En la Cláusula 14.1.1. solicitamos agregar como lugar de emisión de NOR a más del Km 238 San Pedro, y/o Km 458 San Lorenzo.
Nuestro pedido es debido a que muchas veces el buque no está y las barcazas están listas en San Lorenzo, al iguale que en el 238 o 186, es decir, es un lugar de espera
En la Cláusula 14.1.1. solicitamos agregar como lugar de emisión de NOR a más del Km 238 San Pedro, y/o Km 458 San Lorenzo.
Nuestro pedido es debido a que muchas veces el buque no está y las barcazas están listas en San Lorenzo, al iguale que en el 238 o 186, es decir, es un lugar de espera
Teniendo en cuenta que ciertos documentos precisan de cierto tiempo para ser obtenidos, solicitamos una prórroga de 30 (treinta) días para la presente licitación, de manera a cumplir con todos los items solicitados
Teniendo en cuenta que ciertos documentos precisan de cierto tiempo para ser obtenidos, solicitamos una prórroga de 30 (treinta) días para la presente licitación, de manera a cumplir con todos los items solicitados
Buenos días,
Solicitamos una prorroga de 30 días teniendo en cuenta el poco tiempo que tenemos para la presentación de la oferta y de los documentos requeridos en Pliego de Bases y Condiciones.
Buenos días,
Solicitamos una prorroga de 30 días teniendo en cuenta el poco tiempo que tenemos para la presentación de la oferta y de los documentos requeridos en Pliego de Bases y Condiciones.
Favor confirmar el % (porcentaje) a ser aplicado para la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA, a ser presentado en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SUBASTA A LA BAJA ELECTRÓNICA No. 25/2018 "SERVICIO DE FLETE FLUVIAL DE HIDROCARBUROS" ID. No. 347.378 y de ser posible un ejemplo concreto.
Favor confirmar el % (porcentaje) a ser aplicado para la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA, a ser presentado en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SUBASTA A LA BAJA ELECTRÓNICA No. 25/2018 "SERVICIO DE FLETE FLUVIAL DE HIDROCARBUROS" ID. No. 347.378 y de ser posible un ejemplo concreto.
El monto de la Garantía de Mantenimiento de oferta del 3% y se calcula sobre el Monto Máximo del Contrato, cual es Dólares de los Estados Unidos de América cincuenta y siete millones treinta y nueve mil trescientos dieciséis (USD 57.039.316).
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Experiencia
Buenas tardes,
La experiencia solicitada corresponde a la suma de los m3 durante los períodos 2015, 2016 y 2017?.
El volumen por los 3 años debe ser como mínimo 500.000 m3?
Buenas tardes,
La experiencia solicitada corresponde a la suma de los m3 durante los períodos 2015, 2016 y 2017?.
El volumen por los 3 años debe ser como mínimo 500.000 m3?
Si, se requiere que el oferente presente copia autenticada de contratos ejecutados y/o facturaciones y/o conocimientos de embarque de servicios de transporte fluvial de hidrocarburos de los últimos 3 (tres) años (2015, 2016 y 2017), cuyos volúmenes SUMADOS sean iguales o superiores a 500.000 m3.
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Sección III / 4. Informaciones Requeridas / 4.5 Estado de Conservación / 4.5.2
Solicitamos que el punto 4.5.2 Mediciones de espesores del caso, cisterna y cañerías, con planilla de valores medidos..
Puedan ser válidos los siguientes documentos:
- Constancia de la Sociedad Clasificadora
- O constancia de un Astillero a cerca de estas condiciones
Fundamentamos nuestro pedido en razón de que no habrá tiempo de hacer mediciones de espesores ya que las barcazas se encuentran navegando por toda la hidrovia. Y en la licitación anterior fueron validas una de estas constancias.
13-11-2018
16-11-2018
Sección III / 4. Informaciones Requeridas / 4.5 Estado de Conservación / 4.5.2
Solicitamos que el punto 4.5.2 Mediciones de espesores del caso, cisterna y cañerías, con planilla de valores medidos..
Puedan ser válidos los siguientes documentos:
- Constancia de la Sociedad Clasificadora
- O constancia de un Astillero a cerca de estas condiciones
Fundamentamos nuestro pedido en razón de que no habrá tiempo de hacer mediciones de espesores ya que las barcazas se encuentran navegando por toda la hidrovia. Y en la licitación anterior fueron validas una de estas constancias.
Sección II, Punto 2 - Requisitos para la calificación posterior
En la Sección II, Punto 2 (Requisitos para la calificación posterior), apartados (a) y (b), solicitamos la clarificación del concepto que permite a una sucursal de una empresa extranjera que presente los documentos financieros y técnicos de su casa matriz para acreditar los requisitos exigidos en ambos apartados. En este sentido, creemos que debería ampliarse el concepto a fin de incluir no solo casas matrices extranjeras de sucursales locales sino también a empresas locales e internacionales que integren un mismo grupo económico con la oferente.
13-11-2018
16-11-2018
Sección II, Punto 2 - Requisitos para la calificación posterior
En la Sección II, Punto 2 (Requisitos para la calificación posterior), apartados (a) y (b), solicitamos la clarificación del concepto que permite a una sucursal de una empresa extranjera que presente los documentos financieros y técnicos de su casa matriz para acreditar los requisitos exigidos en ambos apartados. En este sentido, creemos que debería ampliarse el concepto a fin de incluir no solo casas matrices extranjeras de sucursales locales sino también a empresas locales e internacionales que integren un mismo grupo económico con la oferente.
FAVOR ADECUARSE A LO ESTABLECIDO EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.
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Adjudicación
Históricamente (excepto en el Pliego Pliego de Bases y Condiciones. Licitación Pública Nacional Subasta a la Baja Electrónica Nro. 3/2017), PETROPAR favoreció la sana competencia entre oferentes además de permitir con ello la seguridad en el abastecimiento y un back-up natural entre competidores. Creemos prudente mantener este criterio y por ello solicitamos la modificación de los criterios de evaluación y forma de adjudicación previstos en la Sección II a los fines de contemplar la posibilidad de convocatoria a oferentes cuyas ofertas globales estén ubicadas en primer y segundo mejor lugar, otorgando la adjudicación por el 60% y 40% respectivamente de los volúmenes a ser nominados mensualmente.
Históricamente (excepto en el Pliego Pliego de Bases y Condiciones. Licitación Pública Nacional Subasta a la Baja Electrónica Nro. 3/2017), PETROPAR favoreció la sana competencia entre oferentes además de permitir con ello la seguridad en el abastecimiento y un back-up natural entre competidores. Creemos prudente mantener este criterio y por ello solicitamos la modificación de los criterios de evaluación y forma de adjudicación previstos en la Sección II a los fines de contemplar la posibilidad de convocatoria a oferentes cuyas ofertas globales estén ubicadas en primer y segundo mejor lugar, otorgando la adjudicación por el 60% y 40% respectivamente de los volúmenes a ser nominados mensualmente.
A fin de favorecer la competitivad mediante la inclusión de una mayor cantidad de competidores, lo que es un presupuesto ineludible a la posibilidad de reducir los precios, solicitamos modificar el Artículo 1 de la Sección III para modificar la capacidad mínima de la flota requerida a 18.000 m3. Este número no es caprichoso sino que surge de considerar el 60% del volumen mínimo requerido en virtud de este Pliego y refleja además el espíritu de competencia fomentado históricamente en Petropar con las salvedades indicadas respecto del 2017.
A fin de favorecer la competitivad mediante la inclusión de una mayor cantidad de competidores, lo que es un presupuesto ineludible a la posibilidad de reducir los precios, solicitamos modificar el Artículo 1 de la Sección III para modificar la capacidad mínima de la flota requerida a 18.000 m3. Este número no es caprichoso sino que surge de considerar el 60% del volumen mínimo requerido en virtud de este Pliego y refleja además el espíritu de competencia fomentado históricamente en Petropar con las salvedades indicadas respecto del 2017.
FAVOR ADECUARSE A LO ESTABLECIDO EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.
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Articulo 13.4 del Contrato
Respecto del artículo 13.4 del contrato incluido en el Pliego (penalidades por incumplimiento de nominación) dada la vaguedad y amplitud de la redacción propuesta, es necesario requerir su clarificación. En efecto, de su simple lectura podría llegarse al absurdo de que el transportista termine siendo responsable ilimitado por contratos comerciales de compraventa de producto que le resultan totalmente desconocidos y ajenos. Resulta lógico pretender que el transportista responda frente a costos adicionales directos sufridos por Petropar en cuanto a la logística, para lo cual mundialmente se utiliza el concepto de una tarifa por demoras, como está sí plasmado en otras cláusulas del contrato. Por ello requerimos aclarar que los costos extra referidos serán los costos directos de la logística excluyendo cualquier daño, costo o perjuicio relacionado con contratos comerciales suscriptos por PETROPAR con terceros.
Respecto del artículo 13.4 del contrato incluido en el Pliego (penalidades por incumplimiento de nominación) dada la vaguedad y amplitud de la redacción propuesta, es necesario requerir su clarificación. En efecto, de su simple lectura podría llegarse al absurdo de que el transportista termine siendo responsable ilimitado por contratos comerciales de compraventa de producto que le resultan totalmente desconocidos y ajenos. Resulta lógico pretender que el transportista responda frente a costos adicionales directos sufridos por Petropar en cuanto a la logística, para lo cual mundialmente se utiliza el concepto de una tarifa por demoras, como está sí plasmado en otras cláusulas del contrato. Por ello requerimos aclarar que los costos extra referidos serán los costos directos de la logística excluyendo cualquier daño, costo o perjuicio relacionado con contratos comerciales suscriptos por PETROPAR con terceros.