Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Seguro Médico para Funcionarios del Ministerio del Interior
Ítem | Código de Catálogo | Nombre de los Bienes o Servicios |
Cantidad Máxima de Funcionarios |
1 | 84131602-001 | Seguro Médico x 12 meses | 299 |
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
SEGURO MÉDICO para una cantidad máxima de 299 titulares.
BENEFICIARIO: funcionario/a del Ministerio del Interior, con su grupo familiar. Titular: funcionario de la Institución.
Se entenderá por funcionario de la Institución: al funcionario permanente y contratado del Ministerio del Interior con excepción del personal que presta servicios en la Policía Nacional y Dirección General de Migraciones.
Se entenderá por grupo familiar:
El/la titular casado/a, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o matrimonio de hecho, debidamente documentados), sus hijos/as solteros/as hasta el día que cumplan los 20 años (sin derecho a maternidad), hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límites de edad. El divorcio vincular declarado podrá extinguir la calidad de BENEFICIARIO/A.
El/la titular soltero/a, el/la titular con divorcio vincular declarado (debidamente documentados), o el/la titular viudo/a declarado (debidamente documentados), sin hijos, un padre hasta el día que cumpla los 65 años*.
El/la titular soltero/a, el/la titular con divorcio vincular declarado (debidamente documentados), o el/la titular viudo/a declarado (debidamente documentados), con hijos , sólo sus hijos/as solteros/as hasta el día que cumplan los 20 años (sin derecho a maternidad), hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límites de edad.
Observación: * Sólo en caso de que los padres sean menores de 65 años, ambos estarán bajo la cobertura del seguro con todos los beneficios que brinda el mismo, cuando supere dicha edad, se aplicará lo establecido en los párrafos precedentes.
BENEFICIARIOS ADHERENTES
La Prestadora de servicios aceptará la inclusión de beneficiarios adherentes.
La opción de incluir beneficiarios adherentes será de iniciativa exclusiva de cada titular y el pago por su cobertura correrá por cuenta de este. El plazo máximo para las incorporaciones será hasta 60 días posteriores a la firma del contrato.
En caso de inclusión de funcionarios nuevos, dentro del periodo de vigencia del contrato, el plazo para la incorporación de adherentes será de hasta 60 días posteriores a la fecha de inclusión de dicho funcionario a la nómina del seguro médico.
Además, se podrá incluir como Beneficiarios/as Adherentes hasta 3 personas como máximo. Estos beneficiarios adherentes estarán a cargo de cada titular, y su incorporación al sistema será bajo las siguientes condiciones y podrán ser:
Padres, Madres del titular, quienes abonarán directamente al contratista una prima de hasta el 80% (ochenta por ciento) por persona, del monto ofertado. Hijos mayores del titular de 20 años y hasta el día que cumplan 28 años, quienes abonarán directamente al contratista una prima de hasta el 70% (setenta por ciento) por persona, del monto ofertado.
Hermanos solteros hasta el día que cumplan 25 años: se entenderá los hermanos/as del titular, quienes abonarán directamente al contratista una prima de hasta el 60% (sesenta por ciento) por persona, del monto ofertado
Son Beneficiarios de este contrato las personas que figuren en la lista a ser suministrada por el Ministerio del Interior al Proveedor Adjudicado, la cobertura y derechos que confiere el contrato serán para los beneficiarios titulares, sus grupos familiares, adherentes, y a los incorporados en lo sucesivo. Todos los beneficiarios, cónyuges, hijos u otras personas dependientes tendrán los mismos derechos de las coberturas que se encuentran estipuladas en el contrato; con excepción de la cobertura de maternidad que será garantizada para las titulares, cónyuges de titular.
Los beneficiarios adherentes, permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del presente contrato o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley.
En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato o por dejar de prestar servicios en la Institución, el Ministerio del Interior comunicará dicha situación a la prestadora de servicios y elevará la nómina correspondiente en reemplazo de estos, toda vez que la situación así lo amerite.
La opción de incluir beneficiarios adherentes será responsabilidad exclusiva de cada titular y los costos serán abonados por cada titular en forma directa a la Prestadora de Servicios, ya sea por débito automático o efectivo (A definir entre el Titular con la Prestadora de Servicios).
La empresa adjudicada deberá remitir en el plazo de 48 horas, por escrito, el nombre de la persona que será el nexo entre la Institución y la empresa; y, la persona que recepcionará los documentos para la emisión del carné identificatorio. Asimismo, realizar la comunicación por escrito si hubiese nuevas designaciones.
La empresa adjudicada en un plazo no mayor a los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la firma del contrato, deberá remitir la Guía en forma impresa de Prestadores de servicios, Profesionales, Centros de Diagnósticos, Sanatorios, Laboratorios, Ambulancias, Farmacias y Coberturas del Plan contratado, para cada titular, así mismo por email a la Dirección de Gestión del Talento Humano, y la habilitación en la página web de la prestadora.
El Ministerio del Interior solo tiene compromiso contractual por los titulares, quedando el cobro de los adherentes y otras gestiones que no sean directamente sobre el titular a cargo de la contratada y el usuario.
VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:
Se concede la VIGENCIA INMEDIATA en todos los servicios. Una vez firmada el contrato se notificará a la Prestadora de Servicios que la misma ya ha sido suscripta y a partir de la notificación ya entra en vigor la utilización de los servicios.
Plazo de Vigencia del Seguro: Cobertura inmediata al 100% de los/as funcionarios/as del Ministerio del Interior, todos los días, incluidos sábados, domingos y feriados, las 24 horas por el periodo de vigencia del contrato, en Capital e interior del país, de todos los servicios y beneficios incluidos en la propuesta. El plazo corre a partir de la comunicación por escrito de la nómina de beneficiarios/as.
El carné identificatorio y/o credenciales deberá ser proveído en un plazo no mayor a 10 días hábiles, luego de ser comunicados los datos correspondientes, a partir de la firma del Contrato respectivo, y entregados para su distribución a los asegurados, en la oficina de la Dirección de Gestión del Talento Humano del Ministerio del Interior, sito en Chile Nº 719 c/ Haedo, Piso 4, en sobres individualizados.
El plazo de vigencia del Contrato comprende desde la fecha de la firma de este, y por el periodo de 12 (doce) meses.
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN
A) Los precios de los medicamentos y materiales descartables cubiertos y/o facturados, no podrán ser superiores que, en las farmacias de plaza o comercio del ramo, según precio de venta al público fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
B) Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares, o cualquier disposición interna que mengüe los derechos reconocidos en el presente instrumento.
C) Los beneficios y la cobertura de este Contrato son exclusivamente y sin excepción para todos los casos y serán realizados en los Centros Habilitados.
D) La Prestadora de Servicios proveerá de Certificados Médicos a pedido del Titular, los beneficiarios de su grupo familiar y adherentes, sin que esto genere costo adicional.
E) La Utilización de los equipos propios de los sanatorios habilitados, empleados en las especialidades médicas del presente contrato tendrán cobertura total por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto de derechos o aranceles.
F) El carné identificatorio junto con la Cédula de Identidad será válido para su utilización en todos los Sanatorios y Farmacias en convenio en el Territorio Nacional, sin la necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria.
G) Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, etc., propuestos por LA PRESTADORA DE SERVICIOS brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario titular, sin que sea requisito previo recurrir a LA PRESTADORA DE SERVICIOS.
H) La Prestadora de Servicios proveerá a todos los beneficiarios de forma impresa de la Cobertura habilitada, además del listado de Profesionales Médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, domicilio de consultorios y teléfonos actualizados, dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles posterior a la firma del Contrato. El mismo deberá ser actualizado periódicamente, especificando las altas y las bajas de estos y comunicada al MDI.
I) La lista de médicos del oferente adjudicado deberá estar discriminada, determinando exactamente cuáles son las que cubren íntegramente y cuáles son los que requieren arancel preferencial, en ningún caso se solicitará visación de las órdenes de consulta, salvo interconsultas con profesionales que no sean del plantel contratado por el oferente adjudicado.
J) Antes de la entrega de los carnés identificatorios, los titulares y beneficiarios accederán a los servicios con la sola presentación de la cédula de identidad como identificación. Los carnés identificatorios deberán ser entregados mínimamente en un plazo no mayor a 10 días hábiles, luego de ser comunicados los datos correspondientes.
K) La Prestadora de Servicios no podrá limitar los derechos de los beneficiarios por medio de reglamentaciones interna a sus contratados y/o proveedores, es decir, no limitará la solicitud de exámenes, análisis, consultas, etc., a sus profesionales médicos o proveedores de servicio que ocasionen menoscabo a los beneficios contenidos en la cobertura.
L) Todo medicamento o insumo que no se haya utilizado íntegramente por el paciente, pero ha sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, será de propiedad del beneficiario y tendrá que ser entregado y retirado por el mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.
M) La Prestadora de Servicios en todo momento y cuando así lo requiera cada beneficiario, entregará de manera inmediata el estado de cuenta de la cobertura con todos los detalles de los gastos.
N) El plantel médico y sanatorial adherido, autorizado y publicado por la prestadora de servicios deberá estar a disposición del beneficiario en forma permanente en horarios asignados para consultorios, no pudiendo requerir el profesional médico y sanatorial adherido ningún pago extra al beneficiario, aludiendo razones de orden interno con la Prestadora.
O) La prestadora de servicios deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel de médicos para todas las especialidades, debiendo estar todas y cada una ellas cubiertas durante la vigencia del presente contrato.
P) La prestadora de servicios deberá contar con personal administrativo a disposición del titular, grupo familiar y adherentes, en forma permanente (24 horas al día), incluyendo sábados, domingos y feriados, a fin de proveer la cobertura sanatorial de los servicios requeridos, como así también de visaciones y coberturas que sean requeridas.
Q) Los médicos que realicen atenciones en consultorios particulares, en ningún caso solicitarán cobro de sus consultas, procedimientos, estudios, controles, etc., los cuales están garantizados en este Contrato.
R) En caso del alta del Paciente, los trámites administrativos no deberán superar 2 (dos) horas después de que los profesionales médicos involucrados firmen el alta correspondiente, en caso de precisar mayor tiempo para los trámites, los mismos deberán realizarse con posterioridad a la salida del centro asistencial.
S) Las vacunas serán sin cargo para el asegurado titular, grupo familiar y adherente, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, enmarcados en el Programa Ampliado de inmunizaciones PAI.
T) Las dudas que puedan surgir en la interpretación de las relaciones deber ser resueltas aplicando el principio in dubio pro asegurado, es decir, el principio con arreglo al cual los supuestos de duda en el presente contrato de seguro deben ser resueltos a favor del asegurado.
U) Para las sucesivas altas y bajas en la nómina de funcionarios activos del Ministerio del Interior, bastará la comunicación por escrito de estas, por parte de la Dirección de Gestión del Talento Humano a la prestadora de servicios.
V) En caso de discrepancias en la definición y/o aplicación de las prestaciones contractuales, se estará conforme a lo que establezca la dependencia especializada del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, posición que deberá ser aceptada por las partes.
W) La prestadora de servicio deberá mantener la capacidad y la calidad para satisfacer los servicios en cuanto a infra estructura y atención profesional, tanto para el Gran Asunción como en el Interior de la República, en forma plena conforme a la oferta que resulte adjudicada, en especial en lo relacionado a la saturación en la atención de los beneficiarios.
X) La prestadora de servicio deberá coordinar charlas de medicina preventiva con la institución por lo menos dos veces al año.
Y) La PRESTADORA DE SERVICIOS deberá presentar servicios conexos a la oferta.
COBERTURA:
Se entenderá por cobertura total y conforme a lo detallado en las Especificaciones Técnicas, la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista de prestadores habilitados por el contratista), de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones).
Se entenderá como cobertura por evento, a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones hasta tanto no se hayan resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médicos quirúrgico. Además, se deberá incluir 6 (seis) Interconsultas en los casos clínicos y quirúrgicos, por evento.
Centros de Diagnósticos, Rehabilitación, Estudios Laboratoriales, Estudios Especializados y Otros, habilitados como tal o como Sanatorio y/o Clínica, por la autoridad competente (Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social): Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencias las 24 horas del día. Deberá habilitar los mismos con las coberturas respectivas, y la utilización de este estará a libre elección del asegurado, en los siguientes lugares y cantidades mínimas:
Asunción: 5 (cinco)
San Lorenzo: 1 (uno)
Fernando de la Mora: 1 (uno)
Luque: 1 (uno)
Ñemby: 1 (uno)
Limpio: 1 (uno)
Mariano Roque Alonso: 1 (uno)
En caso de que exista cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48 hs de anticipación, la cual manifestará su no objeción o rechazo.
Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas.
Si el paciente se encuentra imposibilitado de acudir al laboratorio las muestras para dichas determinaciones serán retiradas del domicilio y realizadas por los laboratorios contratados por LA PRESTADORA DE SERVICIOS, debiéndose solicitar la misma vía telefónica; siendo dicho servicio a cargo de la Prestadora de Servicios y solo para Asunción y gran Asunción. Los recargos por traslados de equipos a sanatorios o domicilio serán por cuenta de la Prestadora de Servicios.
CAPACIDAD DEL SERVICIO:
Para las internaciones, el contratista deberá habilitar los centros asistenciales con las coberturas respectivas en los siguientes lugares:
Localidad |
Cantidad Mínima de Centros Asistenciales Habilitados |
|
Asunción |
|
8 (ocho) |
San Lorenzo |
Villa Hayes |
1 (uno) |
Fernando de la Mora |
Filadelfia |
1 (uno) |
Luque |
Caazapá |
1 (uno) |
Villa Elisa |
Encarnación |
1 (uno) |
Ñemby |
Alberdi |
1 (uno) |
Limpio |
San Ignacio |
1 (uno) |
Mariano Roque Alonso |
Paraguarí |
1 (uno) |
Concepción |
Ciudad del Este |
1 (uno) |
San Estanislao |
Pilar |
1 (uno) |
Caacupé |
Pedro Juan Caballero |
1 (uno) |
Villarrica |
|
1 (uno) |
Coronel Oviedo | 1(uno) |
La prestadora de servicios que no cuente con sanatorios propios o tercerizados en las localidades solicitadas trasladará a los pacientes al centro asistencial más cercano, y deberá proceder al reintegro o reembolso de los gastos en que incurrió el beneficiario de acuerdo con las coberturas establecidas en el presente contrato.
CALIDAD DEL SERVICIO:
Respecto a los Sanatorios para Asunción y Gran Asunción, será requerido por lo menos 3 establecimientos de NIVEL 3, de acuerdo con la categoría establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, con terapia intensiva para Adultos, niños y neonatos en conjunto. Además dos de los Sanatorios de Asunción deberán contar dentro de sus instalaciones con: Equipo de Tomografía y de Resonancia Magnética con certificado de funcionamiento demostrado a través de la ficha técnica respectiva y mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con: Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria, Centro de Especialidades Cardiológicas todos ellos habilitados por el MSP y BS.
Los centros asistenciales del interior, específicamente Ciudad del Este y Encarnación deberán contar como mínimo con la categoría correspondiente al Nivel 2 establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
PROGRAMA DE SUMINISTROS
ASISTENCIA MEDICA-SANATORIAL INTEGRAL
A) INTERNACIONES:
Con cobertura inmediata, a partir de la firma del contrato, en centros asistenciales, habilitados por el seguro, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante. En habitación individual, baño privado, teléfono, T.V., dieta oral del paciente, ambiente, climatizado, cama para el acompañante, atención médica y de enfermería. Suite o semisuite electiva con arancel cargo paciente. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (según anexo) hasta el alta del paciente. No existe limitación de la cantidad de veces que el asegurado pueda internarse, excepto las limitaciones citadas en el punto N) ENFERMEDADES CRONICAS.
Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para la prestación de los servicios.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y Solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales. Las Transfusiones tendrán un límite de hasta 10 eventos por contrato por abonado.
B) HONORARIOS PROFESIONALES Y USO DE EQUIPOS:
Cobertura total e inmediata en consultorios, internaciones y servicios de urgencias en las siguientes especialidades: (eventos clínicos y quirúrgicos), sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos, a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo y artes marciales:
Clínica médica Inspección Médica en general solicitada por Instituciones. |
Polipectomía |
Toxicología |
Cirugía general menor y mayor (incluido derecho operatorio). Quiste pilonidal. Cirugía pediátrica, incluidas las de patologías congénitas en niños: Postectomía (no electiva), pie bot, hicrocefalia (no incluye válvula), ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia. |
Anestesiología Anestesia en procedimientos quirúrgicos de cualquier especialidad. |
Alergología (Adulto y pediátrico) + 5 Test y Análisis Alérgicos, incluyendo test de provocación a medicamentos (ver anexos) + 7 aplicaciones de vacunas para tratamiento antialérgicos por Grupo Familiar, por Contrato |
Fonoaudiología (Evaluaciones y rehabilitación) Terapia hasta 20 sesiones por evento, por abonado. |
Anatomía Patológica (incluyendo biopsia de todo tipo) |
Cirugía plástica reparadora (no estética) incluyendo consultas |
Cardiología clínica y pediátrica más asistencia operatoria a solicitud del cirujano |
Transfusionista |
Flebología, cirugías y várices (excepto las estéticas, escleroterapias y laserterapias) |
Cirugía videolaparoscópica (uso del video sin cargo para el asegurado) |
Analgesias en partos |
Monitoreo cardiológico intraoperatorio |
Pediatría y Neonatología, Inspección Médica en general solicitada por Instituciones y vacunaciones. |
Psiquiatría, consultorio. Psicología clínica y Psicología infantil, Psicopedagogía: consultas y evaluación, terapias hasta 20 (veinte) por abonado, por Contrato para cada especialidad. |
Monitoreo fetal |
Las vacunas serán sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. |
Neumología en adultos y niños, consultas, estudios, tratamientos fisioterapia pulmonar, hasta 10 sesiones por evento, por abonado. |
Mastología, consultas, estudios, consultorio e internaciones (cirugía) |
Ginecología y Obstetricia y Ginecología Infantil: consultas normal e interconsultas, procedimientos como legrado biópsico, legrado evacuador, estudios clínicos y de diagnóstico |
Oncología clínica, niños y adultos, estudios, quimioterapia, consultorio e internaciones (cirugía, quimioterapia) |
Hepatología |
Otorrinolaringología: consultas, estudios, tratamientos, cirugías en adultos y niños como ser timpanoplastía, turbinoplastía, resección de lesiones benignas, inserción de diábolo (no cubre diábolo), cirugía de amígdalas |
Infectología |
Diabetología adultos/pediátrica |
Traumatología y Ortopedia ejercicios y fisioterapias en general. Consultas, estudios (según Anexos), cirugías artroscópicas como ser artroscopia de rodilla terapéutica, osteosíntesis de fracturas hasta el límite de cobertura. Fisioterapias en sanatorios hasta 15 (quince) sesiones por evento por abonado. |
Oftalmología en niños y adultos, consultas, cirugías, estudios (según Anexos), tratamientos como ser ejercicios ortópticos, dilatación de pupila, curva de presión, fondo de ojo, mapeo de retina y cataratas. |
Endocrinología Dietología - Nutrición (Consultas y tratamiento elaboración de dietas ya sea con fines estéticos o médicos) Nutrición en obesidad de niños y adultos, consultas, tratamientos clínicos, estudios (según Anexos) |
Fisioterapia Neurológica (rehabilitación) hasta 10 sesiones por mes por abonado. |
Dermatología adultos y niños: clínicas, estudios, tratamientos, cirugías hasta 10 lesiones (lunares, fibromas, etc.) por beneficiario por contrato |
Radiología |
Urología en adultos y niños: consultas, endoscopía urológica quirúrgica, litotripcia ultrasónica, estudios, diagnósticos. Cirugía Urológica: de próstata (RTU no laserterapia), Resección de lesiones benignas, Plastia vesical, adenomectomia prostática convencional y Resección Transuretral Prostática, Ureteroscopía, diagnóstica y terapéutica con o sin utilización de equipos de litotripsia intracorporea, Nefrectomía simple y Radical, parcial y total, Cistectomía Radical, Prostatectomia Radical, Orquidectomia bilateral. |
Hematología |
Clínica neurológica en adultos y niños, estudios especializados, consultas, tratamientos y cirugía del Sistema Nervioso Periférico, incluyendo las de columna (según alta complejidad) |
Nefrología incluyendo hemodiálisis en los casos agudos (IRA) (hasta tres por contrato por beneficiario y su grupo familiar) adultos y niños, cirugías nefrológicas. |
Reumatología |
Gastroenterología y Proctología. Gastroenterología en adultos y niños, incluyendo procedimientos endoscópicos o video endoscópicos con fines de diagnóstico o terapéuticos. |
Cateterismo Cardiaco diagnóstico (según alta complejidad) |
Clínica Geriátrica |
Transfusionista hasta 10 eventos por contrato por abonado (profesionales debidamente acreditados por la Sociedad de Hemoterapia). Hemoterapia incluye serología, materiales descartables utilizados durante el procedimiento de transfusiones y perfil inmunohematológico en adultos y niños |
Cirugía oftalmológica, como ser: cataratas con implante de lente intraocular (no cubre costo del lente), uso de equipo de faco y microscopio; chalazión; heridas penetrantes simples del globo ocular; cuerpo extraño corneal, heridas de párpado; enucleación, lavado de vías lagrimales; heridas penetrantes complicadas del globo ocular; sutura conjuntiva; papiloma de párpado; inyección retrobulbar (cubre tres aplicaciones); heridas de vías lagrimales; pterigión. Láser terapia oftalmológica para retina (según alta complejidad), incluye uso de equipos, excluyendo las de fines totalmente estéticos. Cirugía de miopía y astigmatismo, a partir de 5 dioptrías (honorarios 70%) |
|
|
Las consultas en especialidades que no figuren en el punto anterior, con un arancel preferencial.
Los profesionales médicos de la lista de La Prestadora de Servicios estarán a disposición del Beneficiario en forma permanente, sin que puedan alegarse razones reglamentarias de ordenamiento interno, que impidan la atención por parte de cualquiera de los profesionales del listado de la Prestadora de Servicios, salvo causas de disponibilidad fundadas en las Leyes Laborales de la República.
Cualquier modificación del listado de profesionales deberá ser comunicada con antelación a la Contratante, para su no objeción, una vez obtenida la misma, procederá a la actualización de los materiales informativos del servicio entregados a los beneficiarios.
B.1. Profesionales por Especialidad: El oferente deberá contar por lo menos con la cantidad mínima de profesionales en las especialidades citadas a continuación:
Especialidad |
Cantidad Mínima de Profesionales requerida |
Clínica Médica / medicina interna |
Treinta (30) |
Cirugía General menor y mayor (incluido derecho operatorio). Cirugía Pediátrica, incluidas las de patologías congénitas en niños: Postectomía (no efectiva), pie bot, hidrocefalia (no incluye válvula), ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia |
Veinte (20) |
Cardiología clínica adultos Cardiología Clínica pediátrica |
Adultos Diez (10) Pediátrica (3) |
Pediatría y neonatología, consulta y vacunaciones. |
Cincuenta (50) |
Otorrinolaringología, consultas, estudios, tratamientos, cirugías en adultos y niños, turbinectomia, septuplastia funcional, Otoneurología: consultas, estudios |
Quince (15) |
Alergiología + Test alérgicos |
Diez (10) |
Flebología, cirugía y várices (no estéticas) |
Diez (10) |
Traumatología y Ortopedia en adultos y niños, consultas, estudios, cirugía artroscópica ejercicios y fisioterapias en general, rehabilitación, hasta 60 sesiones por evento. |
Treinta (30) |
Urología en adultos y niños: consultas, endoscopia, urología quirúrgica, litotripsia ultrasónica, estudios, diagnósticos, cirugía de próstata (RTU no laserterapia) |
Diez (10) |
Neumología en adultos y niños, consultas, estudios, tratamientos fisioterapia Pulmonar, hasta 10 sesiones por evento, por abonado |
Diez (10) |
Oftalmología en niños y adultos, consultas, cirugías, estudios, tratamiento ejercicios ortópticos, dilatación de pupila, curva de presión, fondo de ojo y cataratas. |
Veinte (20) |
Psiquiatría, Psicología clínica y Psicología infantil, Psicopedagogía. |
Diez (10) Infantil 5 (cinco) |
C) COBERTURA POR MATERNIDAD:
Cobertura inmediata a partir de la firma del contrato. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para la prestación de los servicios. La cobertura de maternidad que será garantizada para las titulares y cónyuges del titular, no así para hijas o beneficiarias adherentes.
Se establece la cobertura de maternidad en el parto normal o cesárea, en forma inmediata de ginecólogo, ayudante, instrumentador, anestesia, transfusionista, pediatra, derecho operatorio, cesárea (sin complicaciones), pensión sanatorial, nursery, uso de carpa de oxígeno, oxígeno luminoterapia, incubadora, UTI Neonatal, medicamentos y materiales descartables, estudios laboratoriales, radiológicos, resonancia magnética y tomografías axiales computarizadas y obstétricas. Cubre íntegramente, dentro de los límites del plan, el control y los cuidados que demande el recién nacido hijo del titular (normal, patológico o pretérmino).
Se establece dentro del ítem de cobertura de maternidad los siguientes eventos: Control de Embarazos en general, aborto espontáneo. Legrado, parto normal o cesárea, embarazo ectópico, mola (embarazo patológico), internaciones clínicas ligadas al curso de un embarazo (ej: Eclampsia, diabetes gestacional, hiperémesis grávida).
Prematuridad (en recién nacidos menores a 37 semanas). Tendrán cobertura de acuerdo con las condiciones de este anexo técnico, aquellos niños nacidos antes de las 37 semanas de gestación. Entiéndase por cobertura a aquellos gastos relacionados al diagnóstico y tratamiento de prematurez: internaciones clínicas y/o quirúrgicas, luminoterapia, honorarios profesionales del médico nutricionista. Incubadora de Transporte.
D) TERAPIA INTENSIVA, INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA: (adultos y niños)
El tiempo de internación por un periodo máximo de 15 (quince) días por cada evento, sin límites de eventos, Incluye: Honorarios profesionales, la unidad de cama, equipos (todos los equipos propios de la unidad), dieta oral del paciente, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnóstico, radiología simple, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).
Internación en la U.T.I. después de los 15 (quince) días hasta los 20 (veinte) días (sala y honorarios cobertura del 50% - Estudios 100%).
Cobertura de medicamentos y descartables nacionales e importados hasta Gs. 11.000.000.- (guaraníes once millones), por cada evento y en todo concepto (incluye elementos de aseo y oxigeno; excepto pañales), sin límites de eventos por contrato.
Uso de incubadora y luminoterapia: hasta 45 días por contrato.
En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio, hasta que se haya utilizado toda la cobertura, siempre y cuando el evento que motive la internación esté cubierto por el contrato.
Se entenderá que esta cobertura corresponde a cada uno del grupo familiar; es decir, el titular, grupo familiar y cada uno de sus Adherentes.
Desde el primer día de internación EL SANATORIO deberá proveer al Grupo Familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
E) INTERNACIONES CLÍNICAS Y QUIRÚRGICAS: (Adultos y Niños)
Cobertura total e integral, según límites del plan, hasta el alta del paciente. Se entenderá que la cobertura es por persona.
Desde el primer día de internación EL SANATORIO deberá proveer al Grupo Familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
F) SERVICIOS DE URGENCIAS:
Debe estar integrado por guardias de urgencias en los servicios asistenciales, las 24 h de todos los días de la semana, incluidos días no hábiles y feriados. Además de los mismos, se deberá contar con profesionales médicos de las subespecialidades como ser: traumatología, cardiología o la convocatoria de ellos o cualquier otro profesional en la mayor brevedad posible.
Si un beneficiario se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales, podrá buscar auxilio en cualquier otro centro médico más cercano. Estos casos comprenden los derivados de accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos y otros imprevistos que pongan en riesgo la vida del beneficiario.
Ocurrido el episodio se comunicará dentro de las primeras 24 (veinticuatro) horas, para que LA PRESTADORA DE SERVICIOS se haga cargo del paciente indicando su traslado o continuidad en dicho centro.
Disponer de ambulancias para todo tipo de traslado. Unidad coronaria móvil. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia. Incluye el traslado de ambulancia dentro de Asunción y Gran Asunción para los casos considerados de emergencia y/o urgencia, el cual deberá estar a cargo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS, para el titular y los beneficiarios del Contrato. La comunicación deberá ser realizada por el médico a cargo del paciente directamente a la Administración de la Prestadora de Servicios.
El hospital proveerá atención médico-quirúrgica derivada de cualquier clase de accidente (salvo en condiciones de exclusión), hasta la total recuperación del accidentado. En casos de accidentes colectivos o quemaduras graves hasta el 30% (treinta por ciento) del cuerpo, la atención e internación será hasta el alta del paciente. Se considerará accidente colectivo, cuando resultaren más de 5 (cinco) beneficiarios accidentados en un solo acontecimiento.
La cobertura de medicamentos y descartables nacionales e importados para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento), en los servicios dispuestos y que pueda necesitar el asegurado. Incluye la primera dosis de antibiótico indicada por el médico de guardia (No ambulatorio ni de tratamiento), para las siguientes aplicaciones de antibiótico se cubrirá honorarios de enfermería.
En los servicios de guardias, para casos de urgencias/emergencias: deben estar cubiertos la utilización de estudios de diagnósticos, medicina por imágenes y laboratoriales requeridos (todos los estudios según anexos), monitoreo
cardiaco, monitoreo fetal, inyecciones, vacunaciones, nebulizaciones, servicios d e enfermería, toma de presión arterial, materiales descartables-desechables de uso personal, oxígeno en todas sus aplicaciones y medicamentos nacionales e importados y otros que puedan necesitar el asegurado en este servicio, tanto para casos de accidentes, como para cualquier requerimiento de atención en este servicio, con cobertura inmediata, sin limitaciones y del 100% (cien por ciento) para el beneficiario.
G) OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE: En Internaciones y Servicios de Guardia:
Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas (eventos cubiertos), así como costos de sala de internaciones y servicios de enfermería para todos los eventos, la utilización de electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, colchones de aire-agua, monitor, monitor fetal, cuna térmica, video.
Inyecciones, nebulizaciones, servicio de enfermería, toma de presión arterial, aplicación de ultrasonidos, masajes, infrarrojo, tendrá una cobertura total sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO. Para estos casos no existirá limitaciones y la cobertura deberá ser bajo prescripción médica. Medicamentos y materiales descartables y otros necesarios que pueda necesitar el asegurado en este servicio (servicio de guardia de urgencias), tanto para casos de accidente, como para cualquier requerimiento de atención en este Servicio.
Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis d e rutina, rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, tendrá una cobertura total sin costo para el BENEFICIARIO. También deberá incluir para los casos de los niños en edad escolar, así como la emisión de certificados solicitados por sus colegios, y para los casos con chicos con problemas de salud que les impida la realización de ejercicios físicos y que deban demostrarse fehacientemente con dicho certificado expedido por el profesional médico.
Cobertura de medicamentos y descartables por valor de Gs. 12.000.000.- (guaraníes doce millones), por evento y en todo concepto (incluye elementos de aseo y oxígeno, excepto pañales), sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, y servicio de urgencias, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes.
Materiales de osteosíntesis en general, por valor de Gs. 4.000.000 (guaraníes cuatro millones), por evento.
Para eventos clínicos o quirúrgicos con fines de diagnóstico, cirugía o de tratamiento, en las especialidades de gastroenterología, urología, neumología, ginecología, otorrinolaringología, traumatología, laparoscopia y artroscopía, (incluyendo uso de equipos, video) deberán estar cubiertos procedimientos endoscópicos, con endoscopios rígidos (videolaparoscópios, uroscopios, etc.) y flexibles (fibroscopios), incluyendo honorarios médicos y de anestesista, contraste y extracción de cuerpos extraños.
Además, las especialidades de gastroenterología, urología, neumología, ginecología, otorrinolaringología, traumatología, laparoscopía y artroscopia (incluyendo el uso de equipos, video, etc.).
Fisioterapias en sanatorios hasta 10 (diez) sesiones por evento y rehabilitación hasta 10 (diez) sesiones por evento.
H) VISITAS DOMICILIARIAS:
Visitas con carácter urgente sin límite y no urgente (hasta 02 por mes/abonado). Estas visitas deberán realizarse en toda la zona de Asunción y Gran Asunción. Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas, con cobertura total, hasta los límites del contrato.
En los casos de toma de muestras laboratoriales a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes comprobados con incapacidad de concurrir a los servicios.
I) CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR:
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, en las ciudades circunvecinas de la capital y principales ciudades departamentales.
Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas.
J) MÉDICOS CONSULTORES INTERCONSULTORES:
Las consultas con plantel de médicos habilitados por la empresa o por el seguro médico hasta 6 (seis) por especialidad. En el caso de Profesionales que no forman parte del plantel médico será de hasta tres consultas por grupo familiar por mes, cuya cobertura será por reintegro o reembolsos, pudiendo ser el profesional nacional o extranjero radicado en el país, hasta la suma de Gs. 100.000.- (guaraníes cien mil) por consulta.
K) SEGURO DEL VIAJERO:
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos para casos de urgencias, durante viajes al exterior y mientras dure dicho viaje, al titular y sus acompañantes beneficiarios, hasta 30 días por contrato por beneficiario y una cobertura de hasta U$S 10.000.
Traslado asistido hasta un centro médico en el territorio nacional para casos de alta complejidad.
L) COBERTURA FARMACEUTICA AMBULATORIA:
Cobertura del 30% (treinta por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias de todos tipos de medicamentos nacionales (Preventivo y curativo), SIN LÍMITE. Para medicamentos importados los descuentos serán del 20% (veinte por ciento) SIN LÍMITE. Para la aplicación de esta Cobertura se deberá presentar la receta a nombre del Asegurado con el número de Contrato. La PRESTADORA de SERVICIOS deberá presentar un listado con la certificación del convenio con las farmacias (Con un mínimo de 15 locales debidamente habilitadas por el M.S.P. y B.S.) con la cual la Prestadora de Servicios tiene relación dentro del Gran Asunción, periferias y/o interior del país.
M) REHABILITACIÓN CARDIOVASCULAR:
Abarca el tratamiento completo, honorarios médicos, aparatos, terapias y todo lo necesario para lograr la rehabilitación Cardiovascular.
N) ENFERMEDADES CRÓNICAS
Cobertura del 100% (cien por ciento) hasta los límites del contrato para las consultas y para internaciones clínicas hasta 3 (tres) por contrato abonado.
Cobertura del 80% (ochenta por ciento) para casos de cirugías a excepción de vesícula y Adeno Amígdalas, que serán con cobertura total según límites del contrato.
OBSERVACIONES:
Definición de enfermedad crónica que da la Organización Mundial de la Salud: Las enfermedades crónicas son enfermedades de larga duración y por lo general de progresión lenta, como por ejemplo las enfermedades cardíacas, los infartos, el cáncer, las enfermedades respiratorias y la diabetes.
O) ENFERMEDADES CONGÉNITAS Y NEOPLASICAS:
Cobertura del 100% (cien por ciento) dentro de los límites del Contrato, en internaciones clínicas, de enfermedades congénitas y neoplásicas.
Enfermedades congénitas: en el primer acto quirúrgico el 60% (sesenta por ciento) de cobertura, 50% (cincuenta por ciento) de cobertura en el segundo acto quirúrgico y en el tercer acto quirúrgico 40% (cuarenta por ciento) de cobertura dentro de los límites del Contrato.
Enfermedades neoplásicas: en el primer acto quirúrgico, sea diagnóstico o terapéutico el 100% (cien por ciento) de cobertura, 50% (cincuenta por ciento) de cobertura en el segundo acto quirúrgico y en el tercer acto quirúrgico 40% (cuarenta por ciento) de cobertura dentro de los límites del Contrato.
P) MEDICINA POR IMÁGENES:
Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, a cargo de la empresa prestadora de servicios. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.
Medicamentos, materiales descartables y contrastes hasta Gs. 500.000 (guaraníes quinientos mil).
Tomografía Computada (comtutarizada) hasta 3 por contrato y por beneficiario.
Tomografía Multislice hasta 3 por contrato y por beneficiario.
Estudios nucleares: con descuento del 70%
Q) LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS:
Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de
urgencias las 24 (veinticuatro) horas del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas. Todos los estudios laboratoriales de la lista serán sin límites y por persona. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura. (Ver Anexo).
R) ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIAS:
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo de emergencia, personal médico y paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el paciente. Este servicio debe efectuarse durante las 24 (veinticuatro) horas del día durante todo el año.
S) SERVICIOS DE AMBULANCIA:
El oferente adjudicado dispondrá de servicios de ambulancias propias y/o contratadas para emergencias y/o urgencias, así como también para traslados dentro de la Capital, Departamento Central y en todo el interior del país, para casos de vida, accidentes o necesidad de atención con mayor complejidad, además contará con servicios de unidad de terapia móvil. Estos servicios incluyen la cobertura del 100% (cien por ciento) de los honorarios del médico y otros gastos emergentes de la atención.
T) MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD:
Se entiende por Servicios Médicos de Alta Complejidad, a la asistencia médica quirúrgica en las especialidades de:
Debe contemplar lo siguiente:
HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS, COBERTURA 60% (sesenta por ciento)
El criterio para emplear en este ítem es el de lograr una cobertura del 60% (sesenta por ciento) en concepto de honorarios médicos; los derechos operatorios, internación (sala/UTI) deberán estar cubiertos hasta 20 (veinte) días por evento.
Internación en la U.T.I. después de los 20 días (sala y honorarios cobertura del 50% - Estudios (según anexos) 100%).
Medicamentos descartables, drogas oncológicas hasta la suma de Gs. 10.000.000.- (guaraníes diez millones). Incluye materiales de aseo, excepto pañales y oxígeno.
En las internaciones quirúrgicas citadas a continuación, la cobertura de medicamentos y materiales descartables nacionales e importados será hasta la suma de Gs. 10.000.000.- (guaraníes diez millones) en todo concepto (incluye elementos de aseo, excepto pañales y oxígeno) y por evento. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales (según Anexos).
Cirugía Cardiovascular según listado (No incluye prótesis)
Cirugía Neurológica S.N.C. y periférico incluida columna según listado. (No incluye válvula)
Hemodinamia intervencionista: Angioplastia transluminal coronaria. (Incluye equipo, incluye 1 (un) stent (no medicado) por beneficiario por contrato e incluye 1 (un) stent (medicado) por beneficiario por contrato.)
Cateterismo cardíaco (incluye equipo)
Colocación de marcapasos; no incluirá el costo del aparato. Cirugía vascular periférica, según listado
Quimioterapia, incluye drogas oncológicas (hasta la suma de Gs. 10.000.000.- por evento) Radioterapia, deberá incluir los medicamentos y descartables hasta el límite establecido. Quemaduras hasta el 30% de la superficie corporal.
Litotripsia extracorpórea y ultrasónica
Laserterapia para desprendimiento de retina, campimetría computarizada. Tomografías computarizadas, cuando superen el número establecido.
Medicina nuclear (exámenes de tiroides y riñón) ventriculograma isotópico. Videoendoscópica funcional de senos paranasales.
Septumplastia.
Histeroscopía diagnóstica y terapéutica.
Cirugía de reemplazo articular (no incluye prótesis), rehabilitación traumatológica hasta 40 sesiones por evento.
Glaucoma.
En las siguientes especialidades:
a) CARDIOCIRUGÍA
b) NEUROCIRUGÍA
Abscesos cerebro espinales:
c) CIRUGÍA VASCULAR PERIFÉRICA
La cobertura de honorarios contempla los siguientes profesionales:
MEDICINA POR IMÁGENES
Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, a cargo de la empresa prestadora de servicios. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.
Medicamentos, materiales descartables y contrastes hasta Gs. 500.000.- (guaraníes quinientos mil). Tomografía computada (computarizada) Hasta 3 por año y por beneficiario.
Tomografía multislice Hasta 3 por año y por beneficiario.
Estudios Nucleares: con descuento del 70%
u) USO DE EQUIPOS EN GENERAL
Uso de equipos en general en caso de estudios para diagnósticos, y/o tratamientos quirúrgicos incluyendo la utilización de Rayos X, Ecógrafo, Colchones de aire agua, Carpa de Oxígeno, Cuna Térmica, Tomógrafo, Electrocardiógrafo, Ecocardiógrafo, equipo de contrapulsación intraaórtica, Saturador de Oxígeno, Equipo de Video endoscopia, Equipo de Video laparoscopia, Equipo de artroscopia, Microscopio, Monitor Monitoreo Fetal, Bomba de infusión, Gastos de traslados de equipos y recargos por fuera de hora, Litotriptor, Incubadora de transporte, Equipo de gasto cardiaco, faco, Bisturí armónico, todos con cobertura del 100%.
v) SERVICIOS SIN COBERTURAS
Son los que habitualmente no son cubiertos en los contratos de medicina pre-paga. No obstante, la tendencia será el logro de aranceles con descuentos por vía de negociación.
Se detallan a continuación:
ANEXO A - MEDICINAS POR IMÁGENES
Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante. Medicamentos, materiales descartables y contrastes hasta Gs. 500.000 (guaraníes quinientos mil).
Abdomen simple |
Galactografía bilateral sin placa simple |
Ecografía prolapso de órganos |
|
Exploración Rectal |
|
Ecografía 4 D gestantes |
|
Acufenometría |
Galactografía c/lado c/previa mamografía |
Angiografía carótida h/8 placas 2 lados |
Galactografía sin placa simple 1 lado |
Angiografía carótida h/8 placas c-lado |
Gasto cardíaco |
Angiografía de miembro 1 lado h/6 placas |
Histerosalpingografía cuando viene espec. |
Angiografía de cualquier miembro o parte del cuerpo |
Hombro en todas las posiciones |
Angiografía digital 3D |
Holter de latidos |
Angioresonancia Angiofluorescengrafia |
Impedanciometría |
Angiografia Power Doppler Por Miembro en prestador designado por la prestadora |
|
Angiofluorescencinografía (Ojos) |
Intestino delgado o tránsito intestinal |
Antebrazo en todas las posiciones |
Laringografía contrastada |
Aortografía lumbar o abdominal h/5 placas |
Linfografía cada lado |
Apéndice |
Linfografía dos lados |
Árbol urinario simple |
Litotripsia por nefrostomía |
Arteriografía cerebral h/8 pl. 2 lados |
Litotripsia uretral |
Arteriografía cerebral h/8 pl. c-lado |
Logoaudiometría |
Arteriografía selectiva (abdominal o tórax) |
Mama (pieza operatoria) p/placa |
Arteriografía selectiva dos arterias |
Mama (reperage para biopsia) p/placa |
Arteriografía selectiva renal 1 lado |
Mamografía en todos los lados |
Arteriografía selectiva renal 2 lados |
Mano en todas las posiciones |
Audiometría |
Mapeamiento de retina |
Autorrefracción con ciclopejía |
Mastoides en todas las posiciones |
Biligrafina o colongiografía endovenosa |
Maxilar inferior en todas las posiciones |
Biopsias de todo tipo |
Maxilar inferior c/ortopantomografía |
Brazo en todas las posiciones |
Mielografía s/ contraste ni especialista |
Broncografía 2 lados |
Monitoreo fetal |
Broncografía c/lados |
Muñeca en todas las posiciones |
Cadera o pelvis en todas las posiciones |
Muslo o fémur en todas las posiciones |
Campimetría computarizada (80%) |
Oclusión vascular retiniana |
Capsulotomía |
Oclusión de vena central de retina |
Capsulotomía Posterior |
Orbitas c/posición |
Cavum |
Ortopantomografía |
Cavum contrastado |
Oscilometría de impulso (IOS). |
Cistografía |
Oto microscopia Otomisiones acústicas |
Cistoradiografía |
Otoemisiones acústicas |
Clavícula en todas las posiciones |
Pan fotocoagulación |
Codo en todas las posiciones |
Papilografía o video papilografía digital |
Colangiografía endovenosa (biligrafina) |
Paquimetría (cada ojo) |
Colangiografía operatoria |
Paquimetría de córnea AO |
Colangiografía postoperatoria |
Penescopía |
Colangiografía retrograda con papilotomía |
Perimetría Doble frecuencia |
Colangiografía retrograda simple |
Perfil biofísico |
Colangiografía trans-parientohepático |
Pie en todas las posiciones |
Colecistografía oral |
Pielografía ascendente |
Colon contrastado |
Pielografía endovenosa o riñón contraste |
Colon doble contraste |
Pierna en todas las posiciones |
Colon por ingestión |
Potenciales evocados auditivos |
Columna cervical en todas las posiciones |
Potenciales evocados auditivos cerebrales |
Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones |
Potenciales evocados somato sensitivos |
Columna panorámica (espinografía) en todas las posiciones |
Potenciales evocados visuales |
Control radiológico en maniobras traumatológicas |
Placa suplementaria |
Costilla en todas las posiciones |
Plantigrafía digital estática y dinámica |
Cráneo en todas las posiciones |
Pruebas vestibulares |
Cráneo para ortodoncia |
Receptores p/estrógenos y progesterona |
Curva de presión ocular |
Reposición de Otoconias |
Dilatación (ciclopejía) |
Resonancia Magnética (hasta 3 por contrato). |
Dedo 2 posiciones |
Rodilla en todas las posiciones |
Degeneración periférica |
Saco lagrimal |
Dental en todas las placas |
Saco lagrimal (radio. Como especialista) |
Dental oclusal |
Sacro-coxis en todas las posiciones |
Dental seriado |
Scopia como complemento de examen c/T.V. |
Densitometría |
Scopia arco c por 1 hora |
Ecobiometria ambos ojos |
Scopia arco c por más de 1 hora |
Ejercicios ortópticos |
Senos faciales en todas las posiciones |
Electroencefalograma |
Sialografía en todos los lados |
Electrocardiograma |
Somnografía o Estudio del Sueño |
Eco Stress Ejercicio 1 por grupo familiar por contrato en prestador designado por la prestadora |
Espirometría simple 1 por beneficiario por contrato |
Escanometría 1 y 2 posiciones 1 por beneficiario por contrato en prestadores designados por la prestadora | Espirometría con broncodilatador 1 por beneficiario por contrato |
Electromiograma de 1 miembro |
Spect perfusión Miocárdica |
Electromiograma hasta 2 miembro |
Test alérgicos |
Electromiograma hasta 4 miembro |
Timpanometría |
Electronistagmografía |
Tobillo en todas las posiciones |
Electronistagmografía /Prueba Vestibular |
Tomografías en general. |
Ergometría |
Topografía corneal |
Embarazo |
Topografía de córnea (Bilateral) |
Esófago |
Topografía Óptica Coherente |
Esternón en todas las posiciones |
Tórax en todas las posiciones |
Examen de retina |
Tránsito intestinal o intestino delgado |
Examen ortóptico |
Transparieto-hepática |
Fistulografía h/2 placas |
Uretrosistografía |
Flebografía cada lado |
Urograma de Excreción |
Fondo de ojo |
Vesícula Simple |
Galactografía bilateral previa mamografía |
|
Monitoreo Ambulatorio de Presión Arterial (Mapa) |
|
Ecocardiograma
Eco Doppler en general |
Ecocar. c/ Doppler bidimensional |
Ecocardiograma sin Doppler |
Ecografía
Ecografía abdominal |
Ecografía pan cefálica |
Ecografía de mamas |
Ecografía prostática |
Ecografía de tiroides |
Ecografía prostática intracavitaria |
Ecografía del bazo |
Ecografía renal |
Ecografía ginecológica y obstetricia |
Ecografía testicular |
Ecografía morfológica Ecografía morfológica del 3er, 6º y 9º mes (valores cromosómicos) |
Ecografía transvaginal |
Ecografía hígado-vías biliares-vesícula |
Ecografía 3D- tridimensional (con arancel preferencial) |
Ecografía intracavitaria c/residuo |
Ecografía 4D Cuatridimensional (con arancel preferencial) |
Ecografía intraoperatoria |
Ecografía de tejidos blandos |
Ecografía oftálmica/ocular |
Punciones con control ecográfico |
Tomografía computada (Hasta 3 por contrato y por beneficiarios y adherentes)
Tomografía computada cráneo |
Tomografía computada pelvis |
Tomografía computada miembros |
Tomografía computada columna cervical |
Tomografía computada tórax |
Tomografía computada columna dorsal |
Tomografía computada abdomen inferior |
Tomografía computada columna lumbar |
Tomografía computada abdomen superior |
Tomografía computada de árbol urinario (URO TAC) |
Tomografía multislice (3 (tres) por contrato por beneficiario y adherentes)
Medicina nuclear (con descuento del 60%)
Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.) |
Centellografía hepática |
Centellografía glándula salivar |
Centellografía ósea |
Centellografía sangrado intestinal |
Centellografía pulmonar |
Centellografía cerebral |
Centellografía renal |
Centellografía de tiroides o mapeo |
Centellografía testicular |
Ventriculograma isotópico |
|
ANEXO B ESTUDIOS LABORATORIALES:
Todos los estudios laboratoriales serán sin límites y por persona.
Ácido cítrico |
Hemocultivo en aerobiosis |
|
Ácido fenil Pirúvico |
Hemocultivo en anaerobiosis |
|
Ácido Fólico |
Hemoglobina |
|
Ácido Láctico |
Hemoglobina. Electroforesis |
|
Ácido úrico |
Hemoglobina fetal |
|
Ácido vanil Mandélico (AVN) |
Hemoglobina. glucosilada (Hb A 1c) |
|
Ácido valproico |
Hemograma |
|
ACTH |
Hemograma (Plaquetas + VSG) p/ Hematólogo |
|
Adenovirus Anticuerpo IGG |
Hemoparásitos |
|
Adenovirus Anticuerpo IGM |
Hemophilus influenzae tipo b látex |
|
Adenovirus Antígeno |
Hepatitis (ac y Ag) ver HAV y HB |
|
Addis. recuento de |
Hepatitis B IGG |
|
Aglutinación de partículas de látex para: |
Hepatitis B IGM |
|
A. Escherichia coli Ki |
Hepatitis C (HCV) Anticuerpo IGG |
|
A. Hemo-philus influenzae tipo b |
Hepatitis C (HCV) Anticuerpo IGM |
|
A. Legionella pneumofila |
Hepatograma (GPT-GOT-FA-BT-BD-BI)/Perfil |
|
A. Nesseria meningitidis grupo a |
Hepático |
|
A. Nesseria meningitidis grupo b |
Herpes |
|
A. Nesseria meningitidis grupo c |
H.G.H. |
|
A. Stroptococus Pheumoniae |
HLA B27 |
|
A. Stroptococus beta hemolitico grupo a |
Hidatidosis-ac |
|
A. Stroptocicus grupo b |
Hidroxicorticosteroides 17 |
|
Aglutinas Anti a |
Hidroxi-Indol-acético 5 (5HIAA) |
|
Aglutinas Anti-b |
Hidroxiprogesterona |
|
AIDS-ac |
Hidroxiprogestorona Neonatal |
|
|
Hierro sérico por hematólogo |
|
Albúmina |
Hierro sérico |
|
Alcohol |
Hisopado Faríngeo |
|
Aldolasa |
Histoplamina |
|
Aldosterona |
HIV-ac |
|
Alergía-Tests: Ver RAST |
Homocisteina / Homocistina / Cistina |
|
Alfa 1 antitripsina |
Hongos. Cultivo e identificación |
|
Alfafetoproteina (APF) |
Hongos. Examen en fresco |
|
A/G |
Hormona de crecimiento(hGh) |
|
Amilasa |
Hormona Folículo Estimulante (FSH) |
|
Amonio |
Hormona Lactogeno Placentaria(hP) |
|
ANA |
Hormona Luteinizante (LH) |
|
Anca C PR3 (ANCA C) |
IgA |
|
Anca P MPO (ANCA P) |
IgD |
|
Androstenediona |
IgE |
|
Anfetamina |
IgG |
|
Anticuerpo (AC) Anti helicobacter Pylori IGA |
IgM |
|
Anticoagulante Lúpico |
Inclusiones citomegalicas |
|
Antibiogramas para gérmenes aeróbicos |
Índices hematimétricos |
|
Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos |
Índice de Tiroxina Libre |
|
Ac. Anti cardiolipina IgG-IgM |
Influenza A (Por Hisopado) |
|
Ac. Anti nDNA |
Influenza B (Por Hisopado) |
|
Ac. Anti Microsomales |
Inmunoelectroforesis |
|
Ac. Anti Mitocondriales |
Inmunoglobinas |
|
Ac. Anti Musculo Liso (ASMA) |
Inmunohistoquimica C-ERB2-NEVU |
|
Ac. Anti Nucleares |
Inmunofluorescencia |
|
Ac. Anti Tironglubinas |
Insulina |
|
Ac. Anti Tiroides |
Klesbsiella pneumoniae |
|
Ac. Anti-Toxoplasma IgG |
Lactosa |
|
Ac. Anti Tripanosoma IgG |
LAP |
|
Ac. Anti Tripanosoma IgM |
Larvas de vermes |
|
Ac. Anti-Virus Sincitial Respiratorio(VSR) |
Latex para |
|
Ac. Heterofilos |
Escherichia coli k 1 |
|
A.F.P. |
L. Haemophilus influenzae tipo b |
|
Antígeno Carcinoembrionario (CEA) |
L. Neusseria meningitidis grupo A |
|
Antígenos Febriles |
L. Neisseriameningitidis grupo B |
|
Antígeno prostático específico (PAS) |
L. Neisseriameningitidis grupo C |
|
Anticuerpo (AC) Anti Centromero |
L. Strptococcus pneumonias |
|
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGA |
L. Streptococcus beta hemolíticos grupo |
|
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGG |
L. Streptococcus grupo B |
|
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGM |
Lavado gástrico |
|
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGA |
LCR. Citoquímico |
|
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGM |
LcR. Cultivo |
|
Anticuerpo (AC) Anti Helicobacter Pylori IGG |
LDH |
|
Anticuerpo (AC) Anti RNP ENA |
LDL-Colesterol |
|
Anticuerpo (AC) Anti SCL -70 |
LE |
|
Anticuerpo (AC) Anti-SS - A (RO) |
Lecitina en líquido amniótico |
|
Anticuerpo (AC) Anti-SS B (LA) |
Legionella Pheumiphila. látex |
|
Anticuerpo (AC) Anti CCP |
Leishmanía Anticuerpo IGG |
|
Antitrombina III (AT III) |
Leishmanía Anticuerpo IGM |
|
Apolipoproteina b |
Lesión genital. Coloración de Gram |
|
Aspegillus |
Lesión genital. Coloración de fontana |
|
ASTO |
Lesión genital. Estudio microbiológico |
|
Autovacunas |
Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
|
Azucares reductores |
Lesión de uñas. Cultivo para hongos |
|
BAAR |
LH |
|
Barbitúricos |
Linfa cutánea. Coloración de Ziehl |
|
Bence-Jones |
Lipasa |
|
Benedict, Reacción de |
Lípidos totales |
|
Beta 2 Microglobulina en sangre |
Líquido amniótico. Cultivo |
|
Beta Cross Laps |
Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol |
|
BNP (Péptido natriurético Tipo B) |
Liquido articular. Citoquímico |
|
Bicarbonato |
Liquido articular. Cristales |
|
Billirubina total, directa e indirecta |
Liquido articular. Cultivo |
|
Bilis, cultivo |
Liquido ascítico. Cultivo |
|
Bioperfil fisiológico |
Liquido gástrico-duodenal. Parásitos |
|
Bioquímica de plasma Seminal |
Liquido peritoneal. Cultivo |
|
C 3 |
Liquido pleural. Cultivo |
|
C 4 |
Listeria |
|
Calcio |
Litio |
|
Ca 125 |
Madurez Fetal (fosfatydil glicerol) |
|
Ca 15-3 |
Magnesio |
|
Calcitonina |
Magnesio eritrocitario |
|
Calculo Urinario |
Marihuana |
|
Campo oscuro |
Mastositos |
|
Campylobacter |
Metahemoglobina |
|
Cannabinoides |
Metotrexate |
|
Capacidad de fijación de hierro (TIBC) |
Micosis oportunistas |
|
Carbamazepina |
Micosis profundas |
|
Cardiolipina IGA AC |
Micosis subcutáneas |
|
Catecolaminas |
Micosis superficiales |
|
CEA |
Microalbuminuria |
|
Células LE |
Mioglobina |
|
Cetonemia |
Moco cervical |
|
Cetonuria |
Monotest |
|
Cetoferoides 17 |
Morfina |
|
CH 50 |
Mucoproteínas |
|
Chagas (Ac. Anti Trypanosoma IgG e IgM |
Mycobacterium Tuberculosis |
|
Chalamydia |
Micoplasma Hominis |
|
Citomegalovirus-ac-IgG |
Neiseriae Gonorrea |
|
Citomegalovirus-ac-IgM |
Neiseriae Meninigitidis.Grupo A.latex |
|
Citrato (O) |
Neiseriae Meninigitidis.Grupo B.latex |
|
Ck |
Neiseriae Meninigitidis.Grupo C.latex |
|
Ck-mb |
N. 5 Nucleotidasa |
|
|
NT PRO-BNP |
|
Clearance de Creatinina |
NTX |
|
Cloruros |
Oído cultivo |
|
CMV-ac-IgG |
Opiaceos |
|
CMV-ac-IgM |
Orina, fisicoquímico y del sedimento |
|
Coagulograma |
Orina cultivo |
|
Cobre |
Oxalato |
|
Cocaína |
Oxiuros |
|
Panel de influenza 1 por grupo familiar por contrato en prestador designado por la prestadora |
Panel Respiratorio Detección (PCR) 1 por grupo familiar por contrato en prestador designado por la prestadora |
|
Coccidioidina |
Parásitos. Investigación e identificación |
|
Colesterol esterificado |
Parathormona (PTH) |
|
Colesterol HDL |
PAS (Antígeno prostático específico) |
|
Colesterol-LDL |
PAS libre |
|
Colesterol total |
Paul-Bunell (presuntivo) |
|
Colesterol VLDL |
POO2 |
|
Colinesterasa |
Po2 |
|
Coloración de Giemsa |
|
|
Coloración de Gram |
PCR ultrasensible |
|
Coloración de Ziehl |
Péptido C |
|
Complemento hemolítico (CH 50) |
pH |
|
Coombs Directo |
Phenistix |
|
Coombs Indirecto |
Plaquetas |
|
Coprocultivo |
Plaquetas por Hematólogo |
|
Coprología Funcional |
Plasma seminal |
|
Coproporfirinas |
Porfobilinogeno |
|
Cortisol |
Potasio |
|
Crasis Sangui, por Hematólogo |
PPD |
|
Creatinina |
Preparación de células LE |
|
|
PRO-BNP |
|
Crioglutininas |
Productos de degradación de la fibrina |
|
Crioglobulinas |
Progesterona |
|
Criptococus |
Prolactina |
|
Cristales-Identificación |
Proteínas C |
|
Cuerpos Cetónicos |
Proteínas S |
|
Cultivo en Aerobiosis |
Proteínas C reactiva |
|
Cultivo en Anaerobiosis |
Proteínas de Bence-Jones |
|
Cultivo en Thayer-Martin |
Proteínas Electroforesis |
|
Cultivo para BAAR |
Proteínas totales |
|
Cultivo para GC |
Protomorfinas |
|
Cultivo para hongos |
Protozoarios |
|
Cultivo para listeria |
Prueba de concentración |
|
Cultivo para Mycoplasma |
Prueba de dilución |
|
Curva de tolerancia oral a la glucosa |
Prueba de lazo |
|
Determinación de Carga Viral |
Prueba de tolerancia oral a la glucosa |
|
Dehidroepitandrostenediona(DHEA- S04) |
Prueba de tolerancia a la lactosa |
|
Dehidrostestosterona |
Prueba de Tzanck |
|
Dengue AG (Antígeno) |
PTH |
|
Dengue Anticuerpo (AC) IGG |
Pus. Cultivo |
|
Dengue Anticuerpo (AC) IGM |
Punta de catéter Cultivo |
|
Densidad |
Quimiotripsina |
|
Difteria, Cultivo |
Quistes de protozoos |
|
Dímero D |
Raspado de lengua. Cultivo para hongos |
|
Digoxina |
Reacción de Huddleson |
|
DNA-ac |
Reacción de Widal |
|
Dióxido de carbono (CO2) |
Recuento de Addis |
|
D-Xilosa |
Recuento de Linfocitos CD4 |
|
EBV-EA-ac |
Relación A/B |
|
EBV-VCA-ac |
Relación calcio/creatinina |
|
Electroforesis de hemoglobina |
Relación PAS/PAS Libre |
|
Procalcitonina |
Reticulocitos |
|
Electroforesis de lipoproteínas |
Reticulocitos por hematólogo |
|
Electroforesis de proteínas |
Retracción del coágulo |
|
Electrólitos |
RK 39 Leishmaniasis Kalaazar |
|
Eosinófilos |
Rh |
|
Epstein-Barr Virus-ac |
Rotavirus |
|
Eritrosedimentación |
Rubeola IgG |
|
Escherichia coli enteropatógeno |
Rubeola IgM |
|
Escherichia coli kI. látex |
Sangre oculta |
|
Esperma, cultivo |
Saturación de oxígeno |
|
Espermograma |
Secreción conjuntival. Cultivo |
|
Esputo. Coloración para BAAR |
Secreción endocervical. Cultivo |
|
Esputo. Cultivo para gérmenes comunes |
Secreción faríngea. Cultivo |
|
Esputo. Eosinófilos y mastocitos |
Secreción genital. Cultivo |
|
Esteatocrito |
Secreción nasal. Cultivo |
|
Estradiol |
Secreción nasal. Eosinófilos y mastositos |
|
Estriol libre |
Secreción prostática. Cultivo |
|
Estrógenos totales |
Secreción purulenta. Cultivo |
|
Estudio capilar. Investigación de hongos |
Secreción traqueal. Cultivo |
|
Exceso de base |
Secreción uretral. Cultivo |
|
Factor reumatoideo |
Secreción bulbar. Cultivo |
|
Factor reumatoideo cuantitativo |
Sida-ac |
|
Factor reumatoideo Isotipo IGA |
Sífilis |
|
Factor reumatoideo Isotipo IGG |
Simis-Hunner - test |
|
Factor reumatoideo Isotipo IGM |
Shigella. Cultivo |
|
Fenilhidantoina |
SO2 |
|
Fenil Alanina |
Sodio |
|
Fenobarbital |
Somatomedina - c |
|
Ferritina |
Staphylcoccus aureus |
|
fibrinógeno |
Streptococcus. Cultivo |
|
Fibrinolisis |
Streptococcus. Betahemolítico gr. A. Látex |
|
Formula leucocucocitaria |
Streptococcus. grupo B. látex |
|
Fosfatasa acida prostática(pap) |
Streptococcus. pneumoniae |
|
Fosfatasa Acida total y prostática |
Streptonasa B |
|
Fosfatasa alcalina |
Streptozima |
|
Fosfatidil-gilierol en liq. aminiótico |
Swin - up |
|
fosfolípidos |
T3 libre |
|
Fósforo |
T3 total |
|
Fragilidad osmótica de los hematíes |
T3 uptake |
|
Frotis de sangre periférica |
T4 libre |
|
Frotis de sangre periférica p/ hematólogo |
T4 total |
|
Fructosa |
Test de absorción a la xilosa |
|
Fructosamina |
Test de Coombs Directo |
|
FSH |
Test de Coombs Indirecto |
|
FTA-abs-IgG |
Test de estimulación con ACTH |
|
FTA-abs-IgM |
Test de estimulación hormona de crecimiento |
|
FTI |
T.* con ejercicios* con L-Dopa |
|
Galactosa Neonatal |
Test de estimulación con LH/RH |
|
Gamma Globulinas |
Test de estimulación con TRH |
|
Gamma GT |
Test de Ham |
|
Garganta. Cultivo |
Test de supresión con dexametasona |
|
Gases arteriales |
Test in vitro de penetración espermática en t. moco cervical |
|
Gastrina |
Test de postcoital |
|
GC. Cultivo |
Test de Sims-Huner |
|
GH (Hormona de crecimiento) |
Test del Sudor |
|
Gliadina IgG-IgM |
Test de HPV |
|
Globulina |
Test de IRT |
|
Glóbulos blancos |
TIBC (Capacidad de fijación del hierro) |
|
Glóbulos rojos |
Tiempo de coagulación sangría |
|
Glucohemoglobina |
Tiempo de Protrombina y coagulación |
|
Glucosa |
Tiempo de tromboplastina parcial activada |
|
Glucosa 6 Fosfato de Deshidrogenasa (G6PD) |
Timol |
|
Glucosa. Curva de tolerancia |
Tine test |
|
Glucosa pre y pos prandial |
Tzanck - Prueba de |
|
Glucosuria |
Tipificación |
|
Ganadotrofina Coriónica (hCG) |
Tiroglubina |
|
Gota gruesa |
Tiroperoxidasa - Anticuerpo (Tipo - AC) |
|
GOT |
Testosterona libre |
|
GPT |
Toxoplasmosis- ac IgG, IgM |
|
Graham-Test |
Transferrina |
|
Gravindex |
Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGA |
|
Grupo Sanguíneo |
Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGG |
|
Guayaco |
Trichomonas vaginalis |
|
Ham-test |
Trigliceridos |
|
Hamburger-test |
Troponina I, Cuantitativa |
|
|
Troponina I, Ultrasensible Cuantitativa |
|
Hamber |
Trypanosoma cruzi-ac |
|
Haptoglobina |
TSH |
|
HbA 1c |
TTPa |
|
Hdelta |
Ulcera genital. Cultivo |
|
HAV-ac |
Urea |
|
HAV-ac-IgM |
Ureaplasma urealyticum |
|
HBc-ac |
Urobilina |
|
HBc-ac-IgM |
Urobilinogeno |
|
HBDH |
Van de Kamer |
|
HBe-ac |
Vandil - Mandelic - Acid (AVM) |
|
HBe-Ag |
Vermes |
|
HBs-ac |
VDRL |
|
HBs-Ag |
VIH-ac |
|
hCG-sub-unidad beta |
Vicent's Angina. Frotis |
|
HDL-Colesterol |
Virocitos |
|
Heces. Benedict |
VLDL Colesterol |
|
Heces. Examen parasitológico |
VSR - ac |
|
Heces. Flora microbiana |
Widal. Reacción de |
|
Heces. Frotis |
Xilosa. Test de absorción |
|
Heces. Hongos |
Se incluye centellografía y captación tiroidea en estudios nucleares (70%) |
|
Heces. Microscopia Funcional |
Se Incluye Estudio del Sueño (100% de cobertura). |
|
Hematrocrito |
Vitamina D, 1 por contrato en laboratorio designado. |
|
Vitamina B12, 1 por grupo familiar por contrato en laboratorio designado. |
Vitamina E, 1 por contrato en laboratorio designado. |
Los análisis laboratoriales que no se encuentran en el listado (anexo) de la cobertura total o parcial con tope, cubrirá el 50% en el laboratorio asignado por la prestadora.
ANEXO C ESTUDIOS LABORATORIALES IgE Específicas:
Todos los estudios laboratoriales serán hasta 5 (cinco) por persona por año.
IgE específica para leche |
IgE específica para Penicilina V |
IgE específica para Alternaria Tenuis |
IgE específica para Ampicillina |
IgE específica para Aspergillus Fumigatus |
IgE específica para Cándida Albicans |
IgE específica para Chocolate |
IgE específica para Dermatoph farinae/d2, Sangre |
IgE específica para Dermatoph. Pteronnyssinu |
IgE específica para Cucaracha/I6 |
IgE específica para Maní |
IgE específica para Mezcla para Hongos |
IgE específica para Mosquito |
IgE específica para epitelio de Perro |
IgE específica para Penicilina G |
IgE Especifico Beta Lactoalbúmina |
IgE Especifico Cerdo, Sangre |
IgE específico para polvo domestico |
IgE específico Epitelio de Gato |
IgE Especifico Yema de huevo |
IgE Especifico, Abeja/i1, Sangre |
IgE Especifico, Acarus siro/d70m, Sangre |
IgE Especifico, Alfa lactoalbumina |
IgE Especifico, Aspergillus fumigatus/m3, Sangre |
IgE Especifico, Avispa/i4, Sangre |
IgE Especifico, Beta lactoglobulina |
IgE Especifico, Blomia tropicalis/d201, Sangre |
IgE Especifico, Candida albicans/m5, Sangre |
IgE Especifico, Caseína |
IgE Especifico, Chocolate |
IgE Especifico, Cucaracha/i6, Sangre |
IgE Especifico, Dermatoph pteronyssinu/d1, Sangre |
IgE Especifico, Epitelios de animales |
IgE Especifico, Frutilla/f44, Sangre |
IgE Especifico, Gluten/f79, Sangre |
IgE Especifico, Hormiga colorada de fuego, Sangre |
IgE Especifico, Huevo |
IgE Especifico, Latex/k82, Sangre |
IgE Especifico, Leche |
IgE especifico, Maíz, Sangre |
IgE Especifico, Mezcla de ácaros |
IgE Especifico, Mezcla mohos y levaduras |
IgE Especifico, Mezcla Polen de Pasto/gp2, Sangre |
IgE Especifico, Polvo de casa/h2, Sangre |
IgE Especifico, Soja |
IgE Especifico, Tomate |
IgE Especifico, Trigo/f4, Sangre |
IgE Especifico, Clara de huevo |
Inespecífico para polvo Hollister |
Ige específico para pescado/ f3 |
OBSERVACIONES GENERALES:
En caso de discrepancia entre las EE.TT. solicitadas y prestadas deberá ser canalizada por la dependencia Administradora del Contrato.
Se conformará un comité de evaluación, coordinación y control para los cuales el Ministerio del Interior y LA PRESTADORA DE SERVICIOS designará por lo menos un representante cada uno.
Este comité se reunirá las veces que sea necesario, a solicitud de cualquiera de las partes. Dentro de las atribuciones de este comité se encuentra:
LA PRESTADORA DE SERVICIOS se compromete a proveer a la convocante mensualmente o cuando este lo solicite, la nómina actualizada de los titulares, grupo familiar y adherentes, datos estadísticos respecto a las consultas, internaciones, análisis clínicos, intervenciones, estudios por imágenes u otros ítems necesarios.
La Prestadora de Servicios no podrá suspender la cobertura contratada por la falta de pago por parte del Ministerio del Interior en tiempo y forma oportunos y se procederá conforme lo establece la Ley Nº 7021/22 de Contrataciones Públicas.
GLOSARIO DE TERMINOS CONTRACTUALES:
ACTIVIDAD PELIGROSA
Cualquier actividad que expone al ABONADO a un riesgo o peligro previsible, ejemplos de actividades peligrosas incluyen, pero no se limitan a: cualquier tipo de deportes de aviación, carreras de motocicletas o competencias con vehículos de motor.
ARANCEL PREFERENCIAL
Es la transferencia al ABONADO del descuento que el prestador ofrece a la EMPRESA por convenio.
BENEFICIOS ADICIONALES
Se refieren a productos o servicios a los cuales el ABONADO puede acceder en condiciones ventajosas por convenio de la EMPRESA con otras instituciones.
BENEFICIOS DIFERENCIALES
Se refieren a servicios especiales de gran valor agregado para el ABONADO y que diferencian la cobertura que ofrece la EMPRESA de la de otras instituciones.
BENEFICIOS OPCIONALES
Se refieren a las coberturas que no están incluidas en el plan de salud estándar, a las cuales el ABONADO puede optar en el momento de suscribir el contrato y por las que abonará una sobre cuota mensual especial.
COBERTURA
Es la cantidad límite de servicios cuya atención asume la EMPRESA conforme a las estipulaciones que surgen de los documentos contractuales.
COPAGO
Es el monto que el ABONADO debe abonar al momento de recibir un servicio.
ENFERMEDAD CONGENITA
Cualquier desorden o enfermedad existente al momento o antes del nacimiento, independientemente de la causa, si se manifestó o fue diagnosticada al momento del nacimiento, después del nacimiento o años después.
Resumen:
INSTRUCTIVO DE COTIZACIÓN EN LA PLANILLA DE PRECIOS DEL (SICP)
El siguiente ejemplo es la forma de cotización que se utilizará en la Planilla de Precios del (SICP) - Sistema de Información de las Contrataciones Públicas a fin de cotizar en el presente proceso licitatorio.
Aclaración: El monto del precio por funcionario=Grupo Familiar es ficticio, es solo a modo de ejemplo.
Ejemplo:
Un Funcionario=Grupo Familiar 100.000 Gs.
Cantidad de meses (periodo de cobertura) x 12
Precio total por funcionario (grupo familiar) por 12 meses (ESTE ES EL PRECIO QUE SE DEBE CARGAR COMO PRECIO UNITARIO EN LA PLANILLA DE PRECIOS) = 1.200.000 Gs.
Cantidad Máxima de Funcionarios (grupo familiar) x 299
Precio Total Máximo = 358.800.000 Gs.
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem | Descripción del Servicio | Cantidad Max. | Unidad de Medida de los Servicios | Lugar donde los servicios serán prestados | Fecha(s) final(es) dfe ejecución de los servicios |
1 | Seguro médico x 12 meses |
299 | Unidad | Instalaciones del Proveedor | El Plazo de entrega de lo adjudicado será en forma inmediata a partir de la firma del contrato conforme a la Sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas del PBC. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Orden de Servicio |
Informe / Acta de recepción |
Diciembre 2024 |
Orden de Servicio | Informe / Acta de recepción |
Enero 2025;... |
Orden de Servicio | Informe / Acta de recepción |
Febrero 2025;... |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.