Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 1. Capítulo I. De las embarcaciones, Sección III. Servicios Requeridos Con respecto a los documentos exigidos en el numeral 2. Informaciones requeridas, Capítulo I. De las embarcaciones, Sección III. Servicios Requeridos, solicitamos se acepte una declaración jurada de las embarcaciones con que se dispone para proveer el servicio, donde se especifique según corresponda: Nombre de la Embarcación, tipo de embarcación, bandera, potencia si es remolcador, capacidad de carga en m3, y si es o no propiedad de la empresa, por cada embarcación se debe acompañar el certificado de navegabilidad vigente y en caso que la embarcación no sea propiedad de la empresa se debe presentar también una fotocopia autenticada del documento que asegure la disponibilidad de esa embarcación para prestar servicio a Petropar. 22-12-2011
2 2. Capítulo II. De las Empresas, de la Sección III. Servicios Requ Con respecto a los documentos exigidos en los numerales 2.2.1, 2.2.2, 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4 del Capítulo II. De las Empresas, de la Sección III. Servicios Requeridos, solicitamos se acepte declaración jurada de cumplir con dichos requisitos 22-12-2011
3 Sección VII. Anexo Nº 1. Documentos que componen la oferta, ítem F Con respecto al ítem F. Documento adicional requerido, numerales 1,2,4,5,6,10; solicitamos se pueda presentar copias autenticadas de estos documentos considerando los mismos serán presentados para otra licitación con Petropar 22-12-2011
4 Seccion III Servicios Requeridos.Capitulo I de las Embarcaciones, numeral 2.2.9 Consideramos se debe eliminar el ultimo párrafo en donde se pide que las embarcaciones que cuenten con certificados de calibración anteriores al 2007; deben presentar nuevos certificados 23-12-2011
5 Seccion III.Servicios Requeridos.Capitulo III del Servicio. numeral 7 Formula de Reajuste de Tarifas; considerando que las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) prevalecen sobre las Condiciones Generales del Contrato (CGC) y las diferencias en los números y términos debe ser valido lo que se redacta en las CEC, incluyendo que la cotización de referencia del producto es de U$S 505,15, y los términos para el reajuste del salario minimo. 23-12-2011
6 Seccion III ,Capitulo III , numeral 14.3.2 El tiempo permitido para la descarga en Villa Elisa para el fuel oil deberá ampliarse de 24 a 48 hora para barcazas de 2.500 M3 , ya que por la densidad del producto , la descarga de fuel oil es mas lenta que la de los productos refinados 23-12-2011
7 Seccion III, Capitulo III, numeral 14.5 Penalidades por Remanentes Se establece que los remanentes de abordo, después de la descarga serán cuantificados y debitados por Petropar. Por la naturaleza propia del fuel oil, siempre quedan residuos abordo que se convierten en una brea imposible de descargar. Este párrafo se debería cambiar, por lo siguiente: ?Cada vez que descargue una barcaza, se cuantificara el remanente abordo, y se ira llevando una cuenta corriente hasta que la barcaza sea desafectada del Servicio, y se proceda a su limpieza, momento en el cual Petropar deberá retirar los residuos de abordo, los que deberán coincidir en volumen con los registrados en la cuenta corriente 23-12-2011
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