo de Prestación de los Servicios objeto del presente llamado (Pre-pago).
  9. Carta de Compromiso por parte del oferente para proveer todo documento e información en relación al servicio contratado al profesional propuesto como auditor Médico, Administrativos o Jurídicos designados por la DNIT durante la prestación del servicio, salvo aquellos restringidos por Ley.

 Lote 2 Servicio de Sepelio

SE CALIFICARÁ CON CUMPLE O NO CUMPLE:

a. Declaración Jurada descripción pormenorizada indicando los detalles de los tres locales como mínimo, indicando la localidad de los lugares solicitados como mínimo, adjuntar presentación de trípticos, dípticos, fotografías, catálogo, entre otros.

b. Presentar copia simple título de propiedad y copia simple de la cédula verde del mismo, fotografía del mismo.

c. Presentar copia simple título de propiedad y copia simple de la cédula verde de los mismos, fotografía de los mismos.

d. Presentar Descripción detallada como Declaración Jurada.

e. Declaración Jurada en caso de que sea propio y descripción detallada. En caso que sea tercerizado, presentar copia simple de contrato de Prestación de Servicios, en todo el territorio nacional.

g. Presentar Declaración Jurada, con el personal asignado (Nombres, Apellidos, número telefónico, Celular N°, correo electrónico, Cédula de Identidad N°), a la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), quien se encargará de la divulgación del presente Servicio.

h. Certificado de Habilitación de Funerarias

I. Certificado de Habilitación de Salones Velatorios

*En caso de Consorcios: el líder quien deberá indicar con su oferta cumplirá con el 60% de los requisitos solicitados y el 40% de los requisitos solicitados deberán cumplir los demás miembros del Consorcio.

 Patente Comercial vigente a la fecha de apertura del municipio

3. Licencia Comercial del Oferente

4. Certificación o Constancia de Satisfacción emitidas por Entidades Públicas y/o privadas de contratos por Servicio objeto del presente llamado.

 

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)            Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)           Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c)            En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.