Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Método de evaluación y análisis de los precios ofertados

En la evaluación de ofertas con el criterio basado en precio y luego de haber ordenado las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

a. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Composición de Precios

La estructura mínima del desglose de composición de los precios, será:

Ítem

Descripción del Bien o servicio

(A) Costo del bien o servicio 

(B)Impuestos y Cargas Sociales

(C)Gastos Administrativos

(D)Utilidad

(A+B+C+D) Precio Unitario Ofertado

 

 

 

 

 

 

 

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas electrónicas e inicio de la etapa competitiva.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

    1. Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación

        1. Formulario de Oferta (*)

El formulario de oferta, deberá ser generado en el módulo de oferta electrónica y se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

[La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”, de conformidad con el formulario estándar – Sección Formularios (**)
        1. Documentos legales. Oferentes

8.1.  Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes.
  1. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

En el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas electrónicas e inicio de la etapa competitiva.

 

 

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

A. Para contribuyentes de IRACIS Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

  1. Ratio de Liquidez: activo corriente /pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio de los 3 últimos años (2021, 2022, 2023)
  2. Endeudamiento: pasivo total / activo total No deberá ser mayor a 0,80 en promedio de los 3 últimos años (2021, 2022, 2023)
  3. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital. La rentabilidad no será negativa en promedio de los 3 últimos años (2021, 2022, 2023)

B. Para contribuyentes de IRP (2021, 2022, 2023)

Deberán cumplir con el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso)

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los ejercicios fiscales (2021, 2022, 2023)

C. Para contribuyentes de IRPC (2021, 2022, 2023) Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso) Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los ejercicios fiscales (2021, 2022, 2023)

Obs.: Para los Consorcios, los integrantes deberán cumplir en conjunto con la capacidad financiera necesaria. Se analizará en conjunto consolidándose los valores de los balances de todos los miembros, debiendo el resultado encontrarse dentro de los rangos solicitados.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a Balance General y Cuadro de Resultados de los años (2021, 2022, 2023), para contribuyentes de IRACIS o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.
b Formulario de los años (2021, 2022, 2023), para contribuyentes de IRPC o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.
c Formulario de los años (2021, 2022, 2023), para contribuyentes de IRP o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

 

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Deberá presentar copias de certificados y/o contratos ejecutados de provisión y/o facturación de ventas y/o recepciones finales sobre provisión e implementación de software y/o Renovación de Licencias en  UPGRADE / RENOVACION DE LICENCIAS DE VIRTUALIZACION DCS HUAWEI; VERITAS; WINDOWS SERVER; SOPORTE RED HAT; MANAGE ENGINE ADMANAGER y MANAGE ENGINE ADAUDIT a instituciones públicas y/o privadas por un monto equivalente en sumatoria al 40% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación de los últimos años (2020 y/o 2021 y/o 2022 y/o 2023). Podrán presentar la cantidad de contratos, facturaciones, recepciones finales que fueren necesarios para acreditar en sumatoria el volumen o monto solicitado. En caso de consorcio se sumarán las cantidades de todos los miembros.

Demostrar experiencia en implementaciones de software por lo menos con 2 años de experiencia.

Demostrar trabajos relacionados al proyecto con 5 referencias.

Al menos 2 referencias deben corresponder a trabajos realizados en el Paraguay para organizaciones públicas o privadas radicadas en nuestro país.

Se deberán considerar, además, los siguientes puntos conforme a las disposiciones del MITIC.

Persona Jurídica legalmente constituida.

Demostrar con el acta constitución de los estatus sociales que la empresa pertenece al rubro relacionado a Tecnologías de la Información y Comunicación, específicamente a provisión de software. Y verificar además con la constancia de RUC.

 

Observación:

En el caso de consorcios, se sumarán las facturaciones de venta y/o recepciones finales y/o contratos, respectivamente, de cada miembro, a los efectos de alcanzar el monto solicitado.

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

Deberá presentar copias de certificados y/o contratos ejecutados de provisión y/o facturación de ventas y/o recepciones finales sobre provisión e implementación de software y/o Renovación de Licencias en  UPGRADE / RENOVACION DE LICENCIAS DE VIRTUALIZACION DCS HUAWEI; VERITAS; WINDOWS SERVER; SOPORTE RED HAT; MANAGE ENGINE ADMANAGER y MANAGE ENGINE ADAUDIT a instituciones públicas y/o privadas por un monto equivalente en sumatoria al 40% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación de los últimos años (2020 y/o 2021 y/o 2022 y/o 2023). Podrán presentar la cantidad de contratos, facturaciones, recepciones finales que fueren necesarios para acreditar en sumatoria el volumen o monto solicitado. En caso de consorcio se sumarán las cantidades de todos los miembros.

Demostrar experiencia en implementaciones de software por lo menos con 2 años de experiencia.

Demostrar trabajos relacionados al proyecto con 5 referencias.

Al menos 2 referencias deben corresponder a trabajos realizados en el Paraguay para organizaciones públicas o privadas radicadas en nuestro país.

Se deberán considerar, además, los siguientes puntos conforme a las disposiciones del MITIC.

Persona Jurídica legalmente constituida.

Demostrar con el acta constitución de los estatus sociales que la empresa pertenece al rubro relacionado a Tecnologías de la Información y Comunicación, específicamente a provisión de software. Y verificar además con la constancia de RUC.

 

1. Copias de certificados y/o contratos ejecutados de provisión y/o facturación de ventas y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.

 

Observación:

En el caso de consorcios, se sumarán las facturaciones de venta y/o recepciones finales y/o contratos, respectivamente, de cada miembro, a los efectos de alcanzar el monto solicitado.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

  1. Planilla de datos Garantizados
  2. Deberá acreditar la autorización del fabricante y condiciones de realizar la instalación, configuración y soporte del software, según lo solicitado en la planilla de especificaciones Técnicas.
  3. Los profesionales propuestos deben radicar en el país y formar parte de la empresa, se deberá presentar currículo vitae de los perfiles requeridos.
  4. El oferente deberá incluir capacitación técnica en su oferta según lo contemplado en cada ítem del llamado.
  5. CERTIFICADOS SOLICITADOS: El oferente deberá contar con:
  • 02 (dos) técnicos certificados en el producto de virtualización de Huawei Virtualization Suite Platinum Edition los cuales deben ser staff .
  • 02 (dos) técnicos con Certificaciones de Storage nivel profesional del fabricante Huawei con ID verificable.
  • 02 (dos) técnicos certificados con ID verificable en solución de backup Veritas Backup Exec para la implementación de la solución en el entorno de la convocante los cuales deben ser staff.
  • 01 (uno) técnico certificado del fabricante MS Windows Server.
  • 01 (uno) técnico certificado del fabricante MS Enterprise Administrator on Windows Server.
  • 01 (uno) técnico certificado del fabricante MS Windows Server Active Directory.
  • 01 (uno) técnico con Certificación CompTIA Linux+ verificable, el cual debe ser staff .
  • 01 (uno) profesional con certificado vigente de PMP (Project Management Professional) certificado por el PMI (Project Manager Institute) o certificación vigente Scrum Master con reconocimiento internacional o certificaciones equivalentes, para la planificación, ejecución y control de los trabajos. Los certificados deberán estar vigentes y verificables con el fabricante.
  • La empresa deberá contar con Certificación ISO 9001: 2015 vigente en Implementación de Proyectos y Prestación de Servicios de Soluciones de Tecnología de la Información y Comunicación (Tıc’s), Infraestructura TI.

 

 

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

  1. Planilla de datos Garantizados
  2. Deberá acreditar la autorización del fabricante y condiciones de realizar la instalación, configuración y soporte del software, según lo solicitado en la planilla de especificaciones Técnicas.
  3. Los profesionales propuestos deben radicar en el país y formar parte de la empresa, se deberá presentar currículo vitae de los perfiles requeridos.
  4. El oferente deberá incluir capacitación técnica en su oferta según lo contemplado en cada ítem del llamado.
  5. CERTIFICADOS SOLICITADOS: El oferente deberá contar con:
  • 02 (dos) técnicos certificados en el producto de virtualización de Huawei Virtualization Suite Platinum Edition los cuales deben ser staff.
  • 02 (dos) técnicos con Certificaciones de Storage nivel profesional del fabricante Huawei con ID verificable, los cuales deben ser staff .
  • 02 (dos) técnicos certificados con ID verificable en solución de backup Veritas Backup Exec para la implementación de la solución en el entorno de la convocante los cuales deben ser staff.
  • 01 (uno) técnico certificado del fabricante MS Windows Server.
  • 01 (uno) técnico certificado del fabricante MS Enterprise Administrator on Windows Server.
  • 01 (uno) técnico certificado del fabricante MS Windows Server Active Directory.
  • 01 (uno) técnico con Certificación CompTIA Linux+ verificable, el cual debe ser staff .
  • 01 (uno) profesional con certificado vigente de PMP (Project Management Professional) certificado por el PMI (Project Manager Institute) o certificación vigente Scrum Master con reconocimiento internacional o certificaciones equivalentes, para la planificación, ejecución y control de los trabajos. Los certificados deberán estar vigentes y verificables con el fabricante.
  • La empresa deberá contar con Certificación ISO 9001: 2015 vigente en Implementación de Proyectos y Prestación de Servicios de Soluciones de Tecnología de la Información y Comunicación (Tıc’s), Infraestructura TI.

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

DDJJ mediante el cual, el oferente se compromete en caso de ser adjudicado a contar con firma electrónica cualificada para la suscripción del respectivo contrato y todos los demás documentos relativos a la relación contractual , de conformidad con las normativas que rigen la firma electrónica (Ley N.° 6822/2021 "DE LOS SERVICIOS DE CONFIANZA PARA LAS TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS, DEL DOCUMENTO ELECTRÓNICO Y LOS DOCUMENTOS TRANSMISIBLES ELECTRÓNICOS, y su reglamentación, Decreto del Poder Ejecutivo N.º 7576/2022), como en virtud de lo establecido en la Ley N.º 6562/2020 DE LA REDUCCIÓN DE LA UTILIZACIÓN DE PAPEL EN LA GESTIÓN PÚBLICA Y SU REEMPLAZO POR EL FORMATO DIGITAL, conocida como Papel Cero, y su reglamentación, Decreto del Poder Ejecutivo N.º 4845/2021.

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Para los casos de ajustes de precios de las ofertas electrónicas, toda vez que se hayan realizado lances durante la etapa competitiva, el oferente deberá ajustar su listado de ítems al precio final de la competencia electrónica, a través del módulo de ofertas electrónicas.

Si como consecuencia del resultado de la división del precio total subastado respecto a la cantidad, se obtuviere una cifra con decimales, se deberá realizar el redondeo del mismo hacia abajo, de modo a que el precio total no supere al que figure en el Acta de Sesión Pública Virtual como precio final, conforme al sistema de adjudicación establecido (ítem, lote, total).

En la consignación de los precios unitarios finales, el oferente no podrá aumentar el precio unitario cargado inicialmente para la presentación de ofertas electrónicas e inicio de la etapa competitiva.

En caso de que el oferente no haya realizado lance durante la etapa competitiva, los precios permanecerán invariables.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el vencedor de cada grupo subastado será el que lo haya ingresado primero

  1. Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.