Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 LPN 99/19 LOTE 13 LAXANTE OSMOTICO DE FOSFATO DE SODIO MONOBASICO Y BIBASICO LE AGRADECERIAMOS PUEDAN VERIFICAR EL PRECIO UNITARIO ESTIMADO POR LA INSTITUCION, YA QUE LA MISMA NO ESTA ACORDE A LOS PRECIOS DEL MERCADO Y MENOS A LAS ULTIMAS LICITACIONES. CONSULTAMOS LA POSIBILIDAD DE ADECUAR DICHO PRECIO DE REFERENCIA PARA QUE LAS EMPRESAS INTERESADAS PUEDAN OFERTAR DICHO LOTE. 29-01-2020 15-04-2020
2 CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO: MULTAS Solicitamos que se unifiquen los criterios en cuanto a las penalidades en el incumplimiento del contrato, es decir, que la tasa de interés a ser aplicada al proveedor sea de 0,01% por cada dia de atraso en la entrega del bien en demora, tal cual como se aplica para la convocante en caso de atraso en los pagos. Atendiendo al "Principio de Equidad" 31-01-2020 15-04-2020
3 LOTE N° 19 SOLUCION VISCOLASTICA HIALORUNIDATO SODICO En cuanto al producto “Solución viscolastica hialuronato sódico” en el PBC se solicita para el producto los siguientes documentos: a. Copia autenticada del acta de fijación de precios vigente y actualizada del producto ofertado, expedida por la DNVS del MSPyBS, en forma legible y emitida con anterioridad a la fecha de la etapa competitiva, y además se aclara que el precio ofertado no deberá superar el 65% del precio fijado en el acta de fijación de precios del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social actualizado y vigente. b. Fotocopia autenticada del Certificado de Registro Sanitario vigente, expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS) del Ministerio de Salud Pública y Bienestar. c. Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación del Fabricante del país de origen, del producto ofertado, el cual deberá mantener su vigencia durante toda la duración del contrato. Al solicitar dichos documentos, podemos notar que la convocante clasifica el producto como una especialidad farmacéutica (medicamento), lo cual NO CORRESPONDE ya que la solución viscolastica es considerada y clasificada como “DISPOSITIVO MEDICO” por la misma entidad reguladora en materia de salud, es decir la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS), por lo tanto se solicita a la convocante que se excluya dichos requisitos para el producto en cuestión y se limite a solicitar: “Certificado y Listado del producto ofertado, emitido por la DNVS del MSPyBS” y Certificaciones de Calidad (ISO). La convocante puede validar lo mencionado anteriormente, elevando la presente consulta a la DNVS. 31-01-2020 15-04-2020
4 CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO: MULTAS Consultas 1. Considerando las cantidades solicitadas en los lotes, favor considerar la modalidad de adjudicación por abastecimiento simultaneo de manera a asegurar la provisión de dichos productos a la institución precautelando la necesidad de los asegurados. 2. CGC 28 Si el Contratista no diere cumplimiento a la entrega del Bienes y/o Servicio en los plazos estipulados en el Plan de Entregas y sus eventuales prórrogas salvo casos fortuitos o de fuerza mayor, será pasible de una multa equivalente al cero coma uno por ciento (0,1%) del valor del bien o servicio en demora, por cada día de atraso. Una vez que se supere el monto de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, el Contratante podrá poner término al Contrato, conforme a la cláusula 33.1 de las CGC. De no producirse la rescisión seguirá aplicándose la multa. Como figura en el modelo de contrato TAMBIÉN INCLUIDO DENTRO DEL PBC Se solicita a la convocante corregir el escrito en el Pliego de Bases y Condiciones en referencia a la multa de la Siguiente Manera. Si el Contratista no diere cumplimiento a la entrega del Bienes y/o Servicio en los plazos estipulados en el Plan de Entregas y sus eventuales prórrogas salvo casos fortuitos o de fuerza mayor, será pasible de una multa equivalente al cero coma uno por ciento (0,01%) del valor del bien o servicio en demora, por cada día de atraso. Una vez que se supere el monto de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, el Contratante podrá poner término al Contrato, conforme a la cláusula 33.1 de las CGC. De no producirse la rescisión seguirá aplicándose la multa 11-02-2020 15-04-2020
5 LOTE 8 - ITEM 4 Para todos los productos requeridos, el Pliego exige copia autenticada del Acta de Fijación de Precios vigente y del Certificado de Registro Sanitario; sin embargo, ciertos productos, en especial el Item 4 del Lote 8: ACIDO HIALURONICO INYECTABLE, por su característica especial en lo que refiere a su presentación “JERINGA PRELLENADA”, fue clasificado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIGILANCIA SANITARIA como DISPOSITIVO MEDICO. Consecuente con dicha clasificación, la DNVS expide el Registro Sanitario para dispositivo medico, pero no Acta de Fijación de Precios. POR TANTO, atento a que se requiere un documento que la autoridad sanitaria no expide para esta presentación del producto, solicitamos, para el Item 4 del Lote 8 se contemple esta situación y se excluya como requisito el Acta de Fijación de Precios. 12-02-2020 15-04-2020
Descargar datos como: Archivo CSV Archivo PDF