Con relación al ítem 36, solicitan suministros específicos de la marca BROTHER,
no existiendo alguna otra línea de productos en el mercado que cumplan con lo requerido. Esto representa una verdadera limitación para otros oferentes interesados en ofertar productos, incluso con mejores prestaciones. Solicitamos a la convocante eliminar de las especificaciones técnicas este parámetro que no es sustancial para determinar el porte solicitado, o que se establezcan parámetros MÍNIMOS en todos los parámetros direccionados a dicha marca a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Articulo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto"
04-08-2020
12-08-2020
Con relación al ítem 36, solicitan suministros específicos de la marca BROTHER,
no existiendo alguna otra línea de productos en el mercado que cumplan con lo requerido. Esto representa una verdadera limitación para otros oferentes interesados en ofertar productos, incluso con mejores prestaciones. Solicitamos a la convocante eliminar de las especificaciones técnicas este parámetro que no es sustancial para determinar el porte solicitado, o que se establezcan parámetros MÍNIMOS en todos los parámetros direccionados a dicha marca a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Articulo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto"
Se solicitará Insumos adicionales como; tóner de cada color con rendimiento mínimo de 6.000 Pág. Remitirse a la adenda N° 3 del PBC Versión N° 5.
52
Con relación al ítem 36, apartado
"Interfaces estándares NFC+". Las características NFC son exclusivas de dos marcas para el porte requerido, limitando la libre competencia entre oferentes, por lo que solicitamos sean aceptados las conectividades USB 2.0 (para impresión directa desde USB) y Ethernet 10/100/1000 de manera estándar, pudiendo lo demás ser aceptado como OPCIONAL, para así ampliar la participación de oferentes en libre competencia.
"Interfaces estándares NFC+". Las características NFC son exclusivas de dos marcas para el porte requerido, limitando la libre competencia entre oferentes, por lo que solicitamos sean aceptados las conectividades USB 2.0 (para impresión directa desde USB) y Ethernet 10/100/1000 de manera estándar, pudiendo lo demás ser aceptado como OPCIONAL, para así ampliar la participación de oferentes en libre competencia.
Se aceptan equipos con NFC (OPCIONAL) conectividades USB 2.0 (para impresión directa desde USB) y Ethernet 10/100/1000 de manera estándar. Remitirse a la adenda N° 3 del PBC Versión N° 5.
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Con relación al ítem 43,
las especificaciones técnicas se encuentran direccionadas exclusivamente a la marca HP, no existiendo alguna otra línea de productos en el mercado que cumplan con todo lo requerido. Esto representa una verdadera limitación para otros oferentes interesados en ofertar productos, incluso con mejores prestaciones. Además, en el Alcance de garantía se habla de equipos pertenecientes a un pliego de la entidad ANDE, lo cual no corresponde al llamado de referencia. Solicitamos a la convocante eliminar de las especificaciones técnicas los parámetros que no sean sustanciales para determinar el porte solicitado, y que se establezcan parámetros MÍNIMOS en todos los parámetros direccionados a dicha marca a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Articulo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto"
las especificaciones técnicas se encuentran direccionadas exclusivamente a la marca HP, no existiendo alguna otra línea de productos en el mercado que cumplan con todo lo requerido. Esto representa una verdadera limitación para otros oferentes interesados en ofertar productos, incluso con mejores prestaciones. Además, en el Alcance de garantía se habla de equipos pertenecientes a un pliego de la entidad ANDE, lo cual no corresponde al llamado de referencia. Solicitamos a la convocante eliminar de las especificaciones técnicas los parámetros que no sean sustanciales para determinar el porte solicitado, y que se establezcan parámetros MÍNIMOS en todos los parámetros direccionados a dicha marca a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Articulo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto"
Con relación a la consulta realizado por un potencial oferente, que hace referencia a la Resolución de escaneo óptico. Al respecto se solicita a los oferentes, acatarse a las Especificaciones Técnicas ya requeridas, debido que las mismas se ajustan a las necesidades mínimas para el desarrollo de las diversas actividades realizadas dentro del área administrativa.
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En el ítem 45,
las características requeridas corresponden a parámetros de la marca Kyocera, específicamente para el modelo TASKALFA 6002I (en la totalidad del pliego, incluso en las dimensiones mínimas requeridas), siendo la única que pueda cumplir con tal requisito. Por esta razón, solicitamos la modificación de los puntos limitantes para poder dar mayor participación a potenciales oferentes, con equipos que incluso superan las prestaciones de producción solicitadas.
las características requeridas corresponden a parámetros de la marca Kyocera, específicamente para el modelo TASKALFA 6002I (en la totalidad del pliego, incluso en las dimensiones mínimas requeridas), siendo la única que pueda cumplir con tal requisito. Por esta razón, solicitamos la modificación de los puntos limitantes para poder dar mayor participación a potenciales oferentes, con equipos que incluso superan las prestaciones de producción solicitadas.
Con relación a las especificaciones técnicas del ítem 48,
considerando el porte solicitado con respecto a los equipos del mercado, consultamos acepten equipos con velocidad de copia e impresión desde 45 ppm y volumen mensual desde 110,000 páginas en adelante, de modo estandarizar las EETT a favor de una mayor participación a potenciales oferentes, con equipos que incluso superan las prestaciones de producción solicitadas.
04-08-2020
11-08-2020
Con relación a las especificaciones técnicas del ítem 48,
considerando el porte solicitado con respecto a los equipos del mercado, consultamos acepten equipos con velocidad de copia e impresión desde 45 ppm y volumen mensual desde 110,000 páginas en adelante, de modo estandarizar las EETT a favor de una mayor participación a potenciales oferentes, con equipos que incluso superan las prestaciones de producción solicitadas.
Comunicamos al potencial oferente que se acepta equipos con velocidad de copia e impresión desde 45ppm y volumen mensual desde 110.000 páginas en adelante.-
56
Con relación a las especificaciones técnicas del ítem 48,
consultamos si podrían establecer que los equipos ofertados cuenten con Tiempo de Calentamiento desde 60 segundos como mínimo, ya que, además de ser una mínima diferencia, cada fabricante establece las velocidades requeridas para el óptimo funcionamiento del equipo de impresión. Por ello, solicitamos se tengan en cuenta equipos con dicha velocidad de calentamiento, que no afectan la productividad requerida.
04-08-2020
11-08-2020
Con relación a las especificaciones técnicas del ítem 48,
consultamos si podrían establecer que los equipos ofertados cuenten con Tiempo de Calentamiento desde 60 segundos como mínimo, ya que, además de ser una mínima diferencia, cada fabricante establece las velocidades requeridas para el óptimo funcionamiento del equipo de impresión. Por ello, solicitamos se tengan en cuenta equipos con dicha velocidad de calentamiento, que no afectan la productividad requerida.
Comunicamos al potencial oferente que se acepta el tiempo de Calentamiento desde 60 segundos como mínimo ya que es mínima el tiempo solicitado.
57
Con relación al ítem 48,
donde el PBC solicita "Deberá incluir El tóner original de fábrica más 2 tóner de repuestos original de alta capacidad (20,000 páginas de acuerdo al estándar ISO/IEC19752)" solicitamos modificar a “El tóner original de fábrica que incluya el equipo, más 2 tóner de repuestos original de alta capacidad (20,000 páginas de acuerdo al estándar ISO/IEC19752)” de modo a evitar errores de interpretación y preservar la correcta presentación de ofertas con precios justos y correctos.
donde el PBC solicita "Deberá incluir El tóner original de fábrica más 2 tóner de repuestos original de alta capacidad (20,000 páginas de acuerdo al estándar ISO/IEC19752)" solicitamos modificar a “El tóner original de fábrica que incluya el equipo, más 2 tóner de repuestos original de alta capacidad (20,000 páginas de acuerdo al estándar ISO/IEC19752)” de modo a evitar errores de interpretación y preservar la correcta presentación de ofertas con precios justos y correctos.
Con relación a esta consulta lo solicitado es lo requerido en el PBC en que se exige es un tóner original de fábrica más 2 tóner original de alta capacidad (20.000 páginas de acuerdo al estándar ISO/IEC19752).
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Con relación al ítem 47,
solicitan recursos específicos de la marca RICOH, no existiendo alguna otra línea de productos en el mercado que cumplan con lo requerido. Esto representa una verdadera limitación para otros oferentes interesados en ofertar productos, incluso con mejores prestaciones. Solicitamos a la convocante eliminar de las especificaciones técnicas los parámetros no sustanciales y que se establezcan parámetros MÍNIMOS en todos los estándares direccionados a dicha marca a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Articulo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto"
solicitan recursos específicos de la marca RICOH, no existiendo alguna otra línea de productos en el mercado que cumplan con lo requerido. Esto representa una verdadera limitación para otros oferentes interesados en ofertar productos, incluso con mejores prestaciones. Solicitamos a la convocante eliminar de las especificaciones técnicas los parámetros no sustanciales y que se establezcan parámetros MÍNIMOS en todos los estándares direccionados a dicha marca a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Articulo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto"
Consultamos a la Convocante si puede solicitar certificado de tres técnicos capacitados por el fabricante, así también una nota del fabricante del equipo ofertado que nombre al oferente como centro autorizado de servicio a fin de que la garantía de estos equipos pueda ser respondidos de manera eficaz. Favor responder.
Consultamos a la Convocante si puede solicitar certificado de tres técnicos capacitados por el fabricante, así también una nota del fabricante del equipo ofertado que nombre al oferente como centro autorizado de servicio a fin de que la garantía de estos equipos pueda ser respondidos de manera eficaz. Favor responder.
Comunicamos al potencial oferente, que no percibimos la necesidad de solicitar Certificaciones de técnicos para este bien, por lo que el PBC se mantiene, motivo por el cual solicitamos se adecuen a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Para no limitar la participación de los oferentes y puedan participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enunciado en la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas.
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ITEM 41 IMPRESORA MULTIFUNCION A CHORRO DE TINTA COLOR ACT.2
Donde dice ciclo mensual de copia 100.000 pág como mínimo consultamos si la Convocante puede aceptar ciclo mensual de copia de 70.000 pág. como mínimo. Favor responder.
05-08-2020
06-08-2020
ITEM 41 IMPRESORA MULTIFUNCION A CHORRO DE TINTA COLOR ACT.2
Donde dice ciclo mensual de copia 100.000 pág como mínimo consultamos si la Convocante puede aceptar ciclo mensual de copia de 70.000 pág. como mínimo. Favor responder.
Con relación a la consulta realizado por un potencial oferente,
que hace referencia al ciclo mensual de copia. Al respecto se solicita a
los oferentes, acatarse a las Especificaciones Técnicas ya requeridas,
debido que las mismas se ajustan a las necesidades mínimas para el
desarrollo de las diversas actividades realizadas dentro del área
administrativa.