Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
21 punto 18 del pbc, pag 87 En el Punto 18 de la pag. 87 donde dice ?Los oferentes que no cuenten con el Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación y Almacenamiento y que usufructúa instalaciones de otra empresa, deberá presentar contrato de alquiler vigente entre las empresas., y Considerando que el Certificado de buenas Prácticas y almacenamiento además de garantizar la calidad en el proceso de fabricación, también certifica el buen resguardo de los productos y con ello su eficacia y propiedad; considerando que legalmente (Código Sanitario) un contrato de alquiler no puede sustituir el Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación y Almacenamiento; considerando que de mantener este requisito y condición JAMÁS ESTABLECIDA EN OTRO PLIEGO, cualquier oferente sin reunir, ni tampoco poder certificar las más mínimas condiciones preestablecidas, pueda de manera subrepticia suscribir un contrato de alquiler al solo efecto de cumplir este requisito. Solicitamos la exclusión del punto 18 por su notoria nulidad.- 07-03-2011
22 Balance impositivo siendo que nuestra empresa ya cuenta con balance impositivo 2010, se solicita incluir el mismo en reemplazo del balance 2007. Quedando entonces la presentación de los balances 2008, 2009 y 2010, dando de ésta manera un informe mucho más preciso de la situación patrimonial e impositiva del proveedor. 07-03-2011
23 Capacidad financiera Con respecto al capital corriente se especifica el balance general del último año. Entendemos que esto se refiere al año 2010, debido a quenuestra empresa ya cuenta con el balance 2010. 07-03-2011
24 Registro Sanitario Al tratarse de un producto que en un 100% es hospitalario sin posibilidad de vender al mercado privado y teniendo una Resolucion de Registro Sanitario de diciembre del 2009, otorgado por el M.S.P. y ea la fecha estamos en espera del Dictamen Final del M.S.P. en cumpliento con el Resolución S.G. Nº 299 de fecha 14/05/2099. Es posible presentarnos con este Certificado de Registro Sanitario y luego a requerimiento del convocante adjuntar la emitida por el M.S.P. ya que estariamos recibiendo la misma antes de la adjudicacion, 07-03-2011
25 Consulta En el improbable, inconstitucional y lesivo caso en que la convocante resuelva aplicar el decreto 6225 y considerando que el Art. 2 inc. a) del mismo dispone: ?En las contrataciones públicas nacionales para la adquisición de bienes y productos industrializados o manufacturados, si la oferta evaluada por la más baja es una oferta de un bien importado, esta será comparada con la oferta más baja del bien producido en el Paraguay, agregándole al precio total del bien importado una suma equivalente al cuarenta por ciento (40%) de preferencia en la contratación particular. Si en dicha comparación adicional, la oferta del bien producido en el Paraguay resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta del producto importado y luego el Art. 4 del mismísimo decreto establece diametralmente lo contrario: Si como resultado de la comprobación de ofertas, la oferta evaluada como la más baja es una oferta de un bien importado, ésta será comparada a continuación con la oferta más baja del bien producido en el Paraguay que cuente con el porcentaje de contenido nacional superior al cuarenta por ciento (40%). Para esta comparación adicional, se le agregará al precio total del bien importado una suma que no podrá exceder del diez por ciento (10%) de dicho precio.? CONSULTAMOS: Para lograr el objetivo, acaso no es más conveniente aplicar el Art. 4 que dice: no podrá exceder del 10%, estableciendo para esta licitación el promedio del 5%.- 20-03-2011
26 Evaluación En el improbable, inconstitucional y lesivo caso en que la convocante resuelva aplicar el decreto 6225 y considerando que el art. 3 del mismo, determina la fórmula para el cálculo del porcentaje de contenido nacional de un producto CONSULTAMOS: ? Enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para demostrar que la mano de obra, materias primas y los insumos provenientes del Paraguay representan un 40% del precio EXW puesto en la fábrica de producción.- ? En qué condiciones legales de vigencia, inscripción y otro deben ser presentados los documentos más arriba individualizados, para que el comité evaluador considere su validez? ? Enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para demostrar que la fabrica en que se producirán o armaran tales bienes ha estado produciendo o armando los productos de ese tipo por lo menos desde la época en que el oferente presento su oferta.- ? En qué condiciones legales de vigencia, inscripción y otro deben ser presentados los documentos más arriba individualizados, para que el comité evaluador considere su validez? ? Enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para demostrar que el producto final es obtenido íntegramente a partir de materias primas de origen nacional o empleando materias primas importadas, siempre que estas últimas experimenten una transformación en su composición, forma o estructura original ? En qué condiciones legales de vigencia, inscripción y otro deben ser presentados los documentos más arriba individualizados, para que el comité evaluador considere su validez? ? Enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para demostrar que el proceso de transformación confirió una nueva individualidad al producto final.- ? En qué condiciones legales de vigencia, inscripción y otro deben ser presentados los documentos más arriba individualizados, para que el comité evaluador considere su validez? ? Enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para demostrar que la nueva individualidad del producto final se encuentre caracterizada por el hecho de estar clasificado en una partida arancelaria (primeros cuatro (4) dígitos de la Nomenclatura Común del MERCOSUR NCM) diferente a la de los insumos y materiales importados (salto de partida arancelaria).- ? En qué condiciones legales de vigencia, inscripción y otro deben ser presentados los documentos más arriba individualizados, para que el comité evaluador considere su validez? 20-03-2011
27 Consulta Siendo que de este proceso depende la mayor provisión anual de medicamentos para el IPS y entendiendo de la Adenda Nº3 que la convocante aplicara el Decreto 6225 y con ello se aplicara un margen de preferencia del 40% que restringirá la participación del sector importador, y como consecuencia de ello no lograra el objetivo de contar con los medicamentos requeridos viéndose afectado y colapsado la totalidad del servicio de Salud del IPS; CONSULTAMOS: En razón a que el decreto 6225 establece en su art 11 ?Facúltase a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, a reglamentar todos aquellos aspectos que garanticen la efectividad en el cumplimiento de los objetivos y a modificar los márgenes de preferencias contemplados en este Decreto?, y para cumplir el objetivo, necesariamente es necesario reducir el margen de preferencia del 40%, solicitamos se remitan los antecedente a la DNCP a efectos que ella con sus atribuciones disponga para este proceso el margen del 5%o mantenido normalmente para licitación de productos de esta naturaleza.- 21-03-2011
28 Consulta Entendiendo que el principio de Irretroactividad de la LEY se fundamenta en la necesidad de dar estabilidad al ordenamiento jurídico, porque sin el mencionado principio se presentan confusiones sobre la oportunidad de regulación, de suerte que en muchas ocasiones con una conveniencia presente se regulaba una situación pasada, que resultaba exorbitante al sentido de la justicia, por falta de adecuación entre el supuesto de hecho y la consecuencia jurídica, considerando que el citado principio no puede ser objeto de interpretación y prevaleciendo esta garantía constitucional por encima de cualquier decreto, solicitamos que la modificación realizada en la Adenda 3 punto 2 CRITERIOS DE EVALUACION Y REQUISITOS DE CALIFICACION Comparación de ofertas Párrafo 7 sea excluida, en virtud a que el decreto fue promulgado mucho posterior al conocimiento del Pliego y con ello se ha perjudicado enormemente el lograr el objetivo de este proceso de contratación. Todo lo anteriormente expuesto por así corresponder a derecho, debiendo este proceso no contar con margen de preferencia alguno.- 21-03-2011
29 Consulta Atento a que en la LICITACION PÚBLICA NACIONAL Nº 03/11 ?ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS VARIOS DESGLOSADOS SEGÚN PRESENTACION Y FORMA FARMACEUTICA PARA EL IPS se ha establecido un margen de preferencia del 10% y en la presente licitación LICITACION 02/11 ADQUSICION DE MEDICAMENTOS VARIOS PARA EL IPS cuyo objetivo es mayor, se ha establecido un margen de preferencia del 40% CONSULTAMOS Podría el IPS, previa autorización de la DNCP establecer el mismo margen establecido en la 03/11 o en su caso disminuirlo para cumplir con el objetivo material de la contratación.- 21-03-2011
30 Consulta En el improbable, inconstitucional y lesivo caso en que la convocante resuelva aplicar el decreto 6225 y considerando que el Art. 2 inc. a) del mismo dispone: ?En las contrataciones públicas nacionales para la adquisición de bienes y productos industrializados o manufacturados, si la oferta evaluada por la más baja es una oferta de un bien importado, esta será comparada con la oferta más baja del bien producido en el Paraguay, agregándole al precio total del bien importado una suma equivalente al cuarenta por ciento (40%) de preferencia en la contratación particular. Si en dicha comparación adicional, la oferta del bien producido en el Paraguay resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta del producto importado y luego el Art. 4 del mismísimo decreto establece diametralmente lo contrario: Si como resultado de la comprobación de ofertas, la oferta evaluada como la más baja es una oferta de un bien importado, ésta será comparada a continuación con la oferta más baja del bien producido en el Paraguay que cuente con el porcentaje de contenido nacional superior al cuarenta por ciento (40%). Para esta comparación adicional, se le agregará al precio total del bien importado una suma que no podrá exceder del diez por ciento (10%) de dicho precio.? CONSULTAMOS: Para lograr el objetivo, acaso no es más conveniente aplicar el Art. 4 que dice: no podrá exceder del 10%, estableciendo para esta licitación el promedio del 5%.- 21-03-2011
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