En el punto (B) Experiencia y Capacidad Técnica solicitan: un listado de contratos y/o facturaciones de provisión de servicios de naturaleza similar a los solicitado (Rehabilitación de Colectores) llevados a cabo dentro de los tres últimos años (2016, 2017 y 2018)……se podría tener como experiencia similar a lo solicitado construcción de colectores, ya que la metodología de construcción a utilizarse en este llamado (tecnología de mangas curadas y/o Relining), es nueva en nuestro país y existen más contratos de construcción, que de rehabilitación de colectores, una empresa que ejecutó obras de construcción de colectores posee la experiencia suficiente como para realizar la rehabilitación de los mismos, lo cual ampliaría la participación de oferentes, asimismo los contratos de rehabilitación de colectores no suelen ser de gran envergadura porque los mismos se realizan por tramos o sectores específicos.
En el punto 4) de Documentos Adicionales a la Oferta del Anexo I del PBC (pág. N°34), solicitan un Listado de Contratos del Oferente de provisión de servicios de naturaleza similar a lo solicitado (extensión de cañerías por sistema Pipe Craking), mi consulta es la siguiente: si el contratista principal, subcontrata una empresa que ya sea del país o extranjera, que demuestre que tiene experiencia suficiente en la extensión de cañerías por el sistema pipe Craking y que existe un compromiso entre ambas partes de cumplir con la subcontratación mencionada, se podrá tener en cuenta este punto para la participación del contratista principal, cumpliendo es esta forma lo solicitado? ya que el uso de esta tecnología aún se encuentra en sus primeras etapas de implementación en nuestro país.
Solicitamos a la convocante tener en cuenta lo establecido en la Ley N° 2051/03 que en su Artículo 20.- Bases o Pliegos de Requisitos de la Licitación Pública: “…..Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocantes se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto.
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En el punto (B) Experiencia y Capacidad Técnica solicitan: un listado de contratos y/o facturaciones de provisión de servicios de naturaleza similar a los solicitado (Rehabilitación de Colectores) llevados a cabo dentro de los tres últimos años (2016, 2017 y 2018)……se podría tener como experiencia similar a lo solicitado construcción de colectores, ya que la metodología de construcción a utilizarse en este llamado (tecnología de mangas curadas y/o Relining), es nueva en nuestro país y existen más contratos de construcción, que de rehabilitación de colectores, una empresa que ejecutó obras de construcción de colectores posee la experiencia suficiente como para realizar la rehabilitación de los mismos, lo cual ampliaría la participación de oferentes, asimismo los contratos de rehabilitación de colectores no suelen ser de gran envergadura porque los mismos se realizan por tramos o sectores específicos.
En el punto 4) de Documentos Adicionales a la Oferta del Anexo I del PBC (pág. N°34), solicitan un Listado de Contratos del Oferente de provisión de servicios de naturaleza similar a lo solicitado (extensión de cañerías por sistema Pipe Craking), mi consulta es la siguiente: si el contratista principal, subcontrata una empresa que ya sea del país o extranjera, que demuestre que tiene experiencia suficiente en la extensión de cañerías por el sistema pipe Craking y que existe un compromiso entre ambas partes de cumplir con la subcontratación mencionada, se podrá tener en cuenta este punto para la participación del contratista principal, cumpliendo es esta forma lo solicitado? ya que el uso de esta tecnología aún se encuentra en sus primeras etapas de implementación en nuestro país.
Solicitamos a la convocante tener en cuenta lo establecido en la Ley N° 2051/03 que en su Artículo 20.- Bases o Pliegos de Requisitos de la Licitación Pública: “…..Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocantes se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto.
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
La primera consulta del texto ubicada en el párrafo del escrito que dice "En el punto (B) Experiencia y Capacidad..." la misma refiere a, primero, rehabilitación de colectores y posteriormente versa sobre la construcción de colectores con la tecnología de mangas curadas y/o Relining. Ambas situaciones hacen referencia a la fiscalización de la rehabilitación de los colectores. Este llamado es de FISCALlZACION DE LA CONSTRUCCiÓN DE COLECTORES SECUNDARIOS; cuyo método constructivo se encuentra especificado en la LPN 26/2019 de "Elaboración de proyecto ejecutivo y construcción de colectores secundarios de alcantarillado sanitario para la ciudad de Fernando de la Mora". Las consultorías de Fiscalización de Rehabilitación de Colectores no contemplan conocimientos sobre tendido de tuberías desde los estudios preliminares hasta la conclusión del sistema por lo que no amerita para este caso
Segunda consulta sobre empresas subcontratadas y su experiencia.
El pliego es bien claro sobre experiencia de empresas individuales o consorciadas. La subcontratación es inherente a la empresa adjudicada, posterior a la evaluación y adjudicación de la oferta.
2
Consulta sobre la experiencia especifica
Nos dirigimos a Uds., en el marco del llamado de la referencia, con el fin de solicitar que se mantenga el criterio del punto 3.2 Experiencia Especifica de la página 20 del Pliego de Bases y Condiciones del Llamado ESSAP Nº 18/2019, precedente a éste, donde se establecía que “En el caso de empresas consorciadas, la calificación se obtendrá de la suma directa de las experiencias de las firmas componentes del mismo”. El motivo de la solicitud se fundamenta en que en el Llamado ESSAP Nº 02/2020, dicho criterio estipula que “En el caso de empresas consorciadas, la calificación se obtendrá de la suma directa de las experiencias de las firmas componentes del mismo, sin embargo cada una de las firmas integrantes deberá cumplir con al menos una de dichas experiencias, quitando de esta manera la oportunidad de participar nuevamente a nuestra consultora, así como a varias empresas, como partes integrantes de un consorcio.
Nos dirigimos a Uds., en el marco del llamado de la referencia, con el fin de solicitar que se mantenga el criterio del punto 3.2 Experiencia Especifica de la página 20 del Pliego de Bases y Condiciones del Llamado ESSAP Nº 18/2019, precedente a éste, donde se establecía que “En el caso de empresas consorciadas, la calificación se obtendrá de la suma directa de las experiencias de las firmas componentes del mismo”. El motivo de la solicitud se fundamenta en que en el Llamado ESSAP Nº 02/2020, dicho criterio estipula que “En el caso de empresas consorciadas, la calificación se obtendrá de la suma directa de las experiencias de las firmas componentes del mismo, sin embargo cada una de las firmas integrantes deberá cumplir con al menos una de dichas experiencias, quitando de esta manera la oportunidad de participar nuevamente a nuestra consultora, así como a varias empresas, como partes integrantes de un consorcio.
Obras de esta envergadura precisan de empresas. con capacidad técnica, económica y financiera comprobable. La experiencia específica guarda relación con el tipo de consultoría a realizarse y el monto de facturación solicitado no necesariamente es de la empresa en forma individual, sino de la misma como parte de un consorcio.
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Consulta
En relación al proceso de la referencia, se consulta si al igual que en otros procesos licitatorios que está llevando adelante ESSAP:
• Las empresas y/o consorcios que tengan sucursal o filial constituida en la República de Paraguay podrán utilizar la capacidad financiera de su matriz o de la empresa que sea accionista mayoritaria de la misma.
• Si en el caso de firmas de consultoría que pertenecen a redes internacionales, pueden acreditar la experiencia como miembro de tales redes.
Adicionalmente se solicita en caso de respuesta afirmativa a estas dos interrogantes, una prórroga de 20 días a la fecha de recepción de las propuestas.
En relación al proceso de la referencia, se consulta si al igual que en otros procesos licitatorios que está llevando adelante ESSAP:
• Las empresas y/o consorcios que tengan sucursal o filial constituida en la República de Paraguay podrán utilizar la capacidad financiera de su matriz o de la empresa que sea accionista mayoritaria de la misma.
• Si en el caso de firmas de consultoría que pertenecen a redes internacionales, pueden acreditar la experiencia como miembro de tales redes.
Adicionalmente se solicita en caso de respuesta afirmativa a estas dos interrogantes, una prórroga de 20 días a la fecha de recepción de las propuestas.
Respuesta: por ser un llamado a Licitación pública nacional la capacidad financiera que se tendrá en cuenta para la evaluación es de las empresas domiciliadas en territorio nacional
Serán tenidas en cuenta experiencias en consultorías realizadas dentro del territorio nacional, independiente a que las empresas pertenezcan a redes internacionales.
Favor ajustarse a las fechas establecidas para recepción de propuestas por ser un llamado que ya se ha realizado con anterioridad y que de imperiosa necesidad para la ESSAP SA.