ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
5 - RESPIRACIÓN:
5.1 - Rango: Adulto/Pediátrico: de 4 (+0,04) a 120 resp/m (+ 12 resp/m); Neonatal: de 4 (+0,04) a 180 resp/min (+ 18 resp/m)
5.2 - Rango de ganancia de 0,1 (+ 0,01) a 5 cm/Ohm (+ 0,5 cm/Ohm)
02-10-2015
07-10-2015
ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
5 - RESPIRACIÓN:
5.1 - Rango: Adulto/Pediátrico: de 4 (+0,04) a 120 resp/m (+ 12 resp/m); Neonatal: de 4 (+0,04) a 180 resp/min (+ 18 resp/m)
5.2 - Rango de ganancia de 0,1 (+ 0,01) a 5 cm/Ohm (+ 0,5 cm/Ohm)
Los parámetros solicitados son mínimos, se podrán cotizar monitores con valores superiores a los solicitados en el P.B.C
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ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
5 - RESPIRACIÓN:
5.1 - Rango: Adulto/Pediátrico: de 4 (+0,04) a 120 resp/m (+ 12 resp/m); Neonatal: de 4 (+0,04) a 180 resp/min (+ 18 resp/m)
5.2 - Rango de ganancia de 0,1 (+ 0,01) a 5 cm/Ohm (+ 0,5 cm/Ohm)
02-10-2015
07-10-2015
ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
5 - RESPIRACIÓN:
5.1 - Rango: Adulto/Pediátrico: de 4 (+0,04) a 120 resp/m (+ 12 resp/m); Neonatal: de 4 (+0,04) a 180 resp/min (+ 18 resp/m)
5.2 - Rango de ganancia de 0,1 (+ 0,01) a 5 cm/Ohm (+ 0,5 cm/Ohm)
Los parámetros solicitados son mínimos, se podrán cotizar monitores con valores superiores a los solicitados en el P.B.C
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ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
6 - TEMPERATURA
6.2 - Rango de medición: de 10 (+ 1) a 45 grados Celsius (+ 4,5°C)
02-10-2015
07-10-2015
ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
6 - TEMPERATURA
6.2 - Rango de medición: de 10 (+ 1) a 45 grados Celsius (+ 4,5°C)
Los parámetros solicitados son mínimos, se podrán cotizar monitores con valores superiores a los solicitados en el P.B.C
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ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
7 PANI
7.1 Despliegue numérico de presión no invasiva (sistólica, diastólica y media).
7.4 Rangos Sistólica: Adul/Ped: 30 (+3mmHg) a 290 mmHg (+20mmHg), Neo: de 30 (+3mmHg) a 140mmHg (+15mmHg)
7.5 Rangos Presión Arterial Media: Adul/Ped: 20 (+2mmHg) a 260 mmHg (+26mmHg), Neo: de 20 (+2mmHg) a 125mmHg (+15mmHg)
7.6 Rangos Diastólica: Adul/Ped: 10 (+2mmHg) a 220 mmHg (+22mmHg), Neo: de 10 (+2mmHg) a 110mmHg (+11mmHg)
7.8 Tiempo máximo de determinación: Adult/Ped: 2 minutos (+ 15segundos); Neo: 85 segundos (+ 10segundos)
02-10-2015
07-10-2015
ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
7 PANI
7.1 Despliegue numérico de presión no invasiva (sistólica, diastólica y media).
7.4 Rangos Sistólica: Adul/Ped: 30 (+3mmHg) a 290 mmHg (+20mmHg), Neo: de 30 (+3mmHg) a 140mmHg (+15mmHg)
7.5 Rangos Presión Arterial Media: Adul/Ped: 20 (+2mmHg) a 260 mmHg (+26mmHg), Neo: de 20 (+2mmHg) a 125mmHg (+15mmHg)
7.6 Rangos Diastólica: Adul/Ped: 10 (+2mmHg) a 220 mmHg (+22mmHg), Neo: de 10 (+2mmHg) a 110mmHg (+11mmHg)
7.8 Tiempo máximo de determinación: Adult/Ped: 2 minutos (+ 15segundos); Neo: 85 segundos (+ 10segundos)
Los parámetros solicitados son mínimos, se podrán cotizar monitores con valores superiores a los solicitados en el P.B.C
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ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
8 PRESIÓN INVASIVA
8.2 Rango de Medición: -40 mmHg (+4mmHg) a +300 mmHg (+30mmHg)
8.4 Repuesta de frecuencia: 4 (+ 0,5Hz) a 22Hz (+ 2Hz)
8.5 - Sensibilidad del traductor: 5uV/V/mmHg (+ 0,5uV/V/mmHg)
02-10-2015
07-10-2015
ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
8 PRESIÓN INVASIVA
8.2 Rango de Medición: -40 mmHg (+4mmHg) a +300 mmHg (+30mmHg)
8.4 Repuesta de frecuencia: 4 (+ 0,5Hz) a 22Hz (+ 2Hz)
8.5 - Sensibilidad del traductor: 5uV/V/mmHg (+ 0,5uV/V/mmHg)
El oferente debera ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
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ÍTEM Nº 2: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI NEONATAL.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
3 - ECG:
3.3 - Velocidad de barrido: 12.5, 25 y 50 mm/s (+ 2,5mm/s)
3.4 Rango de ganancia de 0,2 (+ 0,02cm/mV) a 5 cm/mV (+ 0,5cm/mV)
3.5 - Medición de frecuencia cardiaca: 30 lpn (+ 3lpm) a 300 lpn (+ 30 lpn)
3.6 - Ancho de banda: Monitor: 0,5 Hz (+ 0,05 Hz) a 40Hz (+ 4 Hz); ST: 0,05 (+ 0,005 Hz) a 40 Hz (+ 4Hz); Diagnostico: 0,05 (+ 0,005 Hz) a 150Hz (+ 15 Hz)
3.7 - Rango de 2 a 7020mV ( + 200mV). Amplitud de impulsos de 0,5 a 2 ms (+ 1ms)
3.9 - Análisis del segmento St: de -9 a + 9mm (+ 1mm)
3.10 - Resolución ST 0,1 mm (0,01mV).+ 0,01mm
3.11 - Tendencias ST hasta 72 horas (+ 12 horas)
02-10-2015
07-10-2015
ÍTEM Nº 2: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI NEONATAL.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
3 - ECG:
3.3 - Velocidad de barrido: 12.5, 25 y 50 mm/s (+ 2,5mm/s)
3.4 Rango de ganancia de 0,2 (+ 0,02cm/mV) a 5 cm/mV (+ 0,5cm/mV)
3.5 - Medición de frecuencia cardiaca: 30 lpn (+ 3lpm) a 300 lpn (+ 30 lpn)
3.6 - Ancho de banda: Monitor: 0,5 Hz (+ 0,05 Hz) a 40Hz (+ 4 Hz); ST: 0,05 (+ 0,005 Hz) a 40 Hz (+ 4Hz); Diagnostico: 0,05 (+ 0,005 Hz) a 150Hz (+ 15 Hz)
3.7 - Rango de 2 a 7020mV ( + 200mV). Amplitud de impulsos de 0,5 a 2 ms (+ 1ms)
3.9 - Análisis del segmento St: de -9 a + 9mm (+ 1mm)
3.10 - Resolución ST 0,1 mm (0,01mV).+ 0,01mm
3.11 - Tendencias ST hasta 72 horas (+ 12 horas)
Los parámetros solicitados son mínimos, se podrán cotizar monitores con valores superiores a los solicitados en el P.B.C
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ÍTEM Nº 2: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI NEONATAL
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
4 SPO2
4.1 - Rango de Medición: 0~100%.
4.2 - Frecuencia de pulso: 30 a 250 lpn (+ 20 lpn)
02-10-2015
07-10-2015
ÍTEM Nº 2: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI NEONATAL
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
4 SPO2
4.1 - Rango de Medición: 0~100%.
4.2 - Frecuencia de pulso: 30 a 250 lpn (+ 20 lpn)
Los parámetros solicitados son mínimos, se podrán cotizar monitores con valores superiores a los solicitados en el P.B.C
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ÍTEM Nº 2: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI NEONATAL.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
5 - RESPIRACIÓN:
5.1 - Rango: Adulto/Pediátrico: de 4 (+0,04) a 120 resp/m (+ 12 resp/m); Neonatal: de 4 (+0,04) a 180 resp/min (+ 18 resp/m)
5.2 - Rango de ganancia de 0,1 (+ 0,01) a 5 cm/Ohm (+ 0,5 cm/Ohm)
02-10-2015
07-10-2015
ÍTEM Nº 2: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI NEONATAL.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
5 - RESPIRACIÓN:
5.1 - Rango: Adulto/Pediátrico: de 4 (+0,04) a 120 resp/m (+ 12 resp/m); Neonatal: de 4 (+0,04) a 180 resp/min (+ 18 resp/m)
5.2 - Rango de ganancia de 0,1 (+ 0,01) a 5 cm/Ohm (+ 0,5 cm/Ohm)
Los parámetros solicitados son mínimos, se podrán cotizar monitores con valores superiores a los solicitados en el P.B.C
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ÍTEM Nº 2: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI NEONATAL
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
6 - TEMPERATURA
6.2 - Rango de medición: de 10 (+ 1) a 45 grados Celsius (+ 4,5°C)
02-10-2015
07-10-2015
ÍTEM Nº 2: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI NEONATAL
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
6 - TEMPERATURA
6.2 - Rango de medición: de 10 (+ 1) a 45 grados Celsius (+ 4,5°C)