Consulta:
En el SICP se determina que el sistema de adjudicación será por el “Total” y sobre lo determinado consultamos: Solicitamos a la convocante replantear el sistema de adjudicación definido y pasar a definir que la adjudicación sea por “ítem”, ello a efectos de permitir una mayor cantidad de potenciales oferentes y así también tener la posibilidad de adjudicar al oferente que presente el mejor precio económico por cada ítem licitado. Lo solicitado lo fundamos en la Ley N° 7021 y particularmente en el Artículo 4.- Principios rectores, inciso c, el cual establece: Artículo 4°.- Principios rectores. La presente Ley se regirá por los siguientes principios: (…) c) Economía, Eficacia y Eficiencia: el Sistema Nacional de Suministro Público buscará satisfacer las necesidades públicas con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado paraguayo las mejores condiciones, la obtención de los mejores resultados y el logro de las metas propuestas, a través de la utilización adecuada de los recursos públicos.