Consulta:
El vencimiento de los medicamentos debe ser de 18 (dieciocho) meses, contados a partir de la fecha de entrega en el lugar indicado en la Orden de Compra. Si por la naturaleza de los mismos o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del producto deberá ser autorizada por la Dirección General de Gestión de Insumos Estrategicos en Salud (Nota de Autorización) y Carta de Compromiso de Canje.
Para productos con vencimiento menor a 18 (dieciocho) meses o menos, la recepción del producto deberá ser autorizada por la Dirección General de Gestión de Insumos Estrategicos en Salud (Nota de Autorización), Carta de Compromiso de Canje y Poliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del numero de Lote; que seran entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 (tres) meses posteriores a la fecha del vencimiento del producto a entregar.
Consulta: En el segundo parrafo no debería decir "Para productos con vencimiento menor a 15 (quince) meses", puesto que en ambos parrafos se menciona 18 (dieciocho) meses. Favor aclarar.