Fecha de Respuesta:
20-06-2018
Respuesta:
El caso planteado en la consulta se encuentra contemplado en las Especificaciones Técnicas del PBC punto A:
Alcance de la Contratación página 10 donde dice:
En forma excepcional, para los equipos con más de cinco años de uso, con autorización del Administrador de Contrato, se podrá aceptar la sustitución de piezas dañadas por componentes reacondicionados. Dichas excepciones serán aprobadas siempre y cuando la empresa anexe evidencia documentada de que los repuestos nuevos requeridos no están disponibles en el mercado o que su fabricación ha sido descontinuada
Por lo cual se entiende que si el fabricante de la marca del equipo en reparación ha descontinuado la fabricación de la pieza necesaria para la reparación del equipo en cuestión, el proveedor del servicio deberá presentar la documentación donde el fabricante informa la situación, al administrador del contrato para que el mismo tenga conocimiento de la situación a fin de eximir al proveedor de la responsabilidad de la provisión del repuesto original.