Ley 5169/2014 - Autoridad Reguladora Radiológica y Nuclear
Un punto fundamental a tener en cuenta en este llamado, es la vigencia de la Ley 5169/2014 por la cual se crea la Autoridad Reguladora Radiológica y Nuclear, a la vista de esta normativa se regula nuestra actividad, por lo tanto se solicita por favor que sean exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones los siguientes recaudos: - Autorización como Empresa Importadora/Exportadora según el Art. 46 del Reglamento Básico de Protección Radiológica y Nuclear aprobado por Resolución -D-ARRN Nº 26/16 de fecha 22/09/2016. - Autorización para Servicio de Reparación y Mantenimiento a Equipos de Categoría 1,2 y 3 según el Art. 46 del Reglamento Básico de Protección Radiológica y Nuclear aprobado por Resolución -D-ARRN Nº 26/16 de fecha 22/09/2016. - Autorización para Servicio de Reparación y Mantenimiento a Equipos de Categoría 4 y 5 según el Art. 46 del Reglamento Básico de Protección Radiológica y Nuclear aprobado por Resolución -D-ARRN Nº 26/16 de fecha 22/09/2016. - Que el plantel técnico cuente con Registro de Trabajador Ocupacionalmente Expuesto (TOE) otorgado por la ARRN y/o al menos haya cursado y aprobado la capacitación de Protección Radiológica dictado por la Comisión Nacional de Energía Atómica CNEA, única institución designada para dicha capacitación. Esto es fundamental, ya que de lo contrario todo el llamado sería recurrible al no cumplir con la Legislación vigente.
21-06-2017
11-07-2017
Ley 5169/2014 - Autoridad Reguladora Radiológica y Nuclear
Un punto fundamental a tener en cuenta en este llamado, es la vigencia de la Ley 5169/2014 por la cual se crea la Autoridad Reguladora Radiológica y Nuclear, a la vista de esta normativa se regula nuestra actividad, por lo tanto se solicita por favor que sean exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones los siguientes recaudos: - Autorización como Empresa Importadora/Exportadora según el Art. 46 del Reglamento Básico de Protección Radiológica y Nuclear aprobado por Resolución -D-ARRN Nº 26/16 de fecha 22/09/2016. - Autorización para Servicio de Reparación y Mantenimiento a Equipos de Categoría 1,2 y 3 según el Art. 46 del Reglamento Básico de Protección Radiológica y Nuclear aprobado por Resolución -D-ARRN Nº 26/16 de fecha 22/09/2016. - Autorización para Servicio de Reparación y Mantenimiento a Equipos de Categoría 4 y 5 según el Art. 46 del Reglamento Básico de Protección Radiológica y Nuclear aprobado por Resolución -D-ARRN Nº 26/16 de fecha 22/09/2016. - Que el plantel técnico cuente con Registro de Trabajador Ocupacionalmente Expuesto (TOE) otorgado por la ARRN y/o al menos haya cursado y aprobado la capacitación de Protección Radiológica dictado por la Comisión Nacional de Energía Atómica CNEA, única institución designada para dicha capacitación. Esto es fundamental, ya que de lo contrario todo el llamado sería recurrible al no cumplir con la Legislación vigente.
El plazo máximo para la entrega de los bienes adjudicados es hasta 60 (sesenta) días para el ítem 1 e ítem 2; y de hasta 90 (noventa) días para el ítem 3; ítem 4 e ítem 5, contados a partir de la fecha de recepción de Orden de Compra, por parte del Proveedor. Como los bienes son importados, dependen de diversos factores prestablecidos en los cuales no participa el oferente: a) Fabricación. b) Permisos administrativos en su país. c) Trámites aduaneros de exportación. d) Flete internacional. Por lo tanto, el plazo establecido en el PBC es de cumplimiento imposible. Se solicita que la Convocante considere estos factores, y mínimamente pueda otorgar 120 (ciento veinte) días para la entrega de todos los ítems.
El plazo máximo para la entrega de los bienes adjudicados es hasta 60 (sesenta) días para el ítem 1 e ítem 2; y de hasta 90 (noventa) días para el ítem 3; ítem 4 e ítem 5, contados a partir de la fecha de recepción de Orden de Compra, por parte del Proveedor. Como los bienes son importados, dependen de diversos factores prestablecidos en los cuales no participa el oferente: a) Fabricación. b) Permisos administrativos en su país. c) Trámites aduaneros de exportación. d) Flete internacional. Por lo tanto, el plazo establecido en el PBC es de cumplimiento imposible. Se solicita que la Convocante considere estos factores, y mínimamente pueda otorgar 120 (ciento veinte) días para la entrega de todos los ítems.
ITEM 4. TOMOGRAFO DE 6 CORTES EN UN GIRO COMPLETO DE 360° DE CUERPO ENTERO
En el punto 3.3.2 donde dice Apertura del Gantry: 70 cm o más, para mayor participación de oferentes solicitamos modificar la solicitud de la siguiente manera Apertura del Gantry: 65 cm o más.
21-06-2017
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ITEM 4. TOMOGRAFO DE 6 CORTES EN UN GIRO COMPLETO DE 360° DE CUERPO ENTERO
En el punto 3.3.2 donde dice Apertura del Gantry: 70 cm o más, para mayor participación de oferentes solicitamos modificar la solicitud de la siguiente manera Apertura del Gantry: 65 cm o más.
Donde dice: Rango de mA: 25 a 630, o mejor.
Solicitamos modificar por: Rango de de mA: 25 a 600, o mejor
Puesto que: Actualmente se utilizan pantallas reforzadoras, que reducen la necesidad de una corriente muy elevada y, además, ninguna de las dosis estándar sugeridas en tablas parametrizadas por la OIEA emplea corrientes superiores a 300 mA, por lo que consideramos que este parámetro únicamente sirve para limitar la participación de los oferentes
Donde dice: Rango de mA: 25 a 630, o mejor.
Solicitamos modificar por: Rango de de mA: 25 a 600, o mejor
Puesto que: Actualmente se utilizan pantallas reforzadoras, que reducen la necesidad de una corriente muy elevada y, además, ninguna de las dosis estándar sugeridas en tablas parametrizadas por la OIEA emplea corrientes superiores a 300 mA, por lo que consideramos que este parámetro únicamente sirve para limitar la participación de los oferentes
Donde dice: 0.5 a 500 mAs o mejor
Solicitamos: Eliminar este parámetro puesto que lo que define la capacidad real del equipo, es el KV y mA, ya que también se están solicitando valores de tiempo de exposición, entonces con solicitar parámetros de KV y tiempo se subentiende este parámetro
Donde dice: 0.5 a 500 mAs o mejor
Solicitamos: Eliminar este parámetro puesto que lo que define la capacidad real del equipo, es el KV y mA, ya que también se están solicitando valores de tiempo de exposición, entonces con solicitar parámetros de KV y tiempo se subentiende este parámetro
Donde dice: Movimiento del tablero o cobertura del paciente o rango de escaneo longitudinal de 90 cm o mayor
Solicitamos modificar por: Movimiento del tablero o cobertura del paciente o rango de escaneo longitudinal de 85 cm o mayor
Puesto que: La mesa no contempla función de escopía, por lo que la región de interés siempre estará en el rango del tamaño del chasis más grande que soporta el equipo (43 cm en este caso) un movimiento mayor a este no tiene sentido, más aún, considerando que al paciente se le coloca en la posición donde se debe tomar la radiografía.
Donde dice: Movimiento del tablero o cobertura del paciente o rango de escaneo longitudinal de 90 cm o mayor
Solicitamos modificar por: Movimiento del tablero o cobertura del paciente o rango de escaneo longitudinal de 85 cm o mayor
Puesto que: La mesa no contempla función de escopía, por lo que la región de interés siempre estará en el rango del tamaño del chasis más grande que soporta el equipo (43 cm en este caso) un movimiento mayor a este no tiene sentido, más aún, considerando que al paciente se le coloca en la posición donde se debe tomar la radiografía.
Solicitan 30 unidades de chasis para placa radiográfica pero los mismos no contemplan pantalla reforzadora normalmente se proveen por separado. Favor indicar si se deben proveer pantallas reforzadoras y de qué características
Solicitan 30 unidades de chasis para placa radiográfica pero los mismos no contemplan pantalla reforzadora normalmente se proveen por separado. Favor indicar si se deben proveer pantallas reforzadoras y de qué características
Para el Item 3, punto 3.6 se solicita lo siguiente: "Ruido de la imagen: mayor o igual a 0,35%. Solicitamos aclarar qué parámetros se deben tener en cuenta para la medición del ruido de la imagen, cuál es la referencia para este índice y en qué circunstancias se debe cumplir con este punto. Sugerimos eliminar el punto, ya que los parámetros de medición podrían no ser idénticos en los diferentes fabricantes. La calidad de la imagen está definida normalmente por la resolución de alto y bajo contraste, aspecto ya mencionado en otros puntos de las especificaciones técnicas.
Para el Item 3, punto 3.6 se solicita lo siguiente: "Ruido de la imagen: mayor o igual a 0,35%. Solicitamos aclarar qué parámetros se deben tener en cuenta para la medición del ruido de la imagen, cuál es la referencia para este índice y en qué circunstancias se debe cumplir con este punto. Sugerimos eliminar el punto, ya que los parámetros de medición podrían no ser idénticos en los diferentes fabricantes. La calidad de la imagen está definida normalmente por la resolución de alto y bajo contraste, aspecto ya mencionado en otros puntos de las especificaciones técnicas.
Para el item 3, punto 4.3 de las especificaciones técnicas solicitan 2 o más detectores por 720 canales o superior. Solicitamos aclarar si la cantidad de canales solicitada corresponde al total de canales para cada corte. En caso de tratarse de la cantidad de canales para cada fila de detectores, solicitamos modificar este punto a al menos 670 canales por cada fila de detectores.
Para el item 3, punto 4.3 de las especificaciones técnicas solicitan 2 o más detectores por 720 canales o superior. Solicitamos aclarar si la cantidad de canales solicitada corresponde al total de canales para cada corte. En caso de tratarse de la cantidad de canales para cada fila de detectores, solicitamos modificar este punto a al menos 670 canales por cada fila de detectores.
Las EE.TT. requeridas son mínimas. Ajustarse a la Adenda N° 7.
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Item 3, punto 5.2
Para el ítem 3, punto 5.2 se solicita "Tasa de refigeración: 347 KHU o más" Este parámetro está directamente relacionado con el desempeño de este componente, por lo que se sugiere solicitar por lo menos 750 KHU por minuto o más.
Para el ítem 3, punto 5.2 se solicita "Tasa de refigeración: 347 KHU o más" Este parámetro está directamente relacionado con el desempeño de este componente, por lo que se sugiere solicitar por lo menos 750 KHU por minuto o más.