Pedido de facilitar acceso a traduccion de las EETT y Pbc
Se desea la provision de las EETT y el Pbc en formado editable o con capacidad de leer por Software para empresas extranjeras. NO en forma de IMAGEN actual que no es traducible por Software; pues al ser una Licitacion Internacional se deberia facilitar el acceso al documento para su traduccion tanto de las EETT como del Pbc; no proveer imagenes, a fin de facilitar la participacion y traduccion del documento.
11-01-2019
29-01-2019
Pedido de facilitar acceso a traduccion de las EETT y Pbc
Se desea la provision de las EETT y el Pbc en formado editable o con capacidad de leer por Software para empresas extranjeras. NO en forma de IMAGEN actual que no es traducible por Software; pues al ser una Licitacion Internacional se deberia facilitar el acceso al documento para su traduccion tanto de las EETT como del Pbc; no proveer imagenes, a fin de facilitar la participacion y traduccion del documento.
Al respecto, considerando la Circular DNCP N° 37/2015 que establece remitir los Formularios del Pliego de Bases y Condiciones que deban ser completados por los potenciales oferentes, en archivos editables por procesadores de texto o en formato de hojas de cálculo cuando los datos lo requieran, a fin de que los mismos puedan utilizar dichos formatos en la preparación de sus ofertas. Favor remitirse a los documentos anexos publicados en el Portal.
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Pedido de Prorroga
Se solicitamos por la presente una prórroga de 30 días corridos para la etapa competitiva y presentación de Ofertas. El Pedido radica en el hecho de que ANDE no ha disponibilizado las EETT como asi los PDG en formato editable, haciendo dificultosa la participación de mas oferentes dados los plazos actualmente en curso. Atentamente
Se solicitamos por la presente una prórroga de 30 días corridos para la etapa competitiva y presentación de Ofertas. El Pedido radica en el hecho de que ANDE no ha disponibilizado las EETT como asi los PDG en formato editable, haciendo dificultosa la participación de mas oferentes dados los plazos actualmente en curso. Atentamente
Al respecto, les solicitamos ajustarse a los plazos establecidos en el Portal.
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Garantías - CGC 28.3
En las Condiciones Generales del Contrato, ítem 28.3 dice lo siguiente: La garantía por los bienes suministrados permanecerá vigente durante el periodo de cinco (5) años El oferente deberá presentar junto con su oferta un Certificado de la Garantía del Artefacto a ser proveído, como mínimo de 5(cinco) años, de acuerdo al punto 11 de la EE.TT. 07.30.32 Rev. 1, Luminaria LED para alumbrado Público. Es decir, solamente se establecen en las Condiciones Generales del Contrato del Pliego de Bases y Condiciones el periodo de garantía para el LOTE NÚMERO 2 Luminaria LED para Alumbrado Público tipo 6, sin repuestos y no se establecen los periodos de garantía a cubrir para lo demás 6 lotes de este llamado. Es necesario también aclarar que ni siquiera en las EE.TT. de los demás productos son establecidos estos periodos de garantía.
La garantía de los productos es fundamental para poder solicitar cotización a los fabricantes con las garantías correspondientes. Favor aclarar la garantía para cada producto y adendar las CGC del Pliego de Bases y Condiciones, que solamente tienen en cuenta un solo lote de este llamado.
En las Condiciones Generales del Contrato, ítem 28.3 dice lo siguiente: La garantía por los bienes suministrados permanecerá vigente durante el periodo de cinco (5) años El oferente deberá presentar junto con su oferta un Certificado de la Garantía del Artefacto a ser proveído, como mínimo de 5(cinco) años, de acuerdo al punto 11 de la EE.TT. 07.30.32 Rev. 1, Luminaria LED para alumbrado Público. Es decir, solamente se establecen en las Condiciones Generales del Contrato del Pliego de Bases y Condiciones el periodo de garantía para el LOTE NÚMERO 2 Luminaria LED para Alumbrado Público tipo 6, sin repuestos y no se establecen los periodos de garantía a cubrir para lo demás 6 lotes de este llamado. Es necesario también aclarar que ni siquiera en las EE.TT. de los demás productos son establecidos estos periodos de garantía.
La garantía de los productos es fundamental para poder solicitar cotización a los fabricantes con las garantías correspondientes. Favor aclarar la garantía para cada producto y adendar las CGC del Pliego de Bases y Condiciones, que solamente tienen en cuenta un solo lote de este llamado.
Conforme lo que vemos en el mercado, la mayoría de los alumbrados públicos tienen cuerpo óptico de aluminio estampado. La única opción para cuerpo óptico de aluminio estampado es con refractor de policarbonato. La pregunta es; ¿Podremos ofrecer nuestro alumbrado con cuerpo óptico de aluminio estampado y refractor de vidrio templado? Es decir, de acuerdo a las EE.TT. 07.30.21-A Rev. 3 y para el Lote 1 Ítem 1, ANDE solicita lo siguiente: Artefacto de alumbrado público tipo cerrado para lámpara de sodio de 100W TIPO C (Cuerpo óptico del aluminio estampado y refractor de policarbonato) ¿Podrá ser aceptado con cuerpo óptico del aluminio estampado Y REFRACTOR DE VIDRIO TEMPLADO? Además, para el Lote 1 Ítem 2, ANDE solicita lo siguiente: Artefacto de alumbrado público tipo cerrado para lámpara de sodio de 150W TIPO B (Cuerpo óptico del aluminio inyectado y refractor de vidrio templado) - ¿Podrá ser aceptado con Cuerpo óptico del aluminio ESTAMPADO y refractor de vidrio templado? Y por último con el mismo cambio que el ítem 2, para el Lote 1 Ítem 3, ANDE solicita lo siguiente: Artefacto de alumbrado público tipo cerrado para lámpara de sodio de 250W TIPO B (Cuerpo óptico del aluminio inyectado y refractor de vidrio templado) - ¿Podrá ser aceptado con Cuerpo óptico del aluminio ESTAMPADO y refractor de vidrio templado?
Conforme lo que vemos en el mercado, la mayoría de los alumbrados públicos tienen cuerpo óptico de aluminio estampado. La única opción para cuerpo óptico de aluminio estampado es con refractor de policarbonato. La pregunta es; ¿Podremos ofrecer nuestro alumbrado con cuerpo óptico de aluminio estampado y refractor de vidrio templado? Es decir, de acuerdo a las EE.TT. 07.30.21-A Rev. 3 y para el Lote 1 Ítem 1, ANDE solicita lo siguiente: Artefacto de alumbrado público tipo cerrado para lámpara de sodio de 100W TIPO C (Cuerpo óptico del aluminio estampado y refractor de policarbonato) ¿Podrá ser aceptado con cuerpo óptico del aluminio estampado Y REFRACTOR DE VIDRIO TEMPLADO? Además, para el Lote 1 Ítem 2, ANDE solicita lo siguiente: Artefacto de alumbrado público tipo cerrado para lámpara de sodio de 150W TIPO B (Cuerpo óptico del aluminio inyectado y refractor de vidrio templado) - ¿Podrá ser aceptado con Cuerpo óptico del aluminio ESTAMPADO y refractor de vidrio templado? Y por último con el mismo cambio que el ítem 2, para el Lote 1 Ítem 3, ANDE solicita lo siguiente: Artefacto de alumbrado público tipo cerrado para lámpara de sodio de 250W TIPO B (Cuerpo óptico del aluminio inyectado y refractor de vidrio templado) - ¿Podrá ser aceptado con Cuerpo óptico del aluminio ESTAMPADO y refractor de vidrio templado?
Al respecto, favor ajustarse a lo solicitado en las especificaciones técnicas.
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Precios referenciales - Lote 3
De acuerdo a los precios referenciales publicados en la aclaración Nº1 de este llamado, dice lo siguiente para el LOTE 3: 1 Lámpara de vapor sodio de alta presión de 100W, tubular (Precio CIP 6,7 usd) 2 - Lámpara de vapor sodio de alta presión de 150W, tubular (Precio CIP 6,5 usd) 3 - Lámpara de vapor sodio de alta presión de 250W, tubular (Precio CIP 6,2 usd). Es decir, según los precios referenciales, las lámparas de MENOR POTENCIA tienen MAYOR PRECIO, siendo que en el mercado actual y los costos de cada fabricante se definen de acuerdo a MAYOR POTENCIA, MAYOR PRECIO. Por más que parezcan ínfimas las diferencias UNITARIAS entre los precios de estas lámparas, al multiplicarlas por sus cantidades (30.000, 116.000, 87.000), las diferencias son enormes y además modifican la totalidad del precio referencial del LOTE 3.
Favor aclarar si los precios no deberían de ser como sigue: 1 Lámpara de vapor sodio de alta presión de 100W, tubular (Precio CIP 6,2 usd) 2 - Lámpara de vapor sodio de alta presión de 150W, tubular (Precio CIP 6,5 usd) 3 - Lámpara de vapor sodio de alta presión de 250W, tubular (Precio CIP 6,7 usd) (Se deben invertir los precios del ítem 1 y el ítem 3).
De acuerdo a los precios referenciales publicados en la aclaración Nº1 de este llamado, dice lo siguiente para el LOTE 3: 1 Lámpara de vapor sodio de alta presión de 100W, tubular (Precio CIP 6,7 usd) 2 - Lámpara de vapor sodio de alta presión de 150W, tubular (Precio CIP 6,5 usd) 3 - Lámpara de vapor sodio de alta presión de 250W, tubular (Precio CIP 6,2 usd). Es decir, según los precios referenciales, las lámparas de MENOR POTENCIA tienen MAYOR PRECIO, siendo que en el mercado actual y los costos de cada fabricante se definen de acuerdo a MAYOR POTENCIA, MAYOR PRECIO. Por más que parezcan ínfimas las diferencias UNITARIAS entre los precios de estas lámparas, al multiplicarlas por sus cantidades (30.000, 116.000, 87.000), las diferencias son enormes y además modifican la totalidad del precio referencial del LOTE 3.
Favor aclarar si los precios no deberían de ser como sigue: 1 Lámpara de vapor sodio de alta presión de 100W, tubular (Precio CIP 6,2 usd) 2 - Lámpara de vapor sodio de alta presión de 150W, tubular (Precio CIP 6,5 usd) 3 - Lámpara de vapor sodio de alta presión de 250W, tubular (Precio CIP 6,7 usd) (Se deben invertir los precios del ítem 1 y el ítem 3).
Al respecto, aclaramos que los precios son referenciales y la diferencia no se debe a ningún error, favor remitirse a la Comunicación Aclaratoria N° 1.
6
Lote 2 - Difusor
Para el Lote 2 EE.TT. no. 07.30.32 Rev. 01 Punto 5.4.3.3, habla de la pantalla protectora, haciendo aclaración que en los puntos siguientes se hará referencia a la misma como difusor, sin embargo, en el punto 3 de este apartado se menciona las cubiertas. Para este caso, las cubiertas qué serían? Favor aclarar.
Para el Lote 2 EE.TT. no. 07.30.32 Rev. 01 Punto 5.4.3.3, habla de la pantalla protectora, haciendo aclaración que en los puntos siguientes se hará referencia a la misma como difusor, sin embargo, en el punto 3 de este apartado se menciona las cubiertas. Para este caso, las cubiertas qué serían? Favor aclarar.
Al respecto, para ese punto considerar la palabra cubierta como igual por difusor.
7
Lote 2 - Herramientas "especiales"
Para el Lote 2 EE.TT. no. 07.30.32 Rev. 01 Punto 5.1.1.6, hace referencia a que las partes internas de la luminaria debe poseer fácil acceso a estas partes, dispensando así el uso de herramientas especiales. Consultamos si la Llave Allen se considera una herramienta NO especial, y por tanto, que los tornillos internos sean del tipo Allen.
Para el Lote 2 EE.TT. no. 07.30.32 Rev. 01 Punto 5.1.1.6, hace referencia a que las partes internas de la luminaria debe poseer fácil acceso a estas partes, dispensando así el uso de herramientas especiales. Consultamos si la Llave Allen se considera una herramienta NO especial, y por tanto, que los tornillos internos sean del tipo Allen.
Al respecto, podrán ser ofertados productos con tornillos tipo Allen.
8
LOTE 5 - PROTUBERANCIA:
Para el Lote 5 ítem 4 EE.TT. 07.61.06 Rev. 1 - Ítem 4.3.8. Se solicita que la base para relé debe estar fijada en una protuberancia. Puede la reactancia de exterior NO tener esta protuberancia? Pues esto no trae NINGÚN BENEFICIO para el producto, sólo aumentan los costos de proceso de producción, se puede suministrar sin esto? En caso de proveer sin la protuberancia, también se debería modificar el rango de la altura de E que es la altura de la base del relé, en estos casos sería de 8mm aproximadamente, no alcanzando el rango de altura entre 15 y 20mm solicitado. Se adjuntan imágenes. Favor indicar cuál es la función de esta protuberancia, ya que consideramos que no es indispensable técnicamente y sin embargo, aumenta el precio del producto sin tener un beneficio real para la convocante.
Para el Lote 5 ítem 4 EE.TT. 07.61.06 Rev. 1 - Ítem 4.3.8. Se solicita que la base para relé debe estar fijada en una protuberancia. Puede la reactancia de exterior NO tener esta protuberancia? Pues esto no trae NINGÚN BENEFICIO para el producto, sólo aumentan los costos de proceso de producción, se puede suministrar sin esto? En caso de proveer sin la protuberancia, también se debería modificar el rango de la altura de E que es la altura de la base del relé, en estos casos sería de 8mm aproximadamente, no alcanzando el rango de altura entre 15 y 20mm solicitado. Se adjuntan imágenes. Favor indicar cuál es la función de esta protuberancia, ya que consideramos que no es indispensable técnicamente y sin embargo, aumenta el precio del producto sin tener un beneficio real para la convocante.
Al respecto, favor ajustarse a lo requerido en las especificaciones técnicas.
Documentos Adjuntos:
9
LOTE 5 - JUNTA (REACTOR EXTERNO)
Para el Lote 5 ítem 4 EE.TT. 07.61.06 Rev. 1 - Ítem 4.3.8. Entre la base del relé y la carcasa existe una junta que garantiza la estanqueidad entre la base y la carcasa. Se solicita una junta en la base que garantice la estanqueidad cuando se instala el relé. Es un estándar internacional que esta junta esté en el relé y no en la base. Por ejemplo, si la base para el relé no acompaña la junta, pero ella acepta perfectamente la junta existente en el relé, se daría por cumplida la condición solicitada por la convocante?
Para el Lote 5 ítem 4 EE.TT. 07.61.06 Rev. 1 - Ítem 4.3.8. Entre la base del relé y la carcasa existe una junta que garantiza la estanqueidad entre la base y la carcasa. Se solicita una junta en la base que garantice la estanqueidad cuando se instala el relé. Es un estándar internacional que esta junta esté en el relé y no en la base. Por ejemplo, si la base para el relé no acompaña la junta, pero ella acepta perfectamente la junta existente en el relé, se daría por cumplida la condición solicitada por la convocante?
Al respecto, favor ajustarse a lo requerido en las especificaciones técnicas.
10
LOTE 5 - GIRO (REACTOR EXTERNO)
Para el Lote 5 ítem 4 EE.TT. 07.61.06 Rev. 1 - Ítem 4.3.8. Se solicita que la base pueda girarse 180º en sentido horario y antihorario sin dañar los cables internos. Por ejemplo, si la base de un producto es fijada por 2 tornillos indicados por las flechas en rojo de la imagen adjunta. Si es necesario el instalador puede soltar estos 2 tornillos y girar la base por 180º, sin embargo, no es posible girar la base a una posición intermedia, pues no tiene ningún tipo de eje o rosca. El instalador debe elegir entre dejar en la posición original 0º o soltar los tornillos, pegar en 180º y atornillar de nuevo.
Normalmente, para posición de ángulos intermedios, se utilizan relés que poseen mecanismo para esto. ¿Se podrían aceptar productos sin el giro para posiciones de ángulos intermedios?
Para el Lote 5 ítem 4 EE.TT. 07.61.06 Rev. 1 - Ítem 4.3.8. Se solicita que la base pueda girarse 180º en sentido horario y antihorario sin dañar los cables internos. Por ejemplo, si la base de un producto es fijada por 2 tornillos indicados por las flechas en rojo de la imagen adjunta. Si es necesario el instalador puede soltar estos 2 tornillos y girar la base por 180º, sin embargo, no es posible girar la base a una posición intermedia, pues no tiene ningún tipo de eje o rosca. El instalador debe elegir entre dejar en la posición original 0º o soltar los tornillos, pegar en 180º y atornillar de nuevo.
Normalmente, para posición de ángulos intermedios, se utilizan relés que poseen mecanismo para esto. ¿Se podrían aceptar productos sin el giro para posiciones de ángulos intermedios?