ÍTEM Nº 2: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI NEONATAL.
En el punto 10.3 - en donde dice: Capacidad para medición futura de Gases y Entropía, ampliando la cantidad de módulos. Solicitamos a la convocante aceptar con capacidad de ampliación a módulo Entropía o BIS.
05-10-2015
07-10-2015
ÍTEM Nº 2: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI NEONATAL.
En el punto 10.3 - en donde dice: Capacidad para medición futura de Gases y Entropía, ampliando la cantidad de módulos. Solicitamos a la convocante aceptar con capacidad de ampliación a módulo Entropía o BIS.
Donde dice:
7.4 Rangos Sistolica: Adult/Ped: de 30 a 290 mmHg, Neo: de 30 a 140 nnHg
7.5 Rangos Presión Arterial Media: Adut/Ped: de 20 a 260 mmHg
7.6 Rangos Diastolica: Neo: de 10 a 110 mmHg
Se solicita a la convocante considerar ofertas que presenten los siguientes rangos
Donde dice:
7.4 Rangos Sistolica: Adult/Ped: de 30 a 270 mmHg, Neo: de 30 a 140 nnHg
7.5 Rangos Presión Arterial Media: Adut/Ped: de 20 a 235 mmHg
7.6 Rangos Diastolica: Neo: de 10 a 100 mmHg
Donde dice:
7.4 Rangos Sistolica: Adult/Ped: de 30 a 290 mmHg, Neo: de 30 a 140 nnHg
7.5 Rangos Presión Arterial Media: Adut/Ped: de 20 a 260 mmHg
7.6 Rangos Diastolica: Neo: de 10 a 110 mmHg
Se solicita a la convocante considerar ofertas que presenten los siguientes rangos
Donde dice:
7.4 Rangos Sistolica: Adult/Ped: de 30 a 270 mmHg, Neo: de 30 a 140 nnHg
7.5 Rangos Presión Arterial Media: Adut/Ped: de 20 a 235 mmHg
7.6 Rangos Diastolica: Neo: de 10 a 100 mmHg
Por todas las respuestas son adecuarse al pliego sin ninguna explicación
Considerando que a la mayoría de las consultas realizadas por los posibles oferentes el Ministerio de Salud ha respondido, Los parámetros solicitados son mínimos, se podrán cotizar monitores con valores superiores a los solicitados en el P.B.C. Sin embargo, haciendo un análisis de las especificaciones encontramos que los valores solicitados no pueden ser considerados como los mínimos, sino que más bien la mayoría sobrepasa los valores de parámetros con que cuentan la mayoría de los monitores presentes en el mercado, y por sobre todo van dirigidas al cumplimiento de una sola marca, por lo que sugerimos que los valores de los parámetros que se encuentran en el PBC sean considerados como referenciales y que se puedan cotizar valores cercanos a los solicitados.
09-10-2015
15-10-2015
Por todas las respuestas son adecuarse al pliego sin ninguna explicación
Considerando que a la mayoría de las consultas realizadas por los posibles oferentes el Ministerio de Salud ha respondido, Los parámetros solicitados son mínimos, se podrán cotizar monitores con valores superiores a los solicitados en el P.B.C. Sin embargo, haciendo un análisis de las especificaciones encontramos que los valores solicitados no pueden ser considerados como los mínimos, sino que más bien la mayoría sobrepasa los valores de parámetros con que cuentan la mayoría de los monitores presentes en el mercado, y por sobre todo van dirigidas al cumplimiento de una sola marca, por lo que sugerimos que los valores de los parámetros que se encuentran en el PBC sean considerados como referenciales y que se puedan cotizar valores cercanos a los solicitados.
Los parámetros que se encuentran en el PBC se consideran mínimos y referenciales.
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Especificaciones tecnicas 10.3 para los dos items
Con respecto al punto 10.3 donde se aclara que los módulos a incorporarse en el futuro deberán ser para medición de capnografía, gases anestésicos y entropía: Solicitamos que esta especificación sea opcional o no excluyente debido a que el llamado es para monitores para Terapia Intensiva y no para quirófanos donde se utilizan estas mediciones. Por sobre todo que solicitan entropía y no permiten el módulo bis que es exactamente lo mismo, orientando a una sola marca y no permitiendo la participación de importantes marcas del mercado, con certificados de calidad internacionales comprobados, por lo que insistimos que este punto el 10.3 sea establecido como opcional o no excluyente. Si se mantienen estas condiciones y las respuestas son las de adecuarse al pliego sin dar ninguna explicación técnica y clara o justificada, a las demás empresas del mercado no les restaría más que hacer uso de la protesta para reclamar su derecho de participar.
Con respecto al punto 10.3 donde se aclara que los módulos a incorporarse en el futuro deberán ser para medición de capnografía, gases anestésicos y entropía: Solicitamos que esta especificación sea opcional o no excluyente debido a que el llamado es para monitores para Terapia Intensiva y no para quirófanos donde se utilizan estas mediciones. Por sobre todo que solicitan entropía y no permiten el módulo bis que es exactamente lo mismo, orientando a una sola marca y no permitiendo la participación de importantes marcas del mercado, con certificados de calidad internacionales comprobados, por lo que insistimos que este punto el 10.3 sea establecido como opcional o no excluyente. Si se mantienen estas condiciones y las respuestas son las de adecuarse al pliego sin dar ninguna explicación técnica y clara o justificada, a las demás empresas del mercado no les restaría más que hacer uso de la protesta para reclamar su derecho de participar.
En unidades de terapia intensiva también podrán requerirse mediciones de CO2 y nivel de sedación. Se aclara que el parámetro BIS no es lo mismo que Entropía. Con la medición de Entropía se obtienen dos valores, Entropía de estado o actividad cerebral cortical y Entropía de respuesta o actividad muscular facial (subcortical).
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El llamado es del tipo L.C.O. hasta 10000 jornales.
Por otra parte, el llamado es del tipo LCO que permiten hasta 10.000 jornales mínimos por lo que no se podría superar los Gs. 701.560.000.- si consideramos dividirlos entre 25 monitores que es la cantidad solicitada en dos ítem, esto haría un promedio del precio del equipo de Gs. 28.062.400.- un precio muy bajo si consideraríamos todas las especificaciones solicitadas como: que sean del tipo modular y además de todos los módulos y posibilidades solicitadas, por lo que solicitamos adecuar las especificaciones a valor monetarios que permitan ser adquiridos en esta modalidad.
09-10-2015
14-10-2015
El llamado es del tipo L.C.O. hasta 10000 jornales.
Por otra parte, el llamado es del tipo LCO que permiten hasta 10.000 jornales mínimos por lo que no se podría superar los Gs. 701.560.000.- si consideramos dividirlos entre 25 monitores que es la cantidad solicitada en dos ítem, esto haría un promedio del precio del equipo de Gs. 28.062.400.- un precio muy bajo si consideraríamos todas las especificaciones solicitadas como: que sean del tipo modular y además de todos los módulos y posibilidades solicitadas, por lo que solicitamos adecuar las especificaciones a valor monetarios que permitan ser adquiridos en esta modalidad.
ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
3 - ECG:
3.3 - Velocidad de barrido: 12.5, 25 y 50 mm/s (+ 2,5mm/s)
3.4 Rango de ganancia de 0,2 (+ 0,02cm/mV) a 5 cm/mV (+ 0,5cm/mV)
3.5 - Medición de frecuencia cardiaca: 30 lpn (+ 3lpm) a 300 lpn (+ 30 lpn)
3.6 - Ancho de banda: Monitor: 0,5 Hz (+ 0,05 Hz) a 40Hz (+ 4 Hz); ST: 0,05 (+ 0,005 Hz) a 40 Hz (+ 4Hz); Diagnostico: 0,05 (+ 0,005 Hz) a 150Hz (+ 15 Hz)
3.7 - Rango de 2 a 7020mV ( + 200mV). Amplitud de impulsos de 0,5 a 2 ms (+ 1ms)
3.9 - Análisis del segmento St: de -9 a + 9mm (+ 1mm)
3.10 - Resolución ST 0,1 mm (0,01mV).+ 0,01mm
3.11 - Tendencias ST hasta 72 horas (+ 12 horas)
16-10-2015
21-10-2015
ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
3 - ECG:
3.3 - Velocidad de barrido: 12.5, 25 y 50 mm/s (+ 2,5mm/s)
3.4 Rango de ganancia de 0,2 (+ 0,02cm/mV) a 5 cm/mV (+ 0,5cm/mV)
3.5 - Medición de frecuencia cardiaca: 30 lpn (+ 3lpm) a 300 lpn (+ 30 lpn)
3.6 - Ancho de banda: Monitor: 0,5 Hz (+ 0,05 Hz) a 40Hz (+ 4 Hz); ST: 0,05 (+ 0,005 Hz) a 40 Hz (+ 4Hz); Diagnostico: 0,05 (+ 0,005 Hz) a 150Hz (+ 15 Hz)
3.7 - Rango de 2 a 7020mV ( + 200mV). Amplitud de impulsos de 0,5 a 2 ms (+ 1ms)
3.9 - Análisis del segmento St: de -9 a + 9mm (+ 1mm)
3.10 - Resolución ST 0,1 mm (0,01mV).+ 0,01mm
3.11 - Tendencias ST hasta 72 horas (+ 12 horas)
ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
4 SPO2
4.1 - Rango de Medición: 0~100%.
4.2 - Frecuencia de pulso: 30 a 250 lpn (+ 20 lpn)
16-10-2015
21-10-2015
ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
4 SPO2
4.1 - Rango de Medición: 0~100%.
4.2 - Frecuencia de pulso: 30 a 250 lpn (+ 20 lpn)
ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
5 - RESPIRACIÓN:
5.1 - Rango: Adulto/Pediátrico: de 4 (+0,04) a 120 resp/m (+ 12 resp/m); Neonatal: de 4 (+0,04) a 180 resp/min (+ 18 resp/m)
5.2 - Rango de ganancia de 0,1 (+ 0,01) a 5 cm/Ohm (+ 0,5 cm/Ohm)
16-10-2015
21-10-2015
ÍTEM Nº 1: MONITORES MULTIPARAMÉTRICOS PARA UTI AULTOS.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2051, artículo 4, inciso b) Igualdad y libre competencia, solicitamos a la Convocante incorporar los siguientes rangos de variación:
5 - RESPIRACIÓN:
5.1 - Rango: Adulto/Pediátrico: de 4 (+0,04) a 120 resp/m (+ 12 resp/m); Neonatal: de 4 (+0,04) a 180 resp/min (+ 18 resp/m)
5.2 - Rango de ganancia de 0,1 (+ 0,01) a 5 cm/Ohm (+ 0,5 cm/Ohm)