Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
- Ing. Victor Medina - GA/DSA - Jefe de Departamento - Departamento de Supervisión y Seguimiento Ambiental.
- Cumplimiento de la (Ley N° 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental) - Ley N° 6390/2020 - Decreto Reglamentario N° 14390/92 - Art. 232° los límites de tolerancia máximos admitidos en los lugares de trabajo.
- A fin de dar cumplimiento a estas disposiciones establecidas por la autoridad de aplicación de la legislación ambiental nacional, es que surge este proceso de referencia.
- Tienen por objeto indicar los requisitos técnicos mínimos para medición de sonido/ruido y analisis de frecuencia, de acuerdo al Plan de Gestión Ambiental (PGA) de los proyectos desarrollados por la Administración Nacional de Electricidad ANDE.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA
ADQUISICIÓN DE EQUIPO PORTÁTIL DE MEDICIÓN DE SONIDO/RUIDO-SONÓMETRO-DECIBELIMETRO
Estas especificaciones tienen por objeto indicar los requisitos técnicos mínimos para la provisión de equipos portátiles de medición de sonido/ruido y analisis de frecuencia y calibrador acústico con sus accesorios/componentes complementarios, para la medición de acuerdo al Plan de Gestión Ambiental (PGA) de los proyectos desarrollados por la Administración Nacional de Electricidad ANDE-.
2.1 EQUIPO PORTÁTIL DE MEDICIÓN DE RUIDO
2.1.1. Clase/Tipo 1 (uno)
2.1.2. Parámetros Acústicos (mínimo): SPL, Max/Min, Ln, Leq, Lavg, SEL , TWA, Dosis, Dosis ampliada, Ldn,
2.1.3. Ponderaciones de frecuencia A, C y Z
2.1.4. Tiempo de respuesta S (slow), F (fast) I (impulse)
2.1.5. Escala de Frecuencia 31.5 a 8 kHz
2.1.6. Espectro de Octavas: (16 Hz16 kHz) +/- 2 dcb
2.1.7. Rango automático: 10 dcb140 dcb
2.1.8. Rangos manuales: 10 ----- 80 dcb / 50 ------ 100 dcb / 80130 dcb
2.1.9. Resolución 0.1 dcb
2.1.10. Precisión (mínima) +/- 1,4 dcb
2.1.11. Conexión: USB
2.1.12. Pantalla (mínimo) 128 x 64 pixeles de 6 cm x 4,8 cm
2.1.13. Inicio/fin Programable
2.1.14. Registro de datos: 1 --- 30 minutos, 1 -- 12 horas o permita definir por el usuario
2.1.15. Alimentación interna: Pilas AA, AAA o 9V
2.1.16. Alimentación externa: fuente AC/DC — Fuente de alimentación 220 Volts alterna
2.1.17. Temperatura de Operación: -10°C- 60°C
2.1.18. Humedad: 10%90%
2.1.19. Tarjeta de memoria: tarjeta removible de datos secure digital (SD)
2.1.20. Norma: IEC / ANSI /
2.1.21. Micrófono/s (mínimo) micrófono condensador de 'Z pulgada
2.1.22. Idioma: español
2.2 SOFTWARE DE ANALISIS
2.2.1. La plataforma de operación del software será Microsoft Windows 95, 98, NT, o superior. El software deberá tener compatibilidad o módulo de exportación de datos a hojas de cálculo como Excel para el análisis más a detalle de la información
2.2.2. Actualización gratuita del software vía internet
2.2.3. Deberá contar, al menos, con los siguientes módulos:
2.3 OTROS COMPONENTES (mínimos)
2.3.1 Maleta de transporte resistente
2.3.2 Trípode
2.3.3 Certificado de Calibración
2.3.4 Garantía de calibración
2.3.5 Cable USB
2.3.6 Funda protectora del equipo
2.3.7 Manual de instrucciones, calibración, mantenimiento y operación detallado
2.3.8 Calibrador Acústico: Tipo 1 con visualizador LCD, nivel sonoro 94 dcb/114 dcb con certificación de conformidad
2.3.9 Supresor de ruidos de viento
3. CONDICIONES DEL SUMINISTRO
3.1. Los requisitos especificados en el pliego, corresponden al estándar mínimo que los equipos deben cumplir. En caso de no cumplir sustancialmente con los requisitos especificados las propuestas serán rechazadas.
3.2. El oferente deberá llenar la planilla de datos garantizados que se adjunta, y deberá presentar catálogos, con los datos y una descripción detallada de las características esenciales técnicas y si corresponde el funcionamiento de cada artículo.
3.3. El fabricante del medidor de nivel de sonido/ruido deberá demostrar el cumplimiento de las normas vigentes, así como de las normas de control de calidad ISO 9001 o equivalentes.
3.4. Capacitación de uso del equipo de medición teórico/practico a funcionarios del área ambiental del Departamento de Supervisión y Seguimiento Ambiental.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Ítem |
Nombre de los Bienes |
Especificaciones |
1 |
Adquisición de Equipo de Medición de Sonido para Supervisión Ambiental |
Especificación Técnica y Planilla de Datos Garantizados |
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
Equipo Decibelimetro Sonometro |
1 |
Unidad |
En el Depósito de ANDE, sito en Avenida Boggiani y Dr. Facundo Machaín. |
Treinta (30) días calendario, contados a partir de la emisión de la Orden de Entrega, por parte de la Unidad Administradora del Contrato, la cual se debe realizar dentro de los cinco (5) días hábiles de la emisión del Código de Contratación. Horario de Entrega: De Lunes a Viernes de 07:00 hs. a 15:00 hs. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Observar y Respetar el Código de Ética Institucional de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), publicado en www.ande.gov.py.
Inspecciones de la Contratante:
Una vez que el Proveedor haya cumplido con lo establecido en el Plan de Entregas en el lugar indicado en el mismo, se procederá a una inspección y verificación de los bienes y/o servicios, con los documentos pertinentes.
Documentos de Recepción Provisional y Definitiva:
La Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, verificará que los bienes entregados y/o servicios ejecutados, se hayan ajustado a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, para proceder a la emisión del Certificado de Recepción Provisional, a pedido del Proveedor o de oficio, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la entrega efectuada de conformidad al Plan de Entregas del Contrato o sus eventuales prórrogas autorizadas por la Contratante.
A partir de la fecha de emisión del Certificado de Recepción Provisional correspondiente, se inicia el periodo de garantía indicado en el Pliego de Bases y Condiciones.
Al término de dicho plazo, la Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, efectuará las comprobaciones de que el Proveedor ha cumplido satisfactoriamente con todo lo previsto en los documentos del contrato y emitirá dentro de los siguientes treinta (30) días calendario, el Acta de Recepción Definitiva.
Tanto para la Recepción Provisional como para la Recepción Definitiva, en caso de que los bienes entregados y/o servicios ejecutados no se ajusten a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, el Proveedor deberá reparar o remplazar los bienes y/o subsanar los servicios en el plazo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones.
La emisión del Acta de Recepción Definitiva significará el cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones contractuales, y le dará derecho a solicitar la cancelación de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
En caso que el Proveedor incurra en atrasos en la entrega de los bienes y/o servicios y le fuere aplicada la multa correspondiente en el Acta de Recepción Definitiva se dejará constancia de ello.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN |
Orden de Entrega SAP/Nota de Remisión |
Orden de Entrega SAP/Nota de Remisión |
Conforme al Plan de Entrega y a las Inspecciones y Pruebas indicados en el Pliego de Bases y Condiciones de la Sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas |
Certificado de Recepción Provisional |
Certificado de Recepción Provisional |
Conforme a las Inspecciones y Pruebas indicados en el Pliego de Bases y Condiciones de la Sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas |
Acta de Recepción Definitiva |
Acta de Recepción Definitiva |
Conforme a las Inspecciones y Pruebas indicados en el Pliego de Bases y Condiciones de la Sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas y a las Condiciones Contractuales |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.