Sección II. Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación 2. REQUISITOS PARA CALIFICACIÓN POSTERIOR (IAO 35). 2.1. Capacidad financiera Punto.d. Capital Operativo: (Activo Corriente Pasivo Corriente):
Las empresas o sociedades, deberán poseer un capital no inferior al 5%(cinco por ciento) del monto total de la oferta, lo cual será corroborado por medio del Balance General del ejercicio 2016. En este Punto solicitan un capital Operativo del 5% sin embargo en el párrafo siguiente dice:
El oferente deberá poseer 50 % (cincuenta por ciento) de saldo financiero en caja en relación a la Oferta en los tres últimos meses a la apertura de la oferta, debidamente comprobado en entes financieros de plaza, que reflejen la solvencia económica, financiera inmediata, demostrado a través de los extractos bancarios.
CONSULTAMOS 1- CUAL DE LOS 2 REQUISITOS SE DEBERÁ CUMPLIR? YA QUE AMBOS TRATA DE CAPITAL OPERATIVO PERO CON DIFERENTES PORCENTAJES.
2- LOS EXTRACTOS BANCARIOS SON DOCUMENTOS PRIVADOS Y SENCIBLES DE UNA EMPRESA COMO PARA EXPONERLOS PUBLICAMENTE POR LO QUE SOLICITAMOS SE TENGA EN CUENTA UNICAMENTE EL BALANCES DONDE ESTAN LAS CUENTAS CAJAS O BANCO A FIN DE CORROBORAR EL PORCENTAJE SOLICITADO UNA VEZ UNIFICADOS 5% O 50% TAL COMO SE SOLICITA EN EL PUNTO d CAPITAL OPERATIVO.
Sección II. Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación 2. REQUISITOS PARA CALIFICACIÓN POSTERIOR (IAO 35). 2.1. Capacidad financiera Punto.d. Capital Operativo: (Activo Corriente Pasivo Corriente):
Las empresas o sociedades, deberán poseer un capital no inferior al 5%(cinco por ciento) del monto total de la oferta, lo cual será corroborado por medio del Balance General del ejercicio 2016. En este Punto solicitan un capital Operativo del 5% sin embargo en el párrafo siguiente dice:
El oferente deberá poseer 50 % (cincuenta por ciento) de saldo financiero en caja en relación a la Oferta en los tres últimos meses a la apertura de la oferta, debidamente comprobado en entes financieros de plaza, que reflejen la solvencia económica, financiera inmediata, demostrado a través de los extractos bancarios.
CONSULTAMOS 1- CUAL DE LOS 2 REQUISITOS SE DEBERÁ CUMPLIR? YA QUE AMBOS TRATA DE CAPITAL OPERATIVO PERO CON DIFERENTES PORCENTAJES.
2- LOS EXTRACTOS BANCARIOS SON DOCUMENTOS PRIVADOS Y SENCIBLES DE UNA EMPRESA COMO PARA EXPONERLOS PUBLICAMENTE POR LO QUE SOLICITAMOS SE TENGA EN CUENTA UNICAMENTE EL BALANCES DONDE ESTAN LAS CUENTAS CAJAS O BANCO A FIN DE CORROBORAR EL PORCENTAJE SOLICITADO UNA VEZ UNIFICADOS 5% O 50% TAL COMO SE SOLICITA EN EL PUNTO d CAPITAL OPERATIVO.
Consultamos si el FORMULARIO N° 5 - PLANILLA DE PAGO AL PERSONAL reviste carácter formal o sustancial, dado que no se encuentra indicado en el Anexo I - DOCUMENTOS QUE COMPONEN LA OFERTA, del Pliego de Bases y Condiciones, sin se pueda entender si la falta de presentación de dicha documentación, o su presentación deficiente, constituye causal de rechazo de la oferta. O en su defecto, si la falta de presentación del mismo, o su presentación deficiente puede ser subsanado.
Consultamos si el FORMULARIO N° 5 - PLANILLA DE PAGO AL PERSONAL reviste carácter formal o sustancial, dado que no se encuentra indicado en el Anexo I - DOCUMENTOS QUE COMPONEN LA OFERTA, del Pliego de Bases y Condiciones, sin se pueda entender si la falta de presentación de dicha documentación, o su presentación deficiente, constituye causal de rechazo de la oferta. O en su defecto, si la falta de presentación del mismo, o su presentación deficiente puede ser subsanado.
EL FORMULARIO N° 5 PLANILLA DE PAGO AL PERSONAL CONSTITUYE UN DOCUMENTO FORMAL NO SUSTANCIAL QUE DEBE SER PRESENTADO POR EL OFERENTE.
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FORMULARIO N° 5 - PLANILLA DE PAGO AL PERSONAL
Se verifica que en dicha planilla no se contemplan pagos de observancia obligatoria, tal como es las vacaciones. En este sentido, consultamos si ¿dicho formulario puede ser modificado por el oferente para incluir los items que indefectiblemente deben ser observados?
Asimismo, consultamos si en este caso la Convocante exigirá la previsión de Indemnizaciones y Pre avisos, esto considerando los criterios adoptados por el SNPP en licitaciones anteriores.
Se verifica que en dicha planilla no se contemplan pagos de observancia obligatoria, tal como es las vacaciones. En este sentido, consultamos si ¿dicho formulario puede ser modificado por el oferente para incluir los items que indefectiblemente deben ser observados?
Asimismo, consultamos si en este caso la Convocante exigirá la previsión de Indemnizaciones y Pre avisos, esto considerando los criterios adoptados por el SNPP en licitaciones anteriores.
EL FORMULARIO DEBE SER PRESENTADO CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, EN CONCORDANCIA CON EL PLIEGO ESTANDAR. EN CASO DE INDEMNIZACIONES, PRE AVISOS Y OTROS BENEFICIOS LABORALES, LOS MISMOS DEBERAN SER CUMPLIDOS CONFORME A LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN MATERIA LABORAL.
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Aclaración
Adenda 1 Requisitos para la Calificación posterior. Capacidad Financiera.
El oferente deberó poseer 50 % (cincuento por ciento) de soldo finonciero en cojo en relación o lo Oferta,
en los tres últimos meses o lo operturo de lo oferta, debidomente comprobado en entes findnc¡eros de
plozo, que reflejen la solvencio económico, financ¡ero ¡nmed¡ato, demostrodo a través de los extroctos
boncarios, constoncias o cert¡f¡cdos bancorios.
LOS EXTRACTOS BANCARIOS SON DOCUMENTOS PRIVADOS DE UNA EMPRESA Y NO PUEDEN SER EXPUESTOS PUBLICAMENTE. TAMBIEN CONSIDERAMOS QUE ESTE REQUISITO LIMITA LA PARTICIPACION DE OFERENTES Y LA LIBRE COMPETENCIA.
SOLICITAMOS QUE ESTE REQUISITO SEA CUMPLIDO CON LA PRESENTACION DE LOS BALANCES DONDE SE PUEDE CORROBORAR EL CAPITAL OPERATIVO DE CADA OFERENTE. O CON LA PRESENTACION DE FLUJO DE CAJA A FIN DE SALVAGUARDAR LA PRIVACIDAD DE LA EMPRESA EXPONIENDO DOCUMENTOS PRIVADOS Y SENSIBLES.
Adenda 1 Requisitos para la Calificación posterior. Capacidad Financiera.
El oferente deberó poseer 50 % (cincuento por ciento) de soldo finonciero en cojo en relación o lo Oferta,
en los tres últimos meses o lo operturo de lo oferta, debidomente comprobado en entes findnc¡eros de
plozo, que reflejen la solvencio económico, financ¡ero ¡nmed¡ato, demostrodo a través de los extroctos
boncarios, constoncias o cert¡f¡cdos bancorios.
LOS EXTRACTOS BANCARIOS SON DOCUMENTOS PRIVADOS DE UNA EMPRESA Y NO PUEDEN SER EXPUESTOS PUBLICAMENTE. TAMBIEN CONSIDERAMOS QUE ESTE REQUISITO LIMITA LA PARTICIPACION DE OFERENTES Y LA LIBRE COMPETENCIA.
SOLICITAMOS QUE ESTE REQUISITO SEA CUMPLIDO CON LA PRESENTACION DE LOS BALANCES DONDE SE PUEDE CORROBORAR EL CAPITAL OPERATIVO DE CADA OFERENTE. O CON LA PRESENTACION DE FLUJO DE CAJA A FIN DE SALVAGUARDAR LA PRIVACIDAD DE LA EMPRESA EXPONIENDO DOCUMENTOS PRIVADOS Y SENSIBLES.
Capacidad Financiera: El Oferente deberá poseer 50% de saldo financiero en caja......demostrado a través de extractos bancarios...
El extracto bancario y/o constancia es documentación sensible y privada de una empresa por lo que no corresponde su publicación. La información financiera esta contenida dentro del balance correspondiente y consideramos suficiente respaldo documental para demostrar la solvencia de las empresas y su Capacidad Financiera. Consultamos el alcance de esta exigencia y nos aclare en que articulo y/o resolución de la Ley 2051 obliga a presentar este tipo de documentación a las empresas sin violar la privacidad y atentar el derecho a la libre competencia.
Capacidad Financiera: El Oferente deberá poseer 50% de saldo financiero en caja......demostrado a través de extractos bancarios...
El extracto bancario y/o constancia es documentación sensible y privada de una empresa por lo que no corresponde su publicación. La información financiera esta contenida dentro del balance correspondiente y consideramos suficiente respaldo documental para demostrar la solvencia de las empresas y su Capacidad Financiera. Consultamos el alcance de esta exigencia y nos aclare en que articulo y/o resolución de la Ley 2051 obliga a presentar este tipo de documentación a las empresas sin violar la privacidad y atentar el derecho a la libre competencia.