EETT N° 07.30.21-A Rev.3 Artefacto de Alumbrado Público.
Ítem 5.1 - Solicitud: Para luminárias tipo C, el cuerpo óptico debe ser en aluminio estampado, independiente del alojamiento. Pregunta: El cuerpo óptico de la luminária reflector estampado, puede ser ofrecido con cubierta en alumínio inyectado? Ofreciendose un material tecnicamente superior, cubriendo el reflector y alojamiento de los equipos?
19-03-2018
22-03-2018
EETT N° 07.30.21-A Rev.3 Artefacto de Alumbrado Público.
Ítem 5.1 - Solicitud: Para luminárias tipo C, el cuerpo óptico debe ser en aluminio estampado, independiente del alojamiento. Pregunta: El cuerpo óptico de la luminária reflector estampado, puede ser ofrecido con cubierta en alumínio inyectado? Ofreciendose un material tecnicamente superior, cubriendo el reflector y alojamiento de los equipos?
Sobre el punto, remitirse a la Respuesta ANDE N° 9.
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Simultaneidad con la LPI 1368/2018
Solicitamos una prórroga en el plazo de la competencia de tal forma a que no coincida con la LPI 1363/2018, ya que las mismas son en simultáneo y no podremos realizar competencia acorde a la magnitud del llamado, y ambas licitaciones son muy importantes para nosotros.
Gracias.
Solicitamos una prórroga en el plazo de la competencia de tal forma a que no coincida con la LPI 1363/2018, ya que las mismas son en simultáneo y no podremos realizar competencia acorde a la magnitud del llamado, y ambas licitaciones son muy importantes para nosotros.
Gracias.
Al respecto, les solicitamos ajustarse a los plazos establecidos en el Portal.
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EE.TT.Nº 07.50.33 Rev.02 - INTERRUPTOR FOTOELECTRÓNICO PARA ALUMBRADO PÚBLICO
1º) En la página 4/18 de la Especificación Técnica ANDE nº 07.50.33 Rev. 2, ítem 4.3.3 Base del Montaje, solicita que la base del montaje permita su remoción sin presentar daño alguno a la tapa.
Los antiguos Interruptores Fotoelectrónicos poseen grado de protección IP23, de acuerdo con la norma NBR 5123:1998. Los Interruptores Fotoelectrónicos antiguos poseían dispositivos internos de ajuste, que precisaban ser ajustados durante la vida. Para atender esas dos características los mismos eran construídos de manera a ser posible la abertura.
Actualmente, con la nueva tecnología de Interruptores Fotoelectrónicos, no son más necesarios referidos ajustes y también debido al grado de protección de los Interruptores Fotoelectrónicos ser más elevado, todos los modelos ofertados en el mercado son cerrados sob presión. Acreditamos que la especificación de remoción de la tapa sea una especificación no aplicable para Interruptores Fotoelectrónicos con grado de protección IP 67.
Aclaración: El producto que tiene la tapa removible no puede ofrecer un grado de protección mayor que IP 23, perjudicando el grado de protección IP 67 solicitado por la ANDE.
Solicitamos aclarar ese punto?
19-03-2018
22-03-2018
EE.TT.Nº 07.50.33 Rev.02 - INTERRUPTOR FOTOELECTRÓNICO PARA ALUMBRADO PÚBLICO
1º) En la página 4/18 de la Especificación Técnica ANDE nº 07.50.33 Rev. 2, ítem 4.3.3 Base del Montaje, solicita que la base del montaje permita su remoción sin presentar daño alguno a la tapa.
Los antiguos Interruptores Fotoelectrónicos poseen grado de protección IP23, de acuerdo con la norma NBR 5123:1998. Los Interruptores Fotoelectrónicos antiguos poseían dispositivos internos de ajuste, que precisaban ser ajustados durante la vida. Para atender esas dos características los mismos eran construídos de manera a ser posible la abertura.
Actualmente, con la nueva tecnología de Interruptores Fotoelectrónicos, no son más necesarios referidos ajustes y también debido al grado de protección de los Interruptores Fotoelectrónicos ser más elevado, todos los modelos ofertados en el mercado son cerrados sob presión. Acreditamos que la especificación de remoción de la tapa sea una especificación no aplicable para Interruptores Fotoelectrónicos con grado de protección IP 67.
Aclaración: El producto que tiene la tapa removible no puede ofrecer un grado de protección mayor que IP 23, perjudicando el grado de protección IP 67 solicitado por la ANDE.
Solicitamos aclarar ese punto?
Se aclara que el grado de protección mínimo del IFE es de IP 67, y la base del montaje no es removible de la tapa.
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EE.TT.Nº 07.50.33 Rev.02 - INTERRUPTOR FOTOELECTRÓNICO PARA ALUMBRADO PÚBLICO
En la página 5/18 de la Especificación Técnica ANDE nº 07.50.33 Rev. 2, ítem 4.4 Marcación, solicita que en la superficie de la tapa del relé debe figurar en sobrerrelieve de forma legible e indeleble la siguiente información, como mínimo:
a) Administración Nacional de Electricidad ANDE
b) Número de Licitación y Año de la Licitación;
c) Marca;
d) Fabricante;
e) Procedencia;
f) Modelo;
g) Año de Fabricación;
h) Norma de Fabricación;
i) Orientación del sensor del Interruptor Fotoelectrónico.
Aclaración: Es posible figurar el ítems b), e), g) y h) marcado de forma legible e indeleble en la base del montaje?
19-03-2018
22-03-2018
EE.TT.Nº 07.50.33 Rev.02 - INTERRUPTOR FOTOELECTRÓNICO PARA ALUMBRADO PÚBLICO
En la página 5/18 de la Especificación Técnica ANDE nº 07.50.33 Rev. 2, ítem 4.4 Marcación, solicita que en la superficie de la tapa del relé debe figurar en sobrerrelieve de forma legible e indeleble la siguiente información, como mínimo:
a) Administración Nacional de Electricidad ANDE
b) Número de Licitación y Año de la Licitación;
c) Marca;
d) Fabricante;
e) Procedencia;
f) Modelo;
g) Año de Fabricación;
h) Norma de Fabricación;
i) Orientación del sensor del Interruptor Fotoelectrónico.
Aclaración: Es posible figurar el ítems b), e), g) y h) marcado de forma legible e indeleble en la base del montaje?
Al respecto, es posible opcionalmente que estén indicados solo los ítems b), e), g) y h), marcados en sobre relieve de forma legible e indeleble con la información de referencia, en la base del montaje del IFE. Los demás ítem a), c), d), f) e I) deben figurar en sobre relieve de forma legible e indeleble en la superficie de la tapa del relé.
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EE.TT.Nº 07.50.33 Rev.02 - INTERRUPTOR FOTOELECTRÓNICO PARA ALUMBRADO PÚBLICO
En la página 7/18 de la Especificación Técnica ANDE nº 07.50.33 Rev. 2, ítem j, página 7/18) Resistencia mecánica, solicita que el número de caídas debe ser 100 (cien).
Actualmente la norma que determina los parámetros dos Interruptores Fotoelectrónicos es la norma NBR 5123. De acuerdo con lo ensayo descrito no ítem 6.4.7, la norma NBR 5123 solicita que el número de caídas en el ensayo de Resistencia Mecánica debe ser de 10 (diez) caídas.
Aclaración: Para lo ensayo de Resistencia Mecánica es posible atender el número de quedas especificado en la norma NBR 5123?
19-03-2018
22-03-2018
EE.TT.Nº 07.50.33 Rev.02 - INTERRUPTOR FOTOELECTRÓNICO PARA ALUMBRADO PÚBLICO
En la página 7/18 de la Especificación Técnica ANDE nº 07.50.33 Rev. 2, ítem j, página 7/18) Resistencia mecánica, solicita que el número de caídas debe ser 100 (cien).
Actualmente la norma que determina los parámetros dos Interruptores Fotoelectrónicos es la norma NBR 5123. De acuerdo con lo ensayo descrito no ítem 6.4.7, la norma NBR 5123 solicita que el número de caídas en el ensayo de Resistencia Mecánica debe ser de 10 (diez) caídas.
Aclaración: Para lo ensayo de Resistencia Mecánica es posible atender el número de quedas especificado en la norma NBR 5123?
La Norma ABNTNBR 5123, establece los criterios de ensayo de resistencia mecánica del interruptor del tipo eléctrico, el cual es menos robusto que el IFE electrónico solicitado. Este ensayo actualmente es realizado de esta manera por varias Empresas eléctricas, para el tipo de IFE electrónico y por los problemas encontrados en los mismos que también afectaron a la ANDE.
Al respecto, se solicita suministrar lo requerido en el PBC de acuerdo a lo indicado en la EE.TT. N° 07.50.33 Rev.2.
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Formulario de Ofertas - Cantidades solicitadas
Hemos observado que en la casilla de ítems solicitados del SICP , las cantidades, descripciones y precios referenciales sufrieron variaciones desde la publicación de la licitación hasta el día de la fecha, de hecho, en este mismo momento el servidor del portal lanza un error y no se pueden visualizar los datos en ninguno de los lotes. como se puede observar en el adjunto. Solicitamos que a través de una adenda, puedan corregir el archivo descargado del SICP "formularios_y_lista_de_precios_sbe_id_340945_1519906223414.zip" ya que al presentar la oferta los nombres y cantidades de los lotes no coincidirán con los formularios iniciales publicados.
Hemos observado que en la casilla de ítems solicitados del SICP , las cantidades, descripciones y precios referenciales sufrieron variaciones desde la publicación de la licitación hasta el día de la fecha, de hecho, en este mismo momento el servidor del portal lanza un error y no se pueden visualizar los datos en ninguno de los lotes. como se puede observar en el adjunto. Solicitamos que a través de una adenda, puedan corregir el archivo descargado del SICP "formularios_y_lista_de_precios_sbe_id_340945_1519906223414.zip" ya que al presentar la oferta los nombres y cantidades de los lotes no coincidirán con los formularios iniciales publicados.
Hemos detectado el error y ha sido remitido a la gente de DTI de la DNCP.
Dicho error solo se produce en el portal público, por lo tanto mientras se subsana el mismo, le recomendamos ingresar al SICP con su uusuario y contraseña del SIPE- Haga click, en buscador de llamado, coloque el N° de ID, ingrese el icono de la lupa, desplace el cursor hacia abajo y haga clik en ver items, y ahi podra visualizar los items que conforma cada lote.
Documentos Adjuntos:
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Lote 4 - Ítem 1
Para la reactancia externa para lámpara de sodio de 150W, el ignitor independiente puede ser producido en taza plástica?
Al respecto, en la Planilla de Datos Garantizados (pág. 21/22) se solicita que se aclare el material de la carcasa del ignitor, siendo así, podrá ser de plástico. Se solicita realizar lo indicado en la EE.TT. N° 07.50.33 Rev.2.
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Lote 4 - Ítem 1
Para la reactancia externa para lámpara de sodio de 150W, los ignores independientes deberán ser sólo para los reactores vapor de sodio o para los de vapor metálico también?
Para la reactancia externa para lámpara de sodio de 150W, los ignores independientes deberán ser sólo para los reactores vapor de sodio o para los de vapor metálico también?
Al respecto, los ignores independientes deben ser sólo para los reactores para lámparas de vapor de sodio. Se solicita realizar lo indicado en la EE.TT. N° 07.61.06 Rev.1.
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Lote 1
Cuál es el tipo del artefacto de alumbrado público para lámpara de sodio de 100/150W, Tipo A, o Tipo B, o Tipo C?
Al respecto, aclaramos que el tipo de artefacto para alumbrado público tipo cerrado para lámpara de sodio de 100 W debe ser del tipo C y para la lámpara de sodio 150 W el artefacto debe ser del tipo B, según se indica en la SECCIÓN III REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS (Foja 27).
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Lote 1
Cuál es el tipo del artefacto de alumbrado público para lámpara de sodio de 250W, Tipo A, o Tipo B, o Tipo C?
Al respecto, aclaramos que el tipo de artefacto para alumbrado público tipo cerrado para lámpara de sodio de 250 W debe ser del tipo B, según se indica en la SECCIÓN III REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS (Foja 27).