Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Especificaciones Tecnicas y reajuste de precio Ñemby, 05 marzo de 2014.- Señores: Carlos Rojas Director de la UOC – MUNICIPALIDAD DE LUQUE Presente Me dirijo a ustedes a fin de solicitar aclaración, de la Sección III Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos ítem 1 y la Sección V Modelo del Contrato, ítem 13 del Pliego y Base de Condiciones de la Licitación Pública Nacional Nº01/2014 (Ad Referéndum)“ Adquisición de Combustibles y Lubricantes ” en las secciones de :Especificaciones Técnicas y reajuste de precios “Lote 1 Nombre de los Bienes o Servicios Especificaciones Técnicas y Normas 2 Gasoil aditivado Gasoil tipo III (Segun resolucion Nº 900/11) Ver Abajo el Grafico)” La Consulta es si lo solicitado en ítem 2 del Lote 1 es Gasoil Aditivado Tipo I , porque la Especificaciones técnicas solicitadas corresponde al Tipo III Gasoil normal o común El Gasoil Aditivado Tipo I y la Naftas; el reajuste de precios de estos productos dependen exclusivamente del precio Internacional, que se reflejan en las Estaciones de Servicios a través de cada Distribuidora de Combustibles; . Por lo expuesto más arriba solicito que el reajuste de precio sea de la siguiente manera: Para los productos combustibles, GASOIL (ADITIVA DO) Tipo I,NAFTAS : El precio será reajustado en forma automática de acuerdo al incremento o disminución que sufran los precios del mercado, reflejados en las Estaciones de Servicios del país. Esperando una respuesta positiva me despido de ustedes respetuosamente y a gratas ordenes. 05-03-2014 14-03-2014
2 solicitud de aclaracion del pbc A quien corresponda, En la Adenda N° 01/14 solicita en las Especificaciones Técnicas para el Diesel Tipo I: • Azufre Máximo 50 ppm. Esto es incorrecto ya que para este producto el Máximo es de 500 ppm. De igual forma para el Diesel Tipo III solicita: • Azufre Máximo 1.800 ppm. Esto también es incorrecto ya que para este producto el Máximo es de 2500 ppm. Solicitamos que estos cambios se realicen de forma tal a que el Pbc estee en forma correcta, y de acuerdo a la Resolución del Ministerio de Industria y Comercio N° 900/2011 Sin otro particular me despido atte. Lic. Victor Yambay Representante 13-03-2014 18-03-2014
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