Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
21 Conuslta 5 Habida cuenta que más de la mitad de los camiones mide 22 metros resulta corto un cable de 12 metros para el carretero, es por ello que sugerimos sean de 15 metros de longitud teniendo en cuenta que las mejores marcas del mercado para detección de camiones sólo lo fabrican en esa medida debido a su uso en cargaderos de camiones cisterna. 14-03-2019 26-03-2019
22 Ampliación consulta: TITULO: Adenda Nº5 (b) Experiencia y Capacidad Técnica Nº6 CONSULTA: Nuestra consulta es la siguiente: En relación al personal requerido en la ADENDA Nº5, se sugiere a la convocante que la certificación técnica requerida al personal conste: Que el personal técnico del oferente cuenta con la idoneidad para realizar los trabajos objetos del presente llamado, certificación que deberá otorgar el fabricante o representante de los artículos electrónicos, teniendo en cuenta que el proceso corresponde a adquisición de Monitores Electrónicos; ya que la certificación de categoría B expedida por la ANDE se refiere específicamente a conexiones eléctricas y es de su responsabilidad únicamente realizar los trabajos de instalación o específico de este llamado; así como contempla la sección III DEL PBC, y el mismo estaría limitando la participación de los oferentes. Con esta respuesta, se estaría dando la posibilidad de participar a más empresas dedicadas a este menester. 14-03-2019 26-03-2019
23 ADENDA 5 - SECCIÓN II. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y REQUISITOS DE CALIFICACIÓN En la Adenda N° 5, Modificación N° 02, se modifica en la Sección II. Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación, numeral 2. Requisitos para Calificación Posterior, inciso b. Experiencia y Capacidad Técnica, quedando redactado de la siguiente manera: (b)Experiencia y Capacidad Técnica, Ítem 6. El oferente deberá contar con al menos 3 personales técnicos con certificación en seguridad de instalaciones eléctricas y registro de categoría B de la ANDE, con una antigüedad al servicio de la empresa de por lo menos 12 meses en el seguro social IPS. Al respecto, solicitamos que este nuevo requerimiento sea omitido considerando que no se encontraba establecido inicialmente en el Pliego, y ahora es agregado a los requerimientos originales del Pliego, restringiendo la participación de los oferentes. 14-03-2019 26-03-2019
24 Consulta En el pliego original se indicaba que el monitor de puesta a tierra debía diferenciar entre la conexión de la pinza a un camión en vez de a la estructura para habilitar el sistema, que era el motivo original de la renovación, que el equipo diferenciara camiones de otras tierras y por ende desestimara el mal hábito del operador de conectar la pinza a la estructura. Es por ello que recomendamos a la institución retomar la idea original de la renovación indicando que el monitor detecte que fehacientemente que es un camión el que habilita el sistema de carga para evitar un catástrofe de grandes proporciones, ya que existen varios equipos en el mercado que cumplen esa función. 20-03-2019 26-03-2019
25 Consulta En la modificación 4 se indica que la empresa debe contar con 3 licenciados en electricidad categoría B de la Ande para conectar un equipo que es conecta simplemente a 220V, siendo que lo mas importante es que el personal técnico del oferente haya hecho entrenamiento con el fabricante para la instalación, mantenimiento y comisionamiento del equipo. 20-03-2019 26-03-2019
26 ADENDA 10 - SECCIÓN II. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y REQUISITOS DE CALIFICACIÓN En la ADENDA N° 10, Modificación N° 02, se modifica en la SECCIÓN II. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y REQUISITOS DE CALIFICACIÓN, numeral 2. Requisitos para Calificación Posterior, inciso b. Experiencia y Capacidad Técnica, quedando redactado de la siguiente manera: (b)Experiencia y Capacidad Técnica, ítem 8. El oferente deberá contar con Certificación de Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2015, expedido a su nombre, en infraestructura de tecnología, vigente al momento de la apertura. No se aceptarán documentación en trámite. Al respecto solicitamos que este nuevo requerimiento sea omitido considerando que el mismo no se encontraba establecido inicialmente en el Pliego de Bases y Condiciones, por lo que se entiende, no fue considerado como necesario por la Convocante al momento de la elaboración del mencionado documento. Siendo que este requerimiento restrictivo fue agregado a solicitud de un determinado oferente, que claramente, solicita a la Convocante introduzca condiciones limitativas con el fin de hacerse con la licitación. Vale mencionar además, que el requerimiento de que el oferente posea la Certificación de Calidad, de manera tan especifica como se solicita en la Adenda 10, no es un documento determinante para asegurar la calidad de los bienes a ser proveídos, teniendo en cuenta de que no existe en nuestro país empresas que se dediquen al rubro de fabricación de monitores con la características solicitadas en el presente llamado, y esto en consecuencia, deviene a que los bienes a ser presentados serán necesariamente de fabricación extranjera, por esto, con el hecho de que los bienes posean la certificación ISO 9001:2015 en infraestructura de tecnología, la Convocante ya tendría asegurada la calidad de los bienes a ser adquiridos. Del mismo modo, la certificación expedida por el fabricante a los técnicos que realizarán la instalación y puesta en funcionamiento de los bienes es completamente suficiente para acreditación de los servicios requeridos. Lo cursado lo extendemos de modo a no limitar la participación de un mayor número de potenciales oferentes, quienes también cuentan con la capacidad y experiencia necesarias para cubrir las necesidades reales de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir la actividad licitatoria del Estado, consagrado en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas. 17-04-2019 23-04-2019
27 ADENDA 10 - SECCIÓN II. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y REQUISITOS DE CALIFICACIÓN En la ADENDA N 10, Modificación N° 02, se modifica en la SECCIÓN II. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y REQUISITOS DE CALIFICACIÓN, numeral 2. Requisitos para Calificación Posterior, inciso b. Experiencia y Capacidad Técnica, quedando redactado de la siguiente manera: (b)Experiencia y Capacidad Técnica, item 1. Fotocopia autenticada de contratos ejecutados y/o facturaciones de ventas con instituciones públicas y/o privadas de provisión de instrumentos de medición electrónicos y/o equipos electrónicos industriales y/o equipos de seguridad electrónica, por montos iguales o superiores en promedio al 30% del monto total ofertado en la presente contratación de los últimos dos (2) años (2017 y 2018). Acerca de este punto respetuosamente solicitamos mantener el período (2016 y 2017) establecido originalmente en el Pliego, o en su defecto, extender el período a considerar a (2016, 2017 y 2018), de manera a no restringir la participación de un mayor número de potenciales oferentes. Lo solicitado encuentra sustento en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir la actividad licitatoria del Estado, consagrado en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas. 17-04-2019 23-04-2019
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