En atención a que el método de adjudicación para el presente llamado es por lotes, en la etapa competitiva los lances se harán por cada lote del cual esté participando el oferente, de conformidad a lo establecido en la IAO 19, inciso (D), del PBC estándar vigente
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Requerimiento para competir.
Teniendo en cuenta que la licencia vigente de distribución de señales para el servicio IPTV está a nombre de COPACO S.A. y que los contratos de distribución de las Señales impiden que sin la autorización de COPACO un tercero pueda solicitar cotización de precios para la presente licitación, las áreas legales de los Proveedores de Señales requieren una justificación para poder emitir cotización de las señales para la presente licitación.
Por lo cual, solicitamos amablemente a la convocante emitir una carta de la máxima autoridad de COPACO autorizando a cada potencial Oferente que ya está en trámite de negociaciones con los diferentes proveedores de contenidos a solicitar cotizaciones para el presente llamado.
Esto permitirá que COPACO obtenga la participación de más de 1 oferente y cuente con ofertas competitivas.
Teniendo en cuenta que la licencia vigente de distribución de señales para el servicio IPTV está a nombre de COPACO S.A. y que los contratos de distribución de las Señales impiden que sin la autorización de COPACO un tercero pueda solicitar cotización de precios para la presente licitación, las áreas legales de los Proveedores de Señales requieren una justificación para poder emitir cotización de las señales para la presente licitación.
Por lo cual, solicitamos amablemente a la convocante emitir una carta de la máxima autoridad de COPACO autorizando a cada potencial Oferente que ya está en trámite de negociaciones con los diferentes proveedores de contenidos a solicitar cotizaciones para el presente llamado.
Esto permitirá que COPACO obtenga la participación de más de 1 oferente y cuente con ofertas competitivas.
Teniendo en cuenta que en la Adenda N°1 se agrega el siguiente ítem: "COPACO S.A." otorga a los oferentes en participar del presente llamado, las autorizaciones que correspondan para la obtención de todos los datos necesarios a fin de respaldar las gestiones o negociaciones que se precisen para la preparación de su oferta".
Solicitamos amablemente a la convocante emitir las mencionadas Cartas de Autorización autorizando a los oferentes potenciales a realizar las gestiones o negociaciones con los Proveedores de Contenidos para obtener datos necesarios para la realización de la oferta.
Teniendo en cuenta que en la Adenda N°1 se agrega el siguiente ítem: "COPACO S.A." otorga a los oferentes en participar del presente llamado, las autorizaciones que correspondan para la obtención de todos los datos necesarios a fin de respaldar las gestiones o negociaciones que se precisen para la preparación de su oferta".
Solicitamos amablemente a la convocante emitir las mencionadas Cartas de Autorización autorizando a los oferentes potenciales a realizar las gestiones o negociaciones con los Proveedores de Contenidos para obtener datos necesarios para la realización de la oferta.
El PBC representa un instrumento suficiente para la libre participación de los oferentes interesados, en donde consta toda la información necesaria a ser proveída a los Proveedores de Contenidos para las gestiones o negociaciones que los posibles oferentes requieran.
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Solicitud de Prórroga
Solicitamos amablemente a la convocante postergar el plazo de la Subasta a la Baja Electrónica 15 días, teniendo en cuenta que a partir de la carta de autorización se realizan las negociaciones para obtener los datos para la preparación de la oferta, caso contrario sería imposible competir en esta licitación y se estaría favoreciendo a un solo oferente que tiene los derechos de solicitar datos para la oferta.
Solicitamos amablemente a la convocante postergar el plazo de la Subasta a la Baja Electrónica 15 días, teniendo en cuenta que a partir de la carta de autorización se realizan las negociaciones para obtener los datos para la preparación de la oferta, caso contrario sería imposible competir en esta licitación y se estaría favoreciendo a un solo oferente que tiene los derechos de solicitar datos para la oferta.
Solicitamos aumentar el tiempo de implementación a 30 días para poder insertar en el Headend de COPACO, teniendo en cuenta que 8 días es insuficiente para dar de alta a toda la grilla solicitada.
Solicitamos aumentar el tiempo de implementación a 30 días para poder insertar en el Headend de COPACO, teniendo en cuenta que 8 días es insuficiente para dar de alta a toda la grilla solicitada.
Se mantiene el cronograma del PBC para los canales ya existentes en la grilla de canales que actualmente posee el sistema de televisión de Copaco S.A.
Para los canales nuevos, se extiende el plazo de implementación hasta 20 (veinte) días posteriores a la firma de contrato, para el efecto remitirse a la Adenda N° 3.
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Sección III: Asociación con terceros
¿Entiende Copaco que los derechos pretendidos son intransferibles y que para poder ser utilizados en otras Compañías u otras plataformas distintas a la de IPTV debe contar con la debida autorización de los Programadores?
¿Entiende Copaco que los derechos pretendidos son intransferibles y que para poder ser utilizados en otras Compañías u otras plataformas distintas a la de IPTV debe contar con la debida autorización de los Programadores?
A medida que los Programadores de Contenido permitan, Copaco Podrá realizar redistribución de contenido.
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Descripción del Servicio
"COPACO S.A. utilizará todas las características tecnológicas disponibles en las plataformas de distribución, para proveer la mejor experiencia de utilización al usuario final, tales como grabación programada, acceso a la programación en forma diferida, etc"...Solicito aclaren, si lo establecido en el referido párrafo se refiere a la utilización de una plataforma OTT (over-the-top, de distribución independiente al sistema IPTV utilizado) y/o a plataformas de TVE (TV Everywhere)
"COPACO S.A. utilizará todas las características tecnológicas disponibles en las plataformas de distribución, para proveer la mejor experiencia de utilización al usuario final, tales como grabación programada, acceso a la programación en forma diferida, etc"...Solicito aclaren, si lo establecido en el referido párrafo se refiere a la utilización de una plataforma OTT (over-the-top, de distribución independiente al sistema IPTV utilizado) y/o a plataformas de TVE (TV Everywhere)
Todo el contenido podrá ser distribuido a través de la plataforma que Copaco S.A. disponga.
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Derechos para TVE
¿Esta en conocimiento Copaco que la posibilidad de contar con los derechos para TVE ( TV Everywhere) requiere adquirir mayor cantidad de canales a los solicitados en el pliego actual?
¿Esta en conocimiento Copaco que la posibilidad de contar con los derechos para TVE ( TV Everywhere) requiere adquirir mayor cantidad de canales a los solicitados en el pliego actual?
Atendiendo a las características del servicio, solicitamos nos aclaren cuáles fueron los motivos para la exclusión del párrafo o texto inicial del PBC, el siguiente indicador y/o criterio: Haber realizado previamente en Paraguay o países de América Latina al menos 2(dos) prestaciones de servicios similares Estas prestaciones deben estar operativas y en producción con un mínimo de 3 (tres) años a la fecha, demostrable por el oferente ya que consideramos primordial que el oferente y eventual adjudicado tenga mínima experiencia en la provisión de los servicios objeto de este llamado. La eliminación de estos requisitos resulta llamativa y hace presuponer que el PBC está dirigido a adjudicar a una empresa sin experiencia suficiente, en detrimento de la convocante. Solicitamos el retorno a la redacción del pliego original.
Atendiendo a las características del servicio, solicitamos nos aclaren cuáles fueron los motivos para la exclusión del párrafo o texto inicial del PBC, el siguiente indicador y/o criterio: Haber realizado previamente en Paraguay o países de América Latina al menos 2(dos) prestaciones de servicios similares Estas prestaciones deben estar operativas y en producción con un mínimo de 3 (tres) años a la fecha, demostrable por el oferente ya que consideramos primordial que el oferente y eventual adjudicado tenga mínima experiencia en la provisión de los servicios objeto de este llamado. La eliminación de estos requisitos resulta llamativa y hace presuponer que el PBC está dirigido a adjudicar a una empresa sin experiencia suficiente, en detrimento de la convocante. Solicitamos el retorno a la redacción del pliego original.