Para los ítems 49, 52, 55 y 56, solicitamos a los potenciales oferente se remitan a la Adenda 1. Con relación a los Ítems 50, 51, 53 y 54, se solicita adecuarse a lo solicitado en la Adenda N° 02.
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Item 66 Set de fibro-ureterorenoscopio
Creemos que hubo un error de tipeo en el título, ya que lo solicitado corresponde a un Set de Ureterorenoscopio semi rígido. Favor aclarar
Solicitamos considerar lo siguiente: "CGC 13.1: Se podrá otorgar un reajuste al precio del contrato por variación del tipo de cambio cuando exista un aumento de 300 puntos en tipo del mercado abierto comprador (emitido por el B.C.P.) de la moneda dólar con respecto a la moneda guaraní. El reajuste de precio deberá ser solicitado por el Contratista y aprobado por el Contratante por medio de notas oficiales. los precios reajustados, solo tendrán incidencia sobre los bienes y/o servicios aún no proveídos; y, no tendrán ningún efecto retroactivo respecto a los que ya fueron proveídos antes de la verificación del reajuste. El Precio Reajustado del Contrato, estará determinado por la siguiente fórmula: V1 = P * {(Cmc / Co) - 1} P = Precio de los Bienes Cmc = Tipo de cambio del mercado abierto comprador (emitido por el B.C.P) Guaraní / Dólar Americano, del último día hábil del mes anterior a la presentación de la factura. Co = Tipo de cambio del mercado abierto comprador (emitido por el B.C.P) Guaraní / Dólar Americano, del día de la Apertura de Ofertas, del cual deberá dejarse constancia en el Acto de Apertura de Sobres. No se reconocerán reajustes de precios si el suministro se encuentra atrasado respecto el cronograma de entregas aprobado".
Solicitamos considerar lo siguiente: "CGC 13.1: Se podrá otorgar un reajuste al precio del contrato por variación del tipo de cambio cuando exista un aumento de 300 puntos en tipo del mercado abierto comprador (emitido por el B.C.P.) de la moneda dólar con respecto a la moneda guaraní. El reajuste de precio deberá ser solicitado por el Contratista y aprobado por el Contratante por medio de notas oficiales. los precios reajustados, solo tendrán incidencia sobre los bienes y/o servicios aún no proveídos; y, no tendrán ningún efecto retroactivo respecto a los que ya fueron proveídos antes de la verificación del reajuste. El Precio Reajustado del Contrato, estará determinado por la siguiente fórmula: V1 = P * {(Cmc / Co) - 1} P = Precio de los Bienes Cmc = Tipo de cambio del mercado abierto comprador (emitido por el B.C.P) Guaraní / Dólar Americano, del último día hábil del mes anterior a la presentación de la factura. Co = Tipo de cambio del mercado abierto comprador (emitido por el B.C.P) Guaraní / Dólar Americano, del día de la Apertura de Ofertas, del cual deberá dejarse constancia en el Acto de Apertura de Sobres. No se reconocerán reajustes de precios si el suministro se encuentra atrasado respecto el cronograma de entregas aprobado".