Consulta:
Tenemos a bien dirigirnos a Ustedes en relación a los Requisitos establecidos para la participación de los oferentes, a los efectos de solicitar que el Pliego se ajuste al Segundo Nivel establecido en la Circular DNCP Nº 10/09 que dice:
Margen de Solvencia: Coeficiente mínimo: de 1,50.
Condiciones financieras mínimas:
? Patrimonio propio no Comprometido: Cinco mil millones de guaraníes
? Fondo de Garantía: Cuatro mil millones de guaraníes
? Disponibilidades (al 30 de junio del último ejercicio fenecido): Dos mil millones de guaraníes.
? Cantidad de Reaseguradores: 2 (Dos)
? Calif. Reaseguradores: BBB (Standard & Poor's)
Antigüedad mínima y experiencia con seguros con el Estado de acuerdo a lo descripto en el Pliego de Bases y Condiciones.
Dicho pedido obedece a que conforme al Pliego de referencia se limitan la libre competencia y la igualdad entre las compañías habilitadas a operar por la Superintendencia de Seguros que no hace una diferenciación en clases dependiendo de los indicadores financieros, excluyendo a prácticamente todas las compañías del mercado, fijando un nivel altísimo de capacidad financiera que no concuerda con la media del mercado.
Sin otro particular, les saludamos muy atentamente